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Jubilados deberán hacer un trámite obligatorio para tener medicamentos gratuitos
A partir de este mes, los jubilados afiliados a PAMI deberán completar un formulario obligatorio para mantener la cobertura total de medicamentos gratuitos
Desde marzo de 2025, los afiliados al Programa de Asistencia Médica Integral (PAMI) deberán completar un formulario obligatorio para acceder a la cobertura total de medicamentos gratuitos. Esta medida busca optimizar la distribución de recursos del organismo, asegurando que los beneficios lleguen a aquellos que realmente los necesiten. Además, el formulario incluirá la presentación de documentación que acredite la situación económica de los solicitantes, lo cual permitirá evitar abusos y la comercialización ilegal de los medicamentos.
A partir de este mes, quienes no presenten el formulario no podrán acceder a los medicamentos sin costo, lo que implica que todos los afiliados deberán cumplir con este nuevo requisito para mantener la cobertura completa. Según informó PAMI, este trámite tiene como objetivo establecer un mecanismo más eficiente y equitativo en la asignación de recursos, priorizando a los jubilados y pensionados con mayores necesidades económicas.
Requisitos para acceder a la cobertura total
El formulario está disponible en línea en la página oficial de PAMI y debe ser completado con información detallada sobre la situación personal y económica del afiliado. Entre los datos solicitados se encuentran:
Datos personales: Nombre completo, número de afiliado y datos de contacto.
Situación patrimonial: Los afiliados deberán declarar propiedades, vehículos y activos societarios. Además, deben cumplir con la condición de no tener cobertura de medicina prepaga ni poseer un automóvil de menos de 10 años de antigüedad.
Ingresos familiares: El solicitante debe presentar documentación que respalde sus ingresos. Los mismos no deben superar los 1,5 haberes previsionales mínimos. Sin embargo, si el hogar incluye personas con Certificado Único de Discapacidad (CUD), el límite se amplía a 3 haberes previsionales mínimos.
Condición de discapacidad: Si el solicitante convive con personas con discapacidad, debe adjuntar el CUD correspondiente.
Receta Electrónica: La medicación solicitada debe estar prescripta por un médico de PAMI, y debe incluir un diagnóstico detallado o la codificación CIE-10.
Según la normativa de PAMI, el envío del formulario y la documentación requerida es obligatorio para todos los afiliados que deseen continuar con la cobertura total de medicamentos. En los casos en los que se necesiten más de cuatro medicamentos bajo
Subsidio Social, el afiliado deberá presentar el formulario firmado por su médico en la agencia correspondiente, de forma presencial.
Cambios en la cobertura de medicamentos a partir de 2025
El trámite obligatorio no es el único cambio que introduce PAMI a partir de 2025. También se reducirá la cobertura total de algunos medicamentos. Esta decisión fue tomada con el objetivo de reasignar los recursos disponibles hacia medicamentos considerados más esenciales para el tratamiento de enfermedades crónicas y otras condiciones de salud críticas.
Entre los medicamentos que dejarán de tener cobertura total se encuentran los siguientes:
Ácido acetilsalicílico (antiagregante plaquetario)
Aciclovir (antiviral)
Benznidazol (tratamiento antiparasitario)
Betametasona (corticoide)
Fluoxetina (antidepresivo)
Tramadol y metadona (analgésicos para el dolor)
PAMI destacó que esta modificación permitirá que los fondos sean utilizados de manera más eficiente, destinándolos a los medicamentos que resultan esenciales para los tratamientos más urgentes y complejos. La nueva política busca evitar que los recursos se utilicen para medicamentos de bajo costo que pueden ser prescriptos en una mayor cantidad, pero que no son fundamentales para la salud de los jubilados y pensionados.
Optimización de los recursos y distribución equitativa
Con estas medidas, PAMI también pretende combatir el uso indebido de los medicamentos gratuitos y frenar su reventa en el mercado informal. Según el organismo, la implementación del formulario y la revisión de la cobertura de medicamentos responden a la necesidad de evitar que los recursos del programa sean mal utilizados. Para lograr este objetivo, se implementarán controles más estrictos en la asignación de medicamentos y la evaluación de las solicitudes.
