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Pedirán 25 años de prisión para siete policías acusados de torturas en Sunchales

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Así lo planteó la fiscal Gabriela Lema en la acusación que presentó ante la Oficina de Gestión Judicial de los tribunales de Rafaela.

Además, adelantó que pedirá seis años de prisión para el comisario que encubrió el accionar ilícito de sus subordinados. “Los uniformdos actuaron como si fueran un grupo de fuerza armada, y luego intentaron encubrir y entorpecer la investigación”, sostuvo la funcionaria del MPA.

La fiscal Gabriela Lema pedirá 25 años de prisión para cada uno de siete policías que son investigados como coautores de torturas cometidas en perjuicio de dos hermanos mayores de edad que estaban detenidos en una comisaría de Sunchales.

El requerimiento fue planteado en la acusación que la funcionaria del MPA presentó ante la Oficina de Gestión Judicial (OGJ) de los tribunales de Rafaela. En el documento también adelantó que solicitará seis años de prisión para el comisario al que investigó como autor de encubrimiento agravado.

Lema informó que “los acusados de torturas son un subcomisario; una subinspectora; un oficial; tres suboficiales hombres y una suboficial mujer. Es decir, todos los empleados de la comisaría de Sunchales”.

“Las torturas fueron realizadas dentro de la dependencia policial y los acusados actuaron al amparo de su investidura”, señaló la fiscal y remarcó que “tal fue su conciencia de  impunidad, que actuaron frente a una mujer que estaba detenida y no les importó su presencia”.

Lema concluyó que “los policías investigados se comportaron como si fueran un grupo de fuerza armada y luego, para procurar su impunidad, intentaron encubrir y entorpecer la investigación a través de una versión falsa de lo sucedido”.

 
En la comisaría

 “Los acusados llevaron a cabo su accionar delictivo entre las 5:00 y las 6:00 de la mañana aproximadamente del viernes 18 de octubre de 2019 en el interior de la sede policial ubicada en avenida Belgrano al 300”, precisó la fiscal. También recordó que “los torturados son dos hermanos que habían sido legalmente privados de su libertad”.

Afirmó que “las víctimas sufrieron graves tormentos físicos y psicológicos mientras estaban maniatadas con los brazos hacia atrás”, y aclaró que “uno de los hombres atacados tenía esposas y el otro, precintos ajustados más de lo necesario”. Al respecto, aseveró que “ambos estaban en situaciones de vulnerabilidad”.

“De acuerdo con un plan previo, los uniformados insultaron y golpearon con los puños, los pies y hasta con un palo a los hermanos”, relató la representante del MPA. Asimismo, dijo que “los humillaron y los amenazaron con quitarles la vida. Además, a una de las víctimas le aplicaron la técnica conocida como submarino seco, mediante la cual se genera asfixia a partir de colocar una bolsa en la cabeza y también lo amenazaron con agredirlo sexualmente”.

Por otra parte, Lema narró que “como consecuencia de un golpe en la nuca, una de las víctimas atravesó un ventanal de vidrio y sufrió lesiones muy graves en distintas partes de su cuerpo, entre ellas, un corte en la vena yugular interna”. En tal sentido, sostuvo que “de hecho, pudo salvar su vida gracias al accionar de los médicos que lo atendieron”.

Por último, Lema explicó que “minutos después, el comisario investigado llegó a la dependencia policial, se enteró de lo ocurrido y omitió comunicarlo a las autoridades competentes”. Añadió que “en su carácter de jefe, ordenó a los otros siete agentes que limpiaran el lugar, motivo por el cual se le endilgó el delito de encubrimiento agravado”.

 

Torturas

Lema subrayó que “se trata de un caso de pluralidad de autores –todos policías–, quienes utilizaron múltiples modalidades de torturas y con mucha violencia”. También agregó que “todo el accionar delictivo fue realizado dentro de una comisaría y, si bien era de madrugada, todavía era de noche” e hizo hincapié en que “los acusados actuaron de forma metódica y compleja, lo cual incrementó el padecimiento físico y psíquico de los dos hermanos”.

