Contáctenos

Judicial

Una jueza porteña declaró inconstitucional el Régimen Penal Juvenil y sobreseyó a un adolescente de 14 años

La magistrada Laura De Marinis cuestionó, para este caso concreto, la aplicación de la Ley 27.801 a un adolescente acusado de tentativa de robo.

Publicado

el

Foto: La jueza Laura De Marinis declaró inconstitucional la aplicación del Régimen Penal Juvenil en un caso concreto.

El fallo no suspende la vigencia de la norma, que establece el régimen penal juvenil para personas de entre 14 y 17 años.

El fallo de la Justicia porteña

La titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N° 3 de la Ciudad de Buenos Aires, Laura De Marinis, declaró la inconstitucionalidad del artículo 1 de la Ley 27.801 respecto de un adolescente de 14 años y dispuso su sobreseimiento.

La causa se inició el 10 de septiembre, cuando el adolescente, junto con otros jóvenes, habría participado de un intento de robo contra un hombre de 47 años. El hecho fue calificado como robo en grado de tentativa.

El planteo de inconstitucionalidad había sido presentado por la Defensa Oficial y acompañado por la Asesoría Tutelar. La jueza rechazó, por otra parte, el planteo de incompetencia del juzgado.

Qué establece la nueva ley

La Ley 27.801, sancionada en febrero y vigente desde el 5 de septiembre de 2026, establece un nuevo Régimen Penal Juvenil aplicable a adolescentes desde los 14 hasta los 18 años, cuando sean imputados por delitos contemplados en el Código Penal o en leyes penales especiales.

Sin embargo, el juzgado aclaró que la resolución de De Marinis no constituye una declaración general de inconstitucionalidad de la ley, sino que analiza su aplicación en las circunstancias particulares de este expediente.

En el caso del adolescente de 14 años, la magistrada consideró que la aplicación del nuevo régimen implicaba una respuesta estatal regresiva frente al sistema de protección integral que se aplicaba antes de la entrada en vigencia de la nueva normativa. También ponderó las características del hecho, que quedó en grado de tentativa, y las circunstancias particulares del adolescente.

“El sistema penal tiene que ser el último recurso”

En su resolución, De Marinis sostuvo que el Estado debe priorizar respuestas vinculadas con educación, contención y salud frente a determinadas trayectorias de vulneración de derechos.

“Como adultos, no podemos castigar a los niños, niñas y adolescentes por lo que no hicimos”, expresó la magistrada, al argumentar que el ingreso al sistema penal debe constituir el último recurso.

El fallo también dispuso comunicar la situación al Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, para que intervenga desde el sistema de protección integral.

La decisión se limita al adolescente involucrado en esta causa y no deja sin efecto la Ley 27.801 para el resto de los casos. La investigación continúa respecto de otros adolescentes involucrados en el expediente a quienes resulta aplicable la nueva normativa.

Seguí Leyendo
Clic para Comentar

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Judicial

Caso Sebastián Nagel: la semana próxima se conocerá el fallo contra el violinista Emiliano Billoud

El músico esperancino enfrenta un juicio por el hecho ocurrido en septiembre de 2023, cuando una camioneta embistió a Nagel en calle Moreno. La Fiscalía pidió 10 años de prisión por homicidio simple, mientras que la defensa sostiene que debe aplicarse la figura de homicidio culposo calificado.

Publicado

el

Foto: Caso Sebastián Nagel: esperan el fallo del juicio

El juicio por la muerte de Sebastián Nagel, ocurrida el 23 de septiembre de 2023 en la ciudad de Esperanza, se encuentra en su etapa final en los tribunales santafesinos. Según informó el portal Esperancino.com.ar, los alegatos de las partes están llegando a su conclusión y el fallo se conocería la próxima semana.

Por el hecho está acusado el músico esperancino Emiliano Billoud, quien conducía el vehículo que embistió a Nagel en calle Moreno.

La Fiscalía pidió 10 años de prisión

El fiscal Alejandro Benítez, del Ministerio Público de la Acusación de Las Colonias, solicitó una pena de 10 años de prisión por homicidio simple.

