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Ganancias: fijan nuevo plazo para presentar declaración jurada y reglamentan deducción de alquileres

La AFIP dispuso cambios en la presentación de las declaraciones juradas para deducir los alquileres.

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió nuevamente el plazo para la presentación de las declaraciones juradas informativas del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales y reglamentó la deducción de alquileres, mediante la Resolución General 5551/2024, publicada este martes en el Boletín Oficial.

La medida fijó como nuevo vencimiento el 30 de septiembre para que los trabajadores, cuyo importe bruto de las rentas durante el periodo fiscal 2023 sea igual o superior a $15.917.863,58, cumplan con la obligación impositiva.

La ampliación dispuesta por el organismo tributario se suma a la adecuación de los vencimientos generales prorrogados mediante la Resolución General N° 5516/2024 y a la extensión otorgada por la Resolución General N° 5519/2024 para la presentación del SiRADIG.

La decisión de la AFIP de correr los vencimientos programados está vinculada a las nuevas condiciones establecidas en el Paquete Fiscal, sancionado la semana pasada por el Congreso, ya que las “previsiones impactan en la liquidación de, entre otros, el impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal 2023”.

Además, la normativa reglamentó la deducción de alquileres por lo que se introdujeron modificaciones en la presentación de la declaración jurada informativa de bienes, ingresos, gastos y deducciones para los contribuyentes que informen rentas obtenidas por el alquiler de inmuebles.

De esta manera, los empleados que deban informar la deducción por los alquileres de 2023 tienen tiempo hasta el 15 de julio próximo para que los empleadores la puedan considerar en la liquidación anual de 2023. Una vez pasado dicho plazo, ya no se podrá realizar.

Los cambios a tener en cuenta

Las liquidaciones se confeccionarán de acuerdo con la «Liquidación de Impuesto a las Ganancias – 4ta. Categoría Relación de Dependencia”.

El modelo que se utilizará es el modelo publicado en el micrositio “Ganancias y Bienes Personales” disponible en el sitio web institucional.

Se incorporó la deducción del 10% del monto mensual en concepto de alquileres de inmuebles destinados a casa-habitación.

El locatario podrá computar esta deducción en forma adicional.

El locador podrá efectuar el cómputo de esta deducción aun cuando hubiere optado por declarar los ingresos por alquileres de inmuebles bajo el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

Esta deducción procederá en la medida en que el monto de los alquileres abonados se encuentre respaldado mediante la emisión de una factura o documento equivalente por parte del locador.

En el primer período fiscal en que se efectúe el cómputo de la deducción y, con cada renovación del contrato, el beneficiario de la renta deberá remitir a la AFIP una copia del contrato de alquiler en formato PDF, a través del servicio SiRADIG.

Liquidación anual del período fiscal 2023

La AFIP estipuló que a los efectos de aplicar la deducción del importe del alquiler correspondiente al período fiscal 2023 deberán tenerse en cuenta las siguientes pautas:

Los sujetos pasibles de retención deberán informar el importe de los alquileres correspondientes al período fiscal 2023 mediante el formulario de declaración jurada F. 572 Web, a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR”.

El agente de retención deberá considerar, en la liquidación anual, el monto de la deducción correspondiente a alquileres del referido período informado por el beneficiario de las rentas. Dicho importe se incluirá en el ítem “Otras Deducciones” del Formulario F. 1357, cuyo modelo se publica en el micrositio “Ganancias y Bienes Personales”.

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🚨💔 Tragedia en la Ruta 21: dos músicos santiagueños murieron en un violento choque frontal

La noche del sábado terminó en tragedia sobre la Ruta Provincial Nº 21, donde dos reconocidos músicos de Bandera perdieron la vida en un brutal accidente. El siniestro ocurrió cerca de las 22 horas, en el tramo que une Averías con la ciudad de Bandera.

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Foto: Tragedia en la Ruta 21: dos músicos santiagueños murieron en un violento choque frontal

Las víctimas fueron identificadas como Diego Nemesio Barros (48) y Rodrigo “Pare” Roldán, ambos muy conocidos en el ambiente musical local. Según confirmaron fuentes policiales, los dos viajaban en una motocicleta cuando impactaron de frente contra una camioneta Toyota Hilux.

🔍 Cómo ocurrió el accidente

Efectivos de la Comisaría 21 llegaron al lugar tras recibir un llamado anónimo que alertaba sobre un choque de gran magnitud.
A unos 15 kilómetros de Bandera encontraron la camioneta siniestrada, conducida por Mariano Daniel Foglia (25), quien viajaba acompañado por Nazareno Luis Foglia (78). Ambos resultaron ilesos.

El conductor relató que la motocicleta —una Motomel Skua roja y blanca sin patente— se les cruzó de frente sobre la ruta. Tras el impacto, la camioneta terminó en la banquina.
La violencia del choque fue tal que uno de los músicos quedó sobre el capó del vehículo, mientras que el otro fue hallado a pocos metros, también sin vida.

En la zona quedaron dispersos plásticos y partes de la moto, lo que da cuenta de la brutalidad del impacto.

🚑 Fallecimiento en el lugar

Dos enfermeras del hospital zonal de Bandera llegaron en ambulancia y constataron el fallecimiento inmediato de ambos motociclistas, quienes sufrieron heridas incompatibles con la vida.

La Fiscalía de turno dispuso la realización de test de alcoholemia al conductor de la camioneta, pericias de Criminalística y el traslado de los cuerpos a la morgue judicial para la autopsia correspondiente.

