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Condena a 20 años de prisión impuesta a un hombre por abusar sexualmente de dos niñas en Ataliva

Así lo dispuso un tribunal de segunda instancia de Rafaela integrado por los camaristas Sergio Alvira, Matías Drivet y Alejandro Tizón tras una audiencia de apelación realizada en Rafaela. Los magistrados sostuvieron que “no existen elementos para anular la sentencia” de primera instancia y rechazaron todos los requerimientos planteados por la Defensa. El condenado es un hombre de 49 años que abusó de su hija y de la hija de su pareja.

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Foto ilustrativa de Internet

Confirmaron la condena a 20 años de prisión impuesta a un hombre de 49 años por abusar sexualmente de su hija y de la hija de su pareja. Los ilícitos fueron cometidos cuando las víctimas eran menores de edad en la localidad de Ataliva (departamento Castellanos).

La resolución fue dispuesta por unanimidad por un tribunal de segunda instancia de Rafaela integrado por los camaristas Sergio Alvira, Matías Drivet y Alejandro Tizón. Por su parte, la fiscal que llevó a cabo la investigación y representó al MPA durante todo el proceso judicial es Ángela Capitanio.

Sentencia fundada

La fiscal recordó que “la condena resultó de un juicio oral que se desarrolló en septiembre del año pasado”, y señaló que “el veredicto fue apelado por la Defensa del agresor sexual, cuyas iniciales son CAV”. Según precisó, “el abogado defensor solicitó la declaración de nulidad del fallo de primera instancia y la absolución o disminución de la pena impuesta”.

Sin embargo, “los camaristas sostuvieron que ‘no existen elementos para anular la sentencia dictada’”, valoró Capitanio. “Además, los jueces de segunda instancia avalaron los fundamentos brindados por el tribunal del juicio oral y aseguraron que el fallo impugnado reúne las características requeridas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, agregó.

Los jueces Alvira, Drivet y Tizón también se refirieron a la mensuración de la pena. Al respecto, la funcionaria del MPA indicó que “los camaristas expresaron que no se advierten defectos en los factores que se contemplaron para ordenar la condena a 20 años de prisión”, y mencionó que “el monto es el mismo que habíamos solicitado desde la Fiscalía en la acusación y en nuestros alegatos en el debate oral”.

Por otro lado, “aunque la Defensa cuestionó los testimonios que las víctimas brindaron en cámara Gesell, los jueces de segunda instancia manifestaron que ‘de la revisión de la declaración de ambas niñas, surge que su relato es contundente’”, destacó Capitanio.

Abusos sexuales

En relación a los hechos ilícitos, la fiscal expuso que “el hombre condenado abusó de las niñas mientras ellas transitaban la escuela primaria”, y aclaró que “atacó a su hija durante dos años y a la hija de su pareja, durante cinco”.

Capitanio afirmó que “el condenado vulneró la integridad sexual de las víctimas en reiteradas ocasiones en las que se quedó a solas con ellas”. En tal sentido, subrayó que “la conducta delictiva tuvo entidad suficiente para generar consecuencias negativas en la salud física y psicológica de las niñas”.

Delitos

De acuerdo con lo resuelto en el juicio oral confirmado en segunda instancia, al hombre investigado se lo condenó como autor de abuso sexual gravemente ultrajante agravado (por la convivencia preexistente y por la edad de las dos víctimas; y también por el vínculo, en el caso de su hija).

A su vez, la pena fue impuesta por la autoría del delito de promoción a la corrupción de menores agravada (por la edad de las víctimas, por amenazas y por la convivencia con ambas niñas; y por el vínculo, en función de los hechos ilícitos en perjuicio de su hija).

Identidad

Capitanio aclaró que “no se brinda la identidad del hombre condenado para evitar la revictimización de su hija, quien tiene el mismo apellido”.

Oficina de Prensa y Difusión MPA

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Judicial

La Justicia ordenó a Facebook eliminar publicaciones que promocionan apuestas clandestinas

La medida cautelar dictada por el Juzgado Federal Nº 2 de Santa Fe reconoce el derecho de Lotería de Santa Fe sobre la marca y obliga a la empresa a eliminar contenidos, monitorear activamente la plataforma y detectar a quienes realizaron esos anuncios.

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Foto: Ilustrativa

En el marco de las acciones iniciadas por la Provincia de Santa Fe contra Meta Platforms Inc. (empresa matriz de Facebook e Instagram), el Juzgado Federal Nº 2 de Santa Fe hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la Caja de Asistencia Social – Lotería de Santa Fe, ordenando la eliminación inmediata de todas las publicaciones que utilicen de forma indebida la marca “Quini 6” para redirigir a sitios de juego de azar clandestinos o no autorizados. Esta decisión representa un avance relevante en la lucha contra el juego ilegal y en la defensa institucional de la marca.

La resolución judicial, firmada por el juez Aldo Alurralde, también obliga a la empresa a implementar un monitoreo constante para prevenir nuevas publicaciones de este tipo y a bloquear los medios de pago utilizados por los anunciantes que incurrieron en esa conducta.

Desde Lotería de Santa Fe señalaron que la acción se impulsó a partir de reiteradas denuncias de usuarios que detectaron en redes sociales el uso de la marca “Quini 6” en avisos que dirigían a plataformas ilegales de apuestas, afectando no solo la identidad del producto, sino también la confianza de los apostadores.

Prevención de daños

La resolución se enmarca en una acción preventiva de daños, y se dio lugar a la cautelar tras acreditarse el peligro en la demora y la verosimilitud del derecho invocado por la provincia, que demostró ser titular de la marca registrada “Quini 6” ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI). En sus fundamentos, el fallo destaca el riesgo reputacional derivado de la asociación de la marca con actividades ilícitas y respalda la intervención del Estado provincial para proteger el juego oficial y a sus usuarios.