El objetivo de estas medidas es asegurar una distribución equitativa de los medicamentos, priorizando a los afiliados más vulnerables, aquellos con menor capacidad económica y aquellos que padecen enfermedades crónicas o condiciones graves. El sistema de control establecido permitirá que los jubilados con mayores dificultades económicas mantengan su acceso a los medicamentos sin costo, sin que ello signifique un abuso del programa.
Impacto en los afiliados
PAMI explicó que los afiliados que no completen el formulario o no presenten la documentación requerida no podrán acceder a la cobertura total de medicamentos. Esto representa un cambio importante para los beneficiarios del programa, quienes ahora deberán cumplir con esta nueva normativa para seguir siendo parte del sistema de salud pública sin costo adicional.
Aunque el trámite no requiere un esfuerzo extraordinario por parte de los afiliados, sí implica un proceso de recopilación de documentación personal y económica, lo que podría ser un desafío para algunos jubilados, especialmente para aquellos con dificultades para acceder a la tecnología o para quienes no cuentan con los recursos necesarios para obtener los documentos solicitados.
Además, el hecho de que se elimine la cobertura total para algunos medicamentos podría generar preocupación entre los beneficiarios, quienes deberán adaptarse a la nueva lista de medicamentos cubiertos. Sin embargo, la decisión de PAMI responde a una necesidad de reorientar los fondos del programa hacia aquellos tratamientos que resulten más críticos para la salud de los afiliados.
Medidas a largo plazo
Estas reformas son parte de un plan integral para optimizar los recursos de PAMI a largo plazo, asegurando la sostenibilidad del programa en el tiempo. El organismo destacó que, con estas modificaciones, se busca fortalecer el acceso a la salud pública para quienes más lo necesitan, pero sin comprometer la estabilidad del sistema en su conjunto. Además, se fomentará la transparencia en la asignación de los beneficios, estableciendo un proceso más claro y justo para todos los afiliados.
El sistema implementado también permitirá que PAMI reciba datos más detallados sobre la situación de cada beneficiario, lo cual facilitará la identificación de aquellos que requieren atención médica urgente y aquellos que pueden prescindir de la cobertura gratuita de medicamentos. De esta forma, se pretende que los recursos sean destinados de manera más eficiente y que el programa siga funcionando correctamente en el futuro.
Fuente: Infobae
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ANMAT prohibió un insecticida, productos quirúrgicos y un purificador de agua por irregularidades
La ANMAT prohibió en todo el país la comercialización, distribución, uso y publicidad de tres tipos de productos que presentaban distintas irregularidades: un insecticida sin registro, insumos quirúrgicos presuntamente falsificados y un equipo de ósmosis inversa no autorizado.
La medida fue publicada este viernes en el Boletín Oficial mediante tres disposiciones que involucran a empresas vinculadas con Buenos Aires, Santa Fe y Salta.
Prohibieron un insecticida sin registro
Uno de los productos alcanzados por la medida es el insecticida líquido concentrado “Asesino X”, elaborado por una empresa ubicada en Ituzaingó, provincia de Buenos Aires.
La investigación se inició luego de que la Coordinación Regional de Inocuidad Salta-Jujuy del Senasa informara sobre su comercialización en Salvador Mazza.
Al revisar sus registros, la ANMAT constató que el producto no estaba inscripto como domisanitario. La empresa fue convocada y reconoció el remito relacionado con la venta, aunque intentó encuadrar al insecticida dentro de la categoría veterinaria.
El organismo rechazó esa interpretación debido a que el producto está destinado a ser utilizado sobre superficies inanimadas y no sobre animales.
Mediante la Disposición 4812/2026, la ANMAT prohibió en todo el territorio nacional el uso, la comercialización, la publicidad y la distribución de todos los lotes de “Asesino X”.
Además, ordenó iniciar un sumario sanitario contra la empresa elaboradora y su directora técnica.
Detectaron insumos quirúrgicos sin autorización
El segundo procedimiento se realizó en el depósito de una ortopedia de Santa Fe, durante una inspección del Servicio de Fiscalización de Cadena de Comercialización.
Los agentes encontraron tres modelos de puntas de shaver marca Smith & Nephew que no contaban con los datos de un importador registrado ni con el número de inscripción sanitaria requerido en Argentina.
También fueron detectados tornillos de interferencia y arpones identificados como “Vikingo”, que no tenían habilitación.
