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Imputaron y dejaron detenidos a los cinco hombres acusados por el femicidio de Rocío Vera

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A todos se los sindicó como autores de los abusos sexuales contra la niña. A uno se le atribuyó la autoría del crimen, tres fueron partícipes primarios y el quinto, partícipe secundario.

Cinco hombres mayores de edad quedaron en prisión preventiva sin plazo en el marco de una investigación que encabeza el fiscal Aldo Gerosa por el abuso sexual y el homicidio –ambos delitos calificados– de una menor de edad cometidos en la ciudad de Reconquista.

La medida cautelar fue ordenada por la jueza de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), Claudia Bressán, a raíz del pedido formulado por Gerosa en una audiencia llevada a cabo esta tarde de forma remota a través del dispositivo Zoom.

Los cinco imputados son P. E. F. de 21 años; L. G. G. de 28; J. D. G. de 30; B. A. de 20 y L. A. Q. de 29.

Los delitos atribuidos por el fiscal Gerosa fueron homicidio triplemente agravado (por mediar violencia de género –femicidio–, por la intervención activa de menores de edad y criminis causae) en concurso real con abuso sexual agravado (por ser cometido por dos o más personas y por la intervención activa de dos menores de edad)

Responsabilidad criminal

En relación al homicidio triplemente calificado, Gerosa le atribuyó la autoría a P. E. F. En tal sentido, según aclaró en la audiencia, “este delito fue cometido conjuntamente con uno de los menores involucrados”.

Por su parte, a otros tres imputados –de iniciales B. C. A., L. G. G. y J. D. G.– el fiscal les atribuyó ser partícipes primarios. Según indicó “sujetaron y golpearon a la víctima”. En tanto, al quinto hombre investigado –de iniciales L. A. Q.– le endilgó ser partícipe secundario del delito “ya que colaboró en el traslado y ocultamiento del cuerpo y en la desaparición de objetos de la víctima”.

Por el abuso sexual agravado, Gerosa imputó como autores a los cinco hombres investigados.

El fiscal del MPA también advirtió en la audiencia que “por el momento no se atribuye el delito de aborto, aunque hay evidencia de que algunos o todos los imputados conocían el estado de gravidez de la menor”.

Los hechos

“Los delitos que investigamos fueron cometidos entre las 1.30 y las 2 de la madrugada del domingo pasado en una casa abandonada ubicada sobre la calle llamada Interbarrial –casi esquina calle 99–, a unos 300 o 400 metros antes de que doble hacia el oeste con dirección a la ruta A009”, precisó el fiscal Gerosa. También agregó que “el inmueble tiene pintado en el frente –algo borrada– la designación «Despensa Santa Rita»”.

El funcionario del MPA relató que “la víctima fue convencida de concurrir al lugar y cuando ingresó, los imputados –junto a dos menores de edad que también estaban presentes– le dijeron que la iban a violar”. Gerosa añadió que “la niña se negó, comenzó a gritar e intentó resistirse, pero comenzó a ser golpeada y forzada para concretar el ataque sexual”.

“Mientras la menor de edad era abusada continuaba siendo agredida físicamente”, sostuvo Gerosa y narró que “en un determinado momento intentó correr, pero fue golpeada con un palo por uno de los menores, mientras que el imputado de iniciales P. E. F. la agredió con un hierro o caño”.

El fiscal subrayó que “a pesar de que estaba semiinconsciente, los imputados de iniciales L. G. G., J. D. G. y B. C. A. continuaban pegándole golpes de puño y sujetándola para que no escape”.

Acuerdo

“Los imputados y los menores de edad se pusieron de acuerdo para llevarla a un pastizal ubicado en un inmueble lindero, para lo cual cruzaron a la víctima por un tejido de alambre y la arrojaron en un montón de tierra y basura”, indicó Gerosa. “En ese lugar, la niña –que aún continuaba con vida– fue nuevamente abusada por los imputados”, subrayó el fiscal.

Gerosa concluyó que “los imputados buscaron una azada, volvieron al lugar, carpieron el suelo para disimular las manchas de sangre que había y empujaron el cuerpo –casi totalmente desnudo– varios metros para ocultarlo entre las malezas”.

