Pais
Censo 2022: ¿es obligatorio, es confidencial, es feriado?
El miércoles 18 de mayo a las 8 comenzará el censo presencial. Hasta ese momento se puede responder online. Se prevé que se extienda hasta las 18

Esta semana se realiza un nuevo Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas. Ya pasaron más de 4.200 días y una pandemia para que este miércoles 18 de mayo de 2022 se realice una vez más el relevamiento de población. “Se podrá saber cuántos somos, cómo somos y cómo vivimos”, define el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), responsable de coordinar el programa.
La opción de responder de manera virtual las preguntas del censo vence a las 8 de la mañana del miércoles 18 de mayo, justo cuando empiecen formalmente las visitas presenciales. La obligatoriedad, la confidencialidad, el feriado, el tiempo de carga, el código alfanumérico que hay que darle al censista, previo al día pueden surgir estas dudas, las respuestas.
*¿Cuándo es el censo?
La opción de cargar la información a través de cualquier dispositivo digital con conexión a internet rige hasta las ocho de la mañana del miércoles 18 de mayo. Ese día, desde las ocho de la mañana y aproximadamente hasta las seis de la tarde se realizará el censo presencial, el auténtico “día del censo”. Los que no hayan respondido el cuestionario online, podrán responder las preguntas en la entrevista directa con el censista.
*¿Tengo que estar en mi casa si ya completé el cuestionario digital?
Sí. El censo digital no reemplaza al censo tradicional: lo que hace es reducir los tiempos de la visita y del procesamiento de datos.
*¿Por qué tengo que esperar al censista si ya completé el cuestionario digital?
Fundamentalmente para darle el código alfanumérico de seis dígitos que entrega el sistema al finalizar el trámite online. “Si bien el Censo incluye la posibilidad de autocensarse en línea, el método sigue considerando que una persona censista visite cada vivienda para asegurarse que toda la población, los hogares y las viviendas del territorio argentino hayan sido contados”, dicen desde el Indec.
*¿Tengo que imprimir el comprobante de finalización del trámite?
No es necesario imprimirlo ni exhibirlo. Simplemente hay que mostrárselo o anunciárselo oralmente al censista cuando visite la vivienda el día del censo para que lo inscriba en el programa de carga de datos.
*¿Es necesario que la persona censista ingrese a mi hogar?
No. Las autoridades sugieren que las preguntas se respondan desde la puerta de la vivienda por razones de prevención sanitaria.
*¿Cómo reconozco a la persona censista?
La persona censista usará una pechera, una bolsa con el logo del operativo donde llevarán los cuestionarios y una credencial con su nombre y apellido que los acredita como enviados del Indec.
*¿Qué pasa si no estoy en mi casa el día del censo?
Se decretó que ese día fuese feriado nacional para garantizar el funcionamiento del relevamiento. No es necesario que todas las personas que sean censadas permanezcan en la vivienda, con que una persona mayor de 14 años sea capaz de responder todas las preguntas es suficiente. En caso de que no haya nadie, se puede coordinar con algún vecino la entrega del comprobante de finalización al censista en caso de que haya realizado el censo digital. Si la persona directamente no está en la casa y no completó el cuestionario online, se contará esa vivienda como vacía.
*¿Es feriado el día del censo?
Sí, el Congreso de la Nación declaró feriado nacional el miércoles 18 de mayo de 2022 según la Ley 24.254, a efectos de que todas las personas puedan ser contadas en el lugar donde residen habitualmente, evitando los desplazamientos de la población. “El Día del Censo, entre las 8 y las 20 horas, no se podrán realizar funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y en general toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos. Los restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas y similares, rotiserías, panaderías y en general todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas y clubes, permanecerán cerrados hasta la hora indicada”, dispone la norma.
*¿Es obligatorio hacer el censo?
Sí. “Todas las personas que habitan el territorio nacional tienen que responder las preguntas incluidas en el cuestionario censal, según el artículo 17 del Decreto 726/2020″, explican desde el Indec.
*¿Hay que presentar el DNI?
No. “El cuestionario censal no solicita DNI. El número de documento, junto al día y mes de nacimiento, es una pantalla temporal que se utiliza para verificar que quien va a entrar a responder el cuestionario digital es una persona humana real y no un robot, con la edad suficiente (a partir de los 14 años) para contestar en nombre de todos los miembros del hogar. La validación es requerida únicamente para el ingreso al cuestionario censal y el resguardo de su información”, explican desde el Indec. Tampoco habrá que presentarlo el día del censo presencial. Incluso se censan todas las personas que residen habitualmente en el país tengan o no DNI. El cuestionario ni siquiera pide apellidos dado que rige el secreto estadístico: toda la información es confidencial y se brindará de forma agregada.
