Judicial
La Jueza de Menores indagó al autor de un homicidio en Humberto Primo
La diligencia se concretó hace algunas horas ante la Dra. María Alejandra Feraudo de Platini en la sede del Juzgado de Menores de Rafaela. El menor de 16 años quien se encuentra alojado en la Alcaidía de la Jefatura de Policía de nuestra ciudad, estuvo acompañado por su padrastro. En los próximos días quedaría definida su situación y deberá cumplir medidas socioeducativas en el establecimiento que determine la Dirección de Justicia Penal Juvenil.
El pasado viernes 24 de setiembre -tal como informara Diario CASTELLANOS– se produjo un hecho que conmocionó a la comunidad de la localidad de Humberto Primo cuando un menor de 16 años asesinó de una puñalada en el pecho a otro de 17, identificado como Valentín Nicolás Santillán, tras una discusión previa que habían mantenido momentos antes. Tras ello y luego de efectuar diligencias investigativas, personal de la Agencia de Investigación Criminal logró la detención del presunto autor, quien luego fue puesto a disposición de la Jueza de Menores de Rafaela, la Dra. María Alejandra Feraudo de Platini.
Ya fue indagado
En las últimas horas este Diario pudo obtener precisiones respecto de las diligencias que se vienen concretando en el marco de tan grave sucesos. Así pudimos saber que la Jueza interviniente le tomó indagatoria al menor el pasado martes y que éste se encuentra alojado en la Alcaidía de la Jefatura de Policía de nuestra ciudad. mientras se están realizando todas las evaluaciones que se concretan habitualmente cuando un menor es detenido relacionado a un hecho ilícito, a fin de determinar las medidas que se tomarán desde el Juzgado.
Además por estas horas se les está tomando declaración testimonial a las personas que estuvieron en el lugar ese viernes trágico para la comunidad humbertina. En esa indagatoria el jovencito estuvo acompañado de su padrastro aunque no habría intenciones por parte de éste de hacerse cargo del mismo y acompañarlo.
¿Tenía antecedentes?
Por lo que sabemos hasta ahora no tenía antecedentes no obstante desde el Juzgado se solicitó a la Comuna de Humberto Primo un informe del Área Social para conocer si ellos habían intervenido en alguna ocasión respecto de la situación del menor.
Por lo que pudo saberse él habría declarado que se encontraba en situación de calle y que arrastra una situación familiar muy complicada, debido a que su madre en algún momento sufrió un ACV (accidente cerebro vascular) y está incapacitada para dirigir sus acciones por lo que desde hace un tiempo la mujer vive con una hermana que la asiste; en cuanto al padre se desconoce quién es, lo que sí se sabe es que el niño nació en la ciudad de Tostado aunque su progenitor nunca se hizo cargo de él y un padrastro que se ocupaba del menor mientras estaba en pareja con la madre de éste, pero ahora con lo de la enfermedad de ésta, ya no lo tenía bajo su cuidado y es por eso -aunque en principio también vivía con una tía- luego señaló que estaba en situación de calle por lo que asistentes sociales del Juzgado de Menores están trabajando en Humberto Primo visitando a la familia y averiguando todo lo inherente a lo que era la vida del menor sindicado como presunto autor del homicidio.
Tras toda esta explicación las fuentes reiteraron que el chico al menos en el Juzgado de Menores no tenía antecedentes y tampoco los tenía la víctima fatal. Sí se supo que al momento de concretarse la agresión el supuesto matador de Valentín Nicolás Santillán, estaba viviendo en esa casa donde se concretó el hecho y que todo habría sobrevenido tra una supuesta provocación previa de la víctima hacia el victimario.
Medidas socioeducativas
Una vez que culminen las diligencias investigativas el menor deberá cumplir indefectiblemente con medidas socioeducativas ya que el delito que se le endilga es muy grave, independientemente de lo que resulte de la investigación que se está llevando a cabo. Los lugares donde se cumplen esas medidas socioeducativas son la cárcel de Las Flores; Casa del Adolescente; Libertad Asistida o la Cárcel de Coronda, siempre que haya disponibilidad de plazas en esos lugares. Desde el Juzgado ya se envió el oficio correspondiente el mismo día de la toma de indagatoria al presunto autor, aunque aún no hubo respuestas respecto de dónde puede haber una plaza disponible.
