Judicial
«La casa del terror» prostituirlas, secuestrarlas y matar a sus familias
Rafaela.- Así operaba MG para aterrorizar a sus víctimas. Buscaba inducirlas a que se sacaran fotos desnudas o a que ejerzan la prostitución. Asimismo, a algunas de las víctimas las amenazaba diciéndoles que si no aceptaban su propuesta las iban a secuestrar para llevarlas al norte del país o que iban a matar a su familia. Una fue abusó sexualmente.
La fiscal Ángela Capitanio precisó que «investigamos 10 hechos ilícitos que fueron cometidos a partir del mes de julio y hasta el pasado viernes 15 de noviembre en perjuicio de un grupo de seis adolescentes menores de edad».
La fiscal relató que «la modalidad delictiva era similar en todos los casos. El imputado utilizaba otros menores de edad para contactarse con las víctimas, y lo hacía a través de las redes sociales. Aprovechándose del estado de vulnerabilidad de las adolescentes, buscaba inducirlas a que se sacaran fotos desnudas o a que ejerzan la prostitución”. Asimismo, agregó que “a algunas de las víctimas las amenazaba diciéndoles que si no aceptaban su propuesta las iban a secuestrar para llevarlas al norte del país o que iban a matar a su familia”.
Capitanio también precisó que “a una de las víctimas, el imputado la abusó sexualmente y luego le dio dinero”.
Por su parte, la fiscal mencionó que «el caso comenzó con la denuncia del padre de una de las víctimas, y luego las restantes víctimas se animaron a contar su experiencia y denunciar lo sucedido».
Ordenaron la prisión preventiva de un joven investigado como autor de delitos contra la integridad sexual cometidos en Rafaela en perjuicio de seis menores de edad
La medida cautelar fue dispuesta por el juez Alejandro Mognaschi a raíz del pedido formulado por la fiscal Ángela Capitanio. El imputado tiene 25 años y sus iniciales son MG. Los hechos fueron cometidos entre julio y noviembre de este año.
Un joven de 25 años cuyas iniciales son MG quedó en prisión preventiva sin plazo en el marco de una investigación que lleva adelante la fiscal Ángela Capitanio por delitos contra la integridad sexual cometidos en la ciudad de Rafaela en perjuicio de seis adolescentes menores de edad. La medida cautelar fue dispuesta por el juez de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), Alejandro Mognaschi, a raíz del pedido formulado por la funcionaria del MPA en una audiencia llevada a cabo ayer en los tribunales rafaelinos.
La imputación a MG fue realizada por la fiscal Capitanio en una audiencia llevada a cabo el domingo en Rafaela. En tal sentido, por lo ocurrido con una de las menores, la funcionaria del MPA le atribuyó la autoría de los delitos de abuso sexual agravado por acceso carnal; promoción a la corrupción de menores de edad y amenazas.
Por su parte, en perjuicio de otra de las víctimas, le endilgó la autoría del delito de amenazas coactivas agravadas (por la intervención de menores de 18 años) –en tres oportunidades– y la autoría del delito de promoción a la corrupción de menores agravada (por amenazas y por ser la víctima menor de 18 años).
En relación a las otras cuatro adolescentes, la fiscal del MPA le imputó un hecho ilícito por cada una de ellas. Capitanio le atribuyó la autoría de los delitos de promoción a la prostitución; promoción a la prostitución agravada (por amenazas, por ser la víctima menor de 18 años y por la intervención de otros menores de 18 años); y amenazas coactivas agravadas (por la intervención de menores de 18 años).
Fuente: Rafaela Noticias
Judicial
Cargó nafta en lugar de gasoil: una estación de servicio deberá pagar más de $7 millones
El error ocurrió cuando un cliente fue a cargar combustible a su Renault Clio diésel en Pergamino. La Justicia responsabilizó a la empresa por los daños al vehículo y cuestionó la falta de una solución efectiva al reclamo.
Una estación de servicio de Pergamino, provincia de Buenos Aires, fue condenada en primera instancia a pagar $7.010.000 más intereses a un cliente al que le cargaron nafta en lugar de gasoil en su automóvil.
El fallo del Juzgado en lo Civil y Comercial N.º 1 reconoció una indemnización por la reparación del vehículo, la privación de uso y el daño moral. También impuso una multa civil por la respuesta de la empresa frente al reclamo.
El error que dejó al auto fuera de funcionamiento
El episodio ocurrió el 15 de octubre de 2022, cuando el conductor, que entonces tenía 26 años, llegó a la estación para cargar $2.000 de gasoil en su Renault Clio diésel.
Según los hechos que el juzgado consideró probados, un empleado despachó nafta por equivocación. Después de pagar, el vehículo comenzó a fallar y se detuvo a pocos metros del surtidor.