Entre los elementos expuestos durante el juicio mencionó la velocidad a la que circulaba el acusado, estimada en unos 90 kilómetros por hora al llegar a la esquina, y el resultado de alcoholemia de 1,5 gramos de alcohol por litro de sangre.

También hizo referencia a registros de cámaras privadas y del Centro de Monitoreo Municipal.

La defensa plantea otra calificación penal

Por su parte, la defensa de Billoud, a cargo del abogado Pedro Busico, cuestionó la interpretación de algunos elementos y sostuvo que no existió intención de provocar una muerte.

La estrategia defensiva apunta a que el hecho sea encuadrado como homicidio culposo calificado, previsto en el artículo 84 bis del Código Penal, cuya escala penal contempla penas de entre 3 y 6 años de prisión para los supuestos agravados.

Esta figura comprende los casos en los que una persona causa la muerte de otra mediante una conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria, bajo determinadas circunstancias agravantes.

La semana próxima se espera el veredicto

Con los alegatos en su tramo final, ahora la expectativa está puesta en la resolución judicial que determinará la responsabilidad penal de Billoud y la eventual calificación del hecho.

El fallo permitirá conocer qué valoración realizó el tribunal sobre las pruebas presentadas y los argumentos expuestos por la Fiscalía y la defensa.

Seguí Leyendo

Judicial

Ataliva: lo condenaron por dos robos, pero lo absolvieron del homicidio de Mario Ricarte

La Justicia de Rafaela impuso una pena de cuatro años y seis meses de prisión a Axel Micael Churquina por dos robos cometidos en Moisés Ville. En cambio, consideró que no había pruebas suficientes para responsabilizarlo por el asesinato ocurrido en Ataliva en mayo de 2024.

Publicado

el

Foto: Fallo judicial por el homicidio ocurrido en Ataliva.

Una sentencia de los Tribunales de Rafaela resolvió de manera diferente las tres acusaciones que pesaban sobre Axel Micael Churquina: lo condenó por dos robos cometidos en Moisés Ville y lo absolvió del homicidio de Mario César Ricarte, ocurrido en Ataliva.

La resolución fue dictada el 26 de octubre de 2026 por la jueza Águeda Ramona Salteño. El acusado recibió una pena de cuatro años y seis meses de prisión efectiva por los delitos contra la propiedad.

En relación con el homicidio, la magistrada entendió que las pruebas presentadas durante el juicio no alcanzaban para demostrar su responsabilidad penal.

Los dos robos en Moisés Ville

Los hechos por los que Churquina fue condenado ocurrieron durante mayo de 2024 y tuvieron como escenarios una vivienda particular y un comercio de Moisés Ville.

En ambos casos, según se acreditó durante el debate, los ingresos a las propiedades se produjeron mediante el escalamiento de estructuras. De esos lugares fueron sustraídos distintos elementos, mercaderías y dinero.

A partir del análisis de testimonios, registros de cámaras de seguridad y otros elementos incorporados al proceso, la jueza consideró probada la participación del acusado en los dos episodios.

Por esos delitos fue declarado autor penalmente responsable de dos robos calificados por escalamiento, cometidos en concurso real.

El homicidio de Mario Ricarte en Ataliva

La acusación más grave estaba vinculada con la muerte de Mario César Ricarte, de 45 años, quien fue encontrado sin vida dentro de su vivienda de Ataliva a fines de mayo de 2024.

La víctima había sufrido una herida de arma blanca en el cuello que le provocó una hemorragia fatal.

Durante el juicio, la Fiscalía presentó distintos indicios para sostener que Churquina había participado en el crimen. Entre otros elementos, se analizaron registros de cámaras, testimonios y los movimientos del acusado en la localidad.

Sin embargo, la defensa cuestionó la solidez de esas pruebas y sostuvo que no permitían establecer de manera concluyente quién había cometido el homicidio.

Por qué fue absuelto

Al evaluar la acusación, la jueza consideró que los elementos reunidos no alcanzaban para demostrar que Churquina hubiera sido el autor del asesinato.

