Salud
Quienes ingresen a la provincia deben contar con un hisopado negativo, realizado en menos de 72hs
El decreto Nº 647/20 también establece que la policía de la provincia podrá intervenir para garantizar el correcto cumplimiento de protocolos y actividades habilitadas.
El gobernador de la provincia, Omar Perotti, firmó el decreto Nº 647/20 mediante el cual establece que, a partir de las cero horas del 27 de julio «las personas que ingresen al territorio de la provincia, sin residir en el mismo, provenientes de zonas donde se mantiene la medida de ‘aislamiento social, preventivo y obligatorio'», por contar con circulación local del coronavirus definido por el Ministerio de Salud de la Nación, deberán circular con «un hisopado o testeo de resultado negativo», de antigüedad no superior a 72 horas, que «deberán acreditar a simple requerimiento de las autoridades competentes, junto con la demás documentación habilitante para circular». Esto «no exime del cumplimiento de las medidas dispuestas por el Decreto N° 0543/20; en particular observar el aislamiento social, preventivo y obligatorio».
Asimismo, la norma determina que «la autoridad policial que reciba una denuncia, o verifique por sí misma, cualquiera de las conductas que se detallan a continuación procederá «adoptando las medidas necesarias a los fines de evitar su prosecución y colocar a disposición de la autoridad judicial a los autores y elementos utilizados» (conforme al Artículo 47 del Libro II — Título IV de la Ley N° 10703, sustituido por la Ley N° 13774, y concordantes):
1. Incumplimiento del uso de elementos de protección de nariz, boca y mentón, correctamente colocados, conforme a lo dispuesto por los Decretos Nros. 0347/20 y 0348/20. También se procederá a actuar de idéntico modo en relación con quienes no garantizaren el cumplimiento de la obligación al realizar las actividades habilitadas en las que resulten exigibles.
2. Incumplimiento del límite horario y de días habilitados para actividades, o del factor de ocupación de los espacios habilitados
3. Omisión por parte de los empleadores de la provisión a las personas a su servicio de equipos de protección personal, incumplimiento del control de los síntomas del coronavirus COVID-19 al ingreso a las instalaciones, o de la debida higienización de herramientas y maquinaria; según los protocolos vigentes.
4. Incumplimiento de las medidas de limpieza, sanitización y ventilación adecuada de ambientes, conforme los protocolos para cada actividad. Desarrollar actividades deportivas no permitidas o sin adoptar las medidas adecuadas conforme los protocolos específicos.
6. Tomar intervención, con cualquier carácter, en reuniones familiares o con vínculos afectivos o en celebraciones religiosas en las que participen más personas que las autorizadas o en días no autorizados, o utilizar espacios públicos no habilitados para las mismas.
7. Realizar actividades prohibidas conforme a lo dispuesto por el artículo 9° del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 605/20, o norma similar que lo sustituya en el futuro.
8. Ingresar al territorio de la Provincia desde otra jurisdicción sin el Certificado de Circulación correspondiente, evadir los controles sanitarios y de circulación en rutas o incumplir con las indicaciones epidemiológicas de realización de testeos cuando fueran requeridas por equipos de salud, en idénticas circunstancias.
9. Ocultamiento de información o de síntomas sospechosos de coronavirus COVID-1 9.
10. Incumplimiento del aislamiento sanitario estricto de 14 días por parte de los que ingresen a la Provincia provenientes de zonas donde se mantiene la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, definidas como de circulación local del coronavirus por el Ministerio de Salud de la Nación, conforme a lo dispuesto por el Decreto N° 0543/20.
11. Incumplimiento de las medidas de aislamiento sanitario dispuestas por la autoridad competente, o participación en actividades restringidas de acuerdo a lo establecido en los Decretos Nros. 0543/20 y 0554/20.
Finalmente, el decreto insta a las autoridades municipales y comunales «a prestar su colaboración a los fines de la constatación de las situaciones identificadas en el artículo precedente».
Fuente: Gobierno de Santa Fe
Salud
💉 Santa Fe arrancó la campaña de vacunación antigripal 2026: cronograma y grupos prioritarios
El Ministerio de Salud de Santa Fe inició la campaña de vacunación antigripal 2026, que se desarrollará de manera progresiva y dinámica en toda la provincia. El objetivo es inmunizar a más de 810.000 personas de los grupos de riesgo.
El operativo comenzó en el Policlínico Centenario de Santa Fe, con la vacunación del personal de salud y de trabajadores y residentes de instituciones geriátricas, considerados los grupos prioritarios.
La secretaria de Salud, Andrea Uboldi, destacó que la provincia está “muy adelantada con respecto a la vacunación antigripal”, vinculando este avance con la situación epidemiológica internacional.
La distribución de dosis será por tandas, por lo que se pidió paciencia a quienes deban vacunarse en próximas etapas.
Grupos prioritarios de esta campaña:
- Niños de 6 a 24 meses
- Embarazadas en cualquier trimestre
- Puérperas, dentro de los primeros 10 días tras el parto
- Personas de 2 a 64 años con enfermedades crónicas (cardiopatías, diabetes, obesidad)
- Adultos mayores de 65 años
- Residentes de instituciones de estadía prolongada
La vacuna es gratuita para los grupos contemplados, no requiere orden médica, y puede aplicarse junto con otras vacunas del Calendario Nacional. Las dosis estarán disponibles en hospitales, centros de salud y vacunatorios.
