Judicial
Macri pidió apartar al juez que lo citó a indagatoria
El ex presidente recusó a Martín Bava por «prejuzgamiento y temor fundado de parcialidad» en la causa por espionaje ilegal a familiares de víctimas del hundimiento del submarino.
El ex presidente Mauricio Macri recusó al juez federal subrogante de Dolores Martín Bava por «prejuzgamiento y temor fundado de parcialidad» en la causa por espionaje ilegal a familiares de víctimas del hundimiento del submarino ARA San Juan y, a raíz de ello, pidió suspender su declaración indagatoria prevista para hoy.
Como respuesta a las presentaciones de Macri, el juez Bava emitió a media mañana una resolución en la cual abrió un «incidente» con miras a resolver «lo que por derecho corresponda» sobre el planteo de recusación en su contra, según el texto al que tuvo acceso Télam.
Poco antes, en dos presentaciones al juzgado, el abogado Pablo Lanusse, que representa al ex presidente, recusó por «prejuzgamiento y temor fundado de parcialidad» al magistrado, que citó a Macri a indagatoria y le solicitó que deje sin efecto la indagatoria hasta que ese planteo este resuelto y quede firme, según los escritos a los que tuvo acceso Télam.
Allí se sostuvo que Bava mostró «prejuzgamiento» en el escrito del 1 de octubre último en el que citó a declaración indagatoria a Macri como presunto responsable de las maniobras de espionaje ilegal que se efectuaron desde una base de la AFI en Mar del Plata a los familiares de los fallecidos en el hundimiento del ARA San Juan.
En esa resolución, sostuvo la defensa, Bava dejó «plasmado su prejuzgamiento» y además «exhibe su carencia de mesura, prudencia, imparcialidad y serenidad», argumentó Lanusse.
En tanto, la querella mayoritaria de los familiares de las víctimas del hundimiento del ARA San Juan, representada por la abogada Valeria Carreras, solicitó también hoy la detención de Macri en la causa, luego de que se conociera que el expresidente no se presentará en la declaración indagatoria prevista esta mañana.
«Deberá tenerse por no presentado a la indagatoria y deberá hacerse efectiva la orden de detención» contra el ex presidente Mauricio Macri «en forma inmediata», reclamó Carreras en el escrito entregado al juez federal subrogante de Dolores Martín Bava, según el texto al que tuvo acceso Télam.
La abogada le pidió al juez tener por «acreditada la reticencia del encartado Mauricio Macri y la incomparecencia injustificada del reo Macri» y ordenar su detención con el fin de garantizar su declaración indagatoria en el caso.
Además, planteó que las víctimas del espionaje «saben que, en caso de dejar sin conducirlo por la fuerza pública a prestar declaración a Macri o al menos que cumpla como cualquier ciudadano, quedará impune por siempre».
Por su parte, en el escrito de recusación presentado por la defensa de Macri, el letrado interpretó que «el temor fundado de parcialidad surge cabalmente del análisis de todo lo ya expuesto, que acredita fundada y objetivamente el compromiso personal, cognitivo y emocional del Sr. Juez recusado, y su prejuzgamiento sobre los hechos materia de investigación, de los que se coloca en una situación próxima de víctima potencial».
«Solicito para hacer operativa la garantía de ser oído por un juez imparcial, que se suspenda la audiencia convocada para el día de la fecha a tenor del artículo 294 del ordenamiento ritual, y se inhiba hasta tanto este planteo encuentre resolución definitiva», agregó.
«Por cuestiones de decoro, economía procesal, recta administración de justicia, debido proceso y defensa en juicio que se encuentran involucradas y afectadas, solicito que se suspenda la audiencia dispuesta para el día de la fecha para recibir declaración indagatoria al Sr. Mauricio Macri hasta que el planteo de recusación sea resuelta», pidió el abogado.
Lanusse sostuvo que Bava debe «inhibirse» de seguir en el caso hasta que se resuelva si se aparta o no de la pesquisa, algo que si es rechazado por el magistrado será dirimido en la Cámara Federal de Mar del Plata y podría llegar a Casación Penal.
De manera paralela Lanusse planteó la «incompetencia manifiesta» del juzgado federal de Dolores para seguir en el caso » sin que esto signifique reconocer hechos ni responsabilidad alguna», ante lo cual se reclamó el pase a los tribunales federales porteños, con sede en Comodoro Py 2002.
