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El juicio a policías de Sunchales fue suspendido hasta el 22 de abril

El Tribunal integrado por los doctores Gustavo Bumaguin, Nicolás Stegmayer y José Luis Estévez a pedido de las partes, decidió suspender hasta el 22 de abril a las 8, el juicio oral y público que comenzó esta mañana contra 8 policías que prestaban servicio en Sunchales.

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Foto: archivo

Alrededor de las 8.30 comenzó a desarrollarse en la Sala Nº 3 de los Tribunales de la vecina ciudad de Rafaela, el juicio oral y público que se les sigue a ocho efectivos policiales que prestaban servicio en la Comisaría Nº 3 de la ciudad de Sunchales.

A Silvana S., Braian Emanuel G. y Carlos Agustín M., son representados por el defensor oficial Dr. Aníbal Caula; Juan Aurelio C. tiene como defensor al Dr. Sebastián Oroño; Federico Hernán M., es asistido por el Dr. Germán Verna; Mauricio O. está junto a sus defensores técnicos, Dres. Néstor y Sebastián Oroño; en tanto Luciano Martín G. (que era jefe de la dependencia) es acompañado por el defensor Dr. Raúl Sartori.

En primer término el presidente del Tribunal, Dr. Bumaguin, pidió a los imputados que se presenten para el registro de audio

Piden suspensión

En el comienzo del debate el abogado de Mauricio O., Dr. Sebastián Oroño, solicitó suspender el debate señalando que el día 12 de abril del corriente año se amplió la imputación a su cliente y se fijó -tal como adelantara Diario CASTELLANOS EN EXCLUSIVA- la nueva imputación de Apremios ilegales, por lo que entiende la defensa se está violando el principio de congruencia. Por ello solicita la suspensión del debate por el término de 15 días hábiles. Ésto es lo que decía el letrado: «Antes del inicio del debate entendemos que hay cuestiones que plantear que el Tribunal desconoce. La primera custión a plantear es que el día 12 de abril de 2024, en relación a mi defendido, Mauricio Ortíz, se amplió la imputación en dónde se recalificó jurídicamente el hecho y también se introdujo alguna variante al hecho oportunamente imputado y por el cuál se formulara acusación. Concretamente, a partir de la nueva imputación formulada en sede fiscal, el hecho fue calificado como Apremios ilegales en los términos del artículo 144 bis inc. 3, en relación al artículo 142, inc. 1 y 45 del Código Penal. Esta cuestión entendemos, tiene implicancias importantes que va a desarrollar el co-defensor Sebastián Oroño».

Éste a su turno decía: «Lo que vamos a solicitar de manera previa es la suspensión del debate porque claramente no se puede desarrollar un juicio en las condiciones en las que estamos ya que no entendemos el sentido de llevar adelante un acto inválido de citar a cien testigos para lo que va a ser, posteriormente, algo inválido. Decimos ésto porque la variación que se realizó en la plataforma fáctica indefectiblemente va a dar como resultado una violación al principio de congruencia. Aquí se varió la calificación legal y ésto no es una cuestión menor porque dicha variación impacta directamente sobre el derecho de defensa y sobre los extremos fácticos a probar. Entonces entendemos que no es una variación cualquiera la que se produjo debido a que justamente las agravantes que se imponen en el Apremio, nos hablan de que el hecho se cometió por venganza, cuestión que nunca fue tenida en cuenta por las defensas a lo largo de todo el proceso. Pero además hay que tener en cuenta otra situación que es que para que se pueda volver a acusar se requiere la audiencia que menciona el Art. 274. Porque es cierto, a mi defendido se le reformuló la acusación pero no se volvió a imputar a todos los encartados.

