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La AFIP aclaró que la adhesión al blanqueo de monotributistas no implica exclusión ni recategorización

El organismo tributario aportó nuevas precisiones sobre el Régimen de Regularización de Activos.

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Foto: Archivo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó nuevos aspectos del blanqueo, entre los que aclaró que la adhesión al mismo de monotributistas no implica su exclusión o recategorización.

Las adecuaciones del Régimen de Regularización de Activos por parte del organismo, que fueron comunicadas mediante la Resolución General 5561/2024 publicada este martes en el Boletín Oficial, están vinculadas a los monotributistas, a la regularización de obras sobre inmuebles y a los bienes de cambio y otros.

Monotributo

En lo que respecta a los monotributistas, la norma dispuso modificar la Resolución General N° 5.528 y su modificatoria, incorporando un último párrafo al artículo 20, para especificar el los efectos de la regularización para los pequeños contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado.

El apartado aclaratorio precisó que “con relación a los sujetos que se encuentren adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), la tenencia declarada voluntariamente en el marco del presente Régimen no deberá ser tenida en cuenta como antecedente a los fines de la exclusión o recategorización del pequeño contribuyente declarante respecto de los períodos anteriores a dicha declaración”.

Mejoras sobre Inmuebles y obras en construcción

En cuanto a las precisiones vinculadas a las mejoras sobre Inmuebles, se dispuso que como requisito para acreditar la titularidad se deberá presentar la escritura traslativa de dominio, o en su defecto, será válido un boleto de compraventa con posesión u otro compromiso similar con certificación notarial, siempre que se haya entregado la posesión antes del 31 de diciembre de 2023.

Además, el texto oficial puntualizó que “adicionalmente, se deberá aportar boleta o reflejo de pantalla o constancia web, emitida por las administraciones tributarias correspondientes, de la que surja la valuación fiscal a los efectos del pago del impuesto inmobiliario o tributos similares”.

En tanto que para acreditar la valuación de las obras y mejoras se deberán adjuntar, facturas o documentos equivalentes que respalden las inversiones realizadas y/o informe técnico de un profesional que certifique la valoración de las mejoras y/o certificado de avance de obra y/o contrato de locación de obra.

Bienes de cambio y otros bienes

La titularidad de los bienes de cambio, bienes en proceso de producción y bienes terminados al 31 de diciembre de 2023, por su parte, se estipuló que se acreditará mediante factura de compra o documento equivalente específico de la actividad, contratos relacionados con la adquisición de los bienes o cualquier otro medio fehaciente que demuestre la titularidad, con detalles que incluyan la descripción y cantidad de los bienes.

Por otro parte, se determinó que la valuación se acreditará mediante la documentación mencionada anteriormente y otros documentos, como pólizas de seguro que contengan la valuación de los bienes, sitios web de compra-venta de bienes que indiquen el valor de mercado y/o valoraciones realizadas por profesionales expertos, como martilleros o rematadores.

Desde el organismo que conduce Florencia Misrahi sostuvieron que “estas modificaciones buscan optimizar la operatividad del régimen y ofrecer mayor claridad a los contribuyentes interesados en regularizar sus activos”.

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La trágica muerte de un intendente cordobés: se estrelló con su avioneta en un campo

El intendente de Villa Reducción, Jorge Grazziano, murió en un accidente aéreo. La avioneta que piloteaba se estrelló en un campo cerca de Villa Mercedes.

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Foto: La trágica muerte de un intendente cordobés: se estrelló con su avioneta en un campo - NA

El intendente de la localidad cordobesa de Villa Reducción, Jorge Grazziano, murió al estrellarse su avioneta en un campo privado cerca de la ciudad puntana de Villa Mercedes.

De acuerdo a la información del portal del Diario La República, la aeronave cayó durante el mediodía de este martes en un predio conocido como Don Pancho, ubicado a la altura del kilómetro 672 de la autopista de las Serranías Puntanas, próximo a Justo Daract.

Los investigadores indicaron que el viaje era “experimental” y pertenecía al jefe comunal fallecido, al tiempo que la Justicia Federal investiga las circunstancias del hecho.

Personal de Defensa Civil, oficiales de la Policía provincial y Bomberos Voluntarios de Villa Mercedes realizaban peritajes en el lugar donde ocurrió el accidente de la avioneta modelo Bristell Clasic, cuya matrícula es LV-X917.

