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La ANMAT prohibió un aceite de oliva, una miel y un agua
A través de tres disposiciones, el organismo determinó que los tres productos cometían infracciones sanitarias.
A través de tres Disposiciones, publicadas este martes en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este martes la elaboración y comercialización en el país de un aceite de oliva, una de miel y un agua. Los tres productos cometían infracciones a la normativa sanitaria.
En primer lugar, a través de la Disposición Nº1031/2022 se prohibió “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional” del aceite de oliva extra virgen marca “Los Olivos”, RNPA N° 13007137, elaborado y envasado por RNE N° 12001875, Sierras de Córdoba.
El producto carecía “de autorización de establecimiento y de producto”, y estaba “falsamente rotulado al consignar en su rotulo un número de RNE y de RNPA inexistentes”, por lo que resultó ser “ilegal”.
El organismo ordenó retirar del mercado “todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE N° 13529821 y RNPA N° 13938214 por ser productos falsamente rotulados”. Sus números eran “inexistentes, resultando ser en consecuencia ilegales”.
Asimismo, la ANMAT ordenó detener “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional” de la “Miel de Monte y Multifloral”, marca Néctar Serrano, elaborada por David Medina Ibarbalz N° 1181.
El organismo determinó que el envase carecía “de registros sanitarios” y no indicaba la leyenda: “No suministrar a niños menores de 1 año”, resultando ser “un producto ilegal”.
A raíz de que el Departamento de Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza informó las acciones realizadas en el marco de la investigación de una denuncia en relación a la comercialización de la miel, la Dirección de Inspección General y Fiscalización de la Municipalidad de Godoy Cruz, en Mendoza, “verificó la comercialización del producto, retirándose un total de 12 envases” y se armó “un informe de ensayo elaborado por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) solicitado por el Consejo Asesor Apícola”.
La Dirección de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba “emitió el informe de laboratorio que expresaba que el valor de hidroximetilfurfural se encontraba por encima del valor permitido en el CAA, asimismo el informe de rotulación concluyó no conforme dado que el producto si bien presentaba registros de habilitación municipal de Córdoba, no contaba con registro de RNE ni RNPA, por ello, el producto no puede comercializarse fuera del a municipalidad de Córdoba y además no declaraba la leyenda ‘No suministrar a niños menores de 1 año’”.
Por último, el “Agua de mar, 100% pura” de la empresa “Biendemar”, envasada en la localidad bonaerense de Villa Gesell, tenía el “logo de alimento libre de gluten” fue retirada del mercado y de las plataformas de venta en línea.
La bebida carecía “de registros sanitarios” y contenía el logo de «Alimento Libre de Gluten», sin estar autorizado, resultando ser un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal.
Fuente: Minuto Uno
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🚨 Escándalo en el Tren San Martín: denuncian a mujer que le dio cerveza a su bebé
Un video que se viralizó en redes sociales generó una fuerte reacción en Buenos Aires: se observa a una mujer suministrándole cerveza a su bebé mientras viajaban en el Tren San Martín, provocando indignación generalizada.
El Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, presentó una denuncia penal y dio intervención a los organismos de protección competentes tanto de la provincia de Buenos Aires como de la Ciudad, para identificar a la madre y garantizar la seguridad de la niña.
⚠️ Detalles del hecho
En las imágenes que circulan, se ve a la bebé en brazos de la mujer, tomando alcohol directamente de la lata.
El objetivo de la denuncia es que se investigue si los hechos podrían configurar delitos de acción pública y, sobre todo, adoptar medidas urgentes de protección para resguardar la integridad física y la salud de la niña.
El Ministerio recordó su compromiso con la protección de los derechos de niños y adolescentes y destacó la coordinación entre distintos niveles de gobierno para responder rápidamente ante situaciones de riesgo.
Por Móvil Quique con información de NA
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⛪💥 Polémica en Corrientes: pareja trans se casó en iglesia católica y el Arzobispado anuló la boda
Un casamiento celebrado en una parroquia de Corrientes desató una fuerte controversia religiosa e institucional.
El Arzobispado local anunció que declarará nulo “ipso facto” el matrimonio de una pareja trans celebrado el 28 de enero y advirtió que el sacerdote que ofició la ceremonia podría enfrentar sanciones canónicas.
La boda se realizó en la parroquia Nuestra Señora de Pompeya, y fue encabezada por el fray Fernando Luis Gómez. Tras la polémica, el religioso dejó la provincia por recomendación de sus superiores.
📌 Qué pasó
La pareja —Solange Ayala e Isaías Díaz Núñez— celebró el sacramento tras mantener reuniones previas con el sacerdote. Según relataron, el proceso se llevó adelante como cualquier otro trámite matrimonial.