Pedido de la Fiscalía

Por su parte el representante de la Fiscalía, Dr. Juan Manuel Puig, también solicitó idéntica medida a fin de readecuar las imputaciones de los ocho encartados. Se aclara que el día lunes fueron admitidos los procedimientos abreviados de Juan Aurelio Cortéz y Federico Hernán Maldonado. El fiscal señalaba: «Materialmente, en el marco de las negociaciones, no tuvimos tiempo de reimputar a todos. La idea era poder hacerlo con los ocho. Ésto no es ni caprichoso ni arbitrario, ya que durante el proceso en primer término hubo una fiscal y un fiscal regional diferentes a los cuales respetamos, pero este fiscal y el nuevo fiscal regional, no comparten el criterio adoptado en ese momento en base a las evidencias y en base a un fallo judicial del Dr. Juan Manuel Oliva, Juez de Segunda Instancia de fecha 6 de marzo de 2020, en el cual entendía adecuada la calificación de Apremios ilegales en base a las pruebas y, atento a que no surgió ningún elemento nuevo posterior en ese sentido, entendemos que era adecuado reformular la calificación a fin de poder -como dijo el Dr. Oroño- darle el derecho a los imputados de cerrar un procedimiento abreviado, cosa que se hizo ayer (por el lunes) con dos de los imputados, Cortéz y Maldonado. Desde ese punto de vista es que pedimos la suspensión del juicio.

Reformulación del Tribunal

A su turno el Dr. Néstor Oroño, defensor -junto a su hijo Sebastián- de Mauricio Ortíz manifestaba qué: «De acuerdo a lo solicitado por el fiscal de que la calificación para todos sea Apremios ilegales, surge otra cuestión a tener en cuenta que es que deberá reformularse la integración del Tribunal porque estaríamos ante una figura penal que con los agravantes -y aquí también me permito con todo respeto- hacer una mención respecto a lo que dice el fiscal porque entiendo que sí hay en la nueva imputación hechos nuevos que tienen que ver con los agravantes a los que hizo mención el Dr. Sebastián Oroño, por supuesta venganza lo cuál no estaba en la calificación anterior. Entonces, de acuerdo al Art. 43 del Código Penal, debería reformularse la integración del Tribunal ya que debería ser unipersonal y téngase presente que el cambio de calificación fue previo al inicio del juicio con lo cuál queda afuera también esa posibilidad que plantea el Código Procesal Penal en cuanto a que no varía la integración del Tribunal cuando se produce durante el juicio

Cuarto intermedio

Tras escuchar los argumentos vertidos por algunas de las partes y para evaluar la situación y ordenar el desarrollo del debate, el presidente del Cuerpo, Dr. Gustavo Bumaguin y los jueces Nicolás Stegmayer y José Luis Estévez, impusieron la realización de un cuarto intermedio.

Decisión

Tras el cuarto intermedio que se prolongó por alrededor de una hora, a su regreso, el presidente del Tribunal, Dr. Gustavo Bumaguin decía lo siguiente: «Tras la deliberación y luego de analizar la situación y lo alegado por las partes, advertimos que no hay cambios sustanciales de los hechos, sino que hay cuestiones y circunstancias fácticas y ésto surge justamente de la comparación de la audiencia imputativa con la acusación. Entendemos que ello no afecta el derecho de defensa sino que se deben defender los imputados de los hechos y no de las calificaciones legales; la circunstancia esta del agravamiento de la nueva calificación que alegaron los defensores en cuanto a la venganza está descripta ya en la base fáctica de la acusación pero, a los efectos de realizar un reordenamiento del presente debate es que vamos a disponer la suspensión temporaria y dentro de los plazos legales, conforme fuera solicitado por los defensores en forma unánime, debiendo el señor fiscal readecuar la acusación en cuanto a los hechos y en su caso a la pena conforme expresara en su momento que no tuvo tiempo material para hacerlo. Entonces ese plazo no podrá exceder el del día de mañana (por el miércoles) a las 8 de la mañana luego de lo cuál, se suspenderá el juicio hasta el día lunes 22 de abril a las 8 de la mañana, a los efectos que la defensa tenga tiempo suficiente para ofrecer pruebas conforme la nueva acusación, tiempo suficiente que tendrá también el fiscal para informar a las víctimas de los cambios que efectuó en esa nueva acusación.

