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La Corte Suprema le puso punto final al reclamo de la mujer que decía ser hija de Sandro

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó de forma definitiva la demanda presentada por una mujer que buscaba ser reconocida como hija biológica de Roberto Sánchez, conocido popularmente como Sandro y fallecido en enero de 2010.

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Foto: Roberto Sánchez, SANDRO

Mediante una resolución firmada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal declaró inadmisible el recurso extraordinario, de acuerdo con lo establecido en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

La causa se originó cuando Sandra Edit Borda interpuso dos acciones judiciales: una para impugnar la filiación con quien la crió, Carlos Borda, y otra para que se reconociera su vínculo biológico con el cantante.

Sandra Edith Borda

Según relató la demandante, en 2006 su madre le confesó, poco antes de morir, que era hija de Sandro. En 2007, ambas partes se habrían sometido a una prueba de ADN de forma extrajudicial. Borda afirmó que la pareja del artista le informó que el resultado fue negativo, aunque sostuvo no haber visto el estudio personalmente.

En su presentación ante la Justicia, la mujer aseguró que su madre conoció a Sandro en 1965 y que mantuvieron una relación clandestina durante varios años. Tiempo después, su madre se casó con Carlos Borda, aunque los encuentros con el cantante habrían continuado.

En 2014, un fallo judicial anuló la paternidad de Carlos Borda, quien la había criado como hija propia. Al año siguiente, se exhumaron los restos del cantante para realizar una prueba de ADN, cuyo resultado fue negativo.

«Los resultados observados son incompatibles con la existencia de un vínculo padre/hija», indicó el fallo de primera instancia que rechazó el pedido. La Cámara de Apelaciones ratificó esa decisión al considerar que la prueba genética era concluyente y demostraba la inexistencia de la relación biológica entre Borda y Sánchez.

La mujer apeló mediante un recurso de nulidad e inaplicabilidad de la ley. Sin embargo, en febrero de 2024, la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires volvió a desestimar la demanda.

Los jueces Luis Esteban Genoud, Daniel Fernando Soria, Sergio Gabriel Torres e Hilda Kogan coincidieron en que los agravios presentados por Borda ya habían sido abordados por los tribunales inferiores, que habían actuado conforme a derecho.

Los magistrados bonaerenses remarcaron que los estudios genéticos realizados fueron contundentes y demostraron la ausencia de vínculo biológico con el cantante. La demandante, indicaron, no logró refutar esos resultados ni aportar elementos que permitieran considerar arbitrarias las sentencias previas.

Finalmente, la mujer recurrió en queja a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que resolvió declarar inadmisible su presentación y cerrar definitivamente la causa.

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Judicial

⚖️ Condenaron a Nicolás Mattioli por la muerte de una ciclista en Santo Tomé

El cantante Nicolás Mattioli fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional por el homicidio culposo de Claudia Laura Decurgez, la mujer que falleció tras ser atropellada en septiembre de 2024 en la ciudad de Santo Tomé.

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Foto: Gentileza

La sentencia se dictó en el marco de un juicio abreviado, instancia en la que el imputado reconoció su responsabilidad en el hecho.


🚗 El hecho que terminó en tragedia

El siniestro ocurrió en la mañana del 21 de septiembre de 2024, cuando la víctima circulaba en bicicleta por Santo Tomé y fue embestida por la camioneta conducida por el artista.

Producto del fuerte impacto, la mujer perdió la vida, lo que derivó en la imputación y posterior proceso judicial.


📜 Qué establece la condena

La audiencia fue presidida por la jueza penal Susana Luna, con acuerdo entre fiscalía, querella y defensa.

El fallo determina:

  • ⚖️ Tres años de prisión condicional
  • 🚫 Siete años de inhabilitación para conducir vehículos

Cabe recordar que previamente la fiscalía y la querella habían rechazado un pedido de probation presentado por la defensa, lo que finalmente llevó a la realización del juicio abreviado y a la condena confirmada este martes.

La causa sigue generando repercusión en la región.

