Ciudad
El Concejo aprobó Ordenanza que establece la construcción colectiva de un Plan Integral de Género
Deberá ser propiciado de manera conjunta por el Ejecutivo Municipal y el Cuerpo Legislativo, con la participación de otras entidades intermedias de la ciudad. El objetivo es generar y garantizar las condiciones necesarias y suficientes para que la ciudadanía acceda a los derechos en igualdad de condiciones y los ejerza sin violencias ni discriminación.
El jueves 29 de abril, el Concejo Municipal de Sunchales aprobó la Ordenanza que establece la construcción colectiva del Plan Integral de Género de Sunchales, con el fin de generar y garantizar las condiciones necesarias y suficientes para que la ciudadanía acceda a los derechos en igualdad de condiciones y los ejerza sin violencias ni discriminación.
Esto deberá ser propiciado de manera conjunta por el Ejecutivo Municipal y el Cuerpo Legislativo.
“La violencia por motivos de género se ha convertido en los últimos tiempos en una de las problemáticas más graves para la sociedad. Con el objeto de avanzar en su erradicación en 2009 se sanciona la Ley 26.485 que se denomina de ‘Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres’. Si bien se ha avanzado en la visibilización de la problemática, aún seguimos teniendo que lamentar víctimas”, fundamentó la concejala Andrea Ochat, autora del proyecto aprobado.
Luego expresó también que a “nivel local se vienen llevando a cabo intervenciones, acciones varias tendientes a combatir la violencia de género, pero se hace evidente que ello no alcanza y frente a la magnitud y complejidad de esta problemática, que nos atraviesa como sociedad, es necesario construir una respuesta colectiva, coordinada, articulada, que atienda la diversidad de voces, de necesidades y de experiencias”.
Por su parte, la concejala Luciana Paredes afirmó que “la nueva Ordenanza se convierte en una herramienta pacificadora, ya que la violencia de género es un exponente más de la violencia que vive la sociedad. Necesitamos como comunidad generar espacios de intercambio donde repensemos estas prácticas violentas y podamos cambiar nuestra realidad del día a día. Una herramienta que permita la participación de las organizaciones civiles y el Estado de manera horizontal, que se puedan sentar a debatir, es un avance muy importante que celebro”.
Puntos destacados de la Ordenanza aprobada
La construcción del Plan Integral de Género es participativa y transversal y tiene como objeto la elaboraciónn de políticas públicas equitativas e inclusivas, que deben ser el resultado de un proceso donde sean escuchadas las voces de la ciudadanía y debe contener además las acciones y herramientas de seguimiento y evaluación de las mismas.
Mesa de Coordinación del Plan
Para la construcción, seguimiento y evaluación del Plan, el Departamento Ejecutivo Municipal debe generar un espacio institucional de trabajo denominado “Mesa de Coordinación del Plan”, la que es responsable de llevar adelante las acciones tendientes a la elaboración, monitoreo y evaluaciónn.
Actores que conformarán la Mesa de Coordinación
Respondiendo a los principios de transversalidad y participación, la conformación de la Mesa debe incluir a: Departamento Ejecutivo Municipal, con representantes de todas sus secretarías y subsecretarías; Concejo Municipal; Hospital y Centros de Salud; Comisaría local; Comisaría de la Mujer; Centro Territorial de Denuncias; instituciones y organizaciones que trabajen las cuestiones de género y aborden la temática desde el enfoque de Derechos Humanos; e instituciones del ámbito educativo/ académico.
Alcance
El Plan Integral de Género debe contemplar desde el abordaje integral a mujeres, niñas y personas LGBTIQ+ en situación de violencias por motivo de género, la modificación de las condiciones estructurales que las afectan, hasta los aspectos sociales y culturales, políticos e institucionales que confluyen en la realidad de la violencia de género.
Ejes estratégicos para el abordaje de la violencia de género
-Prevención
-Asistencia y abordaje integral
-Proteger y fortalecer el acceso a la justicia
-Diagnóstico, informe y generación de estadísticas
Objetivos de la elaboración e implementación del Plan Integral de Género
-Promover la no discriminación y el respeto de los derechos humanos.