La medida fue dictada en el marco del expediente “Provincia de Santa Fe c/ Facebook Inc. y otros s/ Marcas – Varios”, y se suma a la denuncia penal presentada por Lotería de Santa Fe ante el Ministerio Público de la Acusación (MPA) contra las páginas que realizan estos anuncios, por presunta violación del artículo 301 bis del Código Penal, referido a la promoción del juego clandestino.

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Discutieron, agarró una cuchilla y lo apuñaló: imputaron a una joven por atacar a su novio en Plaza Clucellas

La herida la produjo en la zona de la ingle, y según la calificación de la fiscal, la pena en un futuro juicio podría ir de 3 a 10 años de prisión, en caso de haber condena.

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Foto: Archivo (Personal policial frente a los Tribunales de Rafaela).

Este jueves por la mañana, en los Tribunales de Rafaela, se llevó a cabo una audiencia imputativa en la que el juez Dr. José Luis Estévez dio por formalizada la acusación presentada por la fiscal Dra. Fabiana Bertero contra una joven de 19 años identificada como Nerea Ayelén F. , a quien se le atribuye haber apuñalado a su pareja de 25 años, en un hecho ocurrido en la localidad de Plaza Clucellas.

Según expuso la fiscal, el suceso ocurrió el 2 de julio, alrededor de las 10 de la mañana, en el interior de un domicilio donde la imputada convivía con la víctima. En el contexto de una discusión por fotografías encontradas en el celular de la joven, la misma habría tomado una cuchilla tipo carnicero, golpeado a su pareja en la cabeza y luego le asestó una puñalada en la ingle izquierda, provocando una lesión inguinal con seccionamiento de la vena ilíaca izquierda, -lo que según la fiscal- puso en riesgo la vida del joven, quien actualmente permanece internado.

La fiscalía calificó el hecho como lesiones graves dolosas agravadas por haber sido cometidas contra una persona con la que la imputada mantuvo una relación de pareja, conforme al artículo 90 en función del artículo 92 y con el agravante del artículo 80 del Código Penal Argentino.

Por la figura penal que se le atribuye, la mujer podría enfrentar una pena de 3 a 10 años de prisión, en caso de que se mantenga esa acusación en un juicio futuro y se obtenga una condena.

Nerea Ayelén F. se negó a declarar bajo la defensa del abogado penalista Dr. Carlos Farías Demaldé.

La audiencia de medida cautelar fue fijada para este viernes por la mañana, ocasión en la que la fiscal Bertero solicitará la prisión preventiva de la imputada.

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Respiro para Argentina: frenan el fallo que ordena entregar el 51% de las acciones de YPF

Una corte de apelaciones de Nueva York otorgó una suspensión temporal administrativa. Las partes tienen hasta el 22 de julio para presentar sus argumentos.

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Foto: Argentina busca suspender el fallo que ordenó ceder el 51% de las acciones de YPF a beneficiarios. Noticias Argentinas/Xinhua

La Justicia de los Estados Unidos le otorgó este martes un respiro temporal a la Argentina en la causa por la expropiación de YPF, al suspender la ejecución del fallo que ordena al país entregar el 51% de las acciones de la petrolera a los fondos demandantes.

Según supo Noticias Argentinas a partir del documento judicial emitido hoy, una Corte de Apelaciones de Nueva York concedió una «suspensión administrativa temporal» (temporary administrative stay) de la «Orden de Entrega» (Turnover Order) que había sido dictada el pasado 30 de junio.

La medida fue otorgada para permitir una «ordenada presentación y consideración» de los argumentos de ambas partes. La corte estableció un cronograma preciso: los demandantes (encabezados por el fondo Burford Capital) tienen hasta este jueves 17 de julio para presentar su oposición a una suspensión más larga, mientras que el Estado argentino tendrá tiempo hasta el martes 22 de julio para responder.

Una vez completado este proceso, un panel de tres jueces analizará los escritos y decidirá si concede la suspensión del fallo durante todo el tiempo que dure el proceso de apelación de fondo. La decisión de hoy frena, al menos por una semana, la obligación de Argentina de desprenderse de sus activos en la petrolera.

Sebastián Soler, ex subprocurador del Tesoro durante la presidencia de Alberto Fernández y que llevó la causa cuatro años precisó en su cuenta de “X” los próximos pasos.

“El 17 de julio, Burford presentará un escrito oponiéndose al pedido argentino de que la suspensión preventiva se prolongue hasta que la Cámara resuelva la apelación contra la sentencia de fondo”

“El 22 de julio Argentina responderá argumentando en detalle en favor de que la suspensión se prolongue”.

Sin plazo, pero muy pronto, se dará la elección de los tres jueces de Cámara que integrarán la sala que resolverá esta cuestión.

“Una vez completado el cruce de escritos y definidos los jueces, la Cámara puede resolver el pedido de la Argentina en cualquier momento, pero no tiene plazo para hacerlo”.

“Si la Cámara accede al pedido de la defensa argentina, la orden de Preska de entregar las acciones de YPF quedará suspendida hasta que la Cámara resuelva la apelación de Argentina contra su sentencia de fondo (que ordenó pagar USD 16.100 millones)”.

“Dado que la Cámara todavía no ha fijado la fecha de la audiencia, es improbable que decida esa apelación de fondo antes de 2026″.

“Si la Cámara rechaza el pedido de la Argentina, la orden de Preska volvería a estar vigente”.

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