Entre los elementos observados apareció además un dispositivo Biomet con doble rotulado. Debajo de una etiqueta con una fecha de vencimiento vigente había otra correspondiente a un arpón vencido.
La empresa responsable de los productos Biomet informó que no había comercializado el lote inspeccionado. A partir de esa respuesta, la ANMAT determinó que el artículo era falsificado.
En otro caso, una compañía confirmó que uno de los arpones pertenecía a un lote original de su propiedad, aunque había sido manipulado por personas ajenas a la firma.
La Disposición 4888/2026 prohibió en todo el país el uso, la distribución y la comercialización de los productos intervenidos.
Además, se ordenó retirar del mercado el lote involucrado, realizar una denuncia penal y emitir una alerta dirigida a establecimientos, profesionales y usuarios.
También prohibieron un equipo de ósmosis inversa
El tercer caso involucró a una empresa distribuidora de agua potable con sede en La Plata, que ofrecía a través de su página web y plataformas de comercio electrónico un equipo de ósmosis inversa denominado “Hidrolit Romi 100”.
El producto era promocionado como un sistema para tratar agua de pozo con elevados niveles de salinidad.
A raíz de una denuncia, la ANMAT verificó que el equipo no contaba con registro sanitario.
La empresa tenía autorización como elaboradora y fraccionadora de dispositivos destinados al acondicionamiento de agua de red, pero esa habilitación no incluía al equipo comercializado.
Por medio de la Disposición 4932/2026, el organismo prohibió la venta, el uso, la distribución y la publicidad del “Hidrolit Romi 100” en todo el país, incluyendo su comercialización a través de plataformas digitales.
La prohibición continuará hasta que la empresa tramite y obtenga la inscripción correspondiente. También se inició un sumario sanitario contra la firma y la persona responsable de su dirección técnica.
Un antecedente de 2019
La empresa ya había sido alcanzada por una medida similar en 2019, cuando las autoridades prohibieron la comercialización de una botella de hidratación que tampoco contaba con registro de la ANMAT.
Aquella medida también había sido publicada en el Boletín Oficial.
Con información de Contexto Tucumán
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Destituyeron a la intendenta interina de Villa Santa Cruz del Lago y permanece en el municipio
El Concejo Deliberante resolvió por unanimidad desplazar a Mabel Andrea Romanutti, quien se niega a dejar el cargo y permanece dentro del edificio municipal. El conflicto podría terminar en la Justicia.
Una crisis institucional se desató en Villa Santa Cruz del Lago, Córdoba, luego de que el Concejo Deliberante resolviera por unanimidad apartar del cargo a la intendenta interina Mabel Andrea Romanutti.
La funcionaria rechazó la decisión y permanece dentro de la sede municipal desde el jueves, mientras los concejales intentan encontrar una salida al conflicto.
Cómo comenzó el conflicto
La situación se originó a fines de 2025, cuando el intendente Omar De Giovanni solicitó una licencia por motivos de salud.
El Concejo Deliberante aprobó inicialmente un permiso de 60 días y Romanutti, quien en ese momento era presidenta del cuerpo legislativo, quedó al frente del Ejecutivo municipal desde el 12 de diciembre, en el marco de lo establecido por el artículo 43 de la Ley Orgánica Municipal 8.102.
Una vez vencido ese período, De Giovanni extendió su licencia y Romanutti continuó ejerciendo la intendencia de manera interina.
El Concejo resolvió desplazarla
Con el paso del tiempo, el Concejo Deliberante consideró que Romanutti no debía continuar al frente del municipio y aprobó su salida mediante una votación unánime.
Sin embargo, la funcionaria rechazó la medida y decidió permanecer dentro del edificio municipal.
Por estas horas, los concejales mantienen una instancia de diálogo para intentar convencerla de que abandone el lugar y acate la resolución.
El conflicto podría llegar a la Justicia
En el municipio hay presencia policial, aunque hasta el momento no se informó oficialmente que exista una orden para desalojar a Romanutti por la fuerza.
El Concejo Deliberante ya emitió la resolución correspondiente y sostiene que debe ser cumplida.
Si la intendenta interina mantiene su postura, el conflicto podría trasladarse al ámbito judicial, donde deberá definirse cómo continúa la situación institucional de Villa Santa Cruz del Lago.
