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El DNU completo sobre la nueva normalidad: qué se puede hacer y qué no a partir de este sábado 7 de agosto
El Gobierno nacional, tal como anunció el presidente de la Nación, publicó el Decreto sobre cómo seguirá el tratamiento de la pandemia en el país. Desde este sábado se inicia el camino hacia la nueva normalidad.
Qué se podrá hacer y qué no desde este sábado
Quedan suspendidas en todo el país las siguientes actividades:
Viajes grupales de egresados y egresadas, de jubilados y jubiladas, y grupales de estudiantes, o similares.
Reuniones sociales en domicilios particulares de más de DIEZ (10) personas. Si el domicilio contare con espacio al aire libre y la reunión se realizare en el mismo, la concurrencia podrá alcanzar hasta VEINTE (20) personas.
Actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de CIEN (100) personas.
Actividades en discotecas, salones de fiestas, bailes, o actividades similares.
Eventos masivos de más de MIL (1000) personas.
Los Gobernadores y las Gobernadoras de Provincias y el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en atención a las condiciones epidemiológicas y sanitarias, podrán disponer restricciones temporarias y focalizadas adicionales a las previstas en el presente artículo, en los lugares bajo su jurisdicción, respecto de la realización de determinadas actividades, por horarios o por zonas, con la finalidad de contener los contagios por COVID-19, previa conformidad de la autoridad sanitaria provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según corresponda.
AFORO. Las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales deberán realizarse cumpliendo un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según corresponda, que contemple la totalidad de las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional.
En espacios cerrados, estas actividades deberán realizarse utilizando, como máximo, el SETENTA POR CIENTO (70 %) de su capacidad autorizada, salvo en los casos en que expresamente esté previsto un aforo menor por normativa vigente, por otras disposiciones del presente decreto o por protocolo ya aprobado.
CONDICIONES DE HIGIENE Y SEGURIDAD. Los empleadores y las empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por la autoridad sanitaria para preservar la salud de los trabajadores y las trabajadoras.
AMBIENTES LABORALES. Queda prohibido en todos los ámbitos de trabajo, la reunión de personas para momentos de descanso, esparcimiento, comidas, o cualquier otro tipo de actividad, que se realice en espacios cerrados sin el estricto cumplimiento de la distancia social de DOS (2) metros entre los y las concurrentes, y sin la ventilación constante y adecuada de todos los ambientes. La parte empleadora deberá adecuar los turnos de descanso, los espacios y los controles necesarios para dar cumplimiento a lo aquí establecido.
DISPENSAS AL DEBER DE ASISTENCIA AL LUGAR DE TRABAJO: El deber de asistencia al lugar de trabajo se regirá por la Resolución Conjunta de los Ministerios de Salud y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social N° 4 del 8 de abril de 2021, o las que en lo sucesivo la modifiquen o reemplacen.
Si por la normativa mencionada se justificare la no asistencia al lugar de trabajo, el trabajador o la trabajadora percibirá una compensación no remunerativa equivalente a su remuneración habitual, neta de aportes y contribuciones al Sistema de Seguridad Social.
Los trabajadores y las trabajadoras, así como los empleadores y las empleadoras, deberán continuar efectuando, sobre la remuneración imponible habitual, los aportes personales y las contribuciones patronales correspondientes a la Obra Social y al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP, Leyes Nros. 19.032, 23.660 y 23.661). El beneficio establecido en el presente artículo no podrá afectar el financiamiento de la seguridad social, ni los derechos conferidos a los trabajadores y a las trabajadoras por los regímenes de la seguridad social.
SECTOR PÚBLICO NACIONAL. PRESENCIALIDAD PROGRAMADA. Establécese la prestación de servicios mediante la modalidad de presencialidad para las y los agentes de todas las Jurisdicciones, Organismos y Entidades de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL contemplados en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias. La o el titular de cada Jurisdicción, Organismo o Entidad comprendido en el artículo 8° de la citada Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias, determinará las adecuaciones que deberán efectuarse en las instalaciones donde se presten servicios, para dar cumplimiento al “Protocolo Covid-19” aprobado por la “Comisión de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo” (CyMAT) o al protocolo que resulte aplicable según la normativa vigente.
La SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dictará las normas complementarias que resulten necesarias con el fin de dar cumplimiento al presente decreto. A tal fin, deberá atender a las recomendaciones e instrucciones del Ministerio de Salud, en particular cuando se trate de las personas que no pueden ser convocadas a realizar trabajo presencial en virtud de sus condiciones de salud.
CLASES PRESENCIALES. Se mantendrán las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todo el país, dando efectivo cumplimiento a los parámetros de evaluación, estratificación y determinación del nivel de riesgo epidemiológico y condiciones establecidas en las Resoluciones Nros. 364 del 2 de julio de 2020, 370 del 8 de octubre de 2020, 386 y 387, ambas del 13 de febrero de 2021, del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN, sus complementarias y modificatorias.
En todos los casos se deberá actuar de acuerdo a los protocolos debidamente aprobados por las autoridades correspondientes. TÍTULO III MEDIDAS ADICIONALES QUE REGIRÁN EN LOS AGLOMERADOS, DEPARTAMENTOS O PARTIDOS EN SITUACIÓN DE ALARMA EPIDEMIOLÓGICA Y SANITARIA.
