Judicial
Adorni justificó su patrimonio ante la Justicia y atribuyó US$591.544 a la venta de criptomonedas
El exjefe de Gabinete presentó un escrito de 78 páginas ante el juez federal Ariel Lijo para responder a los cuestionamientos de la investigación por presunto enriquecimiento ilícito.
Su defensa sostuvo que parte de los dólares utilizados para distintas operaciones provenían de inversiones en Bitcoin realizadas antes de su ingreso a la función pública.
La explicación presentada por Adorni
Manuel Adorni presentó este lunes su justificación patrimonial ante la Justicia Federal, luego del requerimiento de la Fiscalía que había planteado 20 puntos sobre la evolución de sus bienes durante el período comprendido entre el 10 de diciembre de 2023 y el 27 de junio de 2026.
En el escrito, de 78 páginas y firmado por su abogado Matías Ledesma, la defensa sostuvo que la evolución patrimonial del exfuncionario tiene un “sustento razonable y verificable” y rechazó que exista un enriquecimiento que no pueda ser explicado.
Según la investigación fiscal, durante ese período Adorni y su esposa, Bettina Angeletti, registraron $229.752.283,20 de ingresos comprobados, mientras que los gastos reconstruidos alcanzaron $272.820.832,20, dejando una diferencia de $43.068.549.
La defensa consideró que esa diferencia representa una brecha que puede explicarse por cuestiones vinculadas con la reconstrucción de los movimientos económicos, estimaciones de tipo de cambio y partidas que todavía no fueron conciliadas.
La explicación basada en las criptomonedas
Uno de los principales puntos planteados por la defensa está relacionado con las inversiones en criptomonedas.
Adorni sostuvo que entre 2017 y 2018 obtuvo US$591.544,61 mediante la venta de activos vinculados al Bitcoin, varios años antes de asumir cargos públicos.
La defensa afirmó que las operaciones se realizaron a través de ocho direcciones de criptomonedas, cuya actividad se habría registrado entre octubre de 2014 y septiembre de 2018. Según el escrito, esas billeteras actualmente no tendrían saldo porque los activos fueron liquidados antes del ingreso de Adorni a la función pública.
Para acreditar el acceso a esas billeteras, la defensa presentó documentación y un acta de un escribano que constató que Adorni tenía las claves privadas. Sin embargo, publicaciones periodísticas señalaron que esa constatación notarial fue realizada en septiembre de 2026 y no existe, por sí misma, un registro similar que acredite quién tenía esas claves en el momento en que se realizaron las operaciones.
La Fiscalía había cuestionado previamente la falta de documentación que acreditara la titularidad de las criptomonedas y las operaciones posteriores utilizadas para explicar la tenencia de dólares.
Dólares guardados fuera del sistema bancario
La defensa sostuvo que los dólares obtenidos de aquellas operaciones fueron reinvertidos parcialmente y luego conservados en efectivo en el domicilio familiar, fuera del sistema bancario.
Según la explicación presentada ante la Justicia, esa modalidad de ahorro habría permitido mantener el dinero durante años hasta utilizarlo posteriormente para distintas operaciones patrimoniales.
El escrito también señala que los dólares fueron utilizados, entre otras cosas, para la compra de propiedades y la realización de refacciones en una vivienda del barrio privado Indio Cuá.
La defensa sostuvo además que parte de esos ahorros fue utilizada para adquirir el departamento de Miró 550 y posteriormente para comprar y refaccionar una vivienda en Indio Cuá.
La diferencia sobre el costo de las refacciones
Otro de los puntos discutidos en la causa es el costo de las obras realizadas en la propiedad de Indio Cuá.
El contratista Matías Tabar había declarado ante la Justicia que las refacciones tuvieron un costo de US$245.000.
Adorni, en cambio, sostuvo que el monto efectivamente abonado fue de US$175.000.
La defensa cuestionó además la documentación aportada por el contratista y afirmó que una auditoría contable identificó desembolsos por US$175.000. A su vez, señaló que una pericia contable estimó el valor de mercado de la obra en US$174.954,58, una cifra prácticamente coincidente con el monto que, según la defensa, fue efectivamente pagado.
La investigación continúa
La presentación realizada por Adorni constituye su respuesta al requerimiento de justificación patrimonial formulado por el fiscal Gerardo Pollicita.
La causa investiga la evolución de su patrimonio y la procedencia de distintos fondos, propiedades, gastos y activos declarados durante el período analizado.
