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Escándalo: Suspendieron a 11 militares por el bautismo con cal viva en el Ejército

Aunque todavía no se resolvió una acusación formal o imputación, el juez federal Casas Nóblega ordenó medidas disciplinarias por el incidente en el Tercer Cuerpo del Ejército de Córdoba.

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La Justicia Federal investiga un peligroso episodio de “bautismo” que se realizó en el mes de mayo a unos 35 paracaidistas que completaban su formación en el Regimiento 14 de Paracaidistas del Tercer Cuerpo de Ejército Córdoba, camino a La Calera.

Durante el ritual, que se puede ver en un video que forma parte de la investigación, cada soldado se encontraba con una rodilla a tierra y mientras el superior le gritaba en la cara “¡Paracaidista!”, ellos respondían “¡Siempre!”, al mismo tiempo que se les arrojaba cal viva en la cara y quedaban cubiertos en medio de una nube de polvo blanco.

El fiscal federal, Carlos Casas Nóblega, está a cargo de la investigación del caso ocurrido el pasado 17 de mayo durante la finalización del curso de paracaidistas. Aunque todavía no ha resuelto acusación formal o alguna imputación, tomó varias medidas en relación a este grave incidente.

Desde el Ministerio de Defensa Nacional, encabezado por Luis Petri, se confirmó que han sido tomadas medidas disciplinarias contra 11 involucrados en el incidente. Se trata de un oficial jefe, dos oficiales subalternos, seis suboficiales y dos soldados voluntarios que han sido suspendidos mientras continúa la investigación.

Fuentes del Ministerio de Defensa de la Nación indicaron a Cadena 3 que el caso ocurrido en Córdoba fue considerado como un episodio grave, aunque aclararon que se trató de un caso aislado.

“Se trató de un hecho grave que generó lesiones en nuestros soldados, pero que no debe considerarse como una práctica de carácter institucional, sino como un hecho aislado y fuera de la normativa vigente”, dijeron a este medio desde el Ministerio a cargo de Luis Petri.

Este caso recordó al de la muerte del subteniente Chirino en Paso de los Libres, en el que hubo procesamientos y detenciones. En ese caso, tanto la familia como el Ejército querellaron y denunciaron a quienes habían producido esa situación. En el episodio de Córdoba, todavía no se ha llegado a esa instancia.

La muerte de Matías Chirino se produjo el 19 de junio de 2022 en el cuartel del GAMte 3, después de una “fiesta de bautismo” o “iniciación” que le hicieron al novato, que tenía 22 años.

Dos compañeros de Chirino le advirtieron a un oficial de servicio a las 5 de la mañana de ese día que el subteniente estaba inconsciente en la habitación. El oficial de servicio fue hasta el cuarto y constató que el soldado tenía el cuerpo frío y sus signos vitales eran muy débiles; avisó a un superior, quien ordenó el traslado del joven al hospital San José. La autopsia reveló que murió por una “broncoaspiración por alimentos”.

Como parte del “bautismo”, sus superiores lo habían hecho comer y beber en exceso, hacer ejercicios vigorosos y meterse en una pileta con agua sucia y fría, cuando la temperatura ambiente era de apenas 2°C.

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Ganancias: fijan nuevo plazo para presentar declaración jurada y reglamentan deducción de alquileres

La AFIP dispuso cambios en la presentación de las declaraciones juradas para deducir los alquileres.

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Foto: Ilustrativa

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió nuevamente el plazo para la presentación de las declaraciones juradas informativas del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales y reglamentó la deducción de alquileres, mediante la Resolución General 5551/2024, publicada este martes en el Boletín Oficial.

La medida fijó como nuevo vencimiento el 30 de septiembre para que los trabajadores, cuyo importe bruto de las rentas durante el periodo fiscal 2023 sea igual o superior a $15.917.863,58, cumplan con la obligación impositiva.

La ampliación dispuesta por el organismo tributario se suma a la adecuación de los vencimientos generales prorrogados mediante la Resolución General N° 5516/2024 y a la extensión otorgada por la Resolución General N° 5519/2024 para la presentación del SiRADIG.

La decisión de la AFIP de correr los vencimientos programados está vinculada a las nuevas condiciones establecidas en el Paquete Fiscal, sancionado la semana pasada por el Congreso, ya que las “previsiones impactan en la liquidación de, entre otros, el impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal 2023”.

Además, la normativa reglamentó la deducción de alquileres por lo que se introdujeron modificaciones en la presentación de la declaración jurada informativa de bienes, ingresos, gastos y deducciones para los contribuyentes que informen rentas obtenidas por el alquiler de inmuebles.

