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Judicial

Se ordenó la prisión preventiva de un hombre que circulaba por la ruta 34 con una camioneta robada

Se le atribuyó el delito de encubrimiento por receptación y uso de documento público falso. El ilícito fue cometido el miércoles pasado y, según planteó el fiscal, el hombre sabía del origen ilícito del vehículo. Con el imputado también iba una mujer, a quien también se le impusieron medidas alternativas a la prisión preventiva.

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Quedó en prisión preventiva un hombre de 44 años que es investigado por conducir una camioneta robada y con documentación falsa. Así lo ordenó la jueza de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), Cristina Fortunato, en una audiencia que se desarrolló en los tribunales de Rafaela a través de la aplicación Zoom.

El MPA estuvo representado por el fiscal Martín Castellano, quien está a cargo de la investigación y solicitó que el hombre, cuyas iniciales son AMC (44 años), transite el proceso judicial privados de su libertad. Con el imputado iba de acompañante una mujer de 32 años e iniciales MERA, para quien el fiscal también solicitó la prisión preventiva.

La juez Fortunato resolvió de manera oral y dispuso la prisión preventiva por 60 días para el imputado. En relación a la mujer, ordenó que se le impusieron medidas alternativas a la prisión preventiva.

Encubrimiento y documentación apócrifa

Castellano relató que “el 30 de noviembre pasado, aproximadamente a las 22:00, personal policial de la Dirección General de Policía de Seguridad Vial (DGPSV) detuvo la marcha de una camioneta marca Volkswagen Amarok porque presentaba a simple vista anomalías en su dominio trasero”.

El fiscal manifestó que “al requerírsele la documentación del vehículo al conductor, exhibió una cédula de identificación falsa que no correspondía al mismo, ya que el número de chasis de la camioneta no era el mismo que figuraba en la documentación exhibida”. En tal sentido, agregó que “además, la cédula pertenecía a una camioneta denunciada como robada en la ciudad de Avellaneda, provincia de Buenos Aires”.

“Luego de una verificación exhaustiva de la camioneta se constató que el número de chasis no era el original ya que la numeración había sido limada con un elemento abrasivo y regrabado con cuños no originales”, detalló el fiscal. “Además, las chapas patentes que tenía colocadas no poseían las medidas de seguridad dispuestas por la Dirección Nacional del Registro Propiedad del Automotor y los cristales de las puertas y lunetas fueron pulidos y regrabados con números apócrifos”, puntualizó Castellano.

Peligros procesales

En la audiencia, el fiscal del MPA consideró que “los hechos están acreditados y además el hombre investigado tiene un antecedente condenatorio. En relación con los riesgos procesales, existe el peligro de fuga en cuanto a AMC ya que no tiene actividad laboral declarada y no se le conoce arraigo suficiente. Pero diferente es la situación de la acompañante”. “En virtud de ello -agregó Castellanos- solicitamos la prisión preventiva para el hombre y la libertad con medidas alternativas para la mujer”.

El representante del MPA informó que “la jueza hizo lugar a nuestros fundamentos con respecto al imputado ya que sostuvo que está acreditada la autoría y materialidad de los hechos y su participación en los mismos”.

“En cuanto a la mujer investigada, la situación es diferente y dispuso la sustitución de la prisión preventiva con medias alternativas, por lo que la imputada debió fijar domicilio, abonar una caución de 100.000 pesos y deberá comparecer quincenalmente a firmar en la comisaría más cercana a su domicilio”.

Calificación penal

Las dos personas investigadas fueron imputadas como coautoras de los delitos de encubrimiento por receptación y uso de documento público falso.

Fuente: L.T.9.

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Judicial

San Cristóbal: prisión preventiva para un hombre acusado de amenazar de muerte a su expareja

El imputado, de 26 años, está acusado de amenazar a la víctima e incumplir una orden judicial que le prohibía acercarse. La Justicia consideró que existían riesgos procesales y ordenó que continúe detenido.

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Foto: Fiscal Hemilce Fissore

Un hombre de 26 años quedó en prisión preventiva en la ciudad de San Cristóbal, acusado de cometer delitos en un contexto de violencia de género contra su expareja.

La medida fue solicitada por la fiscal Hemilce Fissore y dispuesta por el juez José Luis Estévez, durante una audiencia realizada en los tribunales de esa ciudad.

Habría amenazado de muerte a su expareja

De acuerdo con la investigación del Ministerio Público de la Acusación (MPA), el hecho ocurrió el jueves de la semana pasada, alrededor de las 17:30, cuando el imputado se presentó en la vivienda donde residen su expareja y las dos hijas que tienen en común.

Según la fiscal, el hombre incumplió una medida judicial de exclusión del hogar, además de una prohibición de acercamiento y hostigamiento que estaba vigente desde abril.

Durante el episodio, habría amenazado de muerte a la mujer, advirtiéndole que la mataría si volvía a denunciarlo. Si bien no se registraron lesiones físicas, la amenaza generó un fuerte temor en la víctima.

Ya había incumplido medidas judiciales

La fiscal Fissore explicó que el acusado ya estaba sometido a medidas cautelares no privativas de la libertad dictadas en mayo en otra causa penal, las cuales también habría incumplido.