Por el momento, las explicaciones presentadas corresponden a la defensa del exfuncionario, mientras que la Justicia deberá evaluar la documentación incorporada y determinar si resulta suficiente para explicar los movimientos patrimoniales cuestionados.
Con información de Contexto Tucumán
Judicial
Caso Sebastián Nagel: la semana próxima se conocerá el fallo contra el violinista Emiliano Billoud
El músico esperancino enfrenta un juicio por el hecho ocurrido en septiembre de 2023, cuando una camioneta embistió a Nagel en calle Moreno. La Fiscalía pidió 10 años de prisión por homicidio simple, mientras que la defensa sostiene que debe aplicarse la figura de homicidio culposo calificado.
El juicio por la muerte de Sebastián Nagel, ocurrida el 23 de septiembre de 2023 en la ciudad de Esperanza, se encuentra en su etapa final en los tribunales santafesinos. Según informó el portal Esperancino.com.ar, los alegatos de las partes están llegando a su conclusión y el fallo se conocería la próxima semana.
Por el hecho está acusado el músico esperancino Emiliano Billoud, quien conducía el vehículo que embistió a Nagel en calle Moreno.
La Fiscalía pidió 10 años de prisión
El fiscal Alejandro Benítez, del Ministerio Público de la Acusación de Las Colonias, solicitó una pena de 10 años de prisión por homicidio simple.
Entre los elementos expuestos durante el juicio mencionó la velocidad a la que circulaba el acusado, estimada en unos 90 kilómetros por hora al llegar a la esquina, y el resultado de alcoholemia de 1,5 gramos de alcohol por litro de sangre.
También hizo referencia a registros de cámaras privadas y del Centro de Monitoreo Municipal.
La defensa plantea otra calificación penal
Por su parte, la defensa de Billoud, a cargo del abogado Pedro Busico, cuestionó la interpretación de algunos elementos y sostuvo que no existió intención de provocar una muerte.
La estrategia defensiva apunta a que el hecho sea encuadrado como homicidio culposo calificado, previsto en el artículo 84 bis del Código Penal, cuya escala penal contempla penas de entre 3 y 6 años de prisión para los supuestos agravados.
Esta figura comprende los casos en los que una persona causa la muerte de otra mediante una conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria, bajo determinadas circunstancias agravantes.
La semana próxima se espera el veredicto
Con los alegatos en su tramo final, ahora la expectativa está puesta en la resolución judicial que determinará la responsabilidad penal de Billoud y la eventual calificación del hecho.
El fallo permitirá conocer qué valoración realizó el tribunal sobre las pruebas presentadas y los argumentos expuestos por la Fiscalía y la defensa.
Con información de Esperancino.com.ar.
Judicial
Ataliva: lo condenaron por dos robos, pero lo absolvieron del homicidio de Mario Ricarte
La Justicia de Rafaela impuso una pena de cuatro años y seis meses de prisión a Axel Micael Churquina por dos robos cometidos en Moisés Ville. En cambio, consideró que no había pruebas suficientes para responsabilizarlo por el asesinato ocurrido en Ataliva en mayo de 2024.
Una sentencia de los Tribunales de Rafaela resolvió de manera diferente las tres acusaciones que pesaban sobre Axel Micael Churquina: lo condenó por dos robos cometidos en Moisés Ville y lo absolvió del homicidio de Mario César Ricarte, ocurrido en Ataliva.
La resolución fue dictada el 26 de octubre de 2026 por la jueza Águeda Ramona Salteño. El acusado recibió una pena de cuatro años y seis meses de prisión efectiva por los delitos contra la propiedad.
En relación con el homicidio, la magistrada entendió que las pruebas presentadas durante el juicio no alcanzaban para demostrar su responsabilidad penal.
Los dos robos en Moisés Ville
Los hechos por los que Churquina fue condenado ocurrieron durante mayo de 2024 y tuvieron como escenarios una vivienda particular y un comercio de Moisés Ville.
En ambos casos, según se acreditó durante el debate, los ingresos a las propiedades se produjeron mediante el escalamiento de estructuras. De esos lugares fueron sustraídos distintos elementos, mercaderías y dinero.
A partir del análisis de testimonios, registros de cámaras de seguridad y otros elementos incorporados al proceso, la jueza consideró probada la participación del acusado en los dos episodios.
Por esos delitos fue declarado autor penalmente responsable de dos robos calificados por escalamiento, cometidos en concurso real.
El homicidio de Mario Ricarte en Ataliva
La acusación más grave estaba vinculada con la muerte de Mario César Ricarte, de 45 años, quien fue encontrado sin vida dentro de su vivienda de Ataliva a fines de mayo de 2024.