De esta manera, los empleados que deban informar la deducción por los alquileres de 2023 tienen tiempo hasta el 15 de julio próximo para que los empleadores la puedan considerar en la liquidación anual de 2023. Una vez pasado dicho plazo, ya no se podrá realizar.

Los cambios a tener en cuenta

Las liquidaciones se confeccionarán de acuerdo con la “Liquidación de Impuesto a las Ganancias – 4ta. Categoría Relación de Dependencia”.

El modelo que se utilizará es el modelo publicado en el micrositio “Ganancias y Bienes Personales” disponible en el sitio web institucional.

Se incorporó la deducción del 10% del monto mensual en concepto de alquileres de inmuebles destinados a casa-habitación.

El locatario podrá computar esta deducción en forma adicional.

El locador podrá efectuar el cómputo de esta deducción aun cuando hubiere optado por declarar los ingresos por alquileres de inmuebles bajo el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

Esta deducción procederá en la medida en que el monto de los alquileres abonados se encuentre respaldado mediante la emisión de una factura o documento equivalente por parte del locador.

En el primer período fiscal en que se efectúe el cómputo de la deducción y, con cada renovación del contrato, el beneficiario de la renta deberá remitir a la AFIP una copia del contrato de alquiler en formato PDF, a través del servicio SiRADIG.

Liquidación anual del período fiscal 2023

La AFIP estipuló que a los efectos de aplicar la deducción del importe del alquiler correspondiente al período fiscal 2023 deberán tenerse en cuenta las siguientes pautas:

Los sujetos pasibles de retención deberán informar el importe de los alquileres correspondientes al período fiscal 2023 mediante el formulario de declaración jurada F. 572 Web, a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR”.

El agente de retención deberá considerar, en la liquidación anual, el monto de la deducción correspondiente a alquileres del referido período informado por el beneficiario de las rentas. Dicho importe se incluirá en el ítem “Otras Deducciones” del Formulario F. 1357, cuyo modelo se publica en el micrositio “Ganancias y Bienes Personales”.

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Estudiantes usaron IA para editar videos pornográficos con rostros de compañeras

Ocurrió en una escuela de Córdoba. El padre de una de las involucradas realizó la denuncia ante el fiscal de delitos contra la integridad sexual, pero se encontró con algunas limitaciones.

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En un caso sin precedentes en Córdoba, un padre denunció que un compañero de su hija, estudiante de un reconocido colegio de la ciudad, utilizó el rostro de ella y de otras compañeras para incluirlos en vídeos pornográficos mediante la inteligencia artificial.

El rostro de las adolescentes se colocó en el cuerpo de una mujer adulta, en videos de contenido erótico, que fueron luego colgados, y divulgados en sitios pornográficos.

La denuncia fue realizada ante el fiscal Juan Ávila Echenique, quien investiga los delitos contra la integridad sexual. Sin embargo, se encontró con limitaciones legales debido a que las víctimas tienen 18 años.

El fiscal decidió derivar la investigación a una unidad judicial contravencional de género, ya que desde el ámbito penal no se puede tomar ninguna acción al respecto.

La situación genera indignación y cuestionamientos sobre el alcance de este tipo de delitos que ahora involucra inteligencia artificial. Cabe recordar que el legislador por Córdoba, Juan Brügge presentó un proyecto en el Congreso para regular justamente la inteligencia artificial ante situaciones como esta.

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Cúneo Libarona insiste en bajar la edad de imputabilidad a 13 años: “Son adultos con conciencia”

A raíz del crecimiento de los delitos graves cometidos por menores, el ministro de Justicia defendió la iniciativa del Gobierno.

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Foto: Ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona

El ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, se mostró en línea con la postura presidencial y reafirmó su postura de bajar la edad de imputabilidad al considerar que los chicos de 13 años “son adultos y tienen conciencia”.

“El artículo 34 del Código Penal dice que no es punible quien no tenga conciencia de la criminalidad del acto y no pueda dirigir sus acciones. En 1980, cuando se dictó la ley, el joven de 13 años no era el mismo de hoy. Hoy tiene conciencia, actúa con dolo, tiene intención”, sostuvo el funcionario en declaraciones televisivas.

Libarona agregó que “si tiene conciencia de que tomar un arma y matar es homicidio, ¿cómo no va a comprender la criminalidad del acto? ¿Qué le decimos al padre al que le mató un hijo un chico de 13 años? Que son Inimputables, que quedan en libertad. No hay límites”.

“La cantidad de delitos cometidos por chicos de 13 años nos sorprendería. Hubo un incremento del 20% de un año a otro, con lo cual no cabe duda de que el chico de 13 años de 2024 no es el mismo de antes”, insistió.

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