Judicial
Piden el urgente llamado a concurso para reemplazar a la cesanteada jueza Figueroa
«El límite de edad de 75 años introducido en la Reforma Constitucional del año 1994 no ha afectado la sustancia de la garantía de inamovilidad» de los jueces, opinó Ricardo Gil Lavedra.

El presidente del Colegio Público de Abogados, Ricardo Gil Lavedra, reclamó el “urgente” llamado a concurso para cubrir la vacante que dejó la jueza de la Cámara Federal de Casación Ana María Figueroa, cesada en su cargo el miércoles por la Corte Suprema.
Mediante una nota dirigida al abogada integrante del Consejo de la Magistratura Jimena De La Torre, el ex camarista federal y ministro de Justicia de la Alianza reclamó que la Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial realice “la urgente convocatoria a concurso para cubrir la vacante producida de pleno derecho”.
Gil Lavedra aprobó tácitamente la decisión de la Corte Suprema, que por unanimidad cesó en su cargo a Figueroa porque “cumplió 75 años de edad, sin haber recibido un nuevo acuerdo del Senado para continuar con sus funciones”, tal como lo establece el artículo 99, inciso 4 de la Constitución Nacional.
“Corresponde la inmediata apertura de un concurso para cubrir el cargo vacante con el objeto de garantizar la eficaz prestación del servicio de administración de justicia”, insistió Gil Lavedra.
Mediante sorteo, la Cámara de Casación designó como juez subrogante para suceder momentáneamente a Figueroa al juez Alejandro Slokar.
En ese contexto, pidió también que “se arbitren los medios necesarios a fin de que se garantice el acceso igualitario y la igualdad de trato en el concurso para todos los abogados y abogadas de la matrícula”.
Sobre la remoción de Figueroa, el presidente del Colegio Público destacó: “nuestro Máximo Tribunal ya ha declarado que el límite de edad de 75 años introducido en la Reforma Constitucional del año 1994 no ha afectado la sustancia de la garantía de inamovilidad ni, por ende, el principio arquitectónico de independencia judicial”.
Fuente: Noticias Argentinas
Judicial
Sunchales: imputaron a un joven por dos robos, uno de ellos con extrema violencia
En la mañana del martes, se llevó adelante en Sunchales una audiencia imputativa solicitada por el fiscal Juan Manuel Puig, en la que se acusó a Valentín Daniel J., de 18 años, por su presunta intervención en dos robos cometidos en distintos momentos.

El primero de los hechos ocurrió el pasado 8 de abril, cuando el joven ingresó junto a un cómplice a una vivienda en calle Leguizamón. Tras forzar una abertura, lograron llevarse una mochila, ropa, auriculares, un parlante, un reloj y una suma considerable de dinero en efectivo.
El segundo episodio data del 25 de agosto de 2024. En esa oportunidad, interceptaron a un hombre que había detenido su motocicleta frente a un kiosco. Sin mediar palabras, lo golpearon fuertemente y le sustrajeron el teléfono celular. La víctima, no conforme, decidió seguir a los agresores y los vio entrar a una vivienda. Al ingresar, fue recibido por la dueña de casa, quien reconoció a los jóvenes. En medio de un forcejeo, logró recuperar el celular y devolvérselo a su dueño. No obstante, antes de retirarse, los agresores volvieron a golpear al hombre y finalmente escaparon con el mismo teléfono que habían robado.
El proceso judicial continúa, mientras se evalúa la situación procesal del imputado y su posible responsabilidad penal en ambos hechos.
Fuente: Rafaela Informa
Judicial
Confirmaron la prisión preventiva de un acusado por intento de homicidio en Sunchales
El hecho ocurrió en octubre de 2024, cuando un hombre atacó con una cuchilla tipo carnicero a otro vecino, provocándole heridas graves. La Justicia rechazó el pedido de libertad y ratificó que existen riesgos procesales.