Macri está imputado por haber «ordenado y posibilitado la realización sistemática de tareas de inteligencia expresamente prohibidas por la ley 25.520 y sus modificatorias», entre diciembre de 2017 y fines de 2018, en contra de los familiares de los tripulantes del hundido submarino Ara San Juan, según el magistrado.
Las tareas supuestamente habilitadas por el expresidente habrían consistido en «la obtención de información, producción de inteligencia y almacenamiento de datos sobre personas, por su opinión política o su pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales, comunitarias y de Derechos Humanos».
«Entre esas tareas de espionaje prohibidas por ley, se le imputa haber ordenado y posibilitado la realización de numerosas de ellas con el propósito de obtener datos personales e información de los familiares y allegados de los tripulantes del submarino ARA San Juan», según detalló el juez Bava en la resolución que emitió el 1 de octubre.
Fuente: Cadena 3
Judicial
Un padre deberá indemnizar con $65 millones a su hija por no haberla reconocido durante más de 20 años
Una cámara de apelaciones confirmó la condena contra un hombre que deberá pagar una indemnización de 65 millones de pesos, más intereses, a su hija por los daños ocasionados tras negarse a reconocer legalmente el vínculo filial durante más de dos décadas.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil ratificó la sentencia al considerar acreditado que el demandado conocía la existencia de su hija desde 2004, pero no avanzó con su reconocimiento.
La demanda fue impulsada por la hija
La causa fue iniciada por una mujer, actualmente de 37 años, quien reclamó una reparación económica por los daños morales, psicológicos y patrimoniales sufridos como consecuencia de no haber sido reconocida por su padre durante gran parte de su vida.
El reconocimiento de la filiación se concretó recién en 2022, a través de una sentencia dictada en un proceso judicial anterior.
La Justicia confirmó la responsabilidad del padre
En primera instancia, el tribunal fijó una indemnización compuesta por:
- $30 millones por daño moral.
- $15 millones por daño psíquico y tratamiento psicológico.
- $20 millones por perjuicio material.
A ese monto se le suman los intereses calculados desde diciembre de 2004, fecha en la que la Justicia consideró que el hombre ya tenía conocimiento del vínculo filial.
La apelación fue rechazada
El demandado apeló la sentencia y aseguró que recién tomó conocimiento del embarazo y del nacimiento de su hija en 2017. También cuestionó la valoración de las pruebas y sostuvo que la mujer demoró varios años en iniciar el reclamo judicial.
Sin embargo, la Sala M de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil rechazó esos argumentos y concluyó que las pruebas reunidas en el expediente demostraban que el padre conocía, o debía conocer, la existencia de su hija desde 2004.
Para llegar a esa conclusión, los jueces analizaron declaraciones testimoniales, registros migratorios y documentación médica incorporada a la causa.
El impacto emocional fue determinante
En la resolución, el tribunal también valoró la historia clínica de la demandante, donde quedaron documentadas las consecuencias emocionales derivadas de la ausencia de la figura paterna.
Entre otros aspectos, se destacaron episodios de ansiedad y el deseo permanente de establecer un vínculo con la familia de su padre.
Finalmente, los magistrados entendieron que el hombre no presentó pruebas suficientes que permitieran desvirtuar la responsabilidad atribuida y confirmaron íntegramente la condena.
Con información de TN
Judicial
Confirman la condena de 23 años de prisión por el crimen de Gonzalo Riatto en Lehmann
La Cámara de Apelaciones confirmó la condena de 23 años de prisión para Miguel Ángel Spahn, hallado culpable del homicidio de Gonzalo Andrés Riatto, ocurrido en 2023 en la localidad de Lehmann, departamento Castellanos.
La resolución quedó firme en segunda instancia tras el rechazo del recurso presentado por la defensa.
La decisión fue adoptada por unanimidad por los jueces Sergio Alvira, Cristian Fiz y Fabio Mudry, quienes ratificaron la sentencia dictada durante el juicio oral realizado en septiembre de 2025.
La Cámara rechazó el planteo de la defensa
La investigación fue llevada adelante por el fiscal Martín Castellano, de la Unidad Fiscal Especial Homicidios de la Fiscalía Regional 5.
Según explicó el fiscal, los camaristas consideraron que la pena impuesta está debidamente fundamentada, resulta razonable y es proporcional a la gravedad del delito.