Noticia en desarrollo.

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Judicial

🔴 Condena ejemplar en Rafaela: 10 años de prisión por violencia de género y abuso sexual

Un hombre de 45 años, identificado como José Francisco Strauss, fue condenado a 10 años de prisión de cumplimiento efectivo por delitos cometidos en un contexto de violencia de género contra quien era su pareja en la ciudad de Rafaela.

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Foto: Tribunales de Rafaela

Un hombre de 45 años, identificado como José Francisco Strauss, fue condenado a 10 años de prisión de cumplimiento efectivo por delitos cometidos en un contexto de violencia de género contra quien era su pareja en la ciudad de Rafaela.

La sentencia fue dictada tras un juicio oral que finalizó este mediodía en los tribunales rafaelinos. La investigación y acusación estuvieron a cargo de la fiscal Gabriela Lema, integrante del Ministerio Público de la Acusación (MPA).

El juez del debate fue Juan Gabriel Peralta.


⚖️ Los hechos

Según detalló la fiscal, los hechos ocurrieron el 28 de febrero de 2024 por la tarde, en la vivienda que la pareja compartía.

Durante una discusión, el ahora condenado:

  • Golpeó a la víctima con puños, cachetadas y puntapiés, incluso en la cabeza.
  • Le provocó lesiones graves.
  • Continuó la agresión durante la noche.
  • A la mañana siguiente, la abusó sexualmente.

Cerca de las 8, la obligó a salir de la casa y siguió agrediéndola en la vereda hasta que vecinos intervinieron para frenar la situación.


📌 La condena

Strauss fue hallado autor de:

  • Abuso sexual con acceso carnal.
  • Lesiones graves dolosas calificadas por el vínculo y por mediar violencia de género.

Tras conocerse el veredicto, la fiscal Lema manifestó su conformidad con la sentencia y valoró que el tribunal haya impuesto la pena solicitada por la acusación.

La condena es de cumplimiento efectivo, lo que implica que el condenado deberá cumplir la pena en prisión.

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🚨 Grooming en Ceres: prisión preventiva para un hombre que contactó a una niña por TikTok y WhatsApp

La Justicia ordenó la prisión preventiva por 90 días para un hombre de 28 años investigado por el delito de grooming y coacciones en perjuicio de una niña de la ciudad de Ceres.

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Foto: archivo

El imputado, identificado por sus iniciales G.E.A., reside actualmente en Córdoba y habría mantenido contacto con la víctima a través de TikTok y WhatsApp.

La medida fue dispuesta por el juez Javier Bottero, en una audiencia desarrollada en los tribunales de San Cristóbal, a pedido del fiscal Emiliano Odriozola, quien encabeza la investigación.


📱 Cómo operaba el acusado

Según detalló el fiscal, los hechos ocurrieron entre el 19 y el 31 de octubre del año pasado.

Durante ese período, el hombre:

  • Se contactó con la niña por redes sociales.
  • Estableció un vínculo de confianza progresivo.
  • Mantuvo conversaciones privadas de contenido sexual.
  • Le solicitó imágenes íntimas.
  • Le mintió sobre su edad, asegurando que tenía 16 años.

Además, el 31 de octubre le habría enviado mensajes intimidatorios, amenazando con difundir las imágenes si no recibía más fotos.

Incluso, según la acusación, le exigió datos personales y contactos de amigas para contactarlas con el mismo objetivo.


⚖️ Por qué quedó detenido

El juez consideró acreditada —en esta etapa inicial— la probabilidad de autoría y materialidad del delito.

La prisión preventiva fue dictada para resguardar medidas pendientes, entre ellas:

  • La entrevista a la menor en Cámara Gesell.
  • Declaraciones testimoniales.

La defensa había solicitado medidas alternativas, pero el planteo fue rechazado.


🔎 Calificación penal

El hombre está imputado como autor de grooming y coacciones, delitos que prevén penas de cumplimiento efectivo en caso de condena.

La causa continúa en etapa investigativa.

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