Ese antecedente fue considerado por el juez al momento de evaluar el riesgo de entorpecimiento de la investigación y resolver la prisión preventiva.

Fue detenido horas después

Tras el episodio de intimidación, el hombre fue detenido en la vía pública pocas horas más tarde.

La causa continúa en etapa de investigación y el imputado fue acusado como presunto autor de los delitos de amenazas y desobediencia de un mandato judicial, en un contexto de violencia familiar y de género.

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Judicial

Un padre deberá indemnizar con $65 millones a su hija por no haberla reconocido durante más de 20 años

Una cámara de apelaciones confirmó la condena contra un hombre que deberá pagar una indemnización de 65 millones de pesos, más intereses, a su hija por los daños ocasionados tras negarse a reconocer legalmente el vínculo filial durante más de dos décadas.

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Foto: Imagen ilustrativa

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil ratificó la sentencia al considerar acreditado que el demandado conocía la existencia de su hija desde 2004, pero no avanzó con su reconocimiento.

La demanda fue impulsada por la hija

La causa fue iniciada por una mujer, actualmente de 37 años, quien reclamó una reparación económica por los daños morales, psicológicos y patrimoniales sufridos como consecuencia de no haber sido reconocida por su padre durante gran parte de su vida.

El reconocimiento de la filiación se concretó recién en 2022, a través de una sentencia dictada en un proceso judicial anterior.

La Justicia confirmó la responsabilidad del padre

En primera instancia, el tribunal fijó una indemnización compuesta por:

  • $30 millones por daño moral.
  • $15 millones por daño psíquico y tratamiento psicológico.
  • $20 millones por perjuicio material.

A ese monto se le suman los intereses calculados desde diciembre de 2004, fecha en la que la Justicia consideró que el hombre ya tenía conocimiento del vínculo filial.

La apelación fue rechazada

El demandado apeló la sentencia y aseguró que recién tomó conocimiento del embarazo y del nacimiento de su hija en 2017. También cuestionó la valoración de las pruebas y sostuvo que la mujer demoró varios años en iniciar el reclamo judicial.

Sin embargo, la Sala M de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil rechazó esos argumentos y concluyó que las pruebas reunidas en el expediente demostraban que el padre conocía, o debía conocer, la existencia de su hija desde 2004.

Para llegar a esa conclusión, los jueces analizaron declaraciones testimoniales, registros migratorios y documentación médica incorporada a la causa.

El impacto emocional fue determinante

En la resolución, el tribunal también valoró la historia clínica de la demandante, donde quedaron documentadas las consecuencias emocionales derivadas de la ausencia de la figura paterna.

Entre otros aspectos, se destacaron episodios de ansiedad y el deseo permanente de establecer un vínculo con la familia de su padre.

Finalmente, los magistrados entendieron que el hombre no presentó pruebas suficientes que permitieran desvirtuar la responsabilidad atribuida y confirmaron íntegramente la condena.

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Judicial

Confirman la condena de 23 años de prisión por el crimen de Gonzalo Riatto en Lehmann

La Cámara de Apelaciones confirmó la condena de 23 años de prisión para Miguel Ángel Spahn, hallado culpable del homicidio de Gonzalo Andrés Riatto, ocurrido en 2023 en la localidad de Lehmann, departamento Castellanos.

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La resolución quedó firme en segunda instancia tras el rechazo del recurso presentado por la defensa.

La decisión fue adoptada por unanimidad por los jueces Sergio Alvira, Cristian Fiz y Fabio Mudry, quienes ratificaron la sentencia dictada durante el juicio oral realizado en septiembre de 2025.

La Cámara rechazó el planteo de la defensa

La investigación fue llevada adelante por el fiscal Martín Castellano, de la Unidad Fiscal Especial Homicidios de la Fiscalía Regional 5.

Según explicó el fiscal, los camaristas consideraron que la pena impuesta está debidamente fundamentada, resulta razonable y es proporcional a la gravedad del delito.

Además, sostuvieron que la defensa no logró demostrar irregularidades en la sentencia y que sus argumentos se limitaron a cuestionar la valoración realizada por el tribunal respecto de las circunstancias agravantes y atenuantes.

Los fundamentos de la condena

En la resolución, los jueces remarcaron la extrema gravedad del homicidio, al quedar acreditado que Spahn persiguió a la víctima mientras intentaba escapar y refugiarse, hasta atacarla con múltiples puñaladas.

También tuvieron en cuenta la persistencia del ataque, la violencia ejercida y el fuerte impacto que el crimen provocó en la familia de Gonzalo Riatto.

Rechazaron un nuevo estudio de salud mental

La Cámara también desestimó el pedido de la defensa para realizar una nueva junta médica destinada a evaluar la salud mental del condenado.

Los magistrados entendieron que ese planteo ya había sido resuelto en instancias anteriores y que no existían nuevos elementos que justificaran reabrir la discusión.

Por otra parte, resolvieron remitir el registro audiovisual de la audiencia de apelación al Tribunal de Ética del Colegio de Abogados de la 5ª Circunscripción Judicial, para que evalúe expresiones realizadas por la defensa sobre una supuesta influencia del contexto político y social en la determinación de la pena.

Con esta resolución, Miguel Ángel Spahn mantiene la condena de 23 años de prisión como autor del delito de homicidio simple.

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