Con información de Cadena 3
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Siete prepagas fueron dadas de baja del registro oficial: ya son 15 las excluidas en 2026
La Superintendencia de Servicios de Salud confirmó nuevas exclusiones del Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga. Además, otras 55 entidades permanecen bajo un proceso de baja y fueron intimadas a regularizar su situación.
La Superintendencia de Servicios de Salud confirmó la exclusión de otras siete empresas del Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP). Con estas nuevas bajas, ya son 15 las entidades excluidas durante 2026.
La medida forma parte del proceso de reordenamiento que lleva adelante el organismo para depurar el registro y retirar a aquellas empresas que no cumplen con los requisitos establecidos por la Ley N° 26.682, que regula la actividad de medicina prepaga en Argentina.
En paralelo, otras 55 entidades continúan en proceso de baja. Según informó la Superintendencia, fueron notificadas e intimadas para que regularicen su situación y presenten la documentación correspondiente.
Las siete prepagas excluidas esta semana
Las últimas bajas fueron formalizadas entre el 5 y el 6 de agosto mediante resoluciones publicadas en el Boletín Oficial.
Las cuatro entidades excluidas el miércoles 5 de agosto fueron:
- IE Emergencias Médicas Bolívar S.A.
- Plural Cooperativa de Crédito, Consumo y Vivienda Ltda. (Pluralcoop)
- Asociación Mutual del Personal del Ministerio de Educación y Justicia de la Nación
- MAPFRE Salud S.A.
La Superintendencia rechazó las solicitudes de inscripción definitiva y dejó sin efecto las inscripciones provisorias que estas entidades mantenían dentro del RNEMP.
Las decisiones quedaron establecidas mediante las Resoluciones 1367, 1368, 1369 y 1370 de 2026. En los cuatro casos, el organismo determinó que las entidades no desarrollaban actividades comprendidas dentro de la Ley de Medicina Prepaga.
Un día después se sumaron otras tres empresas:
- Grupo Gerenciador G4 S.A.
- Emergencias Médicas Punilla S.A.
- Emergencias Río Cuarto S.R.L.
En estos casos también se había solicitado previamente la documentación correspondiente, pero las empresas no respondieron a las intimaciones realizadas por el organismo.
El listado completo de las 15 entidades excluidas en 2026
Con las nuevas resoluciones, las empresas excluidas del RNEMP durante este año son:
- Austral Organización Médica Integral S.A.
- Carra Salud S.A.
- Codime S.A.
- Pangea S.A.
- Rescate Centro S.A.
- Asociación Gremial de Empleados de Comercio de Córdoba.
- Asociación Mutual Integral de Consumos y Servicios.
- Asociación Mutual Bs. As. Staff de Medicina y Servicios.
- IE Emergencias Médicas Bolívar S.A.
- Plural Cooperativa de Crédito, Consumo y Vivienda Ltda. (Pluralcoop).
- Asociación Mutual del Personal del Ministerio de Educación y Justicia de la Nación.
- MAPFRE Salud S.A.
- Grupo Gerenciador G4 S.A.
- Emergencias Médicas Punilla S.A.
- Emergencias Río Cuarto S.R.L.
Una parte importante de estas entidades contaba con inscripción provisoria en el registro. Esa condición les permitía operar mientras avanzaban con el trámite de inscripción definitiva.
De acuerdo con lo informado, al no presentar la documentación requerida o no acreditar que desarrollaban actividades alcanzadas por la normativa de medicina prepaga, se dispuso su exclusión del registro.
También hay tres obras sociales en proceso de baja
El reordenamiento también alcanza al sistema de obras sociales. Durante 2026, la Superintendencia inició el procedimiento de baja de tres agentes del seguro de salud:
- Obra Social del Personal de la Industria Botonera.
- Obra Social del Personal de la Industria del Fósforo, Encendido y Afines (OSPIF).
- Obra Social de la Federación de Cámaras y Centros Zonales de la República Argentina (Fedecámaras).
En el caso de las dos primeras, sus afiliados ya fueron reasignados mediante sorteo a otras entidades.
El proceso de reorganización del sistema continúa con 15 prepagas excluidas, otras 55 en proceso de baja y tres obras sociales en vías de exclusión, según los datos difundidos por la Superintendencia de Servicios de Salud.
Fuente: iProfesional
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