Judicial
Condenaron a 20 años de prisión a un hombre que abusó sexualmente de su hija menor de edad en San Genaro
La decisión judicial fue tomada de forma unánime por un tribunal en el marco de un juicio oral que finalizó en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.
Cuando la víctima se resistía a los ataques sexuales, su padre la agredía físicamente para que no opusiera resistencia. La fiscal que representó al MPA en el debate fue Alejandra Del Río Ayala, quien subrayó que “a pesar de los abusos sistemáticos que sufrió durante al menos tres años, tuvo una enorme fortaleza para relatar sus padecimientos”.
Un hombre de 57 años fue condenado a 20 años de prisión por haber abusado de su hija menor de edad en San Genaro (departamento San Jerónimo) Así lo resolvió de forma unánime un tribunal integrado por el juez Jorge Patrizi (presidente) y por las juezas Rosana Carrara y Cecilia Labanca en el marco de un juicio oral que finalizó en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.
La fiscal que representó al MPA en el debate fue Alejandra Del Río Ayala, integrante de la Unidad Fiscal Especial de Violencias de Género, Familia y Sexual. La funcionaria judicial también tuvo a su cargo la investigación de los hechos.
“Estamos muy satisfechos porque el tribunal no solo resolvió imponer una condena, sino también porque hizo lugar a las calificaciones penales que le atribuimos al hombre investigado desde la Fiscalía y al monto de la pena que solicitamos en la acusación y que reiteramos en los alegatos”, valoró la fiscal.
Los hechos
En el transcurso del debate, el MPA logró demostrar que el condenado atacó sexualmente a su hija de forma reiterada en dos viviendas de San Genaro. “Los abusos fueron cometidos de forma continua y sistemática durante aproximadamente tres años, mientras ella transitaba su escolaridad primaria”, sostuvo la fiscal.
“La niña iba de visita a la casa de su padre los fines de semana, y él aprovechó esa situación de convivencia para concretar los abusos y la amenazaba con golpearla cuando oponía resistencia”, planteó la funcionaria del MPA. “De hecho, logramos demostrar que la niña era agredida físicamente cuando gritaba, lloraba o se negaba a realizar los actos sexuales que su padre le exigía”, añadió.
Del Río Ayala también hizo hincapié en que “los ilícitos implicaron sometimiento, humillación y denigración en la niña”, y puntualizó que “son idóneos para adelantar el desarrollo normal, libre y progresivo de la sexualidad de su sexualidad”.
Pruebas
La investigación se inició a partir de una denuncia realizada por la madre de la niña. “Cuando ordenamos la detención del abusador, él se había escapado de San Genaro y estaba en el sur del país”, recordó la fiscal. “Organizamos un operativo especial, fue detenido, trasladado a nuestra provincia y se ordenó su prisión preventiva hasta que llegamos al juicio”, relató.
“Las pruebas que presentamos en el transcurso del debate son contundentes porque la niña pudo relatar sus padecimientos, y lo hizo con claridad ante todos los profesionales que la entrevistaron”, destacó la fiscal. En tal sentido, subrayó que “a pesar de todo lo que sufrió, tuvo una fortaleza enorme para brindar detalles de lo ocurrido y para enfrentar el proceso penal que finalizó con la condena”.
“Presentamos un informe de una docente de la escuela a la que asistía la víctima, en el que precisa que la niña contó los abusos que sufría en el marco de una charla sobre el cuidado del cuerpo”, indicó Del Río Ayala. “También pudimos ver el relato de la niña en Cámara Gesell, y desplegamos informes del equipo interdisciplinario de la municipalidad de San Genaro, de una psicóloga que entrevistó a la víctima y de una psicóloga terapeuta del hospital de Niños de Santa Fe”, concluyó.
Calificación penal
Al hombre acusado se lo condenó por la autoría de los delitos de abuso sexual con acceso carnal y corrupción de menores, ambos calificados por el vínculo y por la convivencia.
Identidad
La víctima que fue abusada por su padre tiene el mismo apellido que él. Por lo tanto, para evitar la revictimización de la niña, no se informa la identidad del condenado.
Fuente: L.T.9.
Judicial
⚖️ Fallo ejemplar y sin precedentes: empresario deberá comprarle una casa a su hijo tras negarlo durante 38 años
La Justicia bonaerense dictó un fallo histórico que sacude al ámbito del Derecho de Familia y marca un antes y un después en las demandas por filiación.
En Tres Arroyos, un empresario fue condenado a indemnizar con el valor de una vivienda a su hijo biológico, a quien nunca reconoció legalmente durante casi cuatro décadas.
👤 El demandante, hoy de 36 años, creció únicamente con su madre —trabajadora de casas particulares— mientras su padre biológico construía una vida de solvencia económica y prestigio social, ignorando por completo sus responsabilidades afectivas y legales.
🧬 El proceso judicial incluyó pruebas de ADN contundentes, que no solo confirmaron el vínculo biológico, sino que también dejaron expuesta una conducta deliberada de abandono. Según la sentencia del Juzgado en lo Civil y Comercial N.º 1 de Tres Arroyos, el empresario conocía la existencia de su hijo y, aun así, eligió no reconocerlo.
🏠 Una casa como reparación del daño: el eje del fallo
Lo más resonante de la sentencia es el monto de la indemnización. La jueza consideró que el daño causado no fue solo emocional, sino también económico y estructural.
⚠️ Al no ser reconocido como hijo de un empresario con alto poder adquisitivo, el demandante perdió oportunidades concretas:
- acceso a mejor educación
- atención en salud
- estabilidad económica
- bienes básicos
que sí tuvieron sus hermanos reconocidos.
💰 Por ese motivo, la Justicia fijó una indemnización equivalente al valor de una vivienda de clase media, estimada en 65.000 dólares, además de cubrir un tratamiento psicológico prolongado.
📌 El fallo se apoya en el concepto de “pérdida de chance” y en la vulneración del derecho constitucional a la identidad, estableciendo que la reparación debe permitirle al damnificado alcanzar un nivel de vida similar al que habría tenido si hubiera sido reconocido desde el inicio.
🚨 Un precedente clave que cambia las reglas del juego
Este veredicto eleva la vara en las causas por falta de reconocimiento filial. Durante años, este tipo de demandas derivaban en indemnizaciones simbólicas. Hoy, la Justicia comienza a mirar el daño de forma integral y proporcional al patrimonio del progenitor.
📢 El mensaje es claro:
reconocer a un hijo no es una opción, es una obligación legal, y el paso del tiempo no borra el daño causado.
👩⚖️ Para especialistas, este fallo será una guía para futuras demandas en todo el país, alentando a más personas a reclamar por un derecho que les fue negado durante años.
Por Móvil Quique con información de iProfesional
Judicial
🚨 Amenazó de muerte a su ex pareja en plena calle y violó una restricción: quedó preso en Ceres
Un hombre de 35 años quedó en prisión preventiva por 60 días, acusado de amenazar de muerte a su ex pareja en la ciudad de Ceres, en un hecho encuadrado como violencia de género y cometido pese a tener una orden judicial de restricción de acercamiento vigente.
La medida fue dispuesta por la jueza Cecilia Álamo, quien rechazó las alternativas a la detención solicitadas por la defensa del imputado, identificado con las iniciales WDC.
⚠️ El hecho
Según expuso el fiscal Emiliano Odriozola, el episodio ocurrió el martes pasado cerca de las 11:30, en la vía pública. El imputado se acercó a su ex pareja, quien circulaba en motocicleta junto a una amiga, y la amenazó con matarla, al tiempo que realizaba gestos simulando que le cortaría el cuello.
Tras las amenazas, el hombre intentó tomar del cabello a la víctima, maniobra que no logró concretar gracias a la intervención de la acompañante y de un hombre que se encontraba en el lugar.
📌 El fiscal remarcó que al momento del ataque el imputado estaba debidamente notificado de una prohibición de acercamiento, dictada en septiembre del año pasado y aún vigente, por lo que incumplió de manera directa una orden judicial.
⚖️ Riesgos procesales
Durante la audiencia, la magistrada consideró que las circunstancias de tiempo, lugar y la participación del imputado en los hechos no estaban controvertidas, a partir de las pruebas reunidas por la Fiscalía.
Además, evaluó que, al tratarse de amenazas en un contexto de violencia de género, cometidas con una restricción vigente y sumadas a antecedentes de incumplimiento de medidas no privativas de la libertad, la pena en expectativa sería de cumplimiento efectivo.
📌 Este escenario, sostuvo la jueza, incrementa los riesgos procesales, especialmente el entorpecimiento probatorio y el riesgo de fuga, y hace necesario resguardar los testimonios de la víctima y de los testigos.
Por estos motivos, rechazó las medidas alternativas propuestas por la defensa, al considerarlas insuficientes para neutralizar la peligrosidad procesal del imputado.
📚 Calificación penal
El hombre es investigado como autor de los delitos de amenazas simples y desobediencia a un mandato judicial.
Por Móvil Quique con información de Radio Belgrano de Suardi
Judicial
🚨 Violó a un joven con discapacidad en San Vicente: prisión preventiva sin plazo para el acusado
La Justicia ordenó la prisión preventiva sin plazo para un hombre de 29 años, acusado de abuso sexual con acceso carnal contra un hombre con discapacidad, en un hecho ocurrido a comienzos de enero.
La medida fue dispuesta este jueves al mediodía por el juez de la Investigación Penal Preparatoria, Javier Bottero, quien hizo lugar al pedido de la fiscal Favia Burella y de la querella, y rechazó las medidas alternativas solicitadas por la defensa del imputado.
⚖️ Durante la audiencia de medidas cautelares, la fiscal sostuvo que se encuentran reunidos todos los requisitos legales previstos en el Código Procesal Penal para dictar la prisión preventiva. Al planteo adhirió la abogada Cristina Fortunato, representante de la víctima, quien remarcó la obligación del Estado de garantizar una vida libre de violencia para las personas con discapacidad.
📌 El hecho investigado
Según el Ministerio Público de la Acusación, el imputado habría actuado con pleno conocimiento y voluntad, aprovechándose de la confianza de la víctima y de su condición de discapacidad mental y motriz.
El episodio habría ocurrido en la madrugada del 4 de enero en la ciudad de San Vicente, cuando la víctima fue abordada en la vía pública e invitada al domicilio del acusado, donde se habría producido el abuso bajo amenazas y pese a la resistencia del damnificado.
🧑⚖️ El planteo de la defensa y la decisión judicial
La defensa, a cargo de los abogados Hernán Domenella y Darío Schurrer, cuestionó la calificación legal y solicitó la libertad bajo medidas alternativas, argumentando que la investigación continúa, que restan pruebas por producirse y que no existiría riesgo de fuga ni de entorpecimiento del proceso.
Sin embargo, al resolver, el juez Javier Bottero señaló que no fue controvertida la existencia del hecho ni la situación de vulnerabilidad de la víctima, y destacó que la pena en expectativa es elevada.
📌 Aunque reconoció que aún faltan medidas probatorias, sostuvo que ninguna alternativa resulta suficiente para proteger a la víctima y garantizar el normal avance de la causa, por lo que dispuso la prisión preventiva sin fijar plazo.
Por Móvil Quique con información de Rafaela Informa
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