Judicial
Procesan a una banda narco de Rafaela cuyo jefe daba las directivas desde la cárcel de Piñero
Evelio «Yiyo» Ramallo, conocido por haber agredido a un fiscal con un tacho de basura, fue procesado en la Justicia federal por dirijir una organización criminal que se suministraba de estupefacientes en la ciudad de Santa Fe.
Evelio “Yiyo” Ramallo (35), el célebre preso que recientemente en agosto de este año firmó una condena de tres años por haber agredido a un fiscal con un tacho de basura en medio de una audiencia en los tribunales de Rafaela, quedó nuevamente implicado en una causa judicial. La misma se tramita en el fuero federal y lo tiene sindicado como el jefe de una banda narco que operaba en la ciudad del departamento Castellanos pero que se suministraba de estupefacientes en la ciudad de Santa Fe.
El juez federal a cargo del Juzgado de Rafaela, Reinaldo Rodríguez, dictó el procesamiento para Ramallo tras considerar que el mismo dirigió hasta el pasado 22 de agosto una organización criminal, dedicada a la venta de drogas, desde la Unidad Penitenciaria N°11 de Piñero, dependiente del Servicio Penitenciario provincial.
El fallo del magistrado, que hizo lugar al pedido del fiscal del caso Gustavo Onel, lo encontró presuntamente responsable del delito de “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en calidad de organizador” por lo que ordenó su prisión preventiva y además le trabó un embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de 500 mil pesos.
La resolución también alcanza a otras seis personas sindicadas a lo largo de investigación como quienes desempeñaron dentro de la banda distintos roles: Carina Soledad Castillo (21); Yoana Carolina Olivera (28); Diego Hernán Molina (34); Cristian Daniel Ferreyra (41); Nanci Lorena Zunoffen (42); y Joaquín Ángel Babijezuk (30). Todos procesados por “comercio de estupefacientes”.
Un procedimiento como disparador
La investigación tuvo su inicio a raíz de la interceptación de dos mujeres que iban a bordo de un remis en la ruta provincial 70 (en el kilómetro 45) el pasado 22 de mayo. Ambas portaban dos armas de fuego (pistolas), de las cuales una tenía la numeración “limada”.
Las pistolas fueron secuestradas en el marco de una causa que buscó dar, en el Ministerio Público de la Acusación, con el comercio ilegal de armas y su posible utilización para cometer ilícitos. Sin embargo, con el devenir de la pesquisa, una serie de escuchas a personas involucradas develaron una trama narco como trasfondo de aquel secuestro por lo que la investigación pasó el fuero federal.
Tan solo bastaron una serie de intervenciones telefónicas para dar cuenta que quien estaba a cargo de la organización era un conocido preso de la ciudad de Rafaela que para ese entonces estaba alojado en el penal de Piñero, en el sur provincial. Evelio “Yiyo” Ramallo, nacido en 1985 en la localidad de Suardi y con residencia, hasta su detención por una causa de homicidio, en la ciudad de Rafaela. El mismo actualmente purga una condena de 20 años de prisión por una causa de homicidio y además por haber agredido al fiscal Guillermo Loyola (del MPA), el 13 de diciembre del 2018 en una audiencia de medidas cautelares que se desarrollaba en la sala 2 de los tribunales rafaelinos.
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Directivas desde la cárcel
Tras una serie de trabajos de inteligencia y a través del análisis de escuchas, los investigadores de la Unidad Investigativa Antinarcóticos I -encargados de la pesquisa- detectaron que quien oficiaba en la estructura criminal como ladera de Ramallo era Carina Soledad Castillo, una joven de tan solo 21 años y la cual quedó registrada en una serie de escuchas.
El juez Rodríguez destacó en este sentido que la misma “se encargaba de fraccionar, estirar, comercializar y distribuir la droga a puntos de venta” al menudeo en Rafaela. Y además se habría encargado de recaudar “las ganancias obtenidas de esa actividad ilícita”, todo ello bajo las órdenes y directivas que le impartía el imputado Ramallo.