-Realizar acciones de Gobierno que tiendan a transformar las asimetrías entre los géneros.
-Promover contenidos de igualdad de género y derechos en los concursos en la Administración Pública.
-Garantizar el trato no sexista e igualitario al interior de la administración pública local y en la atención a la ciudadanía.
-Utilizar lenguaje y simbolizaciones gráficas no sexistas y no discriminatorios en discursos públicos y en la comunicación de los actos del Gobierno local.
-Visibilizar y monitorear la inclusión de las políticas de igualdad de género en el presupuesto local.
-Promover la participación ciudadana con el fin de que la política pública de igualdad de género responda a la realidad local.
-Promover un abordaje integral de género que contemple y garantice el acceso y el ejercicio de derechos igualitarios en la comunidad, a través del rol activo y presente del Estado.
Fuente: Prensa Consejo Municipal
Ciudad
Jueves 4 de septiembre, nueva Sesión Ordinaria
El Concejo Municipal de Sunchales sesiona el jueves 4 de septiembre, a partir de las 9, en su sala “Mirta Rodríguez”.

Peticiones y asuntos particulares
Tipo: Nota Particular
Autoría: Cooperativa de Agua Potable de Sunchales Ltda.
Asunto: Remite información complementaria al pedido de adecuación tarifaria, referenciado como Expte. N° 2857NP.
Despachos de Comisión para aprobación de proyecto
Tipo: Ordenanza
Autoría: Carolina Giusti y Laura Balduino
Asunto: Crea el Programa Municipal de Tutores Educativos Solidarios.
Proyectos presentados
Tipo: Minuta de Comunicación
Autoría: Carolina Giusti y Laura Balduino
Asunto: Requiere del Departamento Ejecutivo que proceda a publicar y actualizar el Boletín Oficial en la página web oficial.
Tipo: Ordenanza
Autoría: Juan Ignacio Astor, Santiago Dobler, Pablo Ghiano, Carolina Giusti, Laura Balduino y Brenda Torriri
Asunto: Dispone aumentos en el régimen tarifario del servicio de agua potable, a partir del 1 de septiembre de 2025.
Tipo: Declaración
Autoría: Juan Ignacio Astor, Santiago Dobler, Pablo Ghiano, Carolina Giusti, Laura Balduino y Brenda Torriri
Asunto: Declara de Interés Social y Cultural la propuesta «Cantando la Paz», impulsada por la Asociación Casa de la Pax Cultura, en adhesión al Día Internacional de la Paz.
Tipo: Ordenanza
Autoría: Departamento Ejecutivo Municipal
Asunto: Autoriza al Departamento Ejecutivo a instalar reductores de velocidad en Avenida Belgrano, en proximidades a la Ruta Provincial N° 280S.
Tipo: Ordenanza
Autoría: Departamento Ejecutivo Municipal
Asunto: Establece el marco para la creación, organización y funcionamiento del Sistema Local de Educación Inicial y Cuidado Integral.
Tipo: Minuta de Comunicación
Autoría: Pablo Ghiano
Asunto: Solicita a la Subsecretaría de Ambiente y Acción Climática informe las acciones planificadas según lo publicado en la Red Argentina de Municipios frente al Cambio Climático. Así como también solicita respuesta a la Minuta de Comunicación N° 1304 (Solicita al Departamento Ejecutivo el estudio de impacto ambiental y todo lo relativo a la planificación, gestión y presupuesto del Centro de Transferencia de Residuos ubicado en el barrio 9 de Julio).
Tipo: Minuta de Comunicación
Autoría: Santiago Dobler
Asunto: Reitera las Minutas de Comunicación N° 1288 y 1300, referidas a la contratación del servicio de transmisión de imágenes del Centro de Monitoreo.
Fuera de Lista
Tipo: Ordenanza
Autoría: Departamento Ejecutivo Municipal
Asunto: Otorga la concesión del servicio público de provisión de agua potable a la Cooperativa de Provisión de Agua Potable y otros Servicios Públicos de Sunchales Ltda.
Prensa: Concejo Municipal
Ciudad
Sunchales: un proyecto de Ordenanza relativo a reformar la norma que establece reglas para “eventos”
La propuesta fue presentada el pasado 21 de agosto por el bloque de Ahora Sunchales, con esta entrega precisiones del proyecto.