Fuente: Minuto Uno
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📰 Tragedia en Córdoba: un nene de 11 años murió tras descompensarse en el recreo
Una dramática situación conmociona a Córdoba: un niño de 11 años falleció luego de descompensarse mientras jugaba en el recreo dentro de su escuela.
El hecho ocurrió en la localidad de La Calera, en la escuela primaria “Gral. José de San Martín”, donde el alumno, que cursaba sexto grado, se desvaneció repentinamente mientras jugaba con sus compañeros.

🚨 Desesperada asistencia en la escuela
Según se informó, en un primer momento pensaron que se trataba de una broma, pero rápidamente advirtieron que el menor no reaccionaba.
👉 Docentes actuaron de inmediato y le realizaron maniobras de reanimación (RCP)
👉 Minutos después llegó el servicio de emergencias
👉 Continuaron la asistencia durante el traslado
El niño fue llevado al Hospital Materno Infantil Dr. Arturo Illia, donde lamentablemente se confirmó su fallecimiento poco después de ingresar.
⚖️ Investigan qué ocurrió
Las autoridades judiciales intervinieron en el caso y lo caratularon como “muerte de etiología dudosa”, mientras se esperan los resultados de la autopsia para determinar las causas.
Desde el área educativa provincial señalaron que el episodio ocurrió mientras el menor jugaba en el recreo, sin indicios previos que hicieran prever la situación.
💔 Conmoción en la comunidad
El trágico hecho generó profundo impacto en la comunidad educativa, donde docentes y compañeros vivieron momentos de extrema angustia.
Con información de TN
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📰 Golpe al sistema de salud: el Gobierno dio de baja a otras 4 prepagas
En el marco de un proceso de control y reordenamiento, el Gobierno nacional avanzó con la baja de cuatro nuevas empresas de medicina prepaga, al considerar que no cumplen con los requisitos legales vigentes.
La medida fue oficializada por la Superintendencia de Servicios de Salud, que resolvió rechazar la inscripción definitiva de:
👉 Su Medicina Asistencia
👉 Instituto Panamericano de Salud
👉 Imedical
👉 Seres
⚠️ ¿Por qué fueron dadas de baja?
Según el organismo, estas empresas no lograron acreditar condiciones básicas para operar como prestadoras, como:
- Actividad real comprobable
- Existencia de afiliados
- Cumplimiento de normativas del sector
👉 En consecuencia, se dispuso la baja del registro provisorio que tenían vigente.
📊 Un proceso que sigue avanzando
Con esta decisión, ya son:
- 50 prepagas rechazadas en lo que va de 2026
- 166 entidades alcanzadas por este tipo de medidas
📉 El objetivo es que el padrón quede integrado únicamente por empresas transparentes, activas y en regla.
🏥 Reordenamiento del sistema
Desde el Gobierno explicaron que esta política apunta a:
✔️ Garantizar información confiable para los usuarios
✔️ Asegurar reglas claras en el sistema de salud
✔️ Evitar irregularidades en el funcionamiento de las prepagas
👉 En marzo ya se habían dado de baja otras 10 empresas, y el proceso de depuración continúa.
Con información de Clarín
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📰 Nuevo DNI en Argentina: llega con chip, más seguridad y ya tiene precio
El Documento Nacional de Identidad dio un salto tecnológico en el país. El nuevo DNI con chip ya comenzó a circular y promete ser mucho más seguro, resistente y difícil de falsificar.
Este renovado formato incorpora materiales de última generación y tecnología encriptada, posicionando a Argentina en línea con estándares internacionales en identificación digital.
🔐 ¿Qué cambia con el nuevo DNI?
El documento deja atrás el plástico tradicional y pasa a estar fabricado en policarbonato, un material ultrarresistente que permite el grabado láser directo, haciendo casi imposible alterar los datos sin dejar evidencia.
Además, suma un chip electrónico encriptado que almacena datos personales y biométricos, agregando una capa extra de seguridad para validar la identidad del titular.
Entre otras medidas, también incluye:
- Imágenes que cambian según el ángulo
- Elementos visibles solo con luz ultravioleta
- Relieves táctiles
- Una ventana translúcida con la foto
👉 Todo esto apunta a un mismo objetivo: reducir al mínimo la falsificación y la suplantación de identidad.

💰 ¿Cuánto cuesta el nuevo DNI?
- $10.000 para ciudadanos argentinos
- Desde $20.000 para personas extranjeras
- Trámites urgentes tienen un costo mayor
📌 ¿Es obligatorio renovarlo?
No. El DNI actual sigue siendo válido hasta su vencimiento.
El nuevo formato se entregará automáticamente en casos de:
✔️ Renovación
✔️ Cambio de domicilio
✔️ Primera emisión
👉 La transición será gradual, por lo que ambas versiones convivirán durante un tiempo.
⚠️ ¿Por qué es importante este cambio?
La actualización busca cerrar las brechas que permitían falsificaciones cada vez más sofisticadas. Con este nuevo sistema:
- Se refuerza la seguridad de la identidad
- Se reducen los fraudes
- Se mejora la confiabilidad del documento
Santa Fe es una de las primeras provincias donde ya se empezó a entregar este nuevo DNI, marcando el inicio de un cambio clave a nivel nacional.
Con información de iProfesional
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