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Una jueza dio paso al amor, dejó de lado el Código Civil y ordenó que un niño lleve dos apellidos paternos

La jueza de Familia de San Cristóbal Marisa Malvestiti destacó que «el amor no puede ser encasillado en la letra fría y textual de una norma».

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La jueza de familia Marisa Malvestiti dispuso que un niño de 9 años lleve dos apellidos paternos, además del de la madre y, por lo tanto, que no se aplique el artículo 558 del Código Civil y Comercial que establece que ninguna persona puede tener más de dos vínculos filiales.

El niño manifestó durante el juicio su deseo de llevar ambos apellidos y la jueza le dedicó una carta por “por ser tan valiente”, animarse a decir lo que siente, y “tener tanto amor en su corazón”. Remarcó que el amor filial «no puede ser encorsetado en la letra fría de una norma».

Malvestiti, titular del juzgado de Familia de San Cristóbal, resolvió una particular situación que se originó cuando el padre biológico del niño impugnó la filiación matrimonial, y reclamó ser reconocido legalmente para que el menor lleve su apellido, con quien tiene vínculo desde hace aproximadamente dos años.

Según la historia plasmada en el expediente, el niño había nacido fruto de una relación extramatrimonial. Cuando creció, la madre le confesó al padre de sangre sus dudas de que fuera su hijo y no de su marido, lo que fue confirmado mediante examen de ADN.

La voz del niño

Durante el proceso judicial el menor fue escuchado, y durante los encuentros con la jueza y sus asistentes manifestó querer mantener el apellido que tenía, y argumentó que a su padre socioafectivo lo seguía visitando. “Para mi es mí papá. Le sigo diciendo papá y él está contento con eso. Lo sigo queriendo igual”, expresó el niño de 9 años.

Además, recordó que en la escuela “todos” lo conocen así, con ese nombre, “mis amigos también. No quiero que eso cambie”.

Mirada amplia

Frente a esa realidad, la jueza decidió hacer uso de su potestad a resolver los conflictos familiares y sociales con una mirada amplia, y en el caso particular, dejó a un lado ley.

“Aplicar sin más las previsiones del artículo 558 del Código Civil y Comercial de la Nación, principalmente su último párrafo (prohíbe a las personas tener más de dos vínculos filiales cualquiera sea la naturaleza de la filiación), estaríamos obligándolo a que deje de tener a su papá socioafectivo para que sólo tenga a su papá biológico”, puntualizó la magistrada.

Es más, indicó que se estaría “recortando su derecho a vivir y disfrutar no sólo de su familia biológica, sino también de su familia afectiva, y de su identidad dinámica tal como él mismo la percibe y ha expresado, de su integridad personal, libertad de pensamiento y expresión, a tener un nombre y apellido con los que se sienta identificado”.

Fuente La Capital

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Camino al juicio: pedirán 13 años de prisión para un acusado de intento de homicidio en Sunchales

El fiscal Martín Castellano formuló su acusación en la audiencia preliminar. El hecho ocurrió en junio del año pasado y la víctima recibió un disparo en el rostro mientras caminaba con su pareja.

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Foto: Fiscal Martín Castellano

En los tribunales de Rafaela se desarrolló la audiencia preliminar por un grave hecho de violencia ocurrido en Sunchales, donde un hombre de 32 años —identificado por sus iniciales G. S. P.— será juzgado por intento de homicidio agravado por el uso de arma de fuego y portación ilegal.

Según la acusación presentada por el fiscal Martín Castellano, el episodio tuvo lugar el 13 de junio de 2024, alrededor de las 11:30, en calle Alem al 1300. La víctima caminaba junto a su novia adolescente cuando fue interceptada por el agresor, quien tras amenazarlos con un revólver les exigió sus pertenencias. Mientras el joven se quitaba la mochila, el atacante apuntó a la menor, la amenazó y luego disparó directamente al rostro del muchacho desde apenas medio metro de distancia.

El proyectil impactó, pero no logró causarle la muerte gracias a la rápida asistencia médica. Tras el ataque, el agresor huyó sin concretar el robo. El fiscal solicitó una pena de 13 años de prisión y pidió que se declare reincidente al acusado, debido a antecedentes condenatorios previos.

El juez Nicolás Stegmayer no formuló objeciones a la acusación y habilitó el desarrollo del juicio oral, que será unipersonal y contará con 15 testigos por parte del MPA y 6 por la Defensa. Resta que la Oficina de Gestión Judicial fije la fecha del debate.

