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Tres meses de prisión preventiva para cinco altos oficiales de la policía por juego clandestino

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El juez penal de Rafaela, Javier Bottero, ordenó 90 días de prisión preventiva a altos oficiales –cuatro retirados y uno en actividad– después de ventilarse los hechos en la audiencia imputativa.

Durante más de 12 horas corridas, contadas desde las 15 del viernes y hasta pasadas las 3 de este sábado se extendió la audiencia imputativa en la que el juez penal Javier Bottero impuso a cuatro altos oficiales retirados, comisarios generales, y dos comisarios mayores, uno en actividad y otro retirado, prisión preventiva durante 90 días.

El proceso se inició con una investigación del fiscal de la Unidad de Delitos Complejos del Ministerio Público con sede en la ciudad de Rafaela, Martín Castellano, por asociación ilícita dedicada a los juegos de azar clandestinos. Los cuatro policías retirados son J. A. G. de 52 años; J. P. B. de 48; J. J. A. P. de 51; y F. E. F. de 57, (los tres fueron jefes de la Unidad Regional V Castellanos de la Policía de Santa Fe entre 2017 y 2019). J. A. G. fue jefe de la Agrupación Unidades de Orden Público. F. F. A. de 39, es el único en actividad (fue jefe de la Agrupación Cuerpos). En la misma causa hay imputadas otras 12 personas y cuatro de ellas ya cumplen prisión preventiva.

Imputación de delitos

Durante la audiencia, el fiscal del MPA Martín Castellano, imputó los delitos aludidos a todos los policías como coautores del delito de asociación ilícita en calidad de organizadores, y a los tres de ellos en particular, F. E. F., J. P. B. y F. F. A. ser partícipes necesarios en concurso real del delito de organización, administración, operación y explotación de sistemas de captación de juegos de azar sin contar con la autorización pertinente emanada de autoridad jurisdiccional competente.

Los hechos ventilados

Los cuatro oficiales de alta graduación y el que aún está en actividad, junto con otros dos hombres identificados como D. A. I. P. y M. G. U. , formaban parte de una asociación de carácter delictivo de manera estable, con suficiente organización y roles definidos, según explicó en detalle el fiscal Martín Castellano, aludiendo de manera textual «la asociación ilícita estaba destinada al ejercicio irregular y habitual de organización, administración y explotación de juegos de azar que no contaban con la debida autorización emitida por las autoridades competentes en la materia». Luego prosiguió “Los civiles investigados entregaban parte de las ganancias obtenidas de la actividad ilegal a los policías en los períodos en que cada uno de ellos formó parte de la asociación ilícita, conforme a un acuerdo existente para el reparto de las ganancias”,

El cobro de las coimas

Martín Castellano, en otro tramo de la argumentación señaló: “La entrega del dinero era para la protección policial que brindaban para que las actividades delictivas de la organización sean factibles y desarrolladas con los menores contratiempos posibles”, y que “el accionar ilícito de los imputados consistió en brindar información –incluso de investigaciones fiscales en curso– para que los civiles conserven a resguardo las «salas» de juego”. También subrayó que “impartieron instrucciones para optimizar el rendimiento de la explotación ilegal; volcaron su influencia para obstruir o inhibir cualquier tipo de control, actuación o procedimiento policial y facilitaron las condiciones necesarias para que las «salas» pudieran habilitarse, mantenerse en el tiempo o bien cerrarse temporalmente, incluyendo el suministro de información sobre investigaciones fiscales en curso”.

Finalmente dijo que “los pagos eran de entre 120 y 280 mil pesos y se hacían de forma semanal, quincenal o mensual de acuerdo a la modalidad establecida por el jefe policial de turno”. También precisó que “algunas entregas de dinero se hicieron en el edificio de la Jefatura de Policía de Rafaela, pero otras las hacían personalmente los civiles imputados en la vía pública”. En tal sentido, refirió a los lugares en los que se concretaron y enumeró “la intersección de la avenida Mitre y calle José Ingenieros; inmediaciones de calle Primera Junta a la altura de una de las tribunales laterales del estadio del Club Atlético Rafaela; y la avenida Roque Sáenz Peña frente al monte de eucaliptus”.

Juego clandestino

Castellano advirtió que “a partir de enero de 2017, a los hechos delictivos que constituían el objeto de la asociación ilícita desde su inicio, se añadió el ejercicio habitual y continuo de la actividad de organización, administración y explotación de juegos de azar sin autorización”, y que “estaba dirigida a un público indefinido y variado que concurría de manera fluida y asidua a los establecimientos puestos a disposición a tales fines o bien ingresaba a páginas online para disputar los juegos de azar”.