Así lo evidenciaron las escuchas entre la joven y el mismo Ramallo. “Ya te dije son negocios y de droga son cosas serias, de droga. Estas vendiendo droga no caramelos, droga”, le dijo “Yiyo” a la joven ladera sobre cómo debía actuar para la venta y el cobro de la actividad clandestina. “Lo hice como vos me dijiste, ósea le puse 40 gramos de la piola y 60 gramos de creatina y lo mezcle, lo pise en un plato de ahí, y lo estuve pisando, lo estuve pisando, lo pise, lo mezclaba, lo mezclaba…”, le respondió Castillo a Ramallo en otro dialogo que consta en el expediente judicial.
El proveedor
El procesamiento también valoró la participación que tuvo en la organización Joaquín Ángel Babijezuk, un cuidador de caballos del Hipódromo de Las Flores y cual residía en un departamento de Santiago de Chile al 2000 del barrio Roma, donde existen una serie de cocheras y supo funcionar un lavadero, según indicaron fuentes policiales.
El mismo fue acusado de ser el proveedor de la banda por medio entregas que se llevaban en inmediaciones del hipódromo de Las Flores de la ciudad de Santa Fe. En este sentido, la causa determinó en un primer momento que Babijezuk almacenaba drogas en su domicilio y también en el stud donde
Sin embargo, cuando le allanaron su domicilio los investigadores no encontraron estupefacientes. De todos modos, quedó detenido y ahora procesado por las escuchas telefónicas que desnudaron sus modus operandi en la banda.
Eslabón inferior
Para el juez, el resto de los involucrados en la causa realizaron una serie de roles, como lo fue el de Cristian Daniel “Kiko” Ferreyra que fue imputado de “acopiar y acondicionar” el material estupefaciente que luego se distribuía en los puntos de venta al menudeo de Rafaela.
En el caso de Yoana Carolina Olivera, quedó implicada por haber realizado la comercialización de estupefacientes al menudeo en el domicilio Lucio Casarin al 1900 de Rafaela, puesto que allí habría funcionado una “boca de expendio” de la banda.
Mientras que en el caso de Lorena Zunoffen, fue procesada porque se comprobó su grado de participación en la organización criminal ya que se habría encargado de transportar el material estupefaciente y el dinero para el pago del mismo, desde la ciudad de Santa Fe hacia la ciudad de Rafaela por medio de la utilización de vehículo marca Ford, modelo Ecosport. Dicho vehículo supo ser visto por los investigadores en el Hipódromo de Las Flores donde la banda se suministraba de drogas.
Judicial
Manuel Adorni debe explicar su patrimonio ante la Justicia por una causa de presunto enriquecimiento ilícito
El exjefe de Gabinete tiene hasta el martes 22 de septiembre para responder un cuestionario de 20 puntos elaborado por el fiscal Gerardo Pollicita. La investigación también alcanza a su esposa, Bettina Angeletti.
El exjefe de Gabinete Manuel Adorni deberá presentar esta semana ante la Justicia explicaciones sobre la evolución de su patrimonio, en el marco de una causa por presunto enriquecimiento ilícito.
El plazo vence el martes 22 de septiembre y corresponde a una prórroga concedida luego de que la defensa solicitara acceder a documentación vinculada con el contratista Matías Tabar, quien declaró sobre las refacciones realizadas en una propiedad del matrimonio.
El fiscal federal Gerardo Pollicita elaboró un cuestionario de 20 puntos para que Adorni explique el origen y movimiento de distintos bienes, fondos y gastos. La investigación también involucra a su esposa, Bettina Angeletti.
Qué analiza la investigación
El expediente busca reconstruir la evolución patrimonial de la pareja desde diciembre de 2023, cuando Adorni ingresó a la administración pública, hasta su salida del Gobierno en junio de 2026.