En lo que respecta al pedido de readecuación del Tribunal, entendemos que el mismo no corresponde conforme a que no existe una afectación a las garantías constitucionales ya que ello está además permitido y reglamentado en el Código Procesal Penal para casos complejos y este Tribunal ya se encuentra conformado y fue notificado oportunamente, no habiendo cuestionamientos en relación a ello.

Por otro lado en cuanto a los imputados Cortéz y Maldonado, deberán tramita el procedimiento abreviado fuera de esta audiencia de debate, en tanto los mismos renunciaron expresamente al juicio oral y público, no pudiendo en este caso intervenir en esta instancia.

Finalmente al señor fiscal le decimos que este Tribunal entiende que de ser posible, la adecuación de la acusación al resto de los imputados podría realizarse este mismo martes desde las 15 horas cosa que fue aceptada por el representante del Ministerio Público de la Acusación.

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Claudio Contardi fue condenado a 19 años de prisión por violar a Julieta Prandi: quedó detenido

El exmarido de Julieta Prandi fue denunciado por la modelo por violencia física, psíquica y abuso sexual agravado.

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Foto: Claudio Contardi fue condenado a 19 años de prisión por violar a Julieta Prandi

Claudio Contardi (57) fue condenado este miércoles a 19 años de prisión por abusar sexualmente de su ex esposa, la modelo y conductora Julieta Prandi (44), entre 2015 y 2018, luego del nacimiento del segundo hijo de la pareja. Prandi no estuvo en la sala cuando el Tribunal en lo Criminal n°2 decidió la pena y ordenó la detención del empresario gastronómico, por encontrarlo culpable del delito de abuso sexual agravado.

El juicio, que concluyó este miércoles, se realizó miércoles, jueves y viernes de la semana pasada y contó con la declaración de peritos, la psicóloga y el psiquiatra de la denunciante, además de amigos y familiares que dieron testimonio del deterioro físico y emocional de Prandi.

De buzo celeste, jean y zapatillas, Contardi esperó el veredicto junto a su abogado Claudio Nitzcaner. Ya sin el biombo que los separó durante las audiencias de la semana pasada, Prandi no estaba en la sala para la lectura del veredicto. Una vez que se llevaron a Contardi de la sala, ingresó junto a su pareja actual, Emanuel Ortega, su abogado Fernando Burlando, y amigos y familiares que, uno a uno, esperaron para abrazarla.

Prandi se mostró emocionada, lloró y, como ocurrió la semana pasada, se descompensó, por lo que la sala fue desalojada y la ex modelo tuvo que ser atendida.

«Este fallo es ejemplificador», dijo Burlando al salir del juzgado, y agregó que pedirán que pedirán que se lo incluya en el registro de abusadores del banco nacional de datos genéticos. Además, el abogado argegó que esperarán a leer los fundamentos del fallo antes de tomar una decisión respecto de una eventual apelación.

El juicio

El único testigo presentado por Contardi fue el jefe de seguridad del barrio privado Septiembre, de Escobar, donde se habrían cometido las violaciones. Declaró que Prandi entraba y salía de su casa en remís o con su marido.

El fiscal Christian Fabio pidió la pena de 20 años para el ex marido de Prandi, mientras que el abogado Javier Baños, del estudio de Fernando Burlando que representa al particular damnificado, solicitó en sus alegatos que Contardi sea condenado a 50 años de prisión por los hechos reiterados de abuso sexual agravado.

Para el fiscal, “no hay otra salida que una condena” porque tras el proceso “no queda margen de duda”. Más allá de la percepción del fiscal de juicio, la decisión está en manos de la presidenta del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 2, Lucía Leiro, y de los jueces Daniel Répolo y Mariano Aguilar, que anunciarán el veredicto a las 11.

Baños había solicitado la detención preventiva del acusado antes de dejar la sala de audiencia del primer día, pero el fiscal se opuso y el tribunal no la otorgó.

Sin embargo, en el alegato de cierre, el Ministerio Público Fiscal sí pidió que, de ser considerado culpable, el tribunal ordene la inmediata detención del empresario.

“Yo creo que la prueba fue tremenda, él no presentó nada, fue un desastre. Su única estrategia fue intentar evitar el juicio de todas las manera posibles y nada más, es muy probable que nadie haya querido salir a declarar a favor”, cuestionó Baños.

