Judicial
Perpetua confirmada: la Corte rechazó el último recurso que presentó Nahir Galarza
La joven mató a su novio Fernando Pastorizzo de dos disparos el 29 de diciembre de 2017 en Gualeguaychú.

La Corte Suprema desestimó el último recurso presentado por la defensa de Nahir Galarza y la joven deberá cumplir la condena a prisión perpetua por el crimen de su novio Fernando Pastorizzo, a quien mató de dos disparos.
Según el fallo al que accedió la Agencia Noticias Argentinas, el Máximo Tribunal, con las firmas de los jueces Horacio Rosarti, Carlos Rosenkratz y Juan Carlos Maqueda, desestimó la presentación del recurso de queja de los letrados.
En julio de este año, los asesores de Galarza solicitaron la reposición del veredicto de la Corte al sostener que «en esa decisión existieron ‘errores esenciales’ en la apreciación de los antecedentes del caso y que, de no ser subsanados, se violentarían derechos constitucionales y convencionales».
Además, pidieron la declaración de inconstitucionalidad del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, sobre el que los magistrados explicaron que aquellas objeciones
son extemporáneas «toda vez que la parte recurrente no pudo desconocer que el citado artículo faculta a la Corte a resolver de ese modo (…), de modo que debió plantear tales cuestiones al tiempo de interponer el recurso extraordinario».
Durante la investigación se constató que Galarza y Pastorizzo circulaban en un ciclomotor conducido por la víctima, cuando la condenada extrajo de entre sus prendas un arma de fuego tipo pistola calibre 9mm y disparó contra su pareja por la espalda, que cayó al piso.
En esa posición, y ya de frente, efectuó un segundo disparo «con claras intenciones de menoscabar la vida de Pastorizzo porque dichas balas tuvieron orificio de entrada y de salida produciendo una lesión bronco-pulmonar derecha, produciéndole el deceso momentos después», agrega la resolución de la Corte.
En 2018 la Cámara de Casación Penal de Entre Ríos decidió que la joven fuese trasladada a una cárcel común de mujeres en Paraná para su resguardo.
El 3 de julio de 2019, la Cámara de Casación de Concordia, provincia de Entre Ríos, confirmó la condena, por lo que la defensa apeló esa decisión y el 4 de marzo de 2020 la Sala primera en lo Penal del Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Entre Ríos no hizo lugar al planteo.
La condena que recibió Nahir es la más alta en Argentina para una mujer de su edad (19 años).
Desde ese momento tuvo diversos mensajes en redes sociales en donde se mostraba con compañeras del penal y hasta se pudo saber que mantenía un noviazgo con otro joven que cada tanto la iba a visitar.
Fuente: NA
Judicial
Condenaron a un hombre acusado de abusar de su propia hija en Humberto
El juez José Luis Estévez dictó una pena de cumplimiento efectivo contra un hombre de 28 años por abusar de su hija de 4 años durante visitas obligatorias.