El pasado 21 de agosto el bloque de Ahora Sunchales presentó un proyecto de Ordenanza con la intención de modificar la normativa vigente, ya habías difundido la fundamentación ofrecida por Juan Ignacio Torriri, hoy acercamos mayores detalles del proyecto.
La presente propuesta de reforma a la Ordenanza de Eventos surge como resultado de un proceso de análisis, diálogo y escucha activa frente a las dificultades prácticas que presenta la normativa vigente. A lo largo del tiempo, diversos actores vinculados a la organización de eventos, particularmente del sector nocturno, han expresado inquietudes respecto al cumplimiento de ciertos requisitos normativos, los cuales en muchos casos se perciben como imprecisos, insuficientes o carentes de aplicabilidad operativa. Frente a esta situación, se impulsó un trabajo articulado entre distintas áreas municipales, como la Subdirección de Habilitaciones, Obras Privadas y especialistas en Seguridad e Higiene, junto con representantes del sector empresarial nocturno, con el objetivo de revisar y mejorar dichos procesos.
Frente a este escenario, como bloque decidimos asumir el desafío de revisar en profundidad la ordenanza actual. Lo hicimos como mencioné anteriormente a través de reuniones con empresarios del sector, consultas con especialistas y un relevamiento de normativas aplicadas en otras localidades, que nos permitió identificar buenas prácticas y enfoques alternativos. Este trabajo comparativo nos sirvió como base para construir una propuesta superadora, que logre equilibrar la seguridad jurídica, el control estatal y la promoción responsable de actividades culturales y recreativas.
El espíritu de esta reforma es claro: dotar al municipio de una normativa moderna, coherente y aplicable, que fomente la actividad económica sin resignar las condiciones de seguridad, convivencia y cumplimiento normativo. Entendemos que una regulación adecuada no debe ser un obstáculo, sino una herramienta para ordenar, garantizar derechos y promover el desarrollo de propuestas culturales y recreativas que enriquecen la vida comunitaria.
Con esta nueva propuesta buscamos ofrecer respuestas concretas, establecer reglas claras y facilitar el cumplimiento tanto para los organizadores como para las áreas de control y fiscalización municipal. Aspiramos a un marco normativo que no sólo regule, sino que acompañe y potencie el crecimiento de un sector dinámico y estratégico para la ciudad.
Hoy presentamos el proyecto de Ordenanza que hemos trabajado, cuyo objetivo es actualizar y mejorar la regulación de eventos y establecimientos en nuestro distrito municipal de Sunchales. Esta nueva normativa busca adaptarse a las realidades actuales, garantizando una mayor seguridad, higiene y orden público para todos los ciudadanos y asistentes a los eventos.
Permítanme esbozar los puntos claves de esta propuesta, destacando su alcance general y las diferencias fundamentales con la Ordenanza N° 2431/2014, referida a nocturnidad, que esta nueva normativa busca derogar y reemplazar íntegramente.
La nueva ordenanza define «evento» de manera amplia, abarcando toda reunión, función, representación o acto social, deportivo o de cualquier índole, con fines de entretenimiento, que se realice en lugares abiertos o cerrados, públicos o privados, con o sin música o baile, y sean de carácter gratuito o pago.
La clasificación de los eventos se vuelve más detallada y funcional, considerándolos por:
Acceso: Públicos (libre acceso) o Privados (acceso restringido a una lista preestablecida).
Periodicidad: Permanentes (recurrentes) u Ocasionales (no regulares, que requieren habilitación excepcional).
Capacidad: Pequeños (hasta 100 personas), Medianos (entre 101 y 300 personas) y Masivos (más de 301 personas).
Se especifican los espacios aptos para la realización de eventos, distinguiendo entre públicos (abiertos y cerrados, como plazas o museos) y privados (abiertos y cerrados, como jardines o salones). Es importante señalar que esta regulación excluye las residencias particulares cuando se destinan a reuniones sociales ocasionales que no afecten el orden público o a terceros.