“El entramado de negocios ilegales indicados fue desplegado en cuatro inmuebles en la ciudad de Rafaela, dos en Sunchales y uno en la localidad de Ramona, mediante la puesta a disposición de locales físicos de acceso libre en los cuales los asistentes disputaban juegos de azar mediante la utilización de máquinas y equipamientos electrónicos o bien a través de la modalidad denominada «juego o casino on-line»”, y concluyó que “a estos fines, los miembros de la organización vendían «créditos» para que los adquirentes ingresen a sitios web que se les indicaba en condiciones de disponer de recursos para apostar en el marco de partidas online de juegos de azar, asumiendo la misma, en consecuencia, la condición de intermediaria en el flujo de dinero entre los portales web de apuestas y los jugadores”.

 

 

 

 

Fuente: Uno de Santa Fe

 

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Causa Vialidad: qué bienes de Cristina Kirchner y su familia podrá ejecutar la Justicia

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos presentados por Cristina Kirchner, Máximo y Florencia Kirchner y dejó firme el avance del decomiso millonario en la causa Vialidad.

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Foto: Cristina Kirchner

La Justicia podrá avanzar con tasaciones y posibles remates de propiedades vinculadas a la familia.

La Justicia quedó habilitada para avanzar con la ejecución de bienes de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner y de sus hijos, Máximo Kirchner y Florencia Kirchner, en el marco de la causa Vialidad.

La medida se conoció luego de que la Cámara Federal de Casación Penal rechazara los recursos extraordinarios presentados por las defensas, ratificando así el avance del decomiso patrimonial dispuesto por el Tribunal Oral Federal N° 2.

El decomiso supera los $684 mil millones

Según trascendió, el monto actualizado del decomiso asciende a más de $684.990 millones, cifra que surge tras nuevas pericias contables realizadas por organismos oficiales y el Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema.

Originalmente, la sentencia había fijado un decomiso superior a los $84.835 millones, pero posteriormente el monto fue recalculado y actualizado.

Al no cumplirse con el pago exigido por la Justicia, quedó habilitado el proceso de ejecución sobre distintos activos y propiedades vinculadas a los condenados.

Qué bienes podrían ser ejecutados

Entre los inmuebles alcanzados por la medida judicial figuran propiedades ubicadas en El Calafate y Río Gallegos.

El listado incluye:

  • Un inmueble sobre Avenida 17 de Octubre al 800, en El Calafate
  • Diez unidades inmobiliarias ubicadas sobre calle Mitre al 500, en Río Gallegos
  • Una propiedad en 25 de Mayo al 200
  • Un inmueble sobre avenida Presidente Néstor Kirchner al 400
  • Terrenos adquiridos en El Calafate entre 2007 y 2008
  • El predio donde funciona el complejo hotelero Los Sauces Casa Patagónica
  • Parcelas anexadas posteriormente al emprendimiento
  • Dos propiedades de gran superficie en el departamento Lago Argentino

La resolución también alcanza bienes que habían sido cedidos a Máximo y Florencia Kirchner.

Qué puede pasar ahora

Con la decisión judicial, el Estado podrá avanzar con:

  • Tasaciones oficiales
  • Administración de activos
  • Embargos
  • Posibles remates públicos

La única instancia que le queda a la defensa es recurrir mediante una queja directa ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Sin embargo, esa presentación no frena automáticamente el avance del proceso de ejecución patrimonial.

Qué dijo la Justicia sobre los bienes cedidos

Los jueces también rechazaron el argumento de la defensa respecto a que parte de las propiedades pertenecían legalmente a Máximo y Florencia Kirchner por herencia o cesiones previas.

Según la resolución, existe una “coincidencia temporal y vinculación económica” entre los hechos investigados y el crecimiento del patrimonio familiar, por lo que los traspasos gratuitos no impiden el decomiso dispuesto en la sentencia.

La decisión consolida así la etapa de recupero patrimonial en la causa Vialidad y habilita nuevas medidas judiciales para intentar cubrir el monto millonario fijado por la condena.

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Piden 15 años de prisión para el acusado de matar de un escopetazo a un mecánico en Rafaela

La Fiscalía de Rafaela solicitó una pena de 15 años de cárcel para un hombre de 75 años acusado de asesinar de un disparo a un mecánico en octubre de 2024.

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Foto: ilustrativa de archivo

El caso avanzó formalmente hacia juicio oral tras la audiencia preliminar realizada en los tribunales rafaelinos.

El fiscal de Homicidios de la Fiscalía Regional 5, Martín Castellano, confirmó que la acusación apunta contra un hombre identificado con las iniciales FRR, señalado como autor del homicidio de Oscar Helvio Feulién.