Según el análisis técnico incorporado a la causa, el matrimonio tuvo ingresos comprobados por $229,7 millones y gastos por $272,8 millones, lo que arroja una diferencia de $43.068.549 que la fiscalía busca explicar.
A esto se suman gastos por aproximadamente US$402.578, vinculados, entre otros conceptos, con inmuebles, refacciones y mobiliario. Uno de los puntos bajo análisis es el pago de US$245.000 al contratista Matías Tabar por trabajos en una propiedad del country Indio Cuá, en Exaltación de la Cruz.

Dólares, propiedades y criptomonedas
Entre los puntos que Pollicita solicitó aclarar se encuentran el origen de dólares en efectivo incluidos en declaraciones juradas rectificativas, préstamos atribuidos a particulares, la compra de un departamento ubicado en Miró 550, en Caballito, y distintas operaciones con criptoactivos.
También se investigan operaciones realizadas mediante terceros para adquirir bienes, facturas informadas ante ARCA cuyos pagos deben ser explicados, deudas con el Banco Galicia y consumos realizados por personas del entorno que figuran como adicionales en tarjetas del exfuncionario.
En sus declaraciones juradas rectificativas, Adorni declaró un patrimonio de $944,5 millones al cierre de 2025. La investigación busca establecer la trazabilidad y el origen de los fondos que permitieron conformar ese patrimonio.
También analizan viajes y deudas
Otro de los aspectos incluidos en el requerimiento fiscal son los viajes realizados durante el período investigado y los gastos afrontados tanto mediante tarjetas como en efectivo.
Entre las operaciones analizadas aparece un viaje familiar a Aruba por US$14.696.
La evolución de las deudas también forma parte del expediente. Según la información incorporada a la investigación, el pasivo declarado pasó de $92,4 millones a $317,3 millones, mientras que se incorporaron nuevas deudas en dólares contraídas con particulares que también deberán ser explicadas.

Qué puede ocurrir después
La presentación de las explicaciones constituye una instancia dentro de la investigación. Una vez que Adorni entregue su respuesta y la documentación correspondiente, la fiscalía deberá analizar si los elementos aportados permiten aclarar los puntos cuestionados.
Si las explicaciones fueran consideradas insuficientes, la causa podría avanzar hacia una eventual indagatoria.
La investigación, hasta esta etapa, se encuentra abierta y se refiere a un presunto enriquecimiento ilícito, por lo que las inconsistencias señaladas por la fiscalía no constituyen por sí mismas una condena ni una determinación definitiva de responsabilidad penal.
Con información de TN
Judicial
Ex SanCor CUL: la Justicia confirmó la continuidad de la licitación para vender los activos
La Cámara de Apelación Civil, Comercial y Laboral de Rafaela – Sala II resolvió que continúe el proceso licitatorio para la venta de los activos de la ex SanCor Cooperativas Unidas Limitada (CUL).
La decisión fue adoptada mediante una resolución fechada el 17 de septiembre de 2026, en el marco del expediente correspondiente al proceso de licitación de los activos productivos de la cooperativa.
Rechazaron los planteos de nulidad
Según informó ATILRA, la Cámara rechazó los planteos de nulidad presentados contra la resolución de primera instancia N° 270, dictada el 11 de junio de 2026, mediante la cual se había aprobado el pliego de bases y condiciones para la liquidación de los activos de la ex SanCor CUL.
El Poder Judicial de Santa Fe había informado previamente que el proceso contempla la venta de los activos industriales y marcas de la empresa mediante una licitación pública, organizada en siete lotes: seis unidades productivas y un lote conformado por las marcas y activos intangibles.
La licitación continuará con modificaciones
La Cámara dispuso que el proceso licitatorio continúe, aunque deberá adecuarse a las indicaciones establecidas en la resolución judicial.
De acuerdo con el comunicado difundido por ATILRA, el fallo tiene 70 fojas y sostiene que las modificaciones dispuestas no alteran la cuestión de fondo que había sido resuelta en primera instancia.
