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Contrataron a un menor en una panadería y lo dejaron librado a su suerte cuando perdió varios dedos en un accidente de trabajo

La sentencia, rubricada por el juez Tomás Ramón Vicente Alba, del fuero laboral del Centro Judicial Concepción, fija una indemnización de más de $ 2,6 millones, y aplica además medidas para garantizar que los desaprensivos comerciantes no vuelvan a incurrir en prácticas de explotación infantil, enfatizando en la protección de los derechos de la niñez y en las consecuencias que a nivel social derivan de su empleo en tareas laborales.

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Foto: Ilustrativa

Los propietarios de un negocio de fábrica de panificados de Aguilares tienen que entregar una millonaria suma luego de que la justicia los hallara culpables de emplear ilegalmente a un niño de 11 años, situación que salió a la luz luego de que el menor sufriera un accidente.

La sentencia, rubricada por el juez Tomás Ramón Vicente Alba, del fuero laboral del Centro Judicial Concepción, fija una indemnización de más de $ 2,6 millones, y aplica además medidas para garantizar que los desaprensivos comerciantes no vuelvan a incurrir en prácticas de explotación infantil, enfatizando en la protección de los derechos de la niñez y en las consecuencias que a nivel social derivan de su empleo en tareas laborales.

El niño de 11 años comenzó a trabajar como ayudante de panadero a tiempo completo bajo relación de dependencia en diciembre de 2014 y debía operar maquinaria industrial.

En julio de 2015, mientras manejaba una armadora, el chico sufrió la amputación de dos dedos de la mano derecha como consecuencia de un accidente, lo que sumado a la falta de respuestas por parte de sus empleadores, derivó en que la madre iniciara una demanda por accidente de trabajo y explotación infantil.

El juez condenó con firmes argumentos la explotación infantil y la negligencia de los empleadores, subrayando la importancia de erradicar estas prácticas, en virtud de los que determinan convenios internacionales y la Constitución Nacional cuando prohíben taxativamente el trabajo infantil.

“Entre las consecuencias más preocupantes se encuentran la perpetuación de la pobreza, que es causa y consecuencia de la explotación infantil, porque los niños y niñas que trabajan abandonan la escuela y no se forman para acceder a trabajos en mejores condiciones; la salud física y psicológica de niños y niñas que prematuramente se ven obligados a asumir riesgos y responsabilidades propias de adultos; todo lo cual al privarles de su derecho a jugar y disfrutar la niñez eleva las posibilidades de que adquiera una autoestima baja y problemas para adaptarse a la sociedad, entre otras consecuencias potencialmente perniciosas para su integridad psicofísica”, se puede leer en el fallo.

Además de la millonaria indemnización, el magistrado ordenó medidas complementarias con el fin de prevenir futuros casos similares, ordenando que los demandados tomen un curso obligatorio de 30 horas sobre derechos fundamentales de la niñez y protección integral de niños y adolescentes.

El mismo, que deberá ser dictado por organismos públicos, tiene como finalidad que los causantes tomen conciencia de los perjuicios de sus acciones y la gravedad de someter a sus empleados a condiciones insalubres, reñidas con la ley.

La sentencia dispuso también la intervención de organismos como la Secretaría de Estado de Trabajo de Tucumán y el Ministerio de Trabajo de la Nación para que efectúen inspecciones en los domicilios de los demandados de manera permanente durante los próximos tres años.

Estas medidas de revisión apuntan a asegurar que no vuelvan a incurrir en la explotación de las infancias, permitiendo incluso el allanamiento de los lugares si fuera necesario.

El juez remarcó la responsabilidad del Estado en velar por el cumplimiento de los compromisos internacionales para erradicar el trabajo infantil. Citó el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que establece que los niños deben estar protegidos contra la explotación económica y social, además de recordar que el trabajo infantil equivale a esclavitud y explotación, tal como lo afirma el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef).

“Ante la grave conducta observada por los accionados, al haber violado elementales derechos humanos de un niño menor de edad, aprovechándose del trabajo desempeñad por el mismo con fines económicos, al haberlo incorporado en una actividad productiva riesgosa sin importar en absoluto que se trataba de un niño, en abierta violación de normas legales y convencionales, corresponde en este lugar adoptar medidas enderezadas a contribuir a la erradicación de la explotación laboral infantil, a tono con las exhortaciones emanadas de organismos nacionales e internacionales específicos en materia de protección de niñez y adolescencia”, señaló Alba.

Hacia el final, la sentencia enfatiza en la necesidad de sancionar estas prácticas no solo por el daño inmediato que causan, sino por sus implicaciones a largo plazo.

“Es una verdad por todos conocida y que por lo tanto no precisa ser demostrada, que el trabajo infantil interfiere en el proceso de aprendizaje del menor, en cuanto le priva de la oportunidad de concurrir regularmente a la escuela, obligándole en muchos casos a abandonar la misma; todo lo cual termina por potenciar aún más el estado de pobreza y vulnerabilidad social en el que se encuentran la mayoría de los niños afectados por este flagelo”, expresó el juez.

Y concluyó citando el Plan de Acción de la Cumbre Mundial a favor de la Infancia, que «no hay causa que merezca más alta prioridad que la protección y el desarrollo del niño, de quien dependen la supervivencia, la estabilidad y el progreso de todas las naciones y, de hecho, de la civilización humana”.

