Economía
El salario mínimo en dólares cayó casi 62% y está debajo de la línea de indigencia
Según un informe de la Universidad Nacional de Avellaneda, el salario mínimo, vital y móvil, medido por la divisa norteamericana, retrocedió 61,9% desde fines de 2015. En el último año, la devaluación fue del 87% y durante el último mes la pérdida salarial giró en el orden de los 36 puntos.
Según un informe del Observatorio de Políticas Públicas de la Universidad Nacional de Avellaneda (Undav), el Salario Mínimo, Vital y Móvil medido en dólares, retrocedió 61,9% desde fines de 2015, lo que posiciona a nuestro país en la penúltima posición del ranking de países de la región, solo por encima de Venezuela.
Vale recordar que en noviembre de 2015 el SMVyM era de $5.588 y el valor del dólar oficial de $9,60 para la venta (y el paralelo de $ 14,35), lo que significa que el mínimo equivalía a 580 dólares. Actualmente el SMVyM es de $ 12.500, con los que se pueden comprar hoy 226 dólares siguiendo la cotización de este viernes que se ubicó en $ 55,17.
Sobre esta situación, el documento explica que algunas de las razones son «laapertura comercial irrestricta, la liberalización de la cuenta de capitales y un proceso de ‘recomposición’ desmedido en el cuadro tarifario de servicios públicos signan la mayor fuente de volatilidad nominal de los últimos años».
«El mayor afectado por este programa es el mercado interno: con la crisis y la reducción del poder adquisitivo de las familias, asociado a la erosión del salario real, se produce un impacto sobre el consumo interno y la producción», especifica.
Además, el estudio arrojó que en el último año, la devaluación fue del 87% y durante el último mes la pérdida salarial giró en el orden de los 36 puntos.
Sin embargo no todos los los países de la región sufrieron caídas en sus tipos de cambio. En términos interanuales en agosto -asegura la universidad- como países como Colombia (+13,7%), Uruguay (+13,0%),, Paraguay (+4,9%), México (+3,2%) o Perú (+1,8%) vireon fortalecidas su monedas producto del cambio de condiciones internacionales. Argentina en cambio devaluó un 87,3%.
Pobreza e indigencia
Una familia integrada por dos mayores y dos niños necesitó en junio $31.934,44 para cubrir la Canasta Básica Total (CBT) y no quedar por debajo de la línea de la pobreza, informó este jueves el Instituto Nacional de Estadística y Censos.
Esa cifra registró un aumento de 2,5% en relación a mayo, 25,3% desde que comenzó el año y 50,6% en los últimos doce meses, según el organismo.
Ese mismo núcleo familiar requirió $12.773,78 para adquirir la cantidad mínima de comida que integra la Canasta Básica Alimentaria (CBA) y no caer por debajo de la línea de indigencia.
El valor de esa Canasta en junio aumentó 2,9% por sobre la de mayo, 25,3% en el primer semestre y 57,3% respecto a junio del año pasado.
Serie histórica de la Canasta Básica Total
En enero de 2018 el costo de la Canasta Básica Total, que mide la pobreza, era de $16.974. En febrero aumentó 3,3% y llegó a $ 17.537,88. En marzo subió a $ 17.867,28. En abril registró un aumento de 2,2% y llegó a $ 18.258,07. En mayo trepó 4,8% y alcanzó los $18.833,55. En junio llegó a $$19.601,79 y acumuló en el primer semestre de 2018 un incremento del 18 por ciento.
En julio la Canasta Básica Total fue de 20.134,07, en agosto de $ 20.869, en septiembre de $ 22.558, en octubre de $ 24.241, en noviembre de $ 25.206 y en diciembre de $ 25.494; registrando un aumento de 53,5% durante todo 2018.
Ya en enero de 2019, una familia con dos adultos y dos niños necesitó $ 26.443 para no ser pobre. En febrero necesitó $27.570,43, en marzo $ 28.750,94; en abril 29.493,65 pesos, en mayo $30.337 y en junio último $31.148.
Fuente: LT9
Economía
El Gobierno desregula el mercado del gas envasado y deja de injerir en precios, oferta y demanda
A través de un decreto se modificó el marco regulatorio del GLP y se limitó la intervención estatal.