El hecho
Recordamos que el viernes 24 de setiembre personal de la Comisaría Nº 7 de la localidad de Humberto Primo, se hizo presente en calle Corrientes al 500 aproximadamente a raíz de hallarse en el lugar un herido de arma blanca. Allí pudieron corroborar la veracidad de los dichos, observando a una persona tendida en el suelo. Rápidamente comisionaron al servicio de emergencias, quien examinó a la víctima corroborando el deceso, por una herida corto punzante en el pecho. Poco después se logró identificar al occiso, resultando ser un joven de 17 años de edad -Valentín Nicolás Santillán- cuyo cuerpo estaba en la vereda sobre una colcha. Tras efectuar tareas investigativas se pudo establecer que el autor de tan luctuoso hecho sería un joven de 16 años, domiciliado en dicha población quien poco después fue detenido y puesto a disposición de la Jueza de Menores Dra. María Alejandra Feraudo quien ordenó que permanezca detenido mientras continúan las diligencias tendientes a determinar las causas de tan conmocionante hecho.
Fuente: Diario Castellanos
Judicial
Un padre deberá indemnizar con $65 millones a su hija por no haberla reconocido durante más de 20 años
Una cámara de apelaciones confirmó la condena contra un hombre que deberá pagar una indemnización de 65 millones de pesos, más intereses, a su hija por los daños ocasionados tras negarse a reconocer legalmente el vínculo filial durante más de dos décadas.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil ratificó la sentencia al considerar acreditado que el demandado conocía la existencia de su hija desde 2004, pero no avanzó con su reconocimiento.
La demanda fue impulsada por la hija
La causa fue iniciada por una mujer, actualmente de 37 años, quien reclamó una reparación económica por los daños morales, psicológicos y patrimoniales sufridos como consecuencia de no haber sido reconocida por su padre durante gran parte de su vida.
El reconocimiento de la filiación se concretó recién en 2022, a través de una sentencia dictada en un proceso judicial anterior.
La Justicia confirmó la responsabilidad del padre
En primera instancia, el tribunal fijó una indemnización compuesta por:
- $30 millones por daño moral.
- $15 millones por daño psíquico y tratamiento psicológico.
- $20 millones por perjuicio material.
A ese monto se le suman los intereses calculados desde diciembre de 2004, fecha en la que la Justicia consideró que el hombre ya tenía conocimiento del vínculo filial.
La apelación fue rechazada
El demandado apeló la sentencia y aseguró que recién tomó conocimiento del embarazo y del nacimiento de su hija en 2017. También cuestionó la valoración de las pruebas y sostuvo que la mujer demoró varios años en iniciar el reclamo judicial.
Sin embargo, la Sala M de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil rechazó esos argumentos y concluyó que las pruebas reunidas en el expediente demostraban que el padre conocía, o debía conocer, la existencia de su hija desde 2004.
Para llegar a esa conclusión, los jueces analizaron declaraciones testimoniales, registros migratorios y documentación médica incorporada a la causa.
El impacto emocional fue determinante
En la resolución, el tribunal también valoró la historia clínica de la demandante, donde quedaron documentadas las consecuencias emocionales derivadas de la ausencia de la figura paterna.
Entre otros aspectos, se destacaron episodios de ansiedad y el deseo permanente de establecer un vínculo con la familia de su padre.
Finalmente, los magistrados entendieron que el hombre no presentó pruebas suficientes que permitieran desvirtuar la responsabilidad atribuida y confirmaron íntegramente la condena.
Con información de TN
Judicial
Confirman la condena de 23 años de prisión por el crimen de Gonzalo Riatto en Lehmann
La Cámara de Apelaciones confirmó la condena de 23 años de prisión para Miguel Ángel Spahn, hallado culpable del homicidio de Gonzalo Andrés Riatto, ocurrido en 2023 en la localidad de Lehmann, departamento Castellanos.
La resolución quedó firme en segunda instancia tras el rechazo del recurso presentado por la defensa.
La decisión fue adoptada por unanimidad por los jueces Sergio Alvira, Cristian Fiz y Fabio Mudry, quienes ratificaron la sentencia dictada durante el juicio oral realizado en septiembre de 2025.
La Cámara rechazó el planteo de la defensa
La investigación fue llevada adelante por el fiscal Martín Castellano, de la Unidad Fiscal Especial Homicidios de la Fiscalía Regional 5.
Según explicó el fiscal, los camaristas consideraron que la pena impuesta está debidamente fundamentada, resulta razonable y es proporcional a la gravedad del delito.