Grazziano era el intendente de Villa Reducción, un municipio que se encuentra situado en el departamento Juárez Celman, al sur de la provincia de Córdoba, en tanto que limita con Río Cuarto.

El gobernador Martín Llaryora manifestó su sentido pésame por la tragedia en sus redes sociales: “Quiero hacer llegar mis condolencias más sinceras a la familia, amistades y vecino de Jorge ‘Cacho’ Grazziano, quien será recordado por su incansable labor al frente del municipio”.

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ARCA reglamentó la compra de productos fabricados en Tierra Del Fuego a precios más bajos

ARCA oficializó la reglamentación del nuevo régimen simplificado para la importación de pequeños envíos desde el Área Aduanera Especial de Tierra del Fuego

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Foto: ARCA reglamentó la compra de productos fabricados en Tierra Del Fuego a precios más bajos

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó la reglamentación del nuevo régimen simplificado para la importación de pequeños envíos desde el Área Aduanera Especial de Tierra del Fuego, con precios más bajos.

Así lo establece la Resolución General 5727/2025 publicada este martes en el Boletín Oficial.

La nueva reglamentación, firmada por el director ejecutivo Juan Alberto Pazo, afecta tanto a las empresas radicadas en Tierra del Fuego como a los consumidores individuales en el territorio continental argentino.

Compra de productos fabricados en Tierra Del Fuego a precios más bajos

El régimen, reglamentado en cumplimiento del Decreto 334/2025, permite a las empresas industriales de Tierra del Fuego vender productos al por menor a personas físicas residentes en el continente, exclusivamente para uso y consumo personal, prohibiendo su comercialización posterior.

Cada persona podrá adquirir hasta tres unidades de la misma especie por año calendario, con un tope de 3.000 dólares estadounidenses por envío. El valor se calculará según el tipo de cambio vendedor del Banco Nación al cierre del día hábil anterior a la compra.

La resolución establece que las empresas interesadas deberán habilitar un sistema de venta online, conforme a los lineamientos detallados en el anexo de la norma.

Las mercaderías incluidas en el régimen serán las determinadas por la Resolución 286/2025 de la Secretaría de Industria y Comercio, y deberán cumplir con los procedimientos de acreditación de origen previstos en la normativa vigente. Si se detectan productos sin la debida acreditación de origen, el servicio aduanero aplicará los tributos correspondientes.

La lista de productos habilitados incluye una amplia gama de artículos electrónicos y electrodomésticos, como televisores, notebooks, tablets, equipos de audio, cámaras digitales, aire acondicionado, lavarropas, microondas, aspiradoras, cafeteras, radios, receptores de televisión, y consolas de videojuegos, entre otros. Cada producto cuenta con un código específico para su identificación en el sistema.

El texto oficial aclara que «las compras que se efectúen al amparo del régimen simplificado de importación de pequeños envíos creado por el Decreto Nº 334/25 gozarán de las exenciones tributarias establecidas en la Ley N° 19.640, incluido el Impuesto al Valor Agregado». Además, las mercaderías adquiridas bajo este régimen quedan exceptuadas del sistema de identificación previsto en la Resolución General 5.581.

La Dirección General de Aduanas tendrá la facultad de modificar las disposiciones del anexo de la resolución y de actualizar los códigos de mercaderías, informando los cambios a través del micrositio «Pequeño Envío AAE» en el portal de ARCA. El servicio aduanero podrá realizar controles ex post para fiscalizar el cumplimiento de los requisitos del régimen.

La Resolución General subraya que «las personas humanas radicadas en el territorio nacional continental podrán adquirir bajo el mencionado régimen simplificado de importación hasta un máximo de 3 unidades de la misma especie por año calendario por destinatario, con un límite de valor FOB de U$S 3.000 por cada envío/orden de compra».

La medida responde a la necesidad de facilitar y reducir las cargas administrativas y de costos en el comercio entre Tierra del Fuego y el resto del país, en línea con los objetivos históricos de la Ley 19.640, que otorga un régimen fiscal y aduanero especial a la provincia más austral.

La Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, designada como autoridad de aplicación, determinará las mercaderías habilitadas para este régimen. La resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial, y su implementación se ajustará al cronograma que ARCA difundirá en su sitio web.

