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DNU de Milei y los requisitos para circular: qué pasará con la RTO y los seguros vehiculares

De acuerdo al decreto del presidente, en la documentación que será solicitada por las autoridades a la hora de hacer un control de tránsito, no menciona la revisión obligatoria (RTO o también llamada VTV) ni la portación del seguro. Los detalles

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Este último miércoles por la noche el Gobierno nacional dio a conocer unas 366 medidas con las que se regirá «desregulación de la economía». Entre los puntos, hay cuestiones que introducen importantes modificaciones relativos a la circulación vehicular en la República Argentina.

En ese marco, los cambios introducidos por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de Javier Milei sobre el registro de propiedad del automotor, Revisión Técnica Vehicular Obligatoria (RTO o VTV) y seguros:

  • Descentralización: Se elimina la obligación de realizar los trámites ante los Registros Seccionales, pudiendo realizarse directamente ante la Dirección Nacional o de manera remota.
  • Simplificación: Se reduce la cantidad de trámites y requisitos necesarios para realizar un traspaso de dominio, eliminando la necesidad de presentar el título de propiedad en formato físico.
  • Digitalización: Se establece que todos los trámites se realicen de manera digital, incluyendo la expedición de cédulas de identificación.
  • Libertad de circulación: Se establece que la cédula de identificación, la licencia de conducir y el comprobante de pago de patente son los únicos documentos exigibles para circular con un automotor. No es obligatorio el seguro automotor y la RTO.
  • Deudas: La existencia de deudas en situación regular por multas o patentes tampoco podrá impedir la inscripción o transmisión de automotores en el Registro.

Es decir, con el DNU ya no será obligatorio el seguro automotor y la revisión técnica obligatoria (RTO) ya que el decreto estipula que desde ahora «la cédula, la licencia para conducir y el comprobante de pago de patente son los únicos documentos exigibles para circular con el automotor, y las autoridades provinciales o municipales no podrán establecer otros requisitos para su uso legítimo».

El documento agrega, además, que «será obligatorio exhibir esos documentos a la autoridad competente, pero no podrán ser retenidos si no mediare denuncia de hurto o robo del automotor u orden de autoridad judicial».

De acuerdo a lo que señala al respecto el jefe de Estado, el decreto «destrabará el andamiaje jurídico opresor» que impidió el crecimiento económico de Argentina.

La visión de una especialista

En diálogo con La primera de la tarde (Radio 2), la Dra. Mónica Sticconi se refirió a la medida incluida en el DNU de Javier Milei y explicó: «El DNU modifica el artículo 22 del anterior régimen jurídico del automotor y hace mención que la cédula, el último comprobante de pago de patente y la licencia son los únicos exigidos para circular pero eso ya lo decía el anterior régimen».

Sobre la misma línea, profundizó: «Eso siempre se complementó siempre con la Ley Nacional de Tránsito del año 1994 hasta el día de hoy que indica en el artículo 68 que se exige un seguro obligatorio para circular y en el 34 que legisla sobre RTO».

«El DNU transcribe el artículo 22 viejo y lo deja igual en esa parte, no se modifica la documentación para circular. Licencia, cédula, seguro obligatorio, revisión técnica y comprobante de pago de patente. Por el momento, la RTO sigue siendo obligatoria porque no se modificó ni derogó la Ley Nacional de Tránsito», concluyó.

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Condenaron a prisión perpetua a Lidia Raquel Cardozo, la mujer que mató a golpes a su hijo de 11 años en Salta

Lidia Raquel Cardozo dijo que fue un accidente doméstico, pero la condenaron por matar a su hijo en Salta.

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Foto: Condenaron a prisión perpetua a Lidia Raquel Cardozo, la mujer que mató a golpes a su hijo de 11 años en Salta

Lidia Raquel Cardozo fue encontrada culpable del homicidio calificado de Guillermo Leonel Francia, su hijo de 11 años, en la provincia de Salta. El nene murió como consecuencia de una golpiza, pero la madre aseguró que era un accidente doméstico, en su casa del barrio Solidaridad.

El brutal asesinato sucedió el pasado 31 de agosto de 2023, en la zona sudeste de la capital provincial y la condena por el crimen fue firmada este lunes por los jueces Leonardo Feans, Martín Pérez y Francisco Mascarello.

El tribunal, además, ordenó que la madre del nene de 11 años sea incorporada al Banco de Datos Genéticos, que es una medida clave que se activa en casos en los que se cometen delitos graves.

Condenaron a prisión perpetua a Lidia Raquel Cardozo, la mujer que mató a golpes a su hijo de 11 años en Salta

Lidia Raquel Cardozo, antes de recibir la condena, habló frente al tribunal y se defendió de las acusaciones. La madre del nene de 11 años negó haber ejercido violencia contra el menor, así como también ejercer maltrato verbal.