Además, sostuvieron que la defensa no logró demostrar irregularidades en la sentencia y que sus argumentos se limitaron a cuestionar la valoración realizada por el tribunal respecto de las circunstancias agravantes y atenuantes.
Los fundamentos de la condena
En la resolución, los jueces remarcaron la extrema gravedad del homicidio, al quedar acreditado que Spahn persiguió a la víctima mientras intentaba escapar y refugiarse, hasta atacarla con múltiples puñaladas.
También tuvieron en cuenta la persistencia del ataque, la violencia ejercida y el fuerte impacto que el crimen provocó en la familia de Gonzalo Riatto.
Rechazaron un nuevo estudio de salud mental
La Cámara también desestimó el pedido de la defensa para realizar una nueva junta médica destinada a evaluar la salud mental del condenado.
Los magistrados entendieron que ese planteo ya había sido resuelto en instancias anteriores y que no existían nuevos elementos que justificaran reabrir la discusión.
Por otra parte, resolvieron remitir el registro audiovisual de la audiencia de apelación al Tribunal de Ética del Colegio de Abogados de la 5ª Circunscripción Judicial, para que evalúe expresiones realizadas por la defensa sobre una supuesta influencia del contexto político y social en la determinación de la pena.
Con esta resolución, Miguel Ángel Spahn mantiene la condena de 23 años de prisión como autor del delito de homicidio simple.
Judicial
La Justicia suspendió la venta de SanCor y frenó el proceso de licitación de sus activos
La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral resolvió suspender el proceso de venta de los activos de SanCor tras admitir un recurso presentado por el fideicomiso acreedor Fidulac S.A..
La medida paraliza la licitación hasta que se analicen los cuestionamientos sobre el procedimiento aprobado para la liquidación de la histórica cooperativa láctea.
La licitación quedó suspendida
La Sala II de la Cámara de Apelación de la Quinta Circunscripción Judicial concedió la apelación con efecto suspensivo, dejando sin efecto, de manera provisoria, el pliego de bases y condiciones y el cronograma establecido para la venta de los bienes de SanCor.
En la práctica, esto significa que el proceso de licitación queda detenido hasta que el tribunal resuelva si el mecanismo diseñado para la liquidación se ajusta a la legislación vigente.
Los cuestionamientos de Fidulac
El recurso fue impulsado por Fidulac S.A., fideicomiso acreedor presidido por Gustavo Scaglione, que sostiene que la venta por separado de los activos perjudica el valor de la empresa.
Entre las principales objeciones, el fideicomiso planteó:
- La fragmentación de la empresa, al vender marcas, plantas industriales y otros activos por separado.
- Presuntas irregularidades en la elaboración del pliego licitatorio.
- La supuesta falta de participación efectiva del Comité de Acreedores.
- Observaciones sobre la actuación de la sindicatura.
- Cuestionamientos a la valuación utilizada para establecer el precio base de los activos.
Según el planteo, la empresa como unidad productiva tendría un mayor valor económico que la suma de sus partes, además de ofrecer mayores posibilidades de preservar la actividad y las fuentes de trabajo.
Qué resolvió la Cámara
Hasta ahora, esos argumentos no habían sido analizados porque el juez de primera instancia, Marcelo Gelcich, había rechazado el recurso por una cuestión formal relacionada con la representación de Fidulac.
Sin embargo, la Cámara entendió que tanto el presidente del fideicomiso como su abogado acreditaron correctamente la representación legal y resolvió habilitar el tratamiento de la apelación.
Además, los camaristas señalaron que la aprobación del pliego constituye una decisión de gran trascendencia, ya que define el mecanismo y los valores para la venta de los activos, con posibles consecuencias irreversibles para el futuro de la cooperativa.
Qué puede ocurrir ahora
La Cámara todavía no se pronunció sobre el fondo del conflicto. En esta instancia únicamente decidió que los cuestionamientos deben analizarse antes de continuar con la liquidación.
Mientras tanto, la venta de los activos de SanCor permanecerá suspendida hasta que el tribunal determine si corresponde mantener el procedimiento vigente o introducir modificaciones.
Los bienes de la cooperativa fueron valuados judicialmente en 52,1 millones de dólares, de los cuales 24,7 millones corresponden a las marcas y otros activos intangibles, que despertaron el interés de distintos grupos empresarios.
Con información de Conclusión
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