“Los uniformados afectaron la libertad, la dignidad y el honor de las dos víctimas, quienes estaban imposibilitadas de mover sus brazos”, planteó la fiscal y argumentó que “demostraron total desinterés por la integridad física y psicológica ajena”.

La fiscal se refirió a que “los acusados como coautores de torturas son el subcomisario FHM de 40 años; la subinspectora SS de 44; el oficial JAC de 32 y los cuatro suboficiales”. En tal sentido, enumeró “a los suboficiales varones: CAM de 23 años; BEG de 26 y MLO de 30. Por su parte, la mujer suboficial tiene 38 años y sus iniciales son MIA”.

En relación al comisario, la fiscal apuntó que “sus iniciales son LMG, tiene 36 años y se le endilga la autoría del delito de encubrimiento agravado”.

 

Juicio

La presentación de la acusación es un paso procesal en el que la Fiscalía solicita la apertura del juicio oral y público contra los acusados.

El escrito, que está destinado a un juez de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), contiene un detalle de las evidencias reunidas y fundamenta los requerimientos del MPA en relación al caso. Asimismo, informa los datos personales de los imputados, los hechos ocurridos, la calificación legal de los ilícitos y la pena solicitada.

Luego de la presentación de la acusación y de habérselo comunicado a la Defensa, la OGJ debe convocar a una audiencia preliminar en la que las partes (Fiscalía; Defensa y, en el caso de que la hubiera, Querella) discuten acerca de lo planteado.

Si tras la audiencia preliminar el juez considera que la acusación de la Fiscalía tiene proyección de condena y que están cumplidos los requisitos para que se desarrolle un debate oral y público, dispondrá el auto de apertura a juicio para programar una fecha de inicio.

 

 

 

 

 

 

 

Fuente: MPA

 

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Condenaron a 21 años de prisión a un hombre que abusó de cinco mujeres en Rafaela, Susana y San Vicente

Un hombre de 44 años fue condenado a 21 años de prisión por haber abusado sexualmente de cinco integrantes de su entorno familiar en Rafaela, Susana y San Vicente (las tres localidades pertenecen al departamento Castellanos). Quienes resultaron víctimas son una mujer que fue pareja del agresor y la hija de ella, así como dos hijas de otra mujer con la que él mantuvo una relación y su propia hija.

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Foto: Archivo

La sentencia fue ordenada por un tribunal integrado por los jueces Juan Gabriel Peralta y José Luis Estévez, y por el abogado del foro Carlos Farías Demaldé, como conjuez, en el marco de un juicio oral que se desarrolló en los tribunales de Rafaela.

La fiscal es Favia Burella, de la Sección Violencia de Género, Familiar y Sexual de la Fiscalía Regional 5. Tras conocer el veredicto, la funcionaria indicó que “valoramos positivamente que el hombre al que se juzgó haya sido condenado tal como lo solicitamos desde la Fiscalía en la acusación”.

Por su parte, en representación de tres de las víctimas actuó como querellante la doctora Paola Pradolini, del Centro de Asistencia Judicial (CAJ).

Violencia de género

Burella sostuvo que “el condenado cometió los ilícitos en diferentes inmuebles en los que convivió con las víctimas, en claros contextos de violencia de género”.

La fiscal manifestó que “en Rafaela, el hombre de 44 años obligó a una de sus parejas a realizar prácticas sexuales, más allá de la expresa negativa de ella”. Además, planteó que “mientras residían en Susana, abusó de una hija de esa mujer, quien en ese momento era una niña que transitaba los primeros años de la escolaridad primaria”.

Asimismo, la Fiscal relató que “el condenado también vulneró la integridad sexual de dos adolescentes que son hijas de otra de sus parejas”. Según precisó, “se trató de hechos reiterados que tuvieron lugar en viviendas ubicadas en San Vicente y en Rafaela”.