Sin embargo, el Arzobispado de Corrientes sostuvo que no recibió la documentación eclesiástica correspondiente ni se habrían cumplido las formalidades requeridas por el Derecho Canónico.
El arzobispo José Adolfo Larregaín explicó que, al no cumplirse los requisitos de “materia y forma” exigidos por la Iglesia, el matrimonio se considera inválido automáticamente.
⚖️ La postura oficial de la Iglesia
Desde la Arquidiócesis remarcaron que:
- El matrimonio sacramental requiere condiciones canónicas esenciales.
- La omisión de estos requisitos puede generar confusión entre los fieles.
- La Iglesia recibe a todas las personas, pero eso no implica administrar sacramentos fuera de las normas vigentes.
También recordaron la declaración Fiducia Supplicans impulsada por el papa Papa Francisco, que permite bendiciones pastorales a parejas en situaciones irregulares, pero no habilita matrimonios sacramentales fuera de los parámetros establecidos.
🏛️ Debate legal y religioso
En Argentina, el matrimonio civil entre personas trans está amparado por la Ley de Matrimonio Igualitario y la Ley de Identidad de Género.
No obstante, para la Iglesia Católica, el matrimonio se rige por el Derecho Canónico, que lo define como la unión entre un varón y una mujer en términos biológicos.
Un abogado especializado en Derecho Canónico sostuvo que, desde su perspectiva, se habrían cumplido los requisitos civiles y eclesiásticos, lo que agrega más tensión al caso.
🔎 Qué puede pasar ahora
El Arzobispado analiza posibles medidas disciplinarias formales contra el sacerdote que ofició la ceremonia, mientras la parroquia adelantó que reforzará los controles y entrevistas previas para evitar situaciones similares.
El caso reabrió el debate sobre los límites entre el derecho civil y la normativa interna de la Iglesia, y generó repercusión tanto en ámbitos religiosos como en sectores vinculados a los derechos de género.
Por Móvil Quique con información de La Nación
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🚨 Golpe al sector farmacéutico: la ANMAT dio de baja a más de 60 droguerías y laboratorios en todo el país
En una decisión que sacudió al ámbito sanitario, la ANMAT canceló las habilitaciones de más de sesenta droguerías, laboratorios y distribuidores de medicamentos por tener certificados vencidos.
La medida fue oficializada mediante la Disposición 694/2026, publicada en el Boletín Oficial, y ordena la eliminación de los legajos de las firmas afectadas.
📌 ¿Por qué se tomó la medida?
El organismo detectó que los establecimientos involucrados no contaban con certificados vigentes de Buenas Prácticas exigidos para el tránsito interjurisdiccional de medicamentos.
Según la normativa vigente:
- El Certificado de Buenas Prácticas de Distribución tiene una vigencia de cinco años.
- La renovación debe solicitarse al menos 60 días hábiles antes del vencimiento.
- Si el trámite se presenta en término, se puede seguir operando hasta que se resuelva.
👉 Ninguna de las firmas alcanzadas cumplía con ese requisito.
💊 Empresas alcanzadas
Dentro del listado oficial figuran droguerías como:
- Droguería Menon
- Droguería Surmedic
- Droguería Popular
- Droguería Laboratorios Bellandi y Barreras S.R.L.
También aparecen distribuidoras como:
- Distrimen S.A.
- Logística Médica S.R.L.
Y laboratorios como:
- Biosidus Farma S.A.
El detalle completo se encuentra en el anexo de la disposición oficial.
⚖️ Marco legal
La decisión se sustenta en la Ley 16.463, que establece que toda actividad vinculada a la producción, fraccionamiento, comercialización o distribución de medicamentos debe contar con autorización sanitaria previa y supervisión técnica profesional.
Además, la normativa del MERCOSUR incorporada al derecho argentino exige el cumplimiento de Buenas Prácticas de Productos Farmacéuticos para garantizar la seguridad y la salud pública.
🔎 Antecedentes recientes
La semana pasada el organismo ya había adoptado medidas similares contra:
- Inmunolab S.A.
- Cerium S.A.
- Laboratorios Gordon S.A.C.I.F.I.A.
En esos casos se detectaron certificados vencidos, falta de dirección técnica y ausencia de actividad comercial, entre otras irregularidades.
🏥 Qué implica esta decisión
Desde la ANMAT remarcaron que el objetivo es resguardar la calidad, seguridad y trazabilidad de los medicamentos que circulan en el país.
La medida no implica necesariamente un riesgo inmediato para la población, pero sí marca un endurecimiento en los controles sanitarios y en el cumplimiento de los requisitos regulatorios.
Por Móvil Quique con información de Infobae
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