Cómo ocurrió el crimen en Rafaela

Según la investigación judicial, el hecho ocurrió el 2 de octubre de 2024 por la tarde en un predio ubicado sobre calle Ángela de la Casa al 400, en la ciudad de Rafaela.

De acuerdo con la Fiscalía, en el lugar funcionaba un negocio de compra y venta de autos usados administrado por el acusado, quien además residía allí.

El fiscal sostuvo que la víctima trabajaba como mecánico y había mantenido un vínculo laboral previo con el imputado. Ese día, Feulién habría concurrido al lugar junto a otras personas para retirar autopartes y elementos personales que permanecían en el predio.

El disparo con una escopeta

La acusación indica que una familiar de la víctima permitió el ingreso al terreno y, mientras Feulién y sus acompañantes entraban, el acusado salió de su vivienda portando una escopeta calibre 16.

Siempre según la reconstrucción del Ministerio Público de la Acusación, el hombre comenzó a increpar al mecánico y a quienes lo acompañaban, acusándolos de haber robado herramientas.

Instantes después, habría efectuado un disparo a corta distancia contra Feulién, impactándolo en el tórax.

La víctima fue trasladada de urgencia al Hospital Jaime Ferré, donde falleció horas más tarde como consecuencia de las heridas sufridas.

La causa irá a juicio oral

Tras la audiencia preliminar, el juez Nicolás Stegmayer admitió la acusación presentada por la Fiscalía y ahora deberá dictar el auto de apertura a juicio.

Posteriormente, la Oficina de Gestión Judicial definirá el tribunal encargado del debate oral y establecerá la fecha de inicio del juicio.

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Reforma laboral: la Justicia rechazó una demanda millonaria de un médico monotributista

Un fallo de la Justicia laboral de Mendoza aplicó por primera vez aspectos centrales de la reforma laboral impulsada por la Ley de Bases y rechazó una demanda por más de $150 millones presentada por un médico que reclamaba el reconocimiento de una relación de dependencia.

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Foto: Ilustrativa

La sentencia fue dictada por la Primera Cámara del Trabajo de San Rafael en la causa iniciada por un profesional contra un hospital privado, donde el demandante sostenía haber trabajado bajo relación laboral exclusiva realizando guardias y tareas de coordinación médica.

Sin embargo, el tribunal concluyó que existía una locación de servicios de carácter civil y no un vínculo laboral formal.

La reforma laboral y los monotributistas

El fallo se convirtió en uno de los primeros antecedentes judiciales que aplican la nueva redacción de la legislación laboral respecto a profesionales que facturan como monotributistas.

La normativa establece que la presunción automática de relación laboral no se aplica cuando:

  • Se trata de servicios profesionales
  • Existen facturas o recibos emitidos regularmente
  • El prestador conserva autonomía organizativa y económica

Por qué la Justicia rechazó la relación de dependencia

Durante el juicio, el hospital logró acreditar distintos elementos que, según los jueces, demostraron la independencia profesional del médico.

Entre los principales puntos destacados en la sentencia figuran:

  • No existía subordinación técnica ni organizativa
  • Los médicos organizaban sus propias guardias
  • Podían acordar reemplazos sin autorización del hospital
  • No había control horario ni fichado
  • El profesional emitía facturas por montos variables
  • También trabajaba en otros consultorios y clínicas

Además, el tribunal señaló que el hospital no ejercía poder disciplinario sobre el profesional, un aspecto considerado clave para descartar una relación laboral.

Debate por los intereses y la nueva ley

Aunque la demanda fue rechazada, los magistrados también analizaron cómo debían calcularse los intereses según la nueva Ley de Modernización Laboral.

La discusión se centró en si correspondía aplicar retroactivamente el nuevo sistema de actualización previsto por la normativa nacional.

La mayoría del tribunal resolvió utilizar la fórmula establecida por la nueva ley desde la fecha de mora, mientras que uno de los jueces sostuvo que debía aplicarse por tramos y solo desde la entrada en vigencia de la reforma.

Finalmente, prevaleció el criterio de aplicación integral.

Qué impacto puede tener el fallo

Especialistas en derecho laboral consideran que la sentencia podría convertirse en un antecedente relevante para empresas y profesionales independientes.

El fallo refuerza la necesidad de:

  • Mantener facturación regular
  • Evitar controles típicos de empleados
  • No aplicar sanciones disciplinarias
  • Garantizar autonomía en horarios y organización

La resolución aparece en un contexto donde la reforma laboral busca redefinir los límites entre trabajo autónomo y relación de dependencia, especialmente en actividades profesionales.

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