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Pareja con prisión preventiva por ilícitos cometidos en un campo de Moisés Ville

Un hombre de 26 años y una mujer de 23 quedaron en prisión preventiva en el marco de una investigación por ilícitos cometidos en perjuicio de los arrendadores de un campo de 101 hectáreas ubicado en Moisés Ville

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Foto ilustrativa de Internet

Las medidas cautelares fueron impuestas por el juez Juan Gabriel Peralta a raíz del pedido formulado por la fiscal a cargo de la investigación, Hemilce Fissore.

La fiscal aclaró que “la particularidad que tienen los hechos, es que la mujer imputada es la propietaria –junto con su hermana– del predio rural que arriendan las víctimas y en el que se produjeron los ilícitos”.

Fissore también informó que “la prisión preventiva impuesta al hombre investigado –cuyas iniciales son AGN– es por 90 días, mientras que la mujer –cuyas iniciales son YMU– cumplirá la medida cautelar de forma domiciliaria a raíz de que tiene a su cargo un hijo menor de edad”.

Contrato

“Los ilícitos que investigamos surgieron a partir de diferencias contractuales por un arrendamiento rural acordado hace 11 años entre las dos víctimas –que son productores agropecuarios– y la imputada, que es una de las propietarias del predio”, explicó la fiscal. “La mujer investigada –junto con su pareja– resolvió dar por terminado el contrato, romper el candado, usurpar la casa que hay en el lugar, quemar 200 fardos de alfalfa e impedirle a los productores continuar con su trabajo”, agregó.

Fissore se refirió a las calificaciones penales atribuidas y detalló que “antes de debatir las cautelares les atribuimos al hombre y a la mujer (que son pareja) la autoría de los delitos de estrago rural; defraudación por retención indebida y usurpación por despojo”.

“De los tres delitos, entendemos que el de mayor gravedad –por la pena en expectativa que tiene– es el de estrago rural, a partir del incendio doloso que provocaron los imputados de 200 rollos de alfalfa que eran propiedad de las víctimas”, sostuvo la fiscal. Fissore aclaró que “el ilícito fue cometido entre las 9:00 y las 15:00 del viernes 31 de diciembre pasado”.

La fiscal advirtió que, “en realidad, el accionar ilícito de la pareja comenzó una semana antes del incendio”. Relató que “en horas de la tarde del viernes 24 de diciembre, mediante violencia y amenazas, despojaron a las víctimas del uso y goce del predio rural arrendado”. En tal sentido, especificó que “con pleno conocimiento y voluntad respecto del alcance de sus actos, invadieron el campo, se quedaron en él y expulsaron a los legítimos poseedores”.

Por último, la fiscal se refirió al delito de defraudación por retención indebida y subrayó que “desde el 24 de diciembre y hasta el martes de la semana pasada, mientras estuvieron ilegítimamente en el campo, los imputados retuvieron indebidamente máquinas rurales y elementos de propiedad de las víctimas”.

Finalmente, señaló que “ese martes, personal de la Agencia de Investigación Criminal (AIC) de San Cristóbal, realizó un allanamiento en el predio rural y concretó la detención de los imputados”

Fuente: Radio Belgrano de Suardi

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La Justicia suspendió la venta de SanCor y frenó el proceso de licitación de sus activos

La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral resolvió suspender el proceso de venta de los activos de SanCor tras admitir un recurso presentado por el fideicomiso acreedor Fidulac S.A..

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Foto: Justicia suspendió la venta de SanCor

La medida paraliza la licitación hasta que se analicen los cuestionamientos sobre el procedimiento aprobado para la liquidación de la histórica cooperativa láctea.

La licitación quedó suspendida

La Sala II de la Cámara de Apelación de la Quinta Circunscripción Judicial concedió la apelación con efecto suspensivo, dejando sin efecto, de manera provisoria, el pliego de bases y condiciones y el cronograma establecido para la venta de los bienes de SanCor.

En la práctica, esto significa que el proceso de licitación queda detenido hasta que el tribunal resuelva si el mecanismo diseñado para la liquidación se ajusta a la legislación vigente.

Los cuestionamientos de Fidulac

El recurso fue impulsado por Fidulac S.A., fideicomiso acreedor presidido por Gustavo Scaglione, que sostiene que la venta por separado de los activos perjudica el valor de la empresa.

Entre las principales objeciones, el fideicomiso planteó:

  • La fragmentación de la empresa, al vender marcas, plantas industriales y otros activos por separado.
  • Presuntas irregularidades en la elaboración del pliego licitatorio.
  • La supuesta falta de participación efectiva del Comité de Acreedores.
  • Observaciones sobre la actuación de la sindicatura.
  • Cuestionamientos a la valuación utilizada para establecer el precio base de los activos.

Según el planteo, la empresa como unidad productiva tendría un mayor valor económico que la suma de sus partes, además de ofrecer mayores posibilidades de preservar la actividad y las fuentes de trabajo.

Qué resolvió la Cámara

Hasta ahora, esos argumentos no habían sido analizados porque el juez de primera instancia, Marcelo Gelcich, había rechazado el recurso por una cuestión formal relacionada con la representación de Fidulac.

Sin embargo, la Cámara entendió que tanto el presidente del fideicomiso como su abogado acreditaron correctamente la representación legal y resolvió habilitar el tratamiento de la apelación.