De acuerdo con los testimonios valorados en la causa, el playero reconoció el error. El automóvil fue trasladado a un taller mecánico cercano sin encender el motor.
Sin embargo, luego de los primeros trabajos, el propietario volvió a circular y, tras recorrer aproximadamente una cuadra, el motor falló nuevamente y dejó de funcionar.
El cliente inició una demanda en septiembre de 2024. La empresa negó su responsabilidad y cuestionó las pruebas y los montos reclamados.
Qué pruebas tuvo en cuenta la Justicia
Para reconstruir lo ocurrido, el tribunal analizó el comprobante de pago, los testimonios y una pericia mecánica.
Según la sentencia, esos elementos permitieron establecer que el cliente había solicitado gasoil y que el error se produjo dentro de la estación de servicio.
La pericia explicó que la presencia de nafta en un motor diésel puede provocar daños en el sistema de inyección, debido a las diferencias en las propiedades lubricantes de ambos combustibles. También señaló que una reparación adecuada puede requerir vaciar el tanque, limpiar el circuito y cambiar filtros y, según los daños, otros componentes.
El juzgado consideró razonables los valores de repuestos y mano de obra presentados para reparar el automóvil. Además, entendió que la empresa no aportó pruebas suficientes para atribuir el desperfecto al consumidor o a una causa diferente de la carga equivocada.
Cómo se compone la indemnización
La condena suma $7.010.000, distribuidos de la siguiente manera:
- $3.500.000 por daño material: destinados a cubrir la reparación del vehículo.
- $210.000 por privación de uso: por el tiempo en que el propietario no pudo disponer del automóvil.
- $1.800.000 por daño moral: por las molestias y gestiones que debió afrontar a raíz del episodio.
- $1.500.000 por daño punitivo: como sanción civil vinculada con la prestación deficiente del servicio y la falta de una respuesta efectiva al reclamo.
El tribunal consideró que la estación debía cumplir con sus obligaciones como proveedora dentro de una relación de consumo. También señaló que la empresa estaba en mejores condiciones de aportar información técnica y documentación sobre lo ocurrido.
La empresa deberá pagar con intereses
La sentencia sostuvo que no era razonable exigirle al cliente conocimientos técnicos para determinar si el sistema de combustible había sido limpiado correctamente después del error.
Además, consideró que la falta de una solución efectiva, las gestiones realizadas por el propietario y la necesidad de iniciar un juicio justificaban los distintos conceptos indemnizatorios.
El fallo estableció que el pago deberá realizarse dentro de los diez días posteriores a la notificación de la sentencia y dispuso la aplicación de intereses, con un cálculo específico para el daño material.
La condena es de primera instancia y las costas del proceso quedaron a cargo de la estación de servicio. La regulación de honorarios se resolverá una vez firme la liquidación de intereses y gastos.
Con información de Cadena 3
Judicial
Vivieron 27 años en un terreno familiar, construyeron su casa y ahora deberán irse: cobrarán más de $21 millones
Una pareja tendrá que devolverle a la madre del hombre el terreno donde vivió durante casi tres décadas. La Justicia rechazó su pedido para quedarse con la propiedad, pero reconoció el dinero que invirtieron en construir la vivienda.
Un conflicto familiar que comenzó en 1999 terminó con una decisión judicial que combina dos resoluciones: la madre recuperará el terreno y su hijo y su nuera recibirán una compensación superior a los $21 millones por la casa que construyeron allí.
El caso fue analizado por la Justicia de Neuquén, donde la pareja buscaba que se reconociera su derecho a quedarse con la parte del inmueble que ocupaba desde hacía 27 años.
Cómo comenzó el conflicto familiar
La historia se inició en 1999, cuando la madre permitió que su hijo y su esposa se instalaran en el fondo de su propiedad. Según explicó durante el proceso, la intención era ayudarlos a contar con un lugar donde vivir sin tener que pagar un alquiler.
En ese momento, el sector tenía pocas construcciones. La pareja sostuvo que levantó su vivienda con recursos propios, contrató trabajadores y realizó distintas mejoras.
Con el paso de los años, ese espacio se convirtió en su hogar. Ambos señalaron que contaban con servicios a su nombre y que habían mantenido una ocupación pública y pacífica.
Sin embargo, la relación familiar se deterioró y la propietaria inició una demanda para recuperar el terreno. Su hijo y su nuera se opusieron y reclamaron que se les reconociera la propiedad por el tiempo que llevaban viviendo allí.
Por qué no pudieron quedarse con el terreno
La pareja intentó obtener el inmueble mediante la usucapión, un mecanismo legal que permite adquirir una propiedad cuando se cumplen los requisitos establecidos por la ley durante un determinado período.
No obstante, la jueza civil María Eliana Reynals consideró que el tiempo de permanencia y las construcciones realizadas no eran suficientes para reconocerles ese derecho.