Además, destacó el testimonio de la psicóloga tratante de Prandi, quien la “atendió durante 192 sesiones”, y de las peritos de la Oficina de Violencia Doméstica.

“Fueron categóricos en que Julieta tenía signos inequívocos de alguien que había sufrido un abuso sexual intrafamiliar”, aseveró el ex fiscal de Morón.

Ya sea con destino a un penal bonaerense o con un dispositivo de monitoreo electrónico con prisión domiciliaria, Contardi podría salir preso de la sala de audiencias.

Baños exigió una custodia para Prandi luego de una crisis de angustia que sufrió después de dar sus últimas palabras y el tribunal la dispuso hasta el miércoles.

“Yo lo único que quiero es justicia, yo ya estuve muerta, no quiero estar muerta dos veces”, dijo la mujer, que presenció el juicio junto a su abogado pero separada por un biombo de su ex marido, con quien tuvo dos hijos varones, hoy de 14 y 10 años.

«Era como acercarse a un perrito, acariciarlo y que agachara la cabeza cuando te acercabas. Eso es sinónimo de hostigamiento, violencia física, emocional y psicológica. Era una persona en reconstrucción, desconfianza de todo lo que pasaba. La conocí en una situación que yo no podía comprender cómo una persona que había trabajado toda su vida estaba viviendo en un departamento de dos ambientes con sus dos hijos siendo ella dueña de dos hogares», sostuvo Emanuel Ortega, actual pareja de Julieta Prandi, por videollamada.

La defensa, por su parte, insistió sobre la nulidad del juicio en sus alegatos, al considerar que Contardi no entendió las consecuencias de rechazar el juicio por jurados, algo que para la fiscalía y la querella fue resuelto en todas las instancias previas.

Como pena subsidiaria, los letrados Claudio y Thomas Nitzcaner pidieron 10 años de prisión.

Contardi llegó a la instancia de juicio representado por Juan Carlos García Dietze, que renunció una semana antes de la feria judicial. Por eso tuvieron que postergar el inicio del debate, previsto para dos días antes de lo que finalmente ocurrió.

En ese ínterin contó con la defensa de Maximiliano Costa, defensor oficial del acusado, que el mismo día del arranque se encontró con otros defensores particulares. Fue así que renunció y la defensa quedó en manos de los Nitzcaner.

Contardi tuvo su oportunidad de declarar y lo hizo durante casi una hora. «Nunca abusé de ella sin su consentimiento», fue su extraña frase para defenderse, en un supuesto fallido que no corrigió. «Nunca tuve una relación con Julieta que no fuera consentida», insistió y agregó: «Yo estaba enamorado de Julieta, me casé enamorado, tuve dos hijos enamorado, los hijos son queridos por las dos partes».

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Expectativa por el veredicto en el juicio de Julieta Prandi contra Claudio Contardi

Claudio Contardi está acusado de abuso sexual con acceso carnal, violencia psicológica y amenazas.

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Foto: Expectativa por el veredicto en el juicio de Julieta Prandi contra Claudio Contardi

Este miércoles el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°2 de Zárate-Campana dará a conocer el veredicto del juicio contra Claudio Contardi, ex esposo de la modelo Julieta Prandi, acusado de abuso sexual. La decisión estará a cargo de los jueces Daniel Répolo, Lucía Leiro y Mariano Aguilar.

La sentencia se dará a conocer luego de las 11. Contardi enfrenta cargos por “abuso sexual con acceso carnal agravado por causar un grave daño en la salud mental de la víctima, con una serie de hechos reiterados”.

El exmarido de Julieta Prandi llega al juicio en libertad, dado que los jueces no ordenaron la prisión preventiva pese a los pedidos de la querella. El empresario gastronómico sí tiene una prohibición de acercamiento a la víctima de hasta 300 metros y también pesa sobre él la prohibición de salir del país.

