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La ANMAT prohibió la venta de un aceite de oliva: por qué y de qué marca
La ANMAT informó, mediante una Disposición publicada en el Boletín Oficial, la prohibición de venta y comercialización de un aceite.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), a través de la Disposición 4489/2022, prohibió la venta y comercialización de un aceite de oliva, por descubrir que se trataba un producto ilegal.
De qué marca es el aceite de oliva prohibido
Se trata del “Aceite de oliva extra virgen, marca Sr. Oliva, Contenido Neto 500 ml, 1° prensada en frío, Elaborado en Aimogasta, La Rioja RPE 04538919, RNPA 08007216”, que fue descubierta por una inspección.
«Del análisis de la muestra mediante informe de laboratorio de la ASSAL N° 39859 informó que el rótulo del producto investigado no declara nombre y domicilio completo de la razón social, ni fecha de duración e identificación del lote, y realizó en el Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA) las consultas federales N° 7841 a la Dirección General de Control de la Industria Alimentaria de la provincia de Córdoba, la N° 7842 al Instituto de Control de Alimentación y Bromatología (ICAB) de la provincia de Entre Ríos y la N° 7843 a la Dirección de Seguridad Alimentaria de la provincia de La Rioja a fin de verificar si los registros de establecimiento y de producto que se exhiben en el rótulo del producto investigado se encuentran autorizados, a lo que informaron que los registros son inexistentes», se informa en el texto oficial.
«Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República, de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284», se explica en el informe.
La investigación fue extensa y al finalizar la ANMAT dispuso:
«Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: Aceite de oliva extra virgen, marca Sr. Oliva, 1° prensada en frío, Elaborado en Aimogasta, La Rioja, RPE 04538919, RNPA 08007216, por carecer de autorización de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado al consignar en su rotulo un número de RPE y RNPA inexistentes, resultando ser un producto en consecuencia ilegal».
Las fotos del aceite que no hay que comprar


Fuente: Minuto Uno
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🚨 Escándalo en el Tren San Martín: denuncian a mujer que le dio cerveza a su bebé
Un video que se viralizó en redes sociales generó una fuerte reacción en Buenos Aires: se observa a una mujer suministrándole cerveza a su bebé mientras viajaban en el Tren San Martín, provocando indignación generalizada.
El Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, presentó una denuncia penal y dio intervención a los organismos de protección competentes tanto de la provincia de Buenos Aires como de la Ciudad, para identificar a la madre y garantizar la seguridad de la niña.
⚠️ Detalles del hecho
En las imágenes que circulan, se ve a la bebé en brazos de la mujer, tomando alcohol directamente de la lata.
El objetivo de la denuncia es que se investigue si los hechos podrían configurar delitos de acción pública y, sobre todo, adoptar medidas urgentes de protección para resguardar la integridad física y la salud de la niña.
El Ministerio recordó su compromiso con la protección de los derechos de niños y adolescentes y destacó la coordinación entre distintos niveles de gobierno para responder rápidamente ante situaciones de riesgo.
Por Móvil Quique con información de NA
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⛪💥 Polémica en Corrientes: pareja trans se casó en iglesia católica y el Arzobispado anuló la boda
Un casamiento celebrado en una parroquia de Corrientes desató una fuerte controversia religiosa e institucional.
El Arzobispado local anunció que declarará nulo “ipso facto” el matrimonio de una pareja trans celebrado el 28 de enero y advirtió que el sacerdote que ofició la ceremonia podría enfrentar sanciones canónicas.
La boda se realizó en la parroquia Nuestra Señora de Pompeya, y fue encabezada por el fray Fernando Luis Gómez. Tras la polémica, el religioso dejó la provincia por recomendación de sus superiores.
📌 Qué pasó
La pareja —Solange Ayala e Isaías Díaz Núñez— celebró el sacramento tras mantener reuniones previas con el sacerdote. Según relataron, el proceso se llevó adelante como cualquier otro trámite matrimonial.
Sin embargo, el Arzobispado de Corrientes sostuvo que no recibió la documentación eclesiástica correspondiente ni se habrían cumplido las formalidades requeridas por el Derecho Canónico.
El arzobispo José Adolfo Larregaín explicó que, al no cumplirse los requisitos de “materia y forma” exigidos por la Iglesia, el matrimonio se considera inválido automáticamente.