*¿Cuándo estarán los resultados?
El jueves 19 de mayo de 2022, al día siguiente del censo presencial, el Indec tiene previsto informar cuántos habitantes viven en Argentina. Tres meses después habrá una estimación preliminar de las tasas básicas: sexo, edades, población según regiones. A los ocho meses se comunicarán los primeros datos definitivos y al año y medio culminará el procesamiento de todas las variables con el escaneo y la decodificación de las actividades económicas principales de cada hogar.
Fuente: Uno de Santa Fe
Pais
Mendoza: una familia denunció que un albañil abusó de su perra
Los dueños de la mascota notaron lesiones en la zona genital del animal y al revisar las cámaras de seguridad escucharon aullidos de sufrimiento del can. El caso se investiga como maltrato animal.

En el barrio privado Dalvian, situado a cinco minutos de la ciudad de Mendoza, una familia denunció este miércoles a un albañil. Acusan al obrero contratado para realizar remodelaciones en su vivienda de haber cometido un acto de zoofilia contra la perra del hogar.
La familia afectada notó por primera vez señales alarmantes cuando se dieron cuenta de que su mascota estaba lastimada. Al revisarla encontraron lesiones en su zona genital, según informó el medio local El Sol.
Estos síntomas llevaron a los propietarios a revisar las grabaciones de las cámaras de seguridad ubicadas en su domicilio.
En ese momento, se habrían dado cuenta de que el albañil habría abusado de su perra al escuchar los gemidos de sufrimiento del animal, de acuerdo con la información de otro medio local, Los Andes.
La investigación del caso quedó a cargo del fiscal Martín Lucero, de la unidad de Delitos contra el Medio Ambiente, delitos contra los animales y No Especializados.
Según le confirmaron a Infobae desde el Ministerio Público Fiscal de Mendoza, la causa es por “maltrato animal”. La causa quedó en secreto de sumario, por lo que no se confirmó la existencia o detalles del video.
Desde una perspectiva legal, el caso encuentra su respaldo en la Ley Sarmiento (Ley 14.346), una normativa que protege a los animales de maltratos y sufrimientos infligidos de manera intencional.
Aunque la zoofilia no está específicamente tipificada en el Código Penal Argentino, esta ley incluye en su articulado sanciones contra quienes provocan daño o tortura a los animales por simple perversidad, por eso la denuncia fue por maltrato.
Según detalló Oscar Mellado, abogado especializado en derecho animal, en declaraciones a Los Andes: “En esta ley se contempla como delito lo incluido en el Artículo 3 inciso 7, que habla de lastimar y arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por solo espíritu de perversidad. Por lo que la zoofilia, o bestialismo, se puede encuadrar como delito por esta ley”.
El abogado recordó en el mismo medio un caso de 2012, ocurrido en La Pampa, como un hito legal. Allí, un individuo fue condenado a 11 meses de prisión por un acto de similares características.
El comunicado de la empresa encargada del barrio
El barrio privado mendocino está a cargo de la empresa Dalvian S.A., que tras hacerse pública la denuncia compartió un comunicado.
“Desde la empresa DALVIAN S.A. queremos informar a la comunidad respecto del hecho publicado en distintos medios periodísticos relacionados con un eventual abuso animal por parte de un supuesto plomero dentro de una casa particular en el interior del Conjunto Residencial”, comienza el texto.
El comunicado continúa: “A tal fin, cabe aclarar que desde la seguridad de Dalvian se ha informado que se trata de una familia de inquilinos que contrataron de forma particular a una persona para arreglos de plomería que la misma fue ingresada al Conjunto en el auto particular del residente por barrera automática, sin que Dalvian tuviera la posibilidad de autorizar o denegar el ingreso de esta persona, vulnerando la seguridad del Barrio por parte del residente”.
“La empresa no ha tenido ninguna intervención, tanto en su ingreso como en su permanencia dentro del Conjunto Residencial, como así tampoco en la confirmación del hecho, por lo que queremos dejar aclarado este asunto en resguardo del derecho a la imagen de la empresa y del Conjunto Residencial Dalvian, que siempre se ha destacado por su servicio de seguridad y vigilancia. Desde Dalvian informan que ya se han tomado las medidas de resguardo necesarias mientras tramita la investigación”, concluye el mensaje difundido por la empresa.
