Judicial
La Jueza de Menores indagó al autor de un homicidio en Humberto Primo
La diligencia se concretó hace algunas horas ante la Dra. María Alejandra Feraudo de Platini en la sede del Juzgado de Menores de Rafaela. El menor de 16 años quien se encuentra alojado en la Alcaidía de la Jefatura de Policía de nuestra ciudad, estuvo acompañado por su padrastro. En los próximos días quedaría definida su situación y deberá cumplir medidas socioeducativas en el establecimiento que determine la Dirección de Justicia Penal Juvenil.
El pasado viernes 24 de setiembre -tal como informara Diario CASTELLANOS– se produjo un hecho que conmocionó a la comunidad de la localidad de Humberto Primo cuando un menor de 16 años asesinó de una puñalada en el pecho a otro de 17, identificado como Valentín Nicolás Santillán, tras una discusión previa que habían mantenido momentos antes. Tras ello y luego de efectuar diligencias investigativas, personal de la Agencia de Investigación Criminal logró la detención del presunto autor, quien luego fue puesto a disposición de la Jueza de Menores de Rafaela, la Dra. María Alejandra Feraudo de Platini.
Ya fue indagado
En las últimas horas este Diario pudo obtener precisiones respecto de las diligencias que se vienen concretando en el marco de tan grave sucesos. Así pudimos saber que la Jueza interviniente le tomó indagatoria al menor el pasado martes y que éste se encuentra alojado en la Alcaidía de la Jefatura de Policía de nuestra ciudad. mientras se están realizando todas las evaluaciones que se concretan habitualmente cuando un menor es detenido relacionado a un hecho ilícito, a fin de determinar las medidas que se tomarán desde el Juzgado.
Además por estas horas se les está tomando declaración testimonial a las personas que estuvieron en el lugar ese viernes trágico para la comunidad humbertina. En esa indagatoria el jovencito estuvo acompañado de su padrastro aunque no habría intenciones por parte de éste de hacerse cargo del mismo y acompañarlo.
¿Tenía antecedentes?
Por lo que sabemos hasta ahora no tenía antecedentes no obstante desde el Juzgado se solicitó a la Comuna de Humberto Primo un informe del Área Social para conocer si ellos habían intervenido en alguna ocasión respecto de la situación del menor.
Por lo que pudo saberse él habría declarado que se encontraba en situación de calle y que arrastra una situación familiar muy complicada, debido a que su madre en algún momento sufrió un ACV (accidente cerebro vascular) y está incapacitada para dirigir sus acciones por lo que desde hace un tiempo la mujer vive con una hermana que la asiste; en cuanto al padre se desconoce quién es, lo que sí se sabe es que el niño nació en la ciudad de Tostado aunque su progenitor nunca se hizo cargo de él y un padrastro que se ocupaba del menor mientras estaba en pareja con la madre de éste, pero ahora con lo de la enfermedad de ésta, ya no lo tenía bajo su cuidado y es por eso -aunque en principio también vivía con una tía- luego señaló que estaba en situación de calle por lo que asistentes sociales del Juzgado de Menores están trabajando en Humberto Primo visitando a la familia y averiguando todo lo inherente a lo que era la vida del menor sindicado como presunto autor del homicidio.
Tras toda esta explicación las fuentes reiteraron que el chico al menos en el Juzgado de Menores no tenía antecedentes y tampoco los tenía la víctima fatal. Sí se supo que al momento de concretarse la agresión el supuesto matador de Valentín Nicolás Santillán, estaba viviendo en esa casa donde se concretó el hecho y que todo habría sobrevenido tra una supuesta provocación previa de la víctima hacia el victimario.
Medidas socioeducativas
Una vez que culminen las diligencias investigativas el menor deberá cumplir indefectiblemente con medidas socioeducativas ya que el delito que se le endilga es muy grave, independientemente de lo que resulte de la investigación que se está llevando a cabo. Los lugares donde se cumplen esas medidas socioeducativas son la cárcel de Las Flores; Casa del Adolescente; Libertad Asistida o la Cárcel de Coronda, siempre que haya disponibilidad de plazas en esos lugares. Desde el Juzgado ya se envió el oficio correspondiente el mismo día de la toma de indagatoria al presunto autor, aunque aún no hubo respuestas respecto de dónde puede haber una plaza disponible.