Si bien existían indicios que permitían ubicarlo en Ataliva y reconstruir parte de sus movimientos, eso no resultaba suficiente para atribuirle la muerte de Ricarte.

También se analizaron las imágenes de seguridad, los testimonios, la posibilidad de que otras personas hubieran ingresado a la vivienda y la falta de un vínculo científico concluyente entre el acusado y el arma blanca relacionada con el caso.

Ante esas dudas, la magistrada aplicó el principio de la duda razonable y resolvió absolverlo de la acusación de homicidio doloso simple.

La Fiscalía había solicitado 17 años de prisión

Durante sus alegatos, el fiscal Martín Castellano había solicitado una condena de 17 años de prisión efectiva por los tres hechos que integraban la acusación.

Por su parte, la defensora Victoria Romano pidió la absolución de su representado y cuestionó distintos aspectos de la investigación.

Finalmente, la jueza diferenció las responsabilidades: consideró acreditados los dos robos, pero entendió que no había certeza suficiente para condenarlo por el homicidio.

La condena y la absolución

La sentencia estableció una pena de cuatro años y seis meses de prisión efectiva por los dos robos calificados por escalamiento cometidos en Moisés Ville.

Al mismo tiempo, Churquina fue absuelto por el homicidio de Mario César Ricarte, debido a que las pruebas presentadas no permitieron demostrar su responsabilidad penal.

De esta manera, el tribunal resolvió las tres acusaciones dentro de un mismo juicio: condena por los delitos contra la propiedad y absolución por el crimen ocurrido en Ataliva.

Seguí Leyendo

Judicial

Estafas por más de $99 millones: prisión preventiva para un hombre acusado de engañar a dos productores rurales

El investigado tiene 64 años y está acusado de realizar operaciones con cheques electrónicos sin fondos para comprar ganado a productores de Curupaytí y Moisés Ville. La Justicia dispuso 60 días de arresto domiciliario y una fianza superior a los $100 millones.

Publicado

el

Foto: Investigación por estafas millonarias a productores agropecuarios.

Un hombre de 64 años, identificado por sus iniciales WHR, quedó en prisión preventiva en el marco de una investigación por dos presuntas estafas contra productores agropecuarios del departamento San Cristóbal. El perjuicio económico denunciado supera los 99 millones de pesos.

La medida fue dispuesta por la jueza Cecilia Álamo, a partir de un pedido del fiscal Mauricio Gabriel Spinosa, durante una audiencia realizada en los tribunales de San Cristóbal.

La magistrada estableció que el imputado cumpla la prisión preventiva bajo la modalidad de arresto domiciliario durante 60 días. También deberá constituir una fianza superior a los 100 millones de pesos, según lo acordado entre las partes y con la conformidad de las víctimas.

Las operaciones investigadas

De acuerdo con la acusación fiscal, los hechos ocurrieron el 4 de septiembre de 2026. El hombre habría utilizado una falsa apariencia de solvencia económica para concretar las operaciones comerciales y obtener la entrega de animales a cambio de cheques electrónicos que, según la investigación, sabía que no podrían cobrarse.

En el primer caso, un productor de Curupaytí le entregó 12 novillitos y 8 vaquillas de raza Brangus. La operación fue valuada en $26.914.035 y se documentó mediante cinco cheques electrónicos de pago diferido.

La segunda operación involucró a un productor de Moisés Ville, quien vendió 50 novillitos Brangus por un total de $72.457.060. El pago también se habría realizado con cheques electrónicos que no podían hacerse efectivos.

Un perjuicio superior a los $99 millones

La suma de ambas operaciones alcanza los $99.371.095, monto que representa el perjuicio económico atribuido al investigado.

La causa continúa bajo investigación y el hombre permanece imputado por los hechos denunciados. La prisión preventiva es una medida cautelar y no implica una condena.

Seguí Leyendo

Clima Sunchales

Sunchales
Clear sky
Claro
24°C
Apparent: 17°C
Presión: 1009 mb
Humedad: 72%
Viento: 15 km/h NE
Ráfagas: 45 km/h
Indice UV: 0
Salida del Sol: 6:06 am
Puesta de Sol: 7:34 pm
 
Publicidad

Tendencia