El viernes pasado se llevó adelante la última audiencia en la que se realizaron los alegatos finales. Durante esa jornada, tanto la fiscalía como la querella expusieron sus pedidos respecto a la pena que debería corresponderle a Contardi en caso de ser encontrado culpable.

El fiscal Christian Fabio, que lleva adelante la acusación, pidió que el acusado sea condenado a 20 años de prisión con detención inmediata.

“Julieta estaba en un grado de vulnerabilidad tal que era aprovechado por su pareja. Julieta puso en palabras en esta audiencia todos los episodios de la manera en la que pudo. En cinco palabras: su vida fue un infierno”, sostuvo Fabio ante los jueces Daniel Répolo, Lucía Leiro y Mariano Aguilar.

Por su parte, Javier Baños, abogado de Julieta Prandi, solicitó que Contardi sea condenado a 50 años de prisión.

En la segunda jornada del juicio contra su exmarido Claudio Contardi, Julieta Prandi habló con el corazón en la mano ante el Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de Zárate-Campana, dejando una profunda impresión en todos los presentes. La reconocida modelo y conductora, visiblemente afectada, rompió el silencio en un momento clave de la causa que la tiene como víctima de abuso sexual.

El momento más desgarrador llegó cuando pidió: “Lo único que le pido a la Justicia es que me dejen vivir en paz”. Y con una advertencia clara, señaló: “Si hasta que haya condena, sepan que esa persona es capaz de cualquier cosa. No creo que se manche las manos de sangre, pero lo considero digno de cualquier cosa. Por mi vida y la de mis hijos, les pido que lo detengan; si no, serán responsables de lo que pase”.

Durante su alegato, denunció la constante revictimización que sufren quienes atraviesan situaciones de violencia de género: “Estamos cansadas de que nos traten como mentirosas y de tener que repetir una y otra vez lo que nos pasó”, afirmó, visiblemente dolida. “Eso es humillante y doloroso. No se lo deseo a nadie”, añadió.

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Prohíben el ingreso al país de un deudor de cuota alimentaria

Lo resolvió la Justicia de Viedma. El hombre vive en Israel y debe 4 millones de pesos en concepto de manutención de su hijo, quien se encuentra al cuidado de la madre.

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Foto: Ilustrativa

Un fallo del fuero de Familia de Viedma determinó que un hombre residente en Israel no podrá ingresar a Argentina hasta que abone una deuda alimentaria superior a los 4 millones de pesos.

La medida, dictada por una jueza, busca garantizar el cumplimiento de las obligaciones económicas hacia su hijo, cuya madre enfrenta sola la crianza y los gastos desde hace años.

El Poder Judicial aprobó hace meses la liquidación de la deuda, pero las intimaciones previas fueron ignoradas por el demandado, cuyo domicilio actual es desconocido y no se registran bienes a su nombre ni información sobre su empleador.

En su resolución, la magistrada destacó que el incumplimiento reiterado de la cuota alimentaria constituye una violación al derecho del niño a recibir asistencia económica de su progenitor y calificó esta conducta como violencia económica contra la madre, según lo establecido en la Ley 26.485.

El fallo, fundamentado en el artículo 553 del Código Civil y Comercial y el artículo 98 del Código Procesal de Familia, autoriza medidas razonables y no pecuniarias para asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias.

La jueza señaló: “En este caso tan especial, con un demandado viviendo en el Estado de Israel y con domicilio desconocido, exigir la notificación al domicilio real equivaldría a desvirtuar los derechos aquí reconocidos o tornarlos ilusorios”.

Por ello, consideró necesario adoptar “soluciones más creativas” que, en la era de las comunicaciones digitales, garanticen la seguridad jurídica, el derecho de defensa y la eficacia de la sentencia.

La medida dispuesta prohíbe al hombre ingresar al país hasta que acredite el pago total de la deuda en una cuenta del Banco Nación a nombre de la madre del niño.

El oficio dirigido a la Dirección Nacional de Migraciones establece que, de no cumplirse esta condición, la restricción permanecerá vigente.

La jueza argumentó que “no existe, a mi criterio, otra medida que resulte más eficaz para lograr que el ejecutado cumpla con el pago de la suma adeudada”.

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