El Gobierno nacional modificó el marco regulatorio del gas envasado y limitó la intervención estatal a la fiscalización de seguridad, dejando de tener injerencia en precios, oferta y demanda, mediante el Decreto 446/2025, publicado este jueves en el Boletín Oficial.
La normativa, que desregula el mercado de la industria y comercialización de gas licuado de petróleo (GLP), restringe la tarea de la Secretaría de Energía como autoridad de aplicación “exclusivamente a la fiscalización del cumplimiento de los parámetros de seguridad correspondientes”.
En este sentido, dispone que dicha labor se debe desempeñar “sin interferir en aspectos operativos que competen al funcionamiento del mercado, evitando intervenir en decisiones vinculadas a precios, oferta y demanda, las cuales deben quedar regidas por el funcionamiento libre y competitivo del mercado, que constituye el mecanismo más eficiente para asignar recursos y promover el desarrollo del sector”.
Al fundamentar la decisión, el Ejecutivo expuso en el texto oficial que “el régimen vigente otorga un rol protagónico a la autoridad de aplicación en materia de regulación económica, técnica y operativa, lo que ha generado en muchos casos sobrerregulación, duplicación de funciones, distorsiones de mercado y sobrecostos operativos que impactan negativamente en los precios al consumidor”.
Asimismo, consideró que “el sector privado es el principal interesado en expandir la producción, el fraccionamiento y la comercialización de GLP, y posee la capacidad para mejorar la calidad del servicio, diversificar la oferta y optimizar la operación de la industria, incluyendo los mecanismos de canje de envases, contribuyendo de ese modo a garantizar el abastecimiento interno de GLP al menor costo posible para los consumidores”.
Con la mencionada premisa, el decreto determinó que a partir de ahora se elimina la obligación de obtener autorización previa de la Secretaría de Energía para instalar nuevas plantas de fraccionamiento o ampliar las existentes.
Al respecto, precisó que “sólo resultaría suficiente que se cumpla con los requisitos establecidos en la ley y su reglamentación para poder operar en los distintos segmentos de la industria, sin necesidad de una autorización previa por parte de la Autoridad de Aplicación”.
De esta manera, estipuló que “bastará con que, dentro de un plazo acotado y previo al inicio de sus operaciones, modificaciones o renovaciones, se presente la documentación pertinente”. Posteriormente Energía podrá constatar la información y el silencio administrativo será considerado positivo dentro de los diez días hábiles.
Al mismo tiempo, también se flexibiliza el régimen de marcas y envases, permitiendo que los fraccionadores envasen GLP de cualquier productor, comercializador o importador, y que puedan hacerlo para más de una marca o leyenda. El uso de envases de otras marcas podrá acordarse libremente entre fraccionadores mediante contratos bilaterales.
Además, se establece la obligación de recibir envases de cualquier marca o leyenda y se crea un parque de envases de uso común, cuyo objetivo es “asegurar el acceso a envases por parte de aquellas firmas fraccionadoras que, cumpliendo con toda la normativa vigente, encuentren dificultades para recuperar los envases identificados con su marca o leyenda”.
Por otra parte, el Gobierno autorizó la importación libre de gas licuado de petróleo sin otro requisito que el cumplimiento de la normativa vigente y sin necesidad de aprobación previa. Las exportaciones, en tanto, serán permitidas siempre que esté garantizado el volumen de abastecimiento del mercado interno.
Al argumentar las modificaciones en la regulación, el decreto argumentó que son “con el fin de adecuar sus disposiciones a una realidad operativa y productiva dinámica, promoviendo una regulación moderna, eficiente y orientada al desarrollo del sector de GLP”.
Fuente: NA
Economía
Las ventas de motos subieron 50% en el primer semestre
Gilera sorprende consolidándose con el modelo más vendido mientras que Honda mantiene el liderazgo de marcas.

La División Motovehículos de la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA) informó que durante junio de 2025 se patentaron 47.472 unidades, lo que representa una suba interanual de 43,7%, ya que en junio del año pasado se habían registrado 33.034 unidades.
Si la comparación es contra el pasado mes se observa una baja de 11%, ya que en mayo último se habían matriculado 53.320 unidades.
De esta forma, en los seis meses acumulados de 2025 se patentaron 305.625 motos, un 50% más que en el mismo período de 2024, en el que se habían registrado 203.721 vehículos.
En cuanto a la participación, no se observan cambios con respecto a mayo en los primeros puestos: Honda siguió liderando el mercado con 7.879 unidades, seguida de Motomel, con 6.941.
Gilera, que estuvo cuarta en marzo, ratifica el tercer lugar con 5.900 y supera a Corven con 4.542. Mientras tanto, Zanella, se mantuvo en la quinta posición con 4.501, cuando recordemos que finalizó el 2024 en el sexto lugar que ahora es ocupado por Keller.
Sí se observan cambios en cuantos a los modelos más patentados: se mantiene lo que fue la gran novedad del año y por quinto mes consecutivo lidera la Gilera Smash, con 4.218.
Ahora, en el segundo puesto aparece la Honda Wave 110, con 3.818 unidades, subiendo un lugar respecto de mayo, y relegando a la Motomel B110 al tercer escalón del podio, con 3.684.
En el cuarto puesto sigue la Keller KN 110-8, con 3.384, y también sin novedades, cierra el top five la Corven Energy 110 by Corven, con 2.756 unidades.
Fuente: El Economista
Economía
Sube el impuesto a los combustibles y se espera un aumento en naftas y gas oil
Se aguarda la decisión de las petroleras luego del último aumento de 5%.

El Gobierno nacional informó un nuevo ajuste parcial del impuesto a los combustibles que impactará en los precios. El porcentaje de aumento se confirmará en las próximas horas.
Según el decreto 441/2025 publicado hoy en el Boletín Oficial en naftas se aplicará un incremento de $ 6,620 por litro en el impuesto sobre los combustibles líquidos y de $ 0,405 por litro en el impuesto al dióxido de carbono.
Para el gasoil, el aumento será de $ 5,346 por litro para el gravamen general, $2,895 para la alícuota diferencial que rige en regiones como la Patagonia y zonas específicas del interior del país, y $0,609 por litro por el gravamen al dióxido de carbono.
Asimismo, se decidió posponer incrementos atrasados para amortiguar el impacto sobre los precios de los combustibles que luego inciden en la inflación.
En virtud de este objetivo, las actualizaciones pendientes correspondientes a parte del primer trimestre de 2024 y la totalidad del segundo, tercer y cuarto trimestres de 2024, más el primer trimestre de 2025- se empezarán a aplicar desde el 1° de agosto.
Entre los considerandos se recuerda que existe la obligación de actualizar estos montos trimestralmente y que, en ese marco, las actualizaciones deben efectuarse cada enero, abril, julio y octubre, considerando la variación del IPC suministrada por el INDEC.
De esta forma habrá que ver qué actitud toman las petroleras luego de haber anunciado la semana pasada un alza de 5% en el precio de sus productos por el circunstancial alza del petróleo por la guerra entre Israel e Irán.
Salvo YPF, Puma, Axion y Shell tomaron esta decisión, pero que luego no retrotrajeron cuando bajó el petróleo Brent.
Fuente: NA
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