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Una peluquería tendrá que pagar $ 11 millones de indemnización por quemar a una chica

La víctima es una nena de 12 años después de un baño de crema, el estilista le aplicó un secador a alta temperatura. El artefacto tenía irregularidades, por lo que la condena se dividirá entre el fabricante y el centro de estética.

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Foto: Ilustrativa

La Cámara Nacional en lo Civil ratificó una importante indemnización que deberán pagar una peluquería y el fabricante de un secador de pelo, tras un grave incidente en el que una clienta sufrió quemaduras en el cuero cabelludo.

Ambas partes fueron responsabilizadas por el daño ocasionado y deberán abonar una suma total de $11.050.000 como compensación.

El caso se inició a raíz de las heridas sufridas por una adolescente durante un tratamiento estético en el salón «Stylo Chic», ubicado en el barrio porteño de Almagro. El tribunal revisó una decisión judicial previa que ya había determinado la responsabilidad compartida, pero decidió incrementar el monto indemnizatorio a favor de la víctima.

La demanda fue presentada por la madre de la joven, tanto en representación de su hija como en su propio nombre. En primera instancia, se había responsabilizado al local de belleza y a la empresa que fabricó el secador utilizado durante el procedimiento, asignando porcentajes específicos de culpa.

En ese fallo original, se había establecido que el 80% de la responsabilidad recaía sobre la peluquería y el 20% restante sobre el fabricante. El total inicial de la condena ascendía a $8.550.000, de los cuales $8.500.000 estaban destinados a la menor y $50.000 a su madre, sin contar los intereses legales correspondientes.

La parte demandante apeló la resolución cuestionando la falta de encuadre del caso como una relación de consumo y la ausencia de una condena solidaria. También objetó los valores asignados a los conceptos de daño moral, incapacidad, daño estético y gastos médicos. La Defensora de Menores se sumó a estos reclamos, haciendo énfasis en la insuficiencia del reconocimiento por los daños físicos y emocionales sufridos.

Por su parte, los representantes del salón de belleza también apelaron, expresando su disconformidad con el grado de responsabilidad que se les adjudicó y con los montos establecidos como compensación. No obstante, la Cámara mantuvo y reforzó el criterio de que existió una falla grave en la prestación del servicio.

Como consecuencia del accidente, la menor sufrió una quemadura de segundo grado tipo B, que afectó el 1.5% de la región occipital del cráneo, alcanzando todas las capas de la piel. Fue necesario realizarle procedimientos quirúrgicos, como escarotomía, limpieza profunda y finalmente una cirugía plástica con injertos de piel extraída del muslo derecho. Estas intervenciones dejaron cicatrices permanentes, incluida una zona donde el cabello no volverá a crecer, lo que generó una incapacidad parcial y definitiva, considerada de carácter gravísimo.

El fallo final de la Cámara Civil

La Cámara resolvió que la responsabilidad por los daños debía ser compartida en partes iguales entre la empresa fabricante del secador de pelo y los peluqueros implicados en el caso. A partir de esa decisión, se estableció que ambos responderían de manera solidaria, es decir, que cualquiera de ellos podría ser obligado a pagar la totalidad de la indemnización, sin perjuicio de su posterior reclamo al otro.

En cuanto a la evaluación de los daños sufridos por la menor, el Tribunal validó varias de las compensaciones determinadas en instancias anteriores. Según el informe de la perito médica, la joven presentaba una cicatriz en el muslo derecho producto del injerto, lo que representaba un 5% de incapacidad. Además, se detectó una zona de alopecia de 7 cm de diámetro, con pérdida de sensibilidad, que implicaba un 28% de incapacidad física.

En total, se determinó que la víctima tenía una incapacidad parcial y permanente del 33%, directamente relacionada con el hecho. Por esta lesión, el tribunal ratificó una indemnización de $6.000.000, que deberá actualizarse con intereses a tasa activa desde la fecha del accidente. Esta decisión fue respaldada en el principio del derecho a la salud y a la integridad física, así como en el marco legal que exige calcular el resarcimiento con un capital que compense la pérdida de capacidad funcional.

