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Cuarentena: paso a paso, cómo hacer el permiso para circular
Para circular, tanto por la Ciudad como por la provincia de Buenos Aires y el resto del país, el Gobierno de la Nación puso en marcha el Certificado Único Habilitante para Circulación que permite a aquellas personas que estén exceptuadas a dirigirse a su lugar de trabajo.
El Gobierno nacional anunció la puesta en marcha del Certificado Único Habilitante para Circulación (CUHC) que habilita a transitar por todo el país a las personas que estén exceptuadas por el artículo 6 del Decreto Presidencial 297/20 y sus ampliaciones, en el marco del aislamiento social preventivo y obligagorio que rige en la Argentina para detener el avance del coronavirus.
El documento comenzará a regir desde el miércoles como requisito para poder circular. Con este nuevo instrumento en Nación pretenden lograr un sistema unificado y con criterio único para emisión de autorizaciones de circulación en todo el país. Desde el Ministerio del Interior informaron que este certificado “tendrá carácter de declaración jurada para los aplicantes por lo que, el eventual falseamiento de datos dará lugar a sanciones que resulten aplicables según la normativa vigente”.
El CUHC se valida a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD), ingresando acá, y será exhibido a requerimiento de la autoridad competente al momento de circular por la vía pública, junto con el Documento Nacional de Identidad.
Los pasos son:
1- Registrarse con DNI o usuario y clave de AFIP
2- Completar en el buscador de palabras claves “Solicitud de Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19”.
3- Hacer click en “Iniciar trámite”.
4- Completar el formulario con los datos personales solicitados y hacer clic en “Guardar”.
5- Seleccionar el botón “Confirmar trámite” y aguardar a recibir un Número de Expediente.
6- Luego de haber recibido el Número de Expediente, se deberá dirigir a la solapa “Mis trámites” ubicada en el borde superior de la pantalla, seleccionar la opción “Finalizados” ubicada en el margen izquierdo de la web y hacer doble clic sobre el trámite en cuestión.
7- Una vez ubicado sobre el documento “Permiso de circulación”, en la columna “Acción” hay que seleccionar la opción “Ver”, indicada con el símbolo de un ojo. Allí se podrá abrir el documento que se descarga para visualizar el permiso.
¿Quiénes deberán tramitar el certificado?
El “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” debe ser tramitado por toda persona que encuadre en los supuestos previstos en el artículo 6° del Decreto N° 297/20 y en los artículos 1° y 2° de la Decisión Administrativa N° 429/20, así como en aquellas excepciones al “aislamiento social, preventivo y obligatorio” que en el futuro se establezcan:
Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
Personal afectado a obra pública.
Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
Servicios de lavandería.
Servicios postales y de distribución de paquetería.
Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
S.E. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.
Industrias que realicen procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias podrán solicitar autorización a la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa, para no discontinuar su producción, reduciendo al mínimo su actividad y dotación de personal.
Producción y distribución de biocombustibles.
Operación de centrales nucleares.
Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. También deberán garantizar las prestaciones a las personas que se hallaren alojadas en los mismos a la fecha del dictado del Decreto N° 297/20.
Dotación de personal mínima necesaria para la operación de la Fábrica Argentina de Aviones Brig. San Martín S.A.
Las autoridades de la Comisión Nacional de Valores podrán autorizar la actividad de una dotación mínima de personal y de la de sus regulados, en caso de resultar necesario.
Operación de aeropuertos. Operaciones de garages y estacionamientos, con dotaciones mínimas.
Sostenimiento de actividades vinculadas a la protección ambiental minera.
Curtiembres, con dotación mínima, para la recepción de cuero proveniente de la actividad frigorífica.
Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, podrán vender sus productos a través de servicios de reparto domiciliario, con sujeción al protocolo específico establecido por la autoridad sanitaria.
En tanto, quedan exceptuadas de la tramitación aquellas personas que deban desplazarse por supuestos de fuerza mayor, de acuerdo a lo establecido por el artículo 6°, inciso 6°, del Decreto N° 297/20. En estos casos, deberá acreditarse la excepción al “aislamiento social, preventivo y obligatorio” mediante documentación fehaciente que dé cuenta del suceso acaecido.
Fuente: ADN Ciudad
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⚠️ ANMAT prohíbe y retira del mercado dos lotes de solución fisiológica Rigecin por riesgo sanitario
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) emitió una alerta urgente sobre dos lotes de la Solución Fisiológica Isotónica Rigecin 0,90%, producida por Rigecin Labs S.A., tras detectar un desvío de calidad crítico que representa un riesgo grave para la salud.
Los lotes afectados son:
- NA5187 S2 | Vencimiento: 01/2027
- NA5675 S1 | Vencimiento: 04/2027
📦 La ANMAT señaló que los envases no estaban autorizados y no cumplían con la normativa vigente para soluciones parenterales de gran volumen, por lo que se ordenó:
- Prohibición de uso, distribución y comercialización en todo el país.
- Retiro obligatorio del mercado de los productos afectados.
- Apertura de sumario sanitario contra la firma por posibles infracciones a la Ley 16.463.
💡 La medida se adoptó con carácter preventivo para proteger a la población y garantizar que los productos que no cumplen los estándares de calidad sean retirados de inmediato.
Por Móvil Quique con información de NA
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⚡ Imprudencia y tragedia: un niño resultó herido y su caballo murió electrocutado en Alta Gracia
Una tarde que parecía tranquila terminó en tragedia en barrio Parque del Virrey, en la ciudad cordobesa de Alta Gracia.
Un niño de 9 años resultó herido y su caballo murió electrocutado a causa de una conexión eléctrica clandestina tendida de forma precaria sobre la vía pública.
El hecho ocurrió alrededor de las 19 horas del lunes, cuando el pequeño cabalgaba por la calle y el animal pisó un cable pelado que estaba enterrado de manera irregular y cruzaba el camino. La combinación de agua en el suelo y las herraduras metálicas del caballo generaron una descarga letal.
El equino murió al instante, desplomándose sobre la calle, mientras que el niño sobrevivió de milagro gracias a que la montura y el apero actuaron como aislantes eléctricos. Sin embargo, sufrió golpes y heridas producto de la caída y del peso del animal.
Vecinos de la zona expresaron su indignación por la presencia de conexiones ilegales y reclamaron mayor control y seguridad eléctrica en el barrio para evitar nuevas tragedias.
Por Móvil Quique con información de Cadena 3
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🏦 Feriado bancario: qué trámites se podrán hacer este jueves 6 de noviembre
Este jueves 6 de noviembre, todas las sucursales bancarias del país permanecerán cerradas por la conmemoración del Día del Bancario, feriado nacional para los trabajadores del sector financiero.
Durante la jornada, no habrá atención presencial, por lo que quienes necesiten realizar trámites en ventanilla deberán anticiparse o postergar sus operaciones.
Sin embargo, los canales digitales seguirán funcionando con normalidad:
- Homebanking y apps móviles (pagos, transferencias, consultas y recargas).
- Cajeros automáticos en todo el país.
- Extracciones de efectivo en supermercados, farmacias y estaciones de servicio.
- Compras con tarjeta de débito, crédito y billeteras virtuales.
📌 Las operaciones con vencimiento el jueves 6 se acreditarán el siguiente día hábil, según informaron las cámaras compensadoras.
Origen del Día del Bancario:
La fecha recuerda la fundación de la Asociación Bancaria en 1924 y las primeras huelgas de empleados de bancos en 1919, que buscaban mejores condiciones laborales y el reconocimiento formal del sindicato.
Por Móvil Quique con información de Perfil
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