Además, la campaña incluye trabajo conjunto con IAPOS, PAMI y el Colegio de Farmacéuticos de Santa Fe, permitiendo que quienes tengan cobertura puedan vacunarse en farmacias habilitadas.
Por Móvil Quique con información de Uno de Santa Fe
Salud
💉 Santa Fe inicia la campaña de vacunación antigripal: quiénes deben aplicarse la dosis desde el 10 de marzo
La provincia de Santa Fe pondrá en marcha el próximo 10 de marzo la campaña de vacunación contra la gripe, una medida clave para reducir hospitalizaciones, complicaciones y muertes por influenza entre los grupos de mayor riesgo.
La ministra de Salud provincial, Silvia Ciancio, confirmó que las dosis ya fueron distribuidas en toda la provincia y destacó la importancia de la vacunación temprana:
“Es fundamental poder vacunar durante el mes de marzo para que, cuando llegue el invierno, las personas que integran los grupos de riesgo ya estén inmunizadas”.
👩⚕️ Cómo se implementará la campaña
Según la responsable del Programa Ampliado de Inmunizaciones, Gabriela Clementz, las primeras dosis se aplicarán a personal sanitario y residentes de instituciones geriátricas, y luego se ampliará al resto de la población priorizada.
La vacunación estará disponible en hospitales, centros de salud y farmacias, para afiliados de IAPOS y PAMI, con registro digital de cada dosis aplicado para garantizar trazabilidad y seguimiento en todo el territorio.
🎯 Población prioritaria
Un total de 810.000 santafesinos forman parte de los grupos de riesgo, entre los que se incluyen:
- Personal de salud
- Embarazadas (en cualquier trimestre)
- Puérperas (hasta 10 días después del parto)
- Niños de 6 meses a 2 años
- Personas de 2 a 64 años con enfermedades preexistentes (diabetes, obesidad, enfermedades respiratorias o cardíacas, inmunodeficiencias, trasplantes, entre otras)
- Mayores de 65 años
- Personal estratégico, como fuerzas de seguridad
✅ Acceso y coadministración
No se requiere orden médica para la vacunación de los grupos priorizados, y puede aplicarse junto con otras vacunas del Calendario Nacional, incluyendo la de Covid-19.
Las autoridades recomiendan aprovechar la visita al vacunatorio para completar todos los esquemas de vacunación de la familia y llegar protegidos al invierno.
Por Móvil Quique con información de Gobierno de Santa Fe
Salud
❤️ Más de 7.000 argentinos esperan un trasplante: la importancia de donar órganos y médula
En el marco del Día Nacional del Trasplante de Órganos, se renueva el llamado a la conciencia: más de 7.000 personas en Argentina se encuentran actualmente en lista de espera para recibir un trasplante.
El trasplante es un procedimiento médico indicado cuando un órgano o tejido deja de funcionar y no existen otras alternativas terapéuticas. Reemplazarlo por uno sano puede mejorar significativamente la calidad y la expectativa de vida de quienes atraviesan situaciones críticas.
En el país, el acceso a estos tratamientos está garantizado por el sistema de salud y coordinado por el Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI), organismo clave en la gestión y regulación de los procesos de donación y trasplante.
📌 La Ley Justina y la donación en Argentina
Desde 2019 rige la Ley 27.447, conocida como Ley Justina, que establece que todas las personas mayores de 18 años son donantes de órganos, salvo que hayan dejado constancia expresa de su negativa.
La ablación se realiza únicamente ante diagnóstico de muerte cerebral y bajo estrictos criterios médicos.
Un dato que refuerza la importancia de este acto solidario: un solo donante puede salvar hasta siete vidas.
🩸 Donar en vida también es posible
La donación no se limita a órganos post mortem. También puede realizarse en vida, como ocurre con la donación de médula ósea, fundamental para el tratamiento de leucemias y otras enfermedades de la sangre.
En Argentina, el proceso es coordinado por el Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas, que funciona dentro del INCUCAI y está integrado a una red mundial, lo que permite que pacientes argentinos puedan acceder a posibles donantes compatibles en cualquier parte del mundo.
La mayoría de quienes necesitan un trasplante de médula no encuentra compatibilidad en su familia, por lo que la inscripción voluntaria es clave.
✅ ¿Cómo inscribirse como donante de médula ósea?
El trámite es simple y se realiza al donar sangre en un centro habilitado. Los requisitos son:
- Tener entre 18 y 40 años
- Pesar más de 50 kg
- Gozar de buena salud
- Presentar DNI
- No tener antecedentes de enfermedades cardíacas, hepáticas o infectocontagiosas relevantes
Se dona una unidad de sangre (450 ml), se firma el consentimiento y se realiza una tipificación genética para determinar compatibilidad.
Una vez inscripta, la persona permanece en el registro hasta los 60 años y puede ser convocada si aparece un paciente compatible.
Existen dos modalidades de donación:
🔹 Por aféresis (el método más frecuente), similar a la donación de plaquetas.
🔹 Por punción de crestas ilíacas, bajo anestesia, para extraer células del hueso de la cadera.
Ambos procedimientos son seguros y las células se regeneran naturalmente.
“Nadie sabe si alguna vez va a necesitar un trasplante, para sí o para alguien cercano. Donar es un gesto que puede cambiarlo todo”, remarcan especialistas.
Por Móvil Quique con información de NA
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