La comunidad de Bandera se encuentra conmocionada por la pérdida de dos de sus músicos más queridos.

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🛑 El Gobierno evalúa eliminar el Monotributo y cambiar Ganancias: cómo te afecta

El Gobierno nacional puso sobre la mesa una mega reforma laboral y tributaria que podría transformar por completo el trabajo formal en la Argentina.

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Foto: El Gobierno planteó ante empresarios una reforma que modifica monotributo, autónomos y Ganancias, y reduce aportes para fomentar empleo formal y privado.

El plan, discutido entre el ministro de Economía Luis Caputo y empresarios del sector privado, incluye la eliminación del monotributo, cambios en el régimen de autónomos, modificaciones en Ganancias y una fuerte baja en las cargas patronales para impulsar el empleo.

La iniciativa, detallada en el documento “Una reforma para formalizar la economía, impulsar el mercado de capitales y resolver la sustentabilidad previsional”, busca modernizar el sistema tributario, combatir la informalidad y simplificar las obligaciones de trabajadores y empresas.


💥 Monotributo: podría desaparecer

El proyecto plantea migrar a los más de 3 millones de monotributistas al régimen de autónomos. La lógica detrás del cambio: simplificar impuestos, reducir la evasión y unificar el esquema que hoy divide contribuyentes.
Esta transición también responde a recomendaciones del FMI, que viene pidiendo hace tiempo la eliminación del monotributo.


💼 Autónomos: nuevas cuotas y deducciones

La reforma prevé ajustar las escalas del régimen, llevando las cuotas a un rango de $100.000 a $500.000.
Además, incorporaría algo muy esperado: la posibilidad de descontar gastos personales, como vivienda, salud o educación.

En cuanto al IVA, el nuevo umbral para quedar alcanzado se equipararía a la actual Categoría F del monotributo, equivalente a $3 millones mensuales.


📉 Ganancias: baja el piso y se amplían deducciones

Hoy unas 737.000 personas pagan Ganancias. La propuesta establece un mínimo no imponible unificado equivalente a un salario promedio proyectado de $1,7 millones para 2025.
Así, un trabajador soltero comenzaría a tributar con un sueldo bruto aproximado de $2.843.180.

La escala mantendrá alícuotas de 5% a 35%, y se fija un tope de $5 millones en deducciones con comprobantes: salud, vivienda, alimentación, educación, seguros y movilidad.


🏢 Empresas: rebajas para quienes creen empleo

Las empresas que incorporen personal nuevo —o tomen trabajadores que hayan estado más de seis meses sin empleo o que vengan del monotributo— obtendrán una baja importante en las contribuciones:

  • Empleadores: de 25,5% a 17%
  • Empleados: de 17% a 13%

El objetivo: reactivar el empleo formal y facilitar la reinserción laboral.


⚙️ Reforma laboral: qué se discute ahora

Desde el Ministerio de Capital Humano trabajan en un paquete que podría llegar al Congreso en las sesiones extraordinarias.
Entre los puntos clave se analizan:

  • Nuevas modalidades de jornada
  • Salario dinámico
  • Blanqueo laboral a costo cero para regularizar trabajadores sin sanciones ni cargas extra

Lo que ya quedó descartado: poner un tope a las indemnizaciones por despido.

La intención es avanzar hacia un marco más flexible y moderno que facilite la creación de empleo y reduzca drásticamente la informalidad.

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💰 ANSES adelanta el pago del aguinaldo: conocé cuándo cobrás según tu DNI

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó oficialmente el calendario adelantado de pago del medio aguinaldo de diciembre para jubilados y pensionados del SIPA.

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La acreditación comenzará el 9 de diciembre, junto con el haber mensual y el bono de refuerzo para quienes perciben la mínima.

El organismo dispuso adelantar las fechas para garantizar que todos los beneficiarios reciban sus ingresos antes de las Fiestas, sin realizar trámites ni gestiones extras. El Sueldo Anual Complementario (SAC) se depositará de forma automática en la misma cuenta en la que se cobra el haber mensual.

📌 ¿Cuánto se cobra en diciembre?

Para diciembre 2025, ANSES estima que el haber mínimo será de $333.052,70, por lo que el medio aguinaldo será de aproximadamente $166.526,35.
Quienes cobran la mínima también recibirán el bono de refuerzo previsional de $70.000, lo que eleva el ingreso total del mes a $569.579,05.

Los jubilados con haberes superiores al mínimo también percibirán un refuerzo proporcional, con un tope fijado por ANSES.


📅 CALENDARIO COMPLETO DE PAGO DEL AGUINALDO – DICIEMBRE 2025

🔹 Jubilados y pensionados que cobran la mínima

  • DNI 0: 9 de diciembre
  • DNI 1: 10 de diciembre
  • DNI 2 y 3: 11 de diciembre
  • DNI 4 y 5: 12 de diciembre
  • DNI 6 y 7: 15 de diciembre
  • DNI 8 y 9: 16 de diciembre

🔹 Jubilados con haberes superiores al mínimo

  • DNI 0 y 1: 17 de diciembre
  • DNI 2 y 3: 18 de diciembre
  • DNI 4 y 5: 19 de diciembre
  • DNI 6 y 7: 22 de diciembre
  • DNI 8 y 9: 23 de diciembre

Desde ese día, el dinero queda habilitado para retirar por cajero automático o utilizar mediante compras con tarjeta de débito.

👉 Diciembre se perfila como uno de los meses de mayor ingreso para el sector, en un contexto donde el aguinaldo y el refuerzo previsional buscan aliviar el impacto económico de fin de año.

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