 

 

 

Fuente: Uno de Santa Fe

 

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Causa Vialidad: qué bienes de Cristina Kirchner y su familia podrá ejecutar la Justicia

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos presentados por Cristina Kirchner, Máximo y Florencia Kirchner y dejó firme el avance del decomiso millonario en la causa Vialidad.

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Foto: Cristina Kirchner

La Justicia podrá avanzar con tasaciones y posibles remates de propiedades vinculadas a la familia.

La Justicia quedó habilitada para avanzar con la ejecución de bienes de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner y de sus hijos, Máximo Kirchner y Florencia Kirchner, en el marco de la causa Vialidad.

La medida se conoció luego de que la Cámara Federal de Casación Penal rechazara los recursos extraordinarios presentados por las defensas, ratificando así el avance del decomiso patrimonial dispuesto por el Tribunal Oral Federal N° 2.

El decomiso supera los $684 mil millones

Según trascendió, el monto actualizado del decomiso asciende a más de $684.990 millones, cifra que surge tras nuevas pericias contables realizadas por organismos oficiales y el Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema.

Originalmente, la sentencia había fijado un decomiso superior a los $84.835 millones, pero posteriormente el monto fue recalculado y actualizado.

Al no cumplirse con el pago exigido por la Justicia, quedó habilitado el proceso de ejecución sobre distintos activos y propiedades vinculadas a los condenados.

Qué bienes podrían ser ejecutados

Entre los inmuebles alcanzados por la medida judicial figuran propiedades ubicadas en El Calafate y Río Gallegos.

El listado incluye:

  • Un inmueble sobre Avenida 17 de Octubre al 800, en El Calafate
  • Diez unidades inmobiliarias ubicadas sobre calle Mitre al 500, en Río Gallegos
  • Una propiedad en 25 de Mayo al 200
  • Un inmueble sobre avenida Presidente Néstor Kirchner al 400
  • Terrenos adquiridos en El Calafate entre 2007 y 2008
  • El predio donde funciona el complejo hotelero Los Sauces Casa Patagónica
  • Parcelas anexadas posteriormente al emprendimiento
  • Dos propiedades de gran superficie en el departamento Lago Argentino

La resolución también alcanza bienes que habían sido cedidos a Máximo y Florencia Kirchner.

Qué puede pasar ahora

Con la decisión judicial, el Estado podrá avanzar con:

  • Tasaciones oficiales
  • Administración de activos
  • Embargos
  • Posibles remates públicos

La única instancia que le queda a la defensa es recurrir mediante una queja directa ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Sin embargo, esa presentación no frena automáticamente el avance del proceso de ejecución patrimonial.

Qué dijo la Justicia sobre los bienes cedidos

Los jueces también rechazaron el argumento de la defensa respecto a que parte de las propiedades pertenecían legalmente a Máximo y Florencia Kirchner por herencia o cesiones previas.

Según la resolución, existe una “coincidencia temporal y vinculación económica” entre los hechos investigados y el crecimiento del patrimonio familiar, por lo que los traspasos gratuitos no impiden el decomiso dispuesto en la sentencia.

La decisión consolida así la etapa de recupero patrimonial en la causa Vialidad y habilita nuevas medidas judiciales para intentar cubrir el monto millonario fijado por la condena.

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Judicial

Piden 15 años de prisión para el acusado de matar de un escopetazo a un mecánico en Rafaela

La Fiscalía de Rafaela solicitó una pena de 15 años de cárcel para un hombre de 75 años acusado de asesinar de un disparo a un mecánico en octubre de 2024.

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Foto: ilustrativa de archivo

El caso avanzó formalmente hacia juicio oral tras la audiencia preliminar realizada en los tribunales rafaelinos.

El fiscal de Homicidios de la Fiscalía Regional 5, Martín Castellano, confirmó que la acusación apunta contra un hombre identificado con las iniciales FRR, señalado como autor del homicidio de Oscar Helvio Feulién.

Cómo ocurrió el crimen en Rafaela

Según la investigación judicial, el hecho ocurrió el 2 de octubre de 2024 por la tarde en un predio ubicado sobre calle Ángela de la Casa al 400, en la ciudad de Rafaela.

De acuerdo con la Fiscalía, en el lugar funcionaba un negocio de compra y venta de autos usados administrado por el acusado, quien además residía allí.