Finalmente, Burella señaló que “en una ocasión, el condenado llevó adelante su accionar delictivo en perjuicio de su propia hija adolescente, con quien compartía una vivienda rafaelina”. En tanto, puntualizó que “cuando trató de abusar nuevamente de ella, la víctima opuso resistencia y logró que cesara la agresión”, y añadió que “su padre le exigió entonces que no hablara con nadie sobre lo sucedido”.

Identidad

Las iniciales del condenado son NLC. Su nombre completo no se brinda para evitar la revictimización de quienes sufrieron los ilícitos.

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Caso Mattioli: confirmaron que la causa por el accidente fatal en Santo Tomé irá a juicio oral y público

La medida fue dispuesta por la Cámara de Apelaciones de Santa Fe. La defensa de Nicolás Mattioli había solicitado que la causa por el homicidio culposo de Claudia Decurges se resuelva con la suspensión del juicio a prueba.

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Foto: El accidente fatal ocurrido en Santo Tomé el sábado 21 de septiembre de 2024 con Mattioli como involucrado.

Este lunes, la Cámara de Apelaciones de Santa Fe confirmó que Nicolás Mattioli deberá ir a juicio oral y público en la causa donde está imputado como autor del homicidio culposo de Claudia Laura Decurgez, cometido en el marco de un siniestro vial en Santo Tomé el pasado 21 de septiembre de 2024.

En mayo de este año, la Justicia santafesina había rechazado el pedido de suspensión del juicio a prueba para Mattioli. La defensa apeló la resolución, pero finalmente la solicitud fue desestimada este lunes por la magistrada Martha María Feijoó, quien confirmó la resolución dictada en primera instancia, por lo que el acusado deberá afrontar un juicio oral y público.

Pedido de suspensión de juicio

En diálogo con Sol Play, el abogado de la familia de la víctima, Dr. Bruno Rugna, afirmó que la defensa de Mattioli pretendía la suspensión del juicio a prueba mediante la entrega de una suma de dinero. Según el fallo de Apelaciones, el monto ofrecido era de $10 millones. “Tanto nosotros como la fiscalía lo rechazamos. Creemos que para este tipo de delitos no es pertinente. No nos olvidemos que hace casi un año falleció una persona y se arruinó una familia, con todo lo que eso significa”, expresó.

La defensa solicitó una pena de cuatro años de prisión efectiva y de diez años de inhabilitación para conducir vehículos. Además, el jurista explicó que Mattioli transitará el proceso en libertad y que actualmente no puede manejar porque entregó de forma voluntaria su licencia, con posterioridad al hecho. Según Rugna, el imputado manifestó su arrepentimiento por lo ocurrido durante las audiencias y aseguró que “se mostraba muy dolido”.

Cómo fue el accidente fatal en Santo Tomé

El accidente fatal ocurrió cerca de las 8 del sábado 21 de septiembre de 2024 cuando Mattioli se trasladaba en una camioneta Toyota Hilux y atropelló a Claudia Laura Decurgez, que se encontraba en la calle Richieri, justo antes de llegar a Libertad.

Por el golpe, la mujer perdió el equilibrio, cayó al suelo y murió. Las imágenes de las cámaras de seguridad de la cuadra muestran el momento del choque y se ve que ella circulaba correctamente, bien pegada a la derecha en la calle Richieri, a pocos metros del cruce con Libertad.

La camioneta, que iba en la misma dirección que la víctima, la chocó y le causó la muerte. A pesar de que el personal médico realizó maniobras de reanimación en el lugar, no lograron salvarla.

Si bien desde la querella estiman que el juicio podría iniciar a mediados del 2026, no descartan que ocurra en otro momento del año que viene. “No quiero atreverme a confirmar una fecha porque no manejo la agenda. Puede ser bastante aleatorio“, sentenció el abogado de la familia de la víctima.