El punto determinante fue que la ocupación había comenzado con la autorización de la madre. Para la Justicia, ese permiso inicial no demostraba por sí mismo que el hijo y su esposa hubieran poseído el terreno como propietarios frente a la titular.
La Sala III de la Cámara de Apelaciones de Neuquén confirmó la decisión y estableció que el inmueble debía ser restituido a su propietaria.

La compensación de más de $21 millones
Aunque rechazó el reclamo para quedarse con el terreno, la Justicia reconoció que la pareja había invertido dinero propio en la construcción de la vivienda.
Las pruebas presentadas durante el juicio permitieron establecer que ambos financiaron la casa. Por ese motivo, se dispuso que la propietaria los compensara económicamente por las mejoras realizadas.
La indemnización supera los $21 millones, según la valuación de un profesional incorporada al expediente.
La Cámara, integrada por las juezas Laura Marcela Serrano y Cecilia Pamphile, confirmó íntegramente la resolución. También se pidió la colaboración de las partes para concretar la devolución del inmueble y cumplir con las obligaciones económicas, con el objetivo de evitar que el conflicto familiar se profundice.
De esta manera, después de casi tres décadas, la madre recuperará el terreno, mientras que su hijo y su nuera podrán cobrar por la vivienda que construyeron. La Justicia consideró que haber vivido allí durante tantos años no les otorgaba automáticamente la propiedad, aunque sí correspondía reconocer la inversión realizada.
Con información de TN
Judicial
Hotesur y Los Sauces: comenzó el juicio contra Cristina y Máximo Kirchner por presunto lavado de dinero
El debate comenzó este viernes en los tribunales federales de Comodoro Py. La expresidenta y su hijo participan de manera virtual de la audiencia inicial, en una causa que investiga operaciones hoteleras e inmobiliarias vinculadas con empresarios.
El juicio oral por las causas Hotesur y Los Sauces comenzó este viernes 23 de octubre en los tribunales federales de Comodoro Py, en la Ciudad de Buenos Aires. Entre los acusados se encuentran la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner y su hijo, el diputado nacional Máximo Kirchner.
La primera audiencia se inició alrededor de las 10 ante el Tribunal Oral Federal N.º 5. Durante esta jornada se leen las acusaciones y los hechos que serán analizados a lo largo del proceso.
Por decisión del tribunal, Cristina y Máximo Kirchner participan de manera remota de esta audiencia inicial. Según la información difundida, la modalidad virtual fue autorizada para esta primera jornada, mientras que las siguientes serán presenciales, salvo excepciones que puedan concederse.
Qué se investiga en las causas
El proceso busca determinar si operaciones hoteleras e inmobiliarias relacionadas con sociedades de la familia Kirchner fueron utilizadas para canalizar y dar apariencia legal a fondos de presunto origen ilícito.
En la causa Hotesur, se analizan negocios vinculados con establecimientos hoteleros de la familia, incluidos contratos y pagos relacionados con empresas de empresarios que mantuvieron vínculos comerciales con el Estado.
Por su parte, Los Sauces investiga contratos de alquiler de propiedades vinculadas con una sociedad inmobiliaria de la familia Kirchner. Entre las operaciones bajo análisis figuran negocios con empresas relacionadas con Lázaro Báez y con el Grupo Indalo.
La hipótesis de la acusación sostiene que esas operaciones podrían haber formado parte de maniobras de lavado de activos. Las defensas rechazan esa interpretación y sostienen que se trató de negocios legítimos.
Las responsabilidades penales deberán establecerse durante el juicio y las acusaciones tendrán que ser evaluadas a partir de las pruebas presentadas ante el tribunal.
Quiénes participan del debate
El Tribunal Oral Federal N.º 5 está integrado, según la información difundida, por los jueces José Michilini, Adriana Palliotti y Fernando Machado Pelloni.
Además de Cristina y Máximo Kirchner, entre los acusados mencionados se encuentran Lázaro Báez, Martín Báez, Cristóbal López y Fabián de Sousa, junto con otras personas vinculadas con las sociedades investigadas.
La audiencia inaugural está dedicada a la lectura de los requerimientos de elevación a juicio, que detallan los hechos investigados y los delitos atribuidos a cada acusado.
Un proceso judicial de alto impacto
El inicio del debate abre una nueva etapa judicial para Cristina Kirchner, quien ya fue condenada en la causa Vialidad. En este proceso, el tribunal deberá analizar las operaciones comerciales investigadas y determinar si existieron maniobras delictivas.
El juicio continuará con las distintas instancias previstas, incluidos los planteos de las defensas y la evaluación de las pruebas. Por ahora, el comienzo de las audiencias no implica una declaración de culpabilidad de los acusados.
Con información de NA
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