La víctima había sufrido una herida de arma blanca en el cuello que le provocó una hemorragia fatal.
Durante el juicio, la Fiscalía presentó distintos indicios para sostener que Churquina había participado en el crimen. Entre otros elementos, se analizaron registros de cámaras, testimonios y los movimientos del acusado en la localidad.
Sin embargo, la defensa cuestionó la solidez de esas pruebas y sostuvo que no permitían establecer de manera concluyente quién había cometido el homicidio.
Por qué fue absuelto
Al evaluar la acusación, la jueza consideró que los elementos reunidos no alcanzaban para demostrar que Churquina hubiera sido el autor del asesinato.
Si bien existían indicios que permitían ubicarlo en Ataliva y reconstruir parte de sus movimientos, eso no resultaba suficiente para atribuirle la muerte de Ricarte.
También se analizaron las imágenes de seguridad, los testimonios, la posibilidad de que otras personas hubieran ingresado a la vivienda y la falta de un vínculo científico concluyente entre el acusado y el arma blanca relacionada con el caso.
Ante esas dudas, la magistrada aplicó el principio de la duda razonable y resolvió absolverlo de la acusación de homicidio doloso simple.
La Fiscalía había solicitado 17 años de prisión
Durante sus alegatos, el fiscal Martín Castellano había solicitado una condena de 17 años de prisión efectiva por los tres hechos que integraban la acusación.
Por su parte, la defensora Victoria Romano pidió la absolución de su representado y cuestionó distintos aspectos de la investigación.
Finalmente, la jueza diferenció las responsabilidades: consideró acreditados los dos robos, pero entendió que no había certeza suficiente para condenarlo por el homicidio.
La condena y la absolución
La sentencia estableció una pena de cuatro años y seis meses de prisión efectiva por los dos robos calificados por escalamiento cometidos en Moisés Ville.
Al mismo tiempo, Churquina fue absuelto por el homicidio de Mario César Ricarte, debido a que las pruebas presentadas no permitieron demostrar su responsabilidad penal.
De esta manera, el tribunal resolvió las tres acusaciones dentro de un mismo juicio: condena por los delitos contra la propiedad y absolución por el crimen ocurrido en Ataliva.
Fuente: Rafaela Informa.
Judicial
Estafas por más de $99 millones: prisión preventiva para un hombre acusado de engañar a dos productores rurales
El investigado tiene 64 años y está acusado de realizar operaciones con cheques electrónicos sin fondos para comprar ganado a productores de Curupaytí y Moisés Ville. La Justicia dispuso 60 días de arresto domiciliario y una fianza superior a los $100 millones.
Un hombre de 64 años, identificado por sus iniciales WHR, quedó en prisión preventiva en el marco de una investigación por dos presuntas estafas contra productores agropecuarios del departamento San Cristóbal. El perjuicio económico denunciado supera los 99 millones de pesos.
La medida fue dispuesta por la jueza Cecilia Álamo, a partir de un pedido del fiscal Mauricio Gabriel Spinosa, durante una audiencia realizada en los tribunales de San Cristóbal.
La magistrada estableció que el imputado cumpla la prisión preventiva bajo la modalidad de arresto domiciliario durante 60 días. También deberá constituir una fianza superior a los 100 millones de pesos, según lo acordado entre las partes y con la conformidad de las víctimas.
Las operaciones investigadas
De acuerdo con la acusación fiscal, los hechos ocurrieron el 4 de septiembre de 2026. El hombre habría utilizado una falsa apariencia de solvencia económica para concretar las operaciones comerciales y obtener la entrega de animales a cambio de cheques electrónicos que, según la investigación, sabía que no podrían cobrarse.
En el primer caso, un productor de Curupaytí le entregó 12 novillitos y 8 vaquillas de raza Brangus. La operación fue valuada en $26.914.035 y se documentó mediante cinco cheques electrónicos de pago diferido.
La segunda operación involucró a un productor de Moisés Ville, quien vendió 50 novillitos Brangus por un total de $72.457.060. El pago también se habría realizado con cheques electrónicos que no podían hacerse efectivos.
Un perjuicio superior a los $99 millones
La suma de ambas operaciones alcanza los $99.371.095, monto que representa el perjuicio económico atribuido al investigado.
La causa continúa bajo investigación y el hombre permanece imputado por los hechos denunciados. La prisión preventiva es una medida cautelar y no implica una condena.
Fuente: Radio Belgrano Suardi.
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