Además, sostuvieron que la defensa no logró demostrar irregularidades en la sentencia y que sus argumentos se limitaron a cuestionar la valoración realizada por el tribunal respecto de las circunstancias agravantes y atenuantes.
Los fundamentos de la condena
En la resolución, los jueces remarcaron la extrema gravedad del homicidio, al quedar acreditado que Spahn persiguió a la víctima mientras intentaba escapar y refugiarse, hasta atacarla con múltiples puñaladas.
También tuvieron en cuenta la persistencia del ataque, la violencia ejercida y el fuerte impacto que el crimen provocó en la familia de Gonzalo Riatto.
Rechazaron un nuevo estudio de salud mental
La Cámara también desestimó el pedido de la defensa para realizar una nueva junta médica destinada a evaluar la salud mental del condenado.
Los magistrados entendieron que ese planteo ya había sido resuelto en instancias anteriores y que no existían nuevos elementos que justificaran reabrir la discusión.
Por otra parte, resolvieron remitir el registro audiovisual de la audiencia de apelación al Tribunal de Ética del Colegio de Abogados de la 5ª Circunscripción Judicial, para que evalúe expresiones realizadas por la defensa sobre una supuesta influencia del contexto político y social en la determinación de la pena.
Con esta resolución, Miguel Ángel Spahn mantiene la condena de 23 años de prisión como autor del delito de homicidio simple.
Judicial
La Justicia suspendió la venta de SanCor y frenó el proceso de licitación de sus activos
La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral resolvió suspender el proceso de venta de los activos de SanCor tras admitir un recurso presentado por el fideicomiso acreedor Fidulac S.A..
La medida paraliza la licitación hasta que se analicen los cuestionamientos sobre el procedimiento aprobado para la liquidación de la histórica cooperativa láctea.
La licitación quedó suspendida
La Sala II de la Cámara de Apelación de la Quinta Circunscripción Judicial concedió la apelación con efecto suspensivo, dejando sin efecto, de manera provisoria, el pliego de bases y condiciones y el cronograma establecido para la venta de los bienes de SanCor.
En la práctica, esto significa que el proceso de licitación queda detenido hasta que el tribunal resuelva si el mecanismo diseñado para la liquidación se ajusta a la legislación vigente.
Los cuestionamientos de Fidulac
El recurso fue impulsado por Fidulac S.A., fideicomiso acreedor presidido por Gustavo Scaglione, que sostiene que la venta por separado de los activos perjudica el valor de la empresa.
Entre las principales objeciones, el fideicomiso planteó:
- La fragmentación de la empresa, al vender marcas, plantas industriales y otros activos por separado.
- Presuntas irregularidades en la elaboración del pliego licitatorio.
- La supuesta falta de participación efectiva del Comité de Acreedores.
- Observaciones sobre la actuación de la sindicatura.
- Cuestionamientos a la valuación utilizada para establecer el precio base de los activos.
Según el planteo, la empresa como unidad productiva tendría un mayor valor económico que la suma de sus partes, además de ofrecer mayores posibilidades de preservar la actividad y las fuentes de trabajo.
Qué resolvió la Cámara
Hasta ahora, esos argumentos no habían sido analizados porque el juez de primera instancia, Marcelo Gelcich, había rechazado el recurso por una cuestión formal relacionada con la representación de Fidulac.
Sin embargo, la Cámara entendió que tanto el presidente del fideicomiso como su abogado acreditaron correctamente la representación legal y resolvió habilitar el tratamiento de la apelación.
Además, los camaristas señalaron que la aprobación del pliego constituye una decisión de gran trascendencia, ya que define el mecanismo y los valores para la venta de los activos, con posibles consecuencias irreversibles para el futuro de la cooperativa.
Qué puede ocurrir ahora
La Cámara todavía no se pronunció sobre el fondo del conflicto. En esta instancia únicamente decidió que los cuestionamientos deben analizarse antes de continuar con la liquidación.
Mientras tanto, la venta de los activos de SanCor permanecerá suspendida hasta que el tribunal determine si corresponde mantener el procedimiento vigente o introducir modificaciones.
Los bienes de la cooperativa fueron valuados judicialmente en 52,1 millones de dólares, de los cuales 24,7 millones corresponden a las marcas y otros activos intangibles, que despertaron el interés de distintos grupos empresarios.
Con información de Conclusión
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