El hecho
Recordamos que el viernes 24 de setiembre personal de la Comisaría Nº 7 de la localidad de Humberto Primo, se hizo presente en calle Corrientes al 500 aproximadamente a raíz de hallarse en el lugar un herido de arma blanca. Allí pudieron corroborar la veracidad de los dichos, observando a una persona tendida en el suelo. Rápidamente comisionaron al servicio de emergencias, quien examinó a la víctima corroborando el deceso, por una herida corto punzante en el pecho. Poco después se logró identificar al occiso, resultando ser un joven de 17 años de edad -Valentín Nicolás Santillán- cuyo cuerpo estaba en la vereda sobre una colcha. Tras efectuar tareas investigativas se pudo establecer que el autor de tan luctuoso hecho sería un joven de 16 años, domiciliado en dicha población quien poco después fue detenido y puesto a disposición de la Jueza de Menores Dra. María Alejandra Feraudo quien ordenó que permanezca detenido mientras continúan las diligencias tendientes a determinar las causas de tan conmocionante hecho.
Fuente: Diario Castellanos
Judicial
Cargó nafta en lugar de gasoil: una estación de servicio deberá pagar más de $7 millones
El error ocurrió cuando un cliente fue a cargar combustible a su Renault Clio diésel en Pergamino. La Justicia responsabilizó a la empresa por los daños al vehículo y cuestionó la falta de una solución efectiva al reclamo.
Una estación de servicio de Pergamino, provincia de Buenos Aires, fue condenada en primera instancia a pagar $7.010.000 más intereses a un cliente al que le cargaron nafta en lugar de gasoil en su automóvil.
El fallo del Juzgado en lo Civil y Comercial N.º 1 reconoció una indemnización por la reparación del vehículo, la privación de uso y el daño moral. También impuso una multa civil por la respuesta de la empresa frente al reclamo.
El error que dejó al auto fuera de funcionamiento
El episodio ocurrió el 15 de octubre de 2022, cuando el conductor, que entonces tenía 26 años, llegó a la estación para cargar $2.000 de gasoil en su Renault Clio diésel.
Según los hechos que el juzgado consideró probados, un empleado despachó nafta por equivocación. Después de pagar, el vehículo comenzó a fallar y se detuvo a pocos metros del surtidor.
De acuerdo con los testimonios valorados en la causa, el playero reconoció el error. El automóvil fue trasladado a un taller mecánico cercano sin encender el motor.
Sin embargo, luego de los primeros trabajos, el propietario volvió a circular y, tras recorrer aproximadamente una cuadra, el motor falló nuevamente y dejó de funcionar.
El cliente inició una demanda en septiembre de 2024. La empresa negó su responsabilidad y cuestionó las pruebas y los montos reclamados.
Qué pruebas tuvo en cuenta la Justicia
Para reconstruir lo ocurrido, el tribunal analizó el comprobante de pago, los testimonios y una pericia mecánica.
Según la sentencia, esos elementos permitieron establecer que el cliente había solicitado gasoil y que el error se produjo dentro de la estación de servicio.
La pericia explicó que la presencia de nafta en un motor diésel puede provocar daños en el sistema de inyección, debido a las diferencias en las propiedades lubricantes de ambos combustibles. También señaló que una reparación adecuada puede requerir vaciar el tanque, limpiar el circuito y cambiar filtros y, según los daños, otros componentes.
El juzgado consideró razonables los valores de repuestos y mano de obra presentados para reparar el automóvil. Además, entendió que la empresa no aportó pruebas suficientes para atribuir el desperfecto al consumidor o a una causa diferente de la carga equivocada.
Cómo se compone la indemnización
La condena suma $7.010.000, distribuidos de la siguiente manera:
- $3.500.000 por daño material: destinados a cubrir la reparación del vehículo.