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Judicial

Policía fue condenado por robarle la tarjeta de débito a un joven con discapacidad y extraer dinero en dos localidades del Departamento Garay

Un efectivo policial de 30 años fue condenado por la Justicia santafesina luego de comprobarse que sustrajo la tarjeta de débito de un joven con discapacidad y la utilizó en dos oportunidades para apropiarse de dinero de su cuenta bancaria.

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Foto: ilustrativa

El acusado, identificado como Miguel Ángel Albarracín, se desempeñaba en la Comisaría Tercera de Santa Rosa de Calchines, localidad ubicada en el departamento Garay, al momento de los hechos.

La sentencia fue dictada en el marco de un juicio oral llevado a cabo en los tribunales de la ciudad de Santa Fe, con la intervención del juez Pablo Busaniche, quien dispuso tres años de prisión en suspenso, inhabilitación por seis años para ejercer cargos públicos y el pago de una multa de 60.000 pesos. La investigación penal fue dirigida por el fiscal Ezequiel Hernández, quien manifestó su disconformidad con la modalidad de cumplimiento de la pena, ya que el Ministerio Público Fiscal había solicitado una condena de ejecución efectiva.

El hecho ocurrió el 9 de abril de 2024, cuando la víctima fue trasladada a la sede policial donde prestaba servicio Albarracín. Mientras era requisado e interrogado por otros efectivos, el imputado aprovechó la situación de vulnerabilidad del joven —quien por su condición de salud requería ayuda para operar su cuenta bancaria— y le sustrajo su tarjeta de débito junto con un papel que contenía las claves de acceso. Esa misma noche, el uniformado se dirigió a un cajero automático cercano y extrajo 10.000 pesos. Al día siguiente, repitió el accionar en la localidad de Cayastá, donde retiró otros 8.000 pesos de la misma cuenta.

De acuerdo con lo expuesto por la Fiscalía, “el joven víctima se encontraba privado de su libertad, en un estado de extrema vulnerabilidad, y fue víctima de una conducta abusiva por parte de quien debía protegerlo”. Además, se remarcó que el accionar de Albarracín “generó temor en el joven, quien ahora desconfía de los agentes del Estado”, y se subrayó el impacto negativo que este caso tuvo en la imagen de la Policía provincial.

La denuncia fue radicada semanas más tarde por la propia víctima en la Unidad Especial de Asuntos Internos de la Policía, lo que dio inicio a la investigación que culminó con la condena de Albarracín, hallado culpable de los delitos de hurto calificado (por su calidad de funcionario policial) y defraudación mediante el uso de tarjeta de débito hurtada, agravada por ánimo de lucro.

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Causa YPF: la Justicia de EE.UU. pide celulares de Luis Caputo y Sergio Massa

La magistrada de Nueva York, Loretta Preska, ordenó entregar los chats de funcionarios y exfuncionarios.

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Foto: El teléfono del ministro de Economía, uno de los que quiere la jueza Preska.

La batalla judicial por la expropiación de YPF en los tribunales de Nueva York sumó un nuevo capítulo de máxima tensión: mientras Argentina presentaba sus argumentos para evitar la entrega de acciones de la petrolera, la jueza Loretta Preska ordenó al país entregar el contenido de las comunicaciones de WhatsApp de funcionarios y exfuncionarios, incluyendo al actual ministro de Economía, Luis Caputo, y a su antecesor, Sergio Massa.

Según supo Noticias Argentinas, la orden se conoció después de que los abogados del Estado argentino presentaban un escrito ante la Corte de Apelaciones para sostener la suspensión del fallo de Preska que obliga a ceder el control de YPF.

En su presentación ante la Cámara de Apelaciones, Argentina advirtió que ejecutar la orden de entrega de las acciones de YPF «causaría un daño irreparable a la República» y «podría desatar un conflicto diplomático significativo» con Estados Unidos.

El escrito, al que tuvo acceso el experto Sebastián Maril, sostiene que la orden de Preska «vulnera la inmunidad de ejecución que protege los bienes de un Estado extranjero» y contradice la ley estadounidense, ya que las acciones de YPF se encuentran en territorio argentino.

Además, el Gobierno remarcó que el interés público se ve favorecido por la suspensión, ya que la ejecución del fallo afectaría a YPF, a sus accionistas y al pueblo argentino. Ahora, la Corte de Apelaciones deberá decidir en los próximos días si mantiene la orden de Preska o si hace lugar al pedido argentino de suspenderla durante todo el proceso de apelación.

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