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Rafaela: Condenaron a prisión perpetua a «Yiyo» Ramallo

Evelio «Yiyo» Ramallo, de 39 años, fue condenado a prisión perpetua por ser el jefe de una organización criminal que cometía hechos ilícitos relacionados a violencias altamente lesivas en la ciudad de Rafaela y alrededores. Además, fue declarado reincidente.

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Foto: Condenaron a prisión perpetua a "Yiyo" Ramallo en Rafaela

La sentencia fue resuelta por un tribunal integrado por los jueces Gustavo Bumaguin, Juan Gabriel Peralta y José Luis Estévez en un juicio en el que se abreviaron los procedimientos cuya resolución fue notificada desde los tribunales de Rafaela.

Además de imponer la prisión perpetua, los magistrados rechazaron un planteo de inconstitucionalidad presentado por la Defensa de Ramallo en relación con los institutos de la Ley de Ejecución Penal.

El MPA fue representado por la Fiscalía Regional 5 –a cargo del Fiscal Regional, Carlos Vottero–, en la cual tramitó la investigación de los ilícitos.

Ramallo admitió su responsabilidad penal en todos los hechos ilícitos atribuidos por la Fiscalía, entre ellos, homicidios calificados consumados y en grado de tentativa, amenazas coactivas agravadas y amenazas en carácter de instigador. Junto con su Defensa aceptaron las calificaciones legales y la pena de prisión perpetua.

Por su parte, las víctimas y los familiares de las personas fallecidas fueron notificadas de lo resuelto y manifestaron su conformidad

Multiplicidad de hechos

En la audiencia, el MPA enumeró los 10 hechos ilícitos por los que fue condenado Ramallo y las calificaciones legales correspondientes.

“El primero de ellos fue por su rol de jefe de una asociación ilícita en calidad de coautor”, precisó la Fiscalía en la audiencia y agregó que “se logró probar que esa organización criminal que él lideraba cometió ilícitos en Rafaela y alrededores entre agosto de 2021 y el 27 de febrero de 2022”.

La Fiscalía detalló que “mientras el condenado estuvo alojado en distintas unidades carcelarias de la provincia, dispuso –con plena autoridad de decisión y acción– mediante promesa remuneratoria a los miembros de la asociación ilícita y a otras personas aún no identificadas, para que ejecuten los ilícitos que se le atribuyeron”.

De acuerdo con lo informado en la audiencia “Ramallo fue instigador de los homicidios de Rudy Leonel González ocurrido el 3 de agosto de 2021, y de Miguel Ángel Mendoza y Marcelo Ariel Sánchez, cometidos el 21 de diciembre del mismo año”.

“También se probó su participación en carácter de instigador de seis tentativas de homicidio”, subrayó la Fiscalía y enumeró que “cinco de ellas fueron perpetradas en Rafaela (el 1 de agosto y el 23 de octubre de 2021, y el 6, 20 y 23 de febrero de 2022) y otra en Bella Italia (el 9 de febrero de 2022).

El MPA también precisó que “a Ramallo se lo condenó por ser instigador de amenazas coactivas agravadas cometidas del 14 de febrero de 2022, y por la autoría de coacciones y amenazas en febrero del mismo año, ambos ilícitos en Rafaela”.

Abreviado

Ramallo fue condenado por ser coautor del delito de asociación ilícita en calidad de jefe; instigador de homicidio doloso calificado (por precio o promesa remuneratoria) y agravado (por el uso de arma de fuego); instigador de homicidio doloso calificado (por precio o promesa remuneratoria y por el concurso premeditado de dos o más personas) y agravado (por el uso de arma de fuego); instigador de cuatro tentativas de homicidio calificado (por precio o promesa remuneratoria) y agravado (por el empleo de un arma de fuego); instigador de dos tentativas de homicidio doloso calificado (por precio o promesa remuneratoria) y agravado (por el uso de arma de fuego y por la participación de menores de 18 años de edad); instigador de amenazas coactivas agravadas; y autor de coacciones y amenazas.

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