- $210.000 por privación de uso: por el tiempo en que el propietario no pudo disponer del automóvil.
- $1.800.000 por daño moral: por las molestias y gestiones que debió afrontar a raíz del episodio.
- $1.500.000 por daño punitivo: como sanción civil vinculada con la prestación deficiente del servicio y la falta de una respuesta efectiva al reclamo.
El tribunal consideró que la estación debía cumplir con sus obligaciones como proveedora dentro de una relación de consumo. También señaló que la empresa estaba en mejores condiciones de aportar información técnica y documentación sobre lo ocurrido.
La empresa deberá pagar con intereses
La sentencia sostuvo que no era razonable exigirle al cliente conocimientos técnicos para determinar si el sistema de combustible había sido limpiado correctamente después del error.
Además, consideró que la falta de una solución efectiva, las gestiones realizadas por el propietario y la necesidad de iniciar un juicio justificaban los distintos conceptos indemnizatorios.
El fallo estableció que el pago deberá realizarse dentro de los diez días posteriores a la notificación de la sentencia y dispuso la aplicación de intereses, con un cálculo específico para el daño material.
La condena es de primera instancia y las costas del proceso quedaron a cargo de la estación de servicio. La regulación de honorarios se resolverá una vez firme la liquidación de intereses y gastos.
Con información de Cadena 3
Judicial
Vivieron 27 años en un terreno familiar, construyeron su casa y ahora deberán irse: cobrarán más de $21 millones
Una pareja tendrá que devolverle a la madre del hombre el terreno donde vivió durante casi tres décadas. La Justicia rechazó su pedido para quedarse con la propiedad, pero reconoció el dinero que invirtieron en construir la vivienda.
Un conflicto familiar que comenzó en 1999 terminó con una decisión judicial que combina dos resoluciones: la madre recuperará el terreno y su hijo y su nuera recibirán una compensación superior a los $21 millones por la casa que construyeron allí.
El caso fue analizado por la Justicia de Neuquén, donde la pareja buscaba que se reconociera su derecho a quedarse con la parte del inmueble que ocupaba desde hacía 27 años.
Cómo comenzó el conflicto familiar
La historia se inició en 1999, cuando la madre permitió que su hijo y su esposa se instalaran en el fondo de su propiedad. Según explicó durante el proceso, la intención era ayudarlos a contar con un lugar donde vivir sin tener que pagar un alquiler.
En ese momento, el sector tenía pocas construcciones. La pareja sostuvo que levantó su vivienda con recursos propios, contrató trabajadores y realizó distintas mejoras.
Con el paso de los años, ese espacio se convirtió en su hogar. Ambos señalaron que contaban con servicios a su nombre y que habían mantenido una ocupación pública y pacífica.
Sin embargo, la relación familiar se deterioró y la propietaria inició una demanda para recuperar el terreno. Su hijo y su nuera se opusieron y reclamaron que se les reconociera la propiedad por el tiempo que llevaban viviendo allí.
Por qué no pudieron quedarse con el terreno
La pareja intentó obtener el inmueble mediante la usucapión, un mecanismo legal que permite adquirir una propiedad cuando se cumplen los requisitos establecidos por la ley durante un determinado período.
No obstante, la jueza civil María Eliana Reynals consideró que el tiempo de permanencia y las construcciones realizadas no eran suficientes para reconocerles ese derecho.
El punto determinante fue que la ocupación había comenzado con la autorización de la madre. Para la Justicia, ese permiso inicial no demostraba por sí mismo que el hijo y su esposa hubieran poseído el terreno como propietarios frente a la titular.
La Sala III de la Cámara de Apelaciones de Neuquén confirmó la decisión y estableció que el inmueble debía ser restituido a su propietaria.

La compensación de más de $21 millones
Aunque rechazó el reclamo para quedarse con el terreno, la Justicia reconoció que la pareja había invertido dinero propio en la construcción de la vivienda.
Las pruebas presentadas durante el juicio permitieron establecer que ambos financiaron la casa. Por ese motivo, se dispuso que la propietaria los compensara económicamente por las mejoras realizadas.