Además, los camaristas señalaron que la aprobación del pliego constituye una decisión de gran trascendencia, ya que define el mecanismo y los valores para la venta de los activos, con posibles consecuencias irreversibles para el futuro de la cooperativa.

Qué puede ocurrir ahora

La Cámara todavía no se pronunció sobre el fondo del conflicto. En esta instancia únicamente decidió que los cuestionamientos deben analizarse antes de continuar con la liquidación.

Mientras tanto, la venta de los activos de SanCor permanecerá suspendida hasta que el tribunal determine si corresponde mantener el procedimiento vigente o introducir modificaciones.

Los bienes de la cooperativa fueron valuados judicialmente en 52,1 millones de dólares, de los cuales 24,7 millones corresponden a las marcas y otros activos intangibles, que despertaron el interés de distintos grupos empresarios.

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Condenaron a un profesor de vóley de Tostado a siete años de prisión por grooming y estupro calificado

Diego Raúl Altamiranda, de 40 años, fue condenado a siete años de prisión efectiva por delitos contra la integridad sexual cometidos en perjuicio de dos menores de edad en Tostado.

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Foto: Ilustrativa

La sentencia fue dictada tras un juicio oral desarrollado en los tribunales de esa ciudad.

La Justicia de Santa Fe condenó a Diego Raúl Altamiranda, de 40 años, a siete años de prisión efectiva por los delitos de grooming y estupro calificado, cometidos contra dos menores de edad en la ciudad de Tostado, departamento Nueve de Julio.

La sentencia fue dictada por el juez Juan Gabriel Peralta, al finalizar el juicio oral, en una resolución que coincidió con el pedido formulado por el Ministerio Público de la Acusación (MPA).

Se aprovechó de su rol como profesor de vóley

La fiscal Hemilce Fissore, quien representó al MPA durante el debate, sostuvo que el condenado era profesor de vóley de las víctimas y utilizó esa posición de confianza para cometer los delitos.

Según explicó la funcionaria judicial, Altamiranda se aprovechó de su mayoría de edad, de la relación de autoridad que mantenía con las menores y de la inmadurez sexual de las víctimas.

Tras conocerse el fallo, Fissore manifestó su conformidad con la decisión judicial y señaló que la condena fue la misma que había solicitado la Fiscalía. Además, indicó que aguardará los fundamentos de la sentencia para su análisis.

Los hechos investigados

De acuerdo con la investigación, entre octubre y el 18 de noviembre de 2023, el ahora condenado mantuvo contacto con una de las menores mediante mensajes enviados a través de Instagram, con la finalidad de concretar encuentros de carácter sexual.

Por otra parte, la Fiscalía acreditó que entre mayo y noviembre de 2023, Altamiranda mantuvo relaciones sexuales de manera reiterada con la otra víctima, en distintos lugares de la ciudad de Tostado, entre ellos el interior de un automóvil.

Con las pruebas incorporadas durante el juicio, el magistrado resolvió condenarlo como autor de los delitos de grooming y estupro calificado.

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Sunchales: condenaron a 16 años de prisión a un hombre por abuso sexual contra la hija de su pareja

El condenado reconoció su responsabilidad en un juicio abreviado homologado por la Justicia de Rafaela.

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Durante la investigación también se detectó un intento de alterar una prueba de ADN y las pericias revelaron una situación aún más grave.

Condena por abuso sexual en Sunchales

Un hombre fue condenado a 16 años de prisión de cumplimiento efectivo tras reconocer su responsabilidad por abuso sexual con acceso carnal contra la hija menor de edad de su pareja, en un hecho ocurrido en Sunchales.

La sentencia fue dictada este miércoles en los Tribunales de Rafaela, en el marco de un juicio abreviado presidido por el juez Nicolás Stegmayer. La investigación estuvo a cargo de la fiscal Favia Burella.

El condenado admitió su responsabilidad en el acuerdo alcanzado con la Fiscalía, el cual fue homologado por el magistrado, dando por finalizado el proceso sin necesidad de llegar a un juicio oral.

El delito fue agravado por la convivencia con la víctima

De acuerdo con la resolución judicial, el hombre fue declarado autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por la situación de convivencia y guarda, ya que la víctima, de 13 años, era hija de su pareja.

Además de la pena de 16 años de prisión efectiva, se le impusieron las accesorias legales previstas por el Código Penal.

El imputado permanece detenido desde hace aproximadamente dos años, período en el que se desarrolló la investigación judicial.

Intentó alterar una prueba genética

Durante la investigación, el Ministerio Público de la Acusación detectó una maniobra que buscaba entorpecer la causa.

Según se informó en la audiencia, el ahora condenado habría intentado que otra persona se hiciera pasar por él para someterse a una extracción de sangre destinada a una pericia genética, con el objetivo de modificar el resultado del estudio de ADN.

La maniobra fue advertida a tiempo y no llegó a concretarse.

Las pericias revelaron una situación aún más grave

La prueba genética había sido ordenada debido al embarazo de la menor.

Sin embargo, el estudio determinó que la paternidad correspondía al hijo de 14 años del condenado, quien también había abusado de la víctima.

Debido a que el adolescente era menor de la edad de punibilidad al momento de los hechos investigados, no fue imputado en la causa.

Con la homologación del juicio abreviado, el condenado aceptó la pena acordada con la Fiscalía y el proceso judicial quedó formalmente concluido.

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