El fiscal sostuvo que la víctima trabajaba como mecánico y había mantenido un vínculo laboral previo con el imputado. Ese día, Feulién habría concurrido al lugar junto a otras personas para retirar autopartes y elementos personales que permanecían en el predio.

El disparo con una escopeta

La acusación indica que una familiar de la víctima permitió el ingreso al terreno y, mientras Feulién y sus acompañantes entraban, el acusado salió de su vivienda portando una escopeta calibre 16.

Siempre según la reconstrucción del Ministerio Público de la Acusación, el hombre comenzó a increpar al mecánico y a quienes lo acompañaban, acusándolos de haber robado herramientas.

Instantes después, habría efectuado un disparo a corta distancia contra Feulién, impactándolo en el tórax.

La víctima fue trasladada de urgencia al Hospital Jaime Ferré, donde falleció horas más tarde como consecuencia de las heridas sufridas.

La causa irá a juicio oral

Tras la audiencia preliminar, el juez Nicolás Stegmayer admitió la acusación presentada por la Fiscalía y ahora deberá dictar el auto de apertura a juicio.

Posteriormente, la Oficina de Gestión Judicial definirá el tribunal encargado del debate oral y establecerá la fecha de inicio del juicio.

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Reforma laboral: la Justicia rechazó una demanda millonaria de un médico monotributista

Un fallo de la Justicia laboral de Mendoza aplicó por primera vez aspectos centrales de la reforma laboral impulsada por la Ley de Bases y rechazó una demanda por más de $150 millones presentada por un médico que reclamaba el reconocimiento de una relación de dependencia.

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Foto: Ilustrativa

La sentencia fue dictada por la Primera Cámara del Trabajo de San Rafael en la causa iniciada por un profesional contra un hospital privado, donde el demandante sostenía haber trabajado bajo relación laboral exclusiva realizando guardias y tareas de coordinación médica.

Sin embargo, el tribunal concluyó que existía una locación de servicios de carácter civil y no un vínculo laboral formal.

La reforma laboral y los monotributistas

El fallo se convirtió en uno de los primeros antecedentes judiciales que aplican la nueva redacción de la legislación laboral respecto a profesionales que facturan como monotributistas.

La normativa establece que la presunción automática de relación laboral no se aplica cuando:

  • Se trata de servicios profesionales
  • Existen facturas o recibos emitidos regularmente
  • El prestador conserva autonomía organizativa y económica

Por qué la Justicia rechazó la relación de dependencia

Durante el juicio, el hospital logró acreditar distintos elementos que, según los jueces, demostraron la independencia profesional del médico.

Entre los principales puntos destacados en la sentencia figuran:

  • No existía subordinación técnica ni organizativa
  • Los médicos organizaban sus propias guardias
  • Podían acordar reemplazos sin autorización del hospital
  • No había control horario ni fichado
  • El profesional emitía facturas por montos variables
  • También trabajaba en otros consultorios y clínicas

Además, el tribunal señaló que el hospital no ejercía poder disciplinario sobre el profesional, un aspecto considerado clave para descartar una relación laboral.

Debate por los intereses y la nueva ley

Aunque la demanda fue rechazada, los magistrados también analizaron cómo debían calcularse los intereses según la nueva Ley de Modernización Laboral.

La discusión se centró en si correspondía aplicar retroactivamente el nuevo sistema de actualización previsto por la normativa nacional.

La mayoría del tribunal resolvió utilizar la fórmula establecida por la nueva ley desde la fecha de mora, mientras que uno de los jueces sostuvo que debía aplicarse por tramos y solo desde la entrada en vigencia de la reforma.

Finalmente, prevaleció el criterio de aplicación integral.

Qué impacto puede tener el fallo

Especialistas en derecho laboral consideran que la sentencia podría convertirse en un antecedente relevante para empresas y profesionales independientes.

El fallo refuerza la necesidad de:

  • Mantener facturación regular
  • Evitar controles típicos de empleados
  • No aplicar sanciones disciplinarias
  • Garantizar autonomía en horarios y organización

La resolución aparece en un contexto donde la reforma laboral busca redefinir los límites entre trabajo autónomo y relación de dependencia, especialmente en actividades profesionales.

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