La indemnización supera los $21 millones, según la valuación de un profesional incorporada al expediente.
La Cámara, integrada por las juezas Laura Marcela Serrano y Cecilia Pamphile, confirmó íntegramente la resolución. También se pidió la colaboración de las partes para concretar la devolución del inmueble y cumplir con las obligaciones económicas, con el objetivo de evitar que el conflicto familiar se profundice.
De esta manera, después de casi tres décadas, la madre recuperará el terreno, mientras que su hijo y su nuera podrán cobrar por la vivienda que construyeron. La Justicia consideró que haber vivido allí durante tantos años no les otorgaba automáticamente la propiedad, aunque sí correspondía reconocer la inversión realizada.
Con información de TN
Judicial
Hotesur y Los Sauces: comenzó el juicio contra Cristina y Máximo Kirchner por presunto lavado de dinero
El debate comenzó este viernes en los tribunales federales de Comodoro Py. La expresidenta y su hijo participan de manera virtual de la audiencia inicial, en una causa que investiga operaciones hoteleras e inmobiliarias vinculadas con empresarios.
El juicio oral por las causas Hotesur y Los Sauces comenzó este viernes 23 de octubre en los tribunales federales de Comodoro Py, en la Ciudad de Buenos Aires. Entre los acusados se encuentran la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner y su hijo, el diputado nacional Máximo Kirchner.
La primera audiencia se inició alrededor de las 10 ante el Tribunal Oral Federal N.º 5. Durante esta jornada se leen las acusaciones y los hechos que serán analizados a lo largo del proceso.
Por decisión del tribunal, Cristina y Máximo Kirchner participan de manera remota de esta audiencia inicial. Según la información difundida, la modalidad virtual fue autorizada para esta primera jornada, mientras que las siguientes serán presenciales, salvo excepciones que puedan concederse.
Qué se investiga en las causas
El proceso busca determinar si operaciones hoteleras e inmobiliarias relacionadas con sociedades de la familia Kirchner fueron utilizadas para canalizar y dar apariencia legal a fondos de presunto origen ilícito.
En la causa Hotesur, se analizan negocios vinculados con establecimientos hoteleros de la familia, incluidos contratos y pagos relacionados con empresas de empresarios que mantuvieron vínculos comerciales con el Estado.
Por su parte, Los Sauces investiga contratos de alquiler de propiedades vinculadas con una sociedad inmobiliaria de la familia Kirchner. Entre las operaciones bajo análisis figuran negocios con empresas relacionadas con Lázaro Báez y con el Grupo Indalo.
La hipótesis de la acusación sostiene que esas operaciones podrían haber formado parte de maniobras de lavado de activos. Las defensas rechazan esa interpretación y sostienen que se trató de negocios legítimos.
Las responsabilidades penales deberán establecerse durante el juicio y las acusaciones tendrán que ser evaluadas a partir de las pruebas presentadas ante el tribunal.
Quiénes participan del debate
El Tribunal Oral Federal N.º 5 está integrado, según la información difundida, por los jueces José Michilini, Adriana Palliotti y Fernando Machado Pelloni.
Además de Cristina y Máximo Kirchner, entre los acusados mencionados se encuentran Lázaro Báez, Martín Báez, Cristóbal López y Fabián de Sousa, junto con otras personas vinculadas con las sociedades investigadas.
La audiencia inaugural está dedicada a la lectura de los requerimientos de elevación a juicio, que detallan los hechos investigados y los delitos atribuidos a cada acusado.
Un proceso judicial de alto impacto
El inicio del debate abre una nueva etapa judicial para Cristina Kirchner, quien ya fue condenada en la causa Vialidad. En este proceso, el tribunal deberá analizar las operaciones comerciales investigadas y determinar si existieron maniobras delictivas.
El juicio continuará con las distintas instancias previstas, incluidos los planteos de las defensas y la evaluación de las pruebas. Por ahora, el comienzo de las audiencias no implica una declaración de culpabilidad de los acusados.
Con información de NA
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