Fuente: Infobae
Pais
ARCA lanzó un nuevo plan de facilidades de pago para regularizar deudas
El nuevo régimen permitirá regularizar deudas impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció un nuevo régimen de facilidades de pago para la regularización de deudas impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social.
El plan fue formalizado este jueves mediante la Resolución General 5711/2025, publicada en el Boletín Oficial, para posibilitar que contribuyentes y responsables regularicen obligaciones vencidas hasta el 30 de abril de 2025, sin reducción de intereses ni liberación de sanciones.
El régimen permite regularizar obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, incluidos sus accesorios; retenciones y percepciones impositivas; y obligaciones aduaneras por tributos a la importación o exportación, sumado a liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses.
La medida está dirigida a personas humanas, sucesiones indivisas, micro, pequeñas y medianas empresas (tramo 1 y 2), entidades sin fines de lucro, empresas del sector salud y el resto de los contribuyentes.
Entre las características que contiene la iniciativa, se incluyen que el pago a cuenta se calculará sobre el total de la deuda consolidada; las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, con un monto mínimo de $2.000; y no existirán restricciones en la cantidad de planes de facilidades de pago a presentar.
Además, la normativa estipuló que el plan caducará a los 60 días corridos desde que se verifique la falta de pago de dos cuotas, sean consecutivas o alternadas, y dispuso que la tasa fija será del 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente.
Condiciones por tipo de contribuyente:
Personas humanas, sucesiones indivisas, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud:
➡ Pago a cuenta: 10%
➡ Hasta 60 cuotas
Medianas empresas (tramo 1 y 2, excepto personas humanas y sucesiones indivisas):
➡ Pago a cuenta: 15%
➡ Hasta 48 cuotas
Resto de los contribuyentes:
➡ Pago a cuenta: 20%
➡ Hasta 36 cuotas
El acogimiento al nuevo régimen podrá realizarse desde el 1 de julio hasta el 30 de diciembre de 2025, ambos inclusive, a través del sistema informático “Mis Facilidades” con Clave Fiscal.
No podrán adherirse condenados por delitos tributarios, aduaneros o conexos, ni las personas jurídicas cuyos directivos hayan recibido condenas por estas transgresiones de la ley, siempre que exista sentencia firme y la pena no esté cumplida. Tampoco podrán aplicar los responsables solidarios y los garantes de obligaciones impositivas y aduaneras.
Las obligaciones que quedan excluidas del régimen son las retenciones y percepciones previsionales (excepto aportes personales de trabajadores en relación de dependencia), anticipos y pagos a cuenta, el impuesto al valor agregado por servicios digitales y del exterior, aportes y contribuciones a obras sociales (salvo para monotributistas).
Además, tampoco estarán contempladas las cuotas a aseguradoras de riesgos del trabajo, los aportes al régimen de empleados domésticos y rurales, impuestos internos sobre cigarrillos, cuotas de planes de facilidades de pago vigentes, tributos derivados de infracciones al régimen de equipaje aduanero, e intereses, multas y demás accesorios relacionados con los conceptos precedentes.
El ministro de Economía, Luis Caputo, destacó la implementación del régimen en su cuenta de X, indicando que “creo que esta regularización que estamos anunciando vía ARCA, va a ser muy bien recibida, especialmente por las pymes” y adelantó que “en los próximos días estaremos bajando la tasa de interés resarcitoria del 4% al 2,75%”.
Fuente: NA
Pais
Impactante accidente laboral: Trillaba un campo y murió al ser absorbido por una tolva
Ocurrió en zona rural de Washington en el departamento Río Cuarto. El hombre tenía 28 años.

Un hombre de 28 años que trillaba maní murió este jueves por la madrugada al ser absorbido por una tolva en un campo en cercanías a la localidad de Washington, en el departamento Río Cuarto, informaron fuentes policiales.
El horrible hecho sucedió alrededor de la 1.30 cuando José Ignacio Pereyra se encontraba trabajando en la trilla de maní en el establecimiento rural La Marucla, a unos 20 kilómetros de Washington.
Cuando realizaba maniobras sobre una tolva, que estaba conectada a un tractor, fue absorbido, ocasionándole la muerte instantánea.
Fuente: La Voz