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🚨 Alarma por el ausentismo: el 12,6% de empleados privados falta al menos un día al mes

El debate por la reforma laboral volvió a poner en el centro de la escena un dato que preocupa a empresas y economistas: más de uno de cada diez trabajadores privados registrados falta al menos un día por mes en Argentina.

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Foto: El economista Jorge Colina alertó que el 12,6% de los empleados privados falta al menos un día al mes y reclamó cambios urgentes en las licencias.

La advertencia fue realizada por el economista Jorge Colina, del Instituto para el Desarrollo Social Argentino (IDESA), quien aseguró que el problema del ausentismo “debe ser abordado con urgencia”.


📊 Los números que encendieron la alarma

Durante el tercer trimestre de 2025:

  • 📌 El 12,6% de los empleados privados registrados faltó al menos un día al mes
  • 🏢 Seis de cada diez empresas tuvieron ausencias mensuales
  • 🤒 El 49% de las faltas fueron por enfermedades no laborales
  • ⚠️ Un 20% ocurrió sin aviso previo

Para Colina, la eliminación del artículo 44 en la reforma laboral dejó un vacío normativo:

“No queda resuelto el problema del ausentismo”, sostuvo.


🌎 Qué hacen otros países

El economista propuso mirar modelos internacionales donde los primeros días de licencia por enfermedad no siempre son cubiertos por el empleador.

Por ejemplo, en Uruguay los tres primeros días no se pagan, y a partir del cuarto interviene la seguridad social. Según explicó, cuando el sistema previsional se hace cargo, “se brinda mayor protección a la gente verdaderamente enferma”.


🇦🇷 Cómo funciona en Argentina

En el sistema argentino, el empleador asume el pago de la licencia:

  • 🗓️ Hasta 3 meses si el trabajador tiene menos de cinco años de antigüedad
  • 🗓️ Hasta 6 meses si tiene cargas de familia
  • 📆 Con un máximo que puede llegar a 12 meses

Además, Colina puso el foco en otro punto sensible:
💰 Las cargas sociales rondan el 45%, aunque advirtió que más que bajarlas, podría ser necesario “mejorar el diseño de beneficios”.


🏭 Un problema que va más allá de las grandes empresas

El especialista remarcó que la discusión suele centrarse en grandes y medianas empresas, pero que la mayor informalidad se concentra en microempresas, lo que amplía el desafío laboral más allá del debate por licencias.

El ausentismo vuelve así al centro de la agenda económica, en un contexto donde cada punto de productividad pesa.

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⚖️ Confirman la condena a productor por la muerte de un niño tras fumigación con agrotóxicos

Después de años de proceso judicial, el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes ratificó la condena contra un productor rural por la muerte de un niño de 4 años y las lesiones sufridas por otra menor, tras una fumigación con agrotóxicos en 2011.

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Foto: Nicolás Arévalo, víctima.

El fallo deja firme la sentencia contra Ricardo Nicolás Prieto, quien en 2020 había sido condenado a tres años de prisión condicional por el delito de homicidio culposo en perjuicio de Nicolás Arévalo y lesiones culposas contra Celeste Estévez.

📍 Un caso que conmocionó a Corrientes

El hecho ocurrió en marzo de 2011 en una chacra de tomates y hortalizas en la localidad de Lavalle, provincia de Corrientes.

Según la sentencia, el pequeño Nicolás corría por el predio cuando cayó en una zona con barro contaminado. Allí habría tenido contacto directo con el agrotóxico, mientras que su prima resultó afectada al intentar ayudarlo.

La investigación determinó que el productor utilizó alfaendosulfán, un órgano clorado considerado altamente tóxico.