La causa se tramita bajo el expediente “Sindicatura s/ Incidente de Licitación para venta de Activos Productivos (Pliego)”, vinculado al proceso de quiebra de SanCor CUL ante la Justicia de Rafaela.
Un paso clave para la venta de los activos
La resolución permite retomar el proceso de licitación iniciado para definir el destino de las unidades productivas y otros activos de la ex cooperativa.
El procedimiento había avanzado con la aprobación del pliego y el llamado a licitación pública dispuesto por la Justicia en junio pasado.
Ahora, con la decisión de la Cámara, la licitación podrá continuar bajo las condiciones y adecuaciones establecidas en el fallo.
El proceso se desarrolla dentro de la quiebra de SanCor CUL y tiene como uno de sus objetivos la enajenación de los activos de la empresa conforme al procedimiento previsto por la Ley de Concursos y Quiebras.
Con información de Radio Belgrano de Suardi
Judicial
La Justicia anuló el testamento de una mujer de 82 años por falta de discernimiento
La Justicia argentina anuló el testamento de una mujer de 82 años que había firmado el documento un día antes de morir, mientras permanecía internada en el Sanatorio Güemes de Buenos Aires.
La Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil consideró que, al momento de realizar el testamento, la mujer atravesaba un cuadro de desorientación y deterioro cognitivo que le impedía comprender el alcance del acto. La resolución, dictada el 25 de agosto de 2026, confirmó una sentencia de primera instancia.
Había dejado sus bienes a su cuidadora y a una abogada
La mujer, identificada en el expediente como “señora C.”, era soltera y no tenía hijos. El 24 de julio de 2014, mientras se encontraba internada con cuidados paliativos, firmó un testamento mediante el cual dejaba sus bienes a la mujer que la había cuidado durante sus últimos años y a una amiga abogada.
Entre los bienes mencionados en el expediente figuraban un departamento de la calle Juncal, un local comercial de la avenida Santa Fe, otros locales y un campo.
Después de su fallecimiento, una sobrina inició una demanda para cuestionar la validez del documento. Sostuvo que su tía no se encontraba en condiciones de comprender lo que estaba firmando debido a su estado de salud, su deterioro cognitivo y la medicación que recibía.
Un proceso judicial que duró más de 12 años
El reclamo se extendió durante más de 12 años. Finalmente, la Cámara evaluó documentación médica, declaraciones testimoniales y elementos incorporados desde una causa penal.
Los jueces concluyeron que la mujer no se encontraba en condiciones de comprender el alcance del testamento al momento de firmarlo.
El fallo señala que la formalidad de un instrumento público no puede prevalecer cuando se acredita la ausencia de una voluntad consciente y jurídicamente relevante.
Qué tuvo en cuenta la Justicia
La resolución tomó en consideración testimonios y antecedentes médicos que describían un cuadro de desorientación y deterioro progresivo de la salud durante los días previos al fallecimiento.
El tribunal también hizo referencia a una investigación penal y sostuvo que las circunstancias analizadas permitían considerar acreditada la falta de discernimiento necesaria para otorgar válidamente el testamento.
En otro tramo, el fallo vinculó los hechos con una investigación por circunvención de incapaz, al considerar que se habría aprovechado el estado de la mujer para obtener la firma del documento.
Qué pasó con el escribano
La Cámara también analizó la eventual responsabilidad del escribano que intervino en el otorgamiento del testamento.
Según la resolución, el profesional no responde automáticamente por la posterior anulación de un acto cuando los motivos están relacionados con circunstancias internas de la voluntad de las partes. La situación sería diferente si se demostrara que el escribano participó deliberadamente de un engaño.
En este caso, la participación dolosa del escribano no quedó acreditada, según el fallo.
La decisión judicial se refiere a las circunstancias particulares de este caso y a las pruebas reunidas durante el proceso, que determinaron que la mujer no tenía discernimiento suficiente al momento de firmar el testamento.
Con información de La Nación
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