Confirmaron en segunda instancia la prisión preventiva impuesta a un hombre de 27 años al que se investiga como autor de una tentativa de homicidio cometida en Sunchales. La resolución fue tomada por el camarista Cristian Fiz en el marco de una audiencia de apelación a raíz de un recurso presentado por la Defensa del imputado.
El fiscal que investiga el hecho ilícito cometido en octubre del año pasado es Martín Castellano, de la Unidad Fiscal Especial Homicidios de la Fiscalía Regional 5. El funcionario judicial también representó al MPA en la audiencia de segunda instancia.
“El camarista entendió que las evidencias aportadas por la Fiscalía y la dinámica en que ocurrió el hecho investigado eran suficientes para tener por acreditada la calificación legal de homicidio en grado de tentativa”, remarcó Castellano. “En particular, el juez de segunda instancia refirió a la utilización de un elemento lesivo como un cuchillo, a las zonas del cuerpo en las que apuñaló a la víctima y al riesgo de vida que provocó con su ataque”, agregó.
Castellano también hizo hincapié en que “en su resolución, Fiz sostuvo que existen riesgos procesales” y destacó que “el magistrado se centró en el entorpecimiento probatorio y consideró que era necesario resguardar la integridad de víctima y de los testigos para el juicio oral”. En tal sentido, el fiscal del MPA subrayó que “rechazó las medidas alternativas propuestas por la Defensa porque entendió que no eran suficientes ni idóneas”.
Cuchilla de carnicero
La tentativa de homicidio que investiga Castellano fue cometida alrededor de las 20:00 del miércoles 16 de octubre. “El imputado fue a calle Triunvirato al 1.800 donde inició una discusión con una mujer y sus hijos por la venta de una bicicleta”, relató el fiscal y añadió que “en esas circunstancias, el hombre que resultó víctima, intercedió para separar a los involucrados en el conflicto”.
Castellano sostuvo que “el imputado le asestó varios puntazos con una cuchilla tipo carnicero en diferentes partes del cuerpo”, y remarcó que “a pesar de que la víctima había caído al piso, el imputo siguió atacándolo con la clara intención y voluntad de provocar su muerte”.
El representante del MPA concluyó que “el imputado no logró consumar el hecho ilícito por razones ajenas a su voluntad, no solo por la intervención de otras personas que detuvieron la agresión, sino también por la oportuna atención médica que recibió la víctima”.
Calificación penal
Al hombre de 27 años se lo investiga como autor del delito de tentativa de homicidio doloso.
Fuente: Rafaela Informa
Judicial
Confirman el procesamiento de Alberto Fernández por violencia de género y podrá ser enviado a juicio oral
La Cámara Federal confirmó el procesamiento de Alberto Fernández por violencia de género y dejó al ex presidente en condiciones de ser enviado a juicio oral.

La Cámara Federal porteña confirmó hoy el procesamiento del expresidente Alberto Fernández por violencia de género hacia la ex primera dama Fabiola Yañez, en una decisión que lo dejó en condiciones de ser enviado a juicio oral.
La decisión fue de la sala II del Tribunal de Apelaciones, con los votos de los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah, y la disidencia de Roberto Boico, según la resolución a la que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas.
Fernández quedó con procesamiento confirmado por «lesiones leves y lesiones graves agravadas por haberse cometido en un contexto de violencia de género y por amenazas coactivas».
También se confirmó un embargo de 10.000.000 de pesos sobre los bienes del exmandatario y se desestimaron los planteos de nulidad promovidos por su defensa.
«Es probable que los delitos se hayan cometido del modo en que fueron descriptos por las partes acusadoras», afirmó el juez Martín Irurzun en la resolución, de 82 carillas.
Los hechos «sucedieron en un ámbito muy especial (la Quinta Presidencial de Olivos), fuertemente custodiado por funcionarios federales bajo el mando de Fernández», advirtió Irurzun.
«Se ha establecido que, forzada por la naturaleza de su relación, la víctima tuvo que practicar una suerte de reclusión en un espacio para huéspedes de la residencia. También que tenía un alto grado de aislamiento -fue auxiliada por familiares directos que declararon en la causa-. Valorar en su justa dimensión este contexto es fundamental», concluyó al confirmar el procesamiento.
Yañez «era alguien que notoriamente estaba en una situación de desigualdad de poder, al interior y exterior de la pareja, con relación a su victimario», agrega la sentencia.
En un contexto así, «por imperio del sentido común más básico, es razonable presumir que, en ese momento, no guió a sus acciones otra finalidad que pedir algún modo de auxilio sobre una situación que, efectivamente, había pasado, estaba pasando y, evidentemente, seguiría pasando», advirtió el juez.
La Cámara confirmó lo que había resuelto el juez federal Julián Ercolini, con intervención de la fiscalía de Ramiro González.
En disidencia, el camarista Boico votó en minoría por dictar la falta de mérito y pedir una profundización de la pesquisa.
Fuente: NA
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