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La ANMAT prohibió la venta de una pasta dental de Colgate tras reportarse efectos adversos

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) informó la prohibición del uso, distribución y comercialización de una crema dental de marca Colgate.

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Foto: La ANMAT prohibió la venta de una pasta dental de Colgate tras reportarse efectos adversos

La medida fue comunicada en el Boletín Oficial a través de la Disposición 5126/2025. Según explicó ANMAT, se adoptó tras haber recibido reportes de eventos adversos por parte de personas usuarias del país, además de antecedentes que surgieron de las autoridades sanitarias brasileñas.

“La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) estableció hoy la prohibición del uso, distribución y comercialización de la crema dental anti-caries con fluor Colgate Total Clean Mint y ordenó su retiro del mercado a la empresa Colgate-Palmolive Argentina S.A”, informaron desde el organismo en un comunicado.

Según detalla el documento, “esta medida obedece al creciente número de eventos adversos reportados por consumidores argentinos” tras el uso de la mencionada crema dental: “Al día de la fecha arriban a 19 (diecinueve) casos recabados por la empresa Colgate Palmolive Argentina SA (hasta el 7 de julio de 2025) y dos casos recibidos por Cosmetovigilancia de la ANMAT (hasta 15 de julio de 2025)”.

Desde la entidad precisaron que hay un elevado número de supuestos hechos de eventos adversos asociados al uso del producto, “recibidos por parte de la empresa en Brasil, el que, de acuerdo a lo informado por la misma compañía, arribaría a 11.441 casos”, en un período que va desde su lanzamiento en julio de 2024 hasta el 18 de junio de 2025.

Frente a este panorama, las autoridades brasileñas ya habían actuado. La ANVISA, su equivalente sanitario, inició investigaciones y la propia empresa llevó adelante el retiro voluntario de todas las unidades en ese país. En línea con esas acciones, ANMAT decidió aplicar la misma medida en Argentina.

Cabe recordar que el pasado 13 de junio, ANMAT ya había instado a la población a reportar cualquier efecto adverso vinculado al uso de cremas dentales. A partir de entonces, comenzó a recibir reportes que incluían síntomas como “irritación e inflamación del tejido de la cavidad oral, tales como ampollas, aftas, ardor, hinchazón y dolor, entre otros”, según indicó el organismo.

Mientras tanto, continúa el monitoreo activo sobre este tipo de productos. El organismo sanitario nacional recordó que cualquier persona que haya experimentado un efecto adverso durante o después del uso de una crema dental puede reportarlo. Para hacerlo, se debe completar el formulario de cosmetovigilancia disponible en su sitio web, o enviar una notificación vía correo electrónico a cosmeto.vigilancia@anmat.gob.ar.

En el comunicado del 13 de junio, el organismo había divulgado que ANVISA “comunicó la recepción de un elevado número de reportes de eventos adversos asociados al uso de pastas dentales con fluoruro de estaño como ingrediente activo”.

De acuerdo con lo detallado por ANVISA, todos los eventos reportados fueron de carácter reversible. Se trató de efectos temporarios vinculados, en su mayoría, a molestias localizadas como dolor en la boca, lengua, encías y labios, úlceras bucales, heridas en la mucosa oral, ardor y sensaciones de quemazón, así como hinchazón en distintas zonas de la cavidad oral.

ANMAT señaló que algunas pastas dentales disponibles en el país contienen fluoruro de estaño como agente anticaries. Este ingrediente, indicaron, “se encuentra autorizado y cuenta con un historial de uso seguro en cosméticos de sesenta años”.

Las autoridades de Brasil reportaron efectos reversibles en los casos asociados al uso de pastas dentales con fluoruro de estaño, entre ellos ardor, úlceras bucales, heridas en la mucosa oral,

Además, remarcaron que otras agencias regulatorias de referencia, como la FDA en Estados Unidos y la Comisión Europea, también lo autorizaron para su uso en productos de higiene bucal.

El reporte de ANVISA, en Brasil, había planteado que las pastas dentales, “también conocidas como dentífricos, son productos de higiene bucal de venta libre. Cuando se usan correctamente, ayudan a mantener los dientes limpios y sanos. Las formuladas con fluoruro de estaño tienen reconocidas propiedades antimicrobianas y anticaries”. No obstante, la agencia de aquel país llamó a reportar reacciones adversas a estos productos.

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