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Hallaron un cuerpo descuartizado en un descampado en la ciudad de Córdoba

Los restos humanos fueron encontrados en Av. Ramón Cárcano al 800. La Policía Judicial investiga el caso mientras se espera la llegada del gabinete pericial.

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Foto: Policía de Córdoba.

En la mañana de este viernes, un perturbador descubrimiento conmocionó al barrio Chateau Carreras, en la ciudad de Córdoba.

Restos humanos fueron hallados en un descampado ubicado en la Avenida Ramón Cárcano al 800, según informaron fuentes policiales.

El hallazgo, reportado por vecinos de la zona, motivó la rápida intervención de las autoridades, que acordonaron el lugar para preservar la escena mientras se aguarda la llegada del gabinete pericial de la Policía Judicial.

La investigación está en sus primeras etapas, y aún no se ha determinado la identidad de los restos ni las circunstancias de su aparición.

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Tragedia en Santa Cruz: cuatro muertos por un choque entre un micro y un camión

Ocurrió a ocho kilómetros de Güer Aike, en la salida de la localidad de Río Gallegos; entre las víctimas fatales se encuentra el chofer del transporte de la empresa Andesmar.

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Foto: El micro se despistó del camino, el otro vehículo sufrió un vuelco.

Un trágico choque ocurrió en la Ruta Nacional N°3, a ocho kilómetros de Güer Aike, en la salida de la localidad de Río Gallegos. El siniestro tuvo como protagonistas a un microde la empresa Andesmar y un camión. Por el momento hay cuatro muertos y decenas de heridos, mientras los servicios de emergencia continúan trabajando en la zona.

El siniestro vial fue cerca de las 20 horas de este jueves, cuando ambos vehículos impactaron a unos 8 kilómetros de Güer Aike. Luego de que se diera aviso a las autoridades, varias ambulancias trasladaron a los heridos hasta el Hospital Regional de Río Gallegos.

Las víctimas fueron trasladadas al Hospital Regional de Río Gallegos.

Según indicó el medio local La Opinión Austral, los heridos fueron trasladados en ambulancias al Hospital Regional, de la capital santacruceña. En el micro viajaban 25 personas, entre las cuales se encontraban las víctimas fatales.

Los primeros reportes de la Policía provincial aseguran que el camión embistió por detrás al micro, que había salido desde la capital santacruceña con destino al norte, y lo desvió de la calzada por más de 500 metros. Se investiga si el conductor del transporte de carga se quedó dormido al volante, mientras que las autoridades también evalúan si la ruta se encontraba en buen estado.

Los investigadores indicaron que el camión habría colisionado en la parte trasera del colectivo.

De acuerdo con el parte oficial emitido por el Gobierno de Santa Cruz, tres de las víctimas fatales del accidente fueron el conductor del camión y dos pasajeros de la empresa de viajes. Sin embargo, no se dieron a conocer sus nombres, ni edades.

Cerca de las 03:00 horas, se confirmaría la muerte de la cuarta víctima. Según la información brindada por TN, se trataba de una de las personas que había sido ingresada al área de terapia intensiva del hospital local. No obstante, no se tuvieron detalles de las heridas que había sufrido.

Respecto al resto de los heridos, se indicó que 20 de ellos presentarían heridas leves. A su vez, otros dos pacientes tuvieron que ser derivadas al quirófano, pero no se dio a conocer cuáles habrían sido los motivos de las intervenciones.

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Argentino será indemnizado porque Google Street View lo captó desnudo

En el patio de su casa en la ciudad argentina de Bragado.

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Foto: Argentino será indemnizado porque Google Street View lo captó desnudo

Un hombre que demandó a Google por captarlo desnudo con la cámara Street View en el patio de su casa en la ciudad argentina de Bragado recibirá una indemnización de 16 millones de pesos, según un fallo de la justicia difundido este jueves.

El demandante fue fotografiado de espaldas cuando el móvil del gigante tecnológico Google hacía un mapeo de la ciudad bonaerense.

La imagen mostraba el frente de la vivienda desde un ángulo tal que permitía ver al dueño de casa en el patio interior. Por norma general, la plataforma difumina los rostros, pero en este caso el sujeto, aunque desnudo, aparecía de espaldas.

La víctima supo de la existencia de la fotografía cuando fue difundida por el noticiero local y replicada por redes sociales por lo que se sintió humillado al punto de recluirse en su propiedad.

La demanda arguyó que pese a que no se mostró su rostro, la identificación del domicilio lo hizo fácilmente reconocible en esta pequeña localidad por lo que fue objeto de burlas de sus vecinos y de colegas en su trabajo.

La justicia entendió que debía ser indemnizado por violación del derecho de imagen y de intimidad por lo que fijó una compensación de $16 millones en concepto de reparación por daños a la dignidad.

La condena fue confirmada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil que rechazó recursos de Google Argentina y Google Inc.

La justicia reconoció que la empresa cuenta con los permisos para la tarea que realiza pero le ordenaron eliminar la imagen porque «nadie quiere aparecer a los ojos del universo tal como Dios lo envió al mundo», indicó el fallo.

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