Judicial
La Corte Suprema ordenó a Nación el pago de $86 mil millones a Santa Fe
Al haber transcurrido seis años de la sentencia definitiva en el conflicto, se decidió que se aplique a la deuda nominal la tasa activa del Banco Nación.
La Corte Suprema de Justicia ordenó al Estado Nacional a devolverle a la provincia de Santa Fe fondos coparticipables por unos $86 mil millones retenidos indebidamente, según un fallo emitido por el mismo tribunal en 2015.
La resolución, firmada por los ministros Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, se conoció poco después de la reunión que el ministro de Justicia, Martín Soria, mantuvo en el cuarto piso del Palacio de Justicia con los cuatro miembros de la Corte.
En agosto de 1992, el entonces gobierno de Carlos Menem impuso a varias provincias, entre ellas la de Santa Fe, un recorte del 15% de los impuestos coparticipables que, luego de sucesivas presentaciones ante la Corte, se terminó declarando inconstitucional en 2015.
Desde allí, la discusión jurídica se trasladó a la tasa de actualización que debía pagar la administración nacional en concepto de esos fondos retenidos indebidamente. La Corte intentó que las partes acordaran la actualización y los plazos, pero, al haber transcurrido seis años de la sentencia definitiva en el conflicto, decidió que se aplique a la deuda nominal la tasa activa del Banco Nación.
En el fallo de ocho páginas, el máximo tribunal explicó su decisión “en el entendimiento de que tal porcentaje permite mantener un equilibrio entre posturas sustentadas en el interés general” y aclaró que no recurre a cálculos más onerosos para no complicar las cuentas públicas. En rigor, el Estado Nacional deberá devolver el 15% que se retenía por el acuerdo fiscal y otro 1,9% que también se retenía de manera indebida según la Corte, vía la Administración Federal de Ingresos Públicos.
Según el cálculo de los auditores contables, con la actualización dispuesta por la Corte, el monto total del resarcimiento estaría cercano a los $86 mil millones. Si bien no son expedientes con las mismas características, se estima que la decisión de hoy impactará en los reclamos que también hicieron por recortes a la coparticipación las provincias de San Luis, Córdoba y la Ciudad de Buenos Aires.
Fuente: Vía Santa Fe
Judicial
⚖️ Justicia en Sunchales: juez rechaza prisión preventiva para dos jóvenes acusados de robo
En los Tribunales de Rafaela, el juez Javier Bottero resolvió que Lucas M (21) y Valentín J (19) quedaron en libertad bajo medidas alternativas, al considerar que las pruebas presentadas por la fiscalía son insuficientes para justificar la prisión preventiva en el caso de un robo calificado en Sunchales.
🕵️♂️ Los hechos imputados
Robo en despensa: Durante la madrugada, M. y J. habrían ingresado a una despensa en calle Juan B. Justo al 1200, junto a otros tres individuos no detenidos, sustrayendo una caja registradora, bebidas y alimentos.
- Hurto de fernet: A J. también se le atribuyó un segundo episodio, alrededor del mediodía del último sábado, al sustraer dos botellas de fernet de un supermercado, siendo interceptado con una de ellas.
La fiscalía solicitó prisión preventiva apoyándose en videos de comercios cercanos y declaraciones de testigos, argumentando que se trataba de un robo cometido “en poblado y en banda”.
⚖️ Defensa y argumentos del juez
La abogada Amalia Cassina cuestionó la solidez de las pruebas:
- Las cámaras de seguridad no permiten identificación clara.
- La vinculación de J. con el robo se basaba solo en que vestía una camiseta de Boca, prenda de uso masivo.
- No se observaba coordinación estructurada que evidenciara la existencia de una banda organizada.
- Ambos imputados no cuentan con antecedentes condenatorios firmes.
Tras evaluar los argumentos, el juez concluyó que no existían riesgos procesales suficientes ni expectativa de pena que justificara la prisión preventiva, y dispuso libertad con medidas alternativas:
- Fijación de domicilio
- Presentación mensual ante la autoridad
- Prohibición de acercamiento a víctimas o testigos
La investigación seguirá su curso para identificar a los demás presuntos involucrados y recopilar nuevas pruebas.
Por Móvil Quique
Judicial
⚖️ Condenaron a Nicolás Mattioli por la muerte de una ciclista en Santo Tomé
El cantante Nicolás Mattioli fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional por el homicidio culposo de Claudia Laura Decurgez, la mujer que falleció tras ser atropellada en septiembre de 2024 en la ciudad de Santo Tomé.
La sentencia se dictó en el marco de un juicio abreviado, instancia en la que el imputado reconoció su responsabilidad en el hecho.
🚗 El hecho que terminó en tragedia
El siniestro ocurrió en la mañana del 21 de septiembre de 2024, cuando la víctima circulaba en bicicleta por Santo Tomé y fue embestida por la camioneta conducida por el artista.
Producto del fuerte impacto, la mujer perdió la vida, lo que derivó en la imputación y posterior proceso judicial.
📜 Qué establece la condena
La audiencia fue presidida por la jueza penal Susana Luna, con acuerdo entre fiscalía, querella y defensa.
El fallo determina:
- ⚖️ Tres años de prisión condicional
- 🚫 Siete años de inhabilitación para conducir vehículos
Cabe recordar que previamente la fiscalía y la querella habían rechazado un pedido de probation presentado por la defensa, lo que finalmente llevó a la realización del juicio abreviado y a la condena confirmada este martes.
La causa sigue generando repercusión en la región.
Noticia en desarrollo.
Por Móvil Quique con información de Infor Mate
Judicial
🔴 Condena ejemplar en Rafaela: 10 años de prisión por violencia de género y abuso sexual
Un hombre de 45 años, identificado como José Francisco Strauss, fue condenado a 10 años de prisión de cumplimiento efectivo por delitos cometidos en un contexto de violencia de género contra quien era su pareja en la ciudad de Rafaela.
Un hombre de 45 años, identificado como José Francisco Strauss, fue condenado a 10 años de prisión de cumplimiento efectivo por delitos cometidos en un contexto de violencia de género contra quien era su pareja en la ciudad de Rafaela.
La sentencia fue dictada tras un juicio oral que finalizó este mediodía en los tribunales rafaelinos. La investigación y acusación estuvieron a cargo de la fiscal Gabriela Lema, integrante del Ministerio Público de la Acusación (MPA).
El juez del debate fue Juan Gabriel Peralta.
⚖️ Los hechos
Según detalló la fiscal, los hechos ocurrieron el 28 de febrero de 2024 por la tarde, en la vivienda que la pareja compartía.
Durante una discusión, el ahora condenado:
- Golpeó a la víctima con puños, cachetadas y puntapiés, incluso en la cabeza.
- Le provocó lesiones graves.
- Continuó la agresión durante la noche.
- A la mañana siguiente, la abusó sexualmente.
Cerca de las 8, la obligó a salir de la casa y siguió agrediéndola en la vereda hasta que vecinos intervinieron para frenar la situación.
📌 La condena
Strauss fue hallado autor de:
- Abuso sexual con acceso carnal.
- Lesiones graves dolosas calificadas por el vínculo y por mediar violencia de género.
Tras conocerse el veredicto, la fiscal Lema manifestó su conformidad con la sentencia y valoró que el tribunal haya impuesto la pena solicitada por la acusación.
La condena es de cumplimiento efectivo, lo que implica que el condenado deberá cumplir la pena en prisión.
Por Móvil Quique con información de Diario Castellanos
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