🧪 La sustancia que provocó la muerte

De acuerdo con el fallo judicial, se comprobó que existió una “conducta indebida e imprudente” en el uso del químico, que se encontraba tanto en el barro de la zanja como en el aire por efecto de la deriva del veneno.

Las autoridades concluyeron que la exposición provocó en el niño un edema agudo de pulmón, cuadro que derivó en su fallecimiento tiempo después.

🏛️ La condena quedó firme

La defensa del productor había presentado una apelación, pero fue rechazada. En la resolución, el tribunal sostuvo que:

“Todos los elementos de prueba brindaron el grado de certeza necesario para dictar una sentencia condenatoria, quedando demostrada sin ninguna duda la culpabilidad”.

De esta manera, la pena impuesta por el Tribunal Penal de Goya quedó confirmada.

El caso vuelve a poner en debate el uso de agroquímicos y los controles en zonas rurales cercanas a viviendas.

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💰 ANSES paga $85.000 por hijo: el requisito clave que puede dejarte sin cobrar en marzo

La Administración Nacional de la Seguridad Social confirmó que la Ayuda Escolar Anual 2026 será de $85.000 por hijo, en un pago único que se acreditará entre febrero y marzo.

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Foto: La Ayuda Escolar Anual 2026 que paga la ANSES ya tiene monto confirmado

Pero atención ⚠️: no todos la cobrarán automáticamente. Hay un trámite obligatorio y topes de ingresos que pueden dejarte afuera.

👨‍👩‍👧‍👦 ¿Quiénes la reciben?

El beneficio alcanza a:

  • Titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH)
  • Trabajadores registrados que cobran Asignaciones Familiares (SUAF)

Sin embargo, el organismo realiza cruces automáticos de datos fiscales y laborales, por lo que si se supera el límite permitido, el pago no se liquida.

🚫 Los ingresos que te pueden dejar afuera

Para 2026 rigen estos topes:

  • 💵 Tope máximo del grupo familiar: $5.292.758 brutos
  • 💵 Tope individual por integrante: $2.646.379 brutos

👉 Si se supera uno solo de estos valores, no se cobra.

Esto impacta especialmente en trabajadores en relación de dependencia y monotributistas que perciben asignaciones.


✅ El trámite obligatorio que no podés olvidar

Aunque el pago es automático, hay una condición fundamental:

📌 Presentar el Certificado de Escolaridad antes del 31 de diciembre de 2026.

Si no se cumple, pueden suspender futuras liquidaciones.

Además, el hijo debe:

  • Tener entre 45 días y 17 años inclusive
  • Asistir a un establecimiento educativo reconocido
  • Estar dentro del régimen habilitado

♿ La excepción sin tope de ingresos

Las familias con hijos con discapacidad cuentan con un esquema diferencial:

✔️ Sin límite de edad
✔️ Sin tope de ingresos
✔️ Solo deben tener la acreditación de discapacidad vigente en ANSES

📊 ¿Cuánto se cobra?

El monto confirmado es de $85.000 por hijo, en un único depósito anual.

Ejemplos:

  • 1 hijo 👉 $85.000
  • 2 hijos 👉 $170.000
  • 3 hijos 👉 $255.000

El dinero se deposita en la misma cuenta donde se cobran habitualmente las asignaciones.

📲 Cómo saber si la vas a cobrar

Para evitar demoras o rechazos, se recomienda ingresar a Mi ANSES y:

  • Verificar datos personales
  • Controlar la información del grupo familiar
  • Confirmar ingresos declarados
  • Presentar el certificado escolar en término

⚠️ Los errores en la base de datos son una de las principales causas de pagos rechazados o demoras.


📚 Un alivio clave para el inicio de clases

En medio de la suba de precios en útiles, guardapolvos y cuotas, la Ayuda Escolar se convierte en un refuerzo fundamental para miles de familias.

La clave está en revisar los datos antes de marzo. Un simple control puede marcar la diferencia entre cobrar en la primera liquidación… o quedar afuera.

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