La mujer aseguró que el niño murió producto de un fuerte golpe que se dio en su casa, de cuyas circunstancias y consecuencias no se había dado cuenta, en aquél momento. Además, sobre las manchas de sangre que había en el piso, aseguró que pensó que estaba relacionada con su perra, que estaría en celo, el día del episodio.

Qué pasó el día de la muerte del hijo de Lidia Raquel Cardozo

Al darse cuenta de que su hijo estaba herido, decieron trasladarlo hasta el hospital Papa Francisco. En el centro de salud constataron que el niño presentaba una grave lesión en la zona de la cabeza.

Cuando ingresó al servicio de emergencias, los médicos ya no podían hacer nada para reanimarlo. Finalmente, la autopsia confirmó que murió por un «traumatismo cráneoencefálico causado por una lesión“.

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Allanan ANMAT e INAME por la causa del fentanilo contaminado

La Justicia realizó siete operativos en busca de pruebas sobre presuntas irregularidades en los controles a laboratorios.

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Foto: archivo

El juez federal Ernesto Kreplak y la fiscal Laura Roteta encabezaron siete operativos simultáneos en distintos puntos en el marco de la investigación por el fentanilo contaminado.

Entre los lugares allanados se encuentran la sede central de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) y el Instituto Nacional de Medicamentos (INAME). También fueron registrados domicilios particulares: el de la administradora de la ANMAT, Nélida Agustina Bisio, el de la ex titular del INAME, Gabriela Carmen Mantecón Fumadó; el de la directora de Fiscalización y Gestión de Riesgo del INAME, Ana Laura Canil; el de la directora de Poscomercialización y Acciones Regulatorias, Mariela Baldut; y el del jefe de Departamento de Inspectorado del organismo, Maximiliano Carlos Lalin.

La fiscal Roteta fundamentó las medidas en que los organismos habrían actuado con “negligencia, connivencia o complicidad” en las inspecciones y controles realizados a los laboratorios HLB Pharma y Ramallo S.A.

Según se informó, los allanamientos se centraron en la búsqueda de teléfonos celulares y documentación que podrían aportar pruebas clave para determinar responsabilidades en la falta de controles a los laboratorios.

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Una mujer podría recibir prisión perpetua por matar a su hija con pastillas de éxtasis y alcohol

La acusada Natalia Etcheverry había declarado que la nena había muerto de causas naturales por su enfermedad. Sin embargo, las sospechas del padre de la nena establecieron que fue un crimen.

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Foto: Una mujer podría recibir prisión perpetua por matar a su hija con pastillas de éxtasis y alcohol

Una mujer de 48 años podría ser condenada a prisión perpetua por haber asesinado con alcohol y éxtasis a su hija de ocho años con discapacidad en la ciudad de Mar del Plata. El crimen ocurrió en 2022 y la causa fue caratulada como homicidio doloso.

El juicio empezó este miércoles en el Tribunal Oral en lo Criminal N°3, en donde la fiscal Florencia Salas expuso las pruebas contra la imputada Natalia Etcheverry. Una de ellas es la pericia que corroboró que la víctima tenía 2,27 gramos de alcohol en sangre y que consumió benzodiacepinas, que no llegó a metabolizar.

El caso fue dado a conocer el 30 de noviembre de 2022, cuando Etcheverry fue detenida en una casa en la calle Luzuriaga al 1200.

De acuerdo a la reconstrucción, su hija murió el 3 de septiembre de ese año. En ese momento, la mujer afirmó haber encontrado muerta a la nena, que tenía un retraso madurativo y trastornos epilépticos. Al no detectar indicios de golpes, los médicos certificaron que falleció por causas naturales.

Sin embargo, el padre de la nena se presentó en la fiscalía y aseguró que tenía sospechas de que Etcheverry pudo haber estado involucrada en el fallecimiento de su hija. De esta manera, la Fiscalía N°1 solicitó al Juzgado de Garantías la ex humación del cuerpo y se realizó una autopsia.

Natalia Etcheverry está acusada por homicidio doloso y de ser declarada culpable, podría recibir cadena perpetua. (Foto: gentileza La Capital de Mar del Plata).

El avance de la investigación permitió localizar restos de metanfetamina y metilendioxi -compatibles con la droga conocida como “éxtasis”- en la casa de la acusada. Los peritos también detectaron una gran cantidad de alcohol en sangre en la víctima, correspondiente a un litro de vino o un vaso de otra bebida blanca con mayor graduación alcohólica. Con esas pruebas, detuvieron a la mujer.

En el juicio, la fiscalía argumentó que fue un “homicidio doloso”, ya que la droga y el alcohol fueron suministrados por Etcheverry con la intención de matar a su hija.

La defensa de la imputada pidió la absolución. En el caso de que no cumplir con esa petición, solicitaron que una sentencia menor por el delito de abandono de persona.

El tribunal, conformado por los jueces Juan Manuel Sueyro, Federico Wacker Schroder y Fabián Riquert, anunciará la sentencia el 16 de septiembre.

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