⚖️ La postura oficial de la Iglesia
Desde la Arquidiócesis remarcaron que:
- El matrimonio sacramental requiere condiciones canónicas esenciales.
- La omisión de estos requisitos puede generar confusión entre los fieles.
- La Iglesia recibe a todas las personas, pero eso no implica administrar sacramentos fuera de las normas vigentes.
También recordaron la declaración Fiducia Supplicans impulsada por el papa Papa Francisco, que permite bendiciones pastorales a parejas en situaciones irregulares, pero no habilita matrimonios sacramentales fuera de los parámetros establecidos.
🏛️ Debate legal y religioso
En Argentina, el matrimonio civil entre personas trans está amparado por la Ley de Matrimonio Igualitario y la Ley de Identidad de Género.
No obstante, para la Iglesia Católica, el matrimonio se rige por el Derecho Canónico, que lo define como la unión entre un varón y una mujer en términos biológicos.
Un abogado especializado en Derecho Canónico sostuvo que, desde su perspectiva, se habrían cumplido los requisitos civiles y eclesiásticos, lo que agrega más tensión al caso.
🔎 Qué puede pasar ahora
El Arzobispado analiza posibles medidas disciplinarias formales contra el sacerdote que ofició la ceremonia, mientras la parroquia adelantó que reforzará los controles y entrevistas previas para evitar situaciones similares.
El caso reabrió el debate sobre los límites entre el derecho civil y la normativa interna de la Iglesia, y generó repercusión tanto en ámbitos religiosos como en sectores vinculados a los derechos de género.
Por Móvil Quique con información de La Nación
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🚨 Golpe al sector farmacéutico: la ANMAT dio de baja a más de 60 droguerías y laboratorios en todo el país
En una decisión que sacudió al ámbito sanitario, la ANMAT canceló las habilitaciones de más de sesenta droguerías, laboratorios y distribuidores de medicamentos por tener certificados vencidos.
La medida fue oficializada mediante la Disposición 694/2026, publicada en el Boletín Oficial, y ordena la eliminación de los legajos de las firmas afectadas.
📌 ¿Por qué se tomó la medida?
El organismo detectó que los establecimientos involucrados no contaban con certificados vigentes de Buenas Prácticas exigidos para el tránsito interjurisdiccional de medicamentos.
Según la normativa vigente:
- El Certificado de Buenas Prácticas de Distribución tiene una vigencia de cinco años.
- La renovación debe solicitarse al menos 60 días hábiles antes del vencimiento.
- Si el trámite se presenta en término, se puede seguir operando hasta que se resuelva.
👉 Ninguna de las firmas alcanzadas cumplía con ese requisito.
💊 Empresas alcanzadas
Dentro del listado oficial figuran droguerías como:
- Droguería Menon
- Droguería Surmedic
- Droguería Popular
- Droguería Laboratorios Bellandi y Barreras S.R.L.
También aparecen distribuidoras como:
- Distrimen S.A.
- Logística Médica S.R.L.
Y laboratorios como:
- Biosidus Farma S.A.
El detalle completo se encuentra en el anexo de la disposición oficial.
⚖️ Marco legal
La decisión se sustenta en la Ley 16.463, que establece que toda actividad vinculada a la producción, fraccionamiento, comercialización o distribución de medicamentos debe contar con autorización sanitaria previa y supervisión técnica profesional.
Además, la normativa del MERCOSUR incorporada al derecho argentino exige el cumplimiento de Buenas Prácticas de Productos Farmacéuticos para garantizar la seguridad y la salud pública.
🔎 Antecedentes recientes
La semana pasada el organismo ya había adoptado medidas similares contra:
- Inmunolab S.A.
- Cerium S.A.
- Laboratorios Gordon S.A.C.I.F.I.A.
En esos casos se detectaron certificados vencidos, falta de dirección técnica y ausencia de actividad comercial, entre otras irregularidades.
🏥 Qué implica esta decisión
Desde la ANMAT remarcaron que el objetivo es resguardar la calidad, seguridad y trazabilidad de los medicamentos que circulan en el país.
La medida no implica necesariamente un riesgo inmediato para la población, pero sí marca un endurecimiento en los controles sanitarios y en el cumplimiento de los requisitos regulatorios.
Por Móvil Quique con información de Infobae
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