Se establecen requisitos diferenciados según la capacidad del evento, lo que permite una regulación más proporcional:
Para eventos pequeños (hasta 100 personas), se requiere una simple notificación a la Municipalidad con al menos 48 horas hábiles de anticipación para los ocasionales, y la habilitación del establecimiento para los permanentes.
Para eventos medianos (entre 101 y 300 personas), se exige autorización previa, incluyendo informe técnico de seguridad e higiene, personal de seguridad, servicio de emergencia médica (tipo área protegida) y seguro de accidentes personales. Para eventos permanentes con actividad musical, se podrá requerir un informe de aptitud acústica.
Para eventos masivos (más de 301 personas), las obligaciones de los organizadores son mucho más rigurosas. Se exige la exhibición de documentación, identificación del personal, limpieza del entorno, puestos de hidratación, cobertura de emergencias con paramédico en el lugar (incluso ambulancia según la cantidad de asistentes), seguro de accidentes personales, operativos de seguridad privada o policía adicional, y operativos de tránsito y control urbano si aplican.
Un punto relevante es la creación de un Registro de Organizadores de Eventos masivos, donde deberán inscribirse aquellos que organicen este tipo de eventos, presentando documentación específica y manteniendo una habilitación con vigencia de un año, sujeta a no registrar sanciones.
La ordenanza también aborda aspectos cruciales como la prohibición de venta y suministro de alcohol a menores de 18 años y la promoción de consumo de alcohol. Define horarios de cese de difusión sonora para establecimientos con actividad musical, y establece el cálculo del factor de ocupación basado en el Decreto Reglamentario Nº 351/79.
En cuanto a los servicios sanitarios, se los declara esenciales y se exige que los establecimientos permanentes que no cobren entrada dispongan el uso de sus baños al público en general, con excepción de los salones de fiestas infantiles. Además, se establecen requisitos mínimos de infraestructura e higiene para los sanitarios, y, como una novedad importante, se regulan las condiciones para la instalación de baños inclusivos o sin género. La cantidad mínima de retretes también se ajusta a una nueva tabla y la normativa de edificación vigente.
Se refuerzan las disposiciones sobre seguridad alimentaria, exigiendo carnet de manipulación de alimentos actualizado y acreditación de la procedencia de los alimentos. También se incluyen disposiciones específicas para Parques de Diversiones y Salones de Fiestas Infantiles, detallando requisitos de seguridad de los juegos, y para Discotecas, exigiendo cámaras de seguridad frontales.
Finalmente, se establece un sistema de inspección y un régimen de sanciones que incluye multas, clausuras (preventiva, temporaria, definitiva), secuestro de elementos y revocación de habilitaciones, con la posibilidad de aplicar sanciones de manera acumulativa y la responsabilidad solidaria de los involucrados. El Juzgado de Faltas Municipal es la autoridad competente para sancionar, mientras que el Departamento Ejecutivo Municipal puede disponer medidas preventivas urgentes.
Principales Cambios Respecto a la Ordenanza N° 2431/2014, referida en materia de nocturnidad.
Las diferencias más destacadas son:
Umbral de Eventos Masivos: La Ordenanza N° 2431/2014 definía «Espectáculos Masivos» como aquellos con una afluencia superior a quinientas (500) personas. La nueva ordenanza reduce este umbral a más de 301 personas, lo que implica que una mayor cantidad de eventos estarán sujetos a las regulaciones más estrictas aplicables a los eventos masivos, fortaleciendo la seguridad en eventos de menor escala que antes no eran considerados «masivos».
Registro de Organizadores: Si bien la Ordenanza N° 2431/2014 ya contemplaba un registro para organizadores de eventos de más de 30 personas con una vigencia de 6 meses, la nueva ordenanza eleva el requisito de inscripción para organizadores de «eventos masivos» (más de 301 personas). Además, la habilitación como organizador tendrá una vigencia de un año, lo que simplifica la gestión para aquellos que cumplan con la normativa.
Simplificación y Uniformidad de Horarios de Cese Sonoro: La ordenanza anterior establecía horarios de cese de actividad y difusión musical diferenciados y a veces complejos según el tipo de local. La nueva propuesta unifica los horarios de cese de difusión sonora para establecimientos con actividad musical, estableciendo las 24:00 horas de