Este martes, en los Tribunales de Rafaela, se conoció el veredicto en el juicio contra V.R.D., acusado de abusar de su hija menor de edad en la localidad de Humberto Primo. Los hechos ocurrieron entre el 22 y el 30 de septiembre de 2022, mientras la niña convivía con él durante el régimen de visitas dispuesto judicialmente.
El juez de la Investigación Penal Preparatoria, José Luis Estévez, resolvió condenar al imputado a 10 años de prisión efectiva por el delito de “abuso sexual a una persona menor de 13 años con acceso carnal, agravado por el vínculo y la convivencia”. Además, dispuso la incorporación de su huella genética a un banco de datos.
Durante el proceso, la fiscal Favia Burella había solicitado una pena de 13 años de cárcel, en tanto que la defensa, representada por Amalia Cassina, planteó la nulidad del debate por considerar vencidos los plazos legales para juzgarlo. Sin embargo, este argumento fue desestimado por el magistrado en su fallo.
Fuente: Rafaela Noticias
Judicial
Quedó firme la condena a 20 años de prisión a mujer ligada a “Los Monos” por ataques a edificios judiciales
La mujer de confianza de «Guille» Cantero fue condenada por liderar los ataques a edificios judiciales en Rosario. «Ahora doy órdenes», escribió en un mensaje.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena a 20 años de prisión contra Lucía Estefanía Uberti, señalada como aliada de la banda narco “Los Monos” y acusada de liderar a un grupo de sicarios que atacó edificios del Poder Judicial en Rosario.
La resolución se conoció luego de que la defensa desistiera del recurso de queja presentado ante el máximo tribunal. “Yo les tenía miedo a los narcos y ahora les doy órdenes a ellos”, llegó a escribir Uberti en un mensaje hallado en su teléfono, según consta en la causa.
Los fiscales sostuvieron que los atentados comenzaron en mayo de 2018 y tuvieron como blanco sedes del Ministerio Público de la Acusación, del Servicio Público de la Defensa Penal y domicilios de funcionarios judiciales y policiales vinculados a investigaciones sobre la familia Cantero. Según la acusación, Ariel “Guille” Cantero, líder de Los Monos, dio órdenes desde la cárcel a través de celulares a distintos lugartenientes, entre ellos Uberti, para organizar los ataques.
El 30 de septiembre de 2021, un tribunal de Rosario condenó a Uberti por amenazas coactivas agravadas, daños calificados y extorsión agravada. La sentencia fue ratificada en 2022 por la Cámara de Apelación y en 2023 por la Corte Suprema de Santa Fe. La defensa llegó hasta la Corte nacional alegando violación al principio de inocencia, pero el pasado 11 de agosto Uberti y su abogada retiraron el recurso.
De esta manera, la mujer de confianza de “Guille” Cantero cumplirá de manera efectiva su pena de 20 años de prisión.
Fuente: NA
Judicial
Condenaron a 21 años de prisión a un hombre que abusó de cinco mujeres en Rafaela, Susana y San Vicente
Un hombre de 44 años fue condenado a 21 años de prisión por haber abusado sexualmente de cinco integrantes de su entorno familiar en Rafaela, Susana y San Vicente (las tres localidades pertenecen al departamento Castellanos). Quienes resultaron víctimas son una mujer que fue pareja del agresor y la hija de ella, así como dos hijas de otra mujer con la que él mantuvo una relación y su propia hija.

La sentencia fue ordenada por un tribunal integrado por los jueces Juan Gabriel Peralta y José Luis Estévez, y por el abogado del foro Carlos Farías Demaldé, como conjuez, en el marco de un juicio oral que se desarrolló en los tribunales de Rafaela.
La fiscal es Favia Burella, de la Sección Violencia de Género, Familiar y Sexual de la Fiscalía Regional 5. Tras conocer el veredicto, la funcionaria indicó que “valoramos positivamente que el hombre al que se juzgó haya sido condenado tal como lo solicitamos desde la Fiscalía en la acusación”.
Por su parte, en representación de tres de las víctimas actuó como querellante la doctora Paola Pradolini, del Centro de Asistencia Judicial (CAJ).
Violencia de género
Burella sostuvo que “el condenado cometió los ilícitos en diferentes inmuebles en los que convivió con las víctimas, en claros contextos de violencia de género”.
La fiscal manifestó que “en Rafaela, el hombre de 44 años obligó a una de sus parejas a realizar prácticas sexuales, más allá de la expresa negativa de ella”. Además, planteó que “mientras residían en Susana, abusó de una hija de esa mujer, quien en ese momento era una niña que transitaba los primeros años de la escolaridad primaria”.
Asimismo, la Fiscal relató que “el condenado también vulneró la integridad sexual de dos adolescentes que son hijas de otra de sus parejas”. Según precisó, “se trató de hechos reiterados que tuvieron lugar en viviendas ubicadas en San Vicente y en Rafaela”.
Finalmente, Burella señaló que “en una ocasión, el condenado llevó adelante su accionar delictivo en perjuicio de su propia hija adolescente, con quien compartía una vivienda rafaelina”. En tanto, puntualizó que “cuando trató de abusar nuevamente de ella, la víctima opuso resistencia y logró que cesara la agresión”, y añadió que “su padre le exigió entonces que no hablara con nadie sobre lo sucedido”.
Identidad
Las iniciales del condenado son NLC. Su nombre completo no se brinda para evitar la revictimización de quienes sufrieron los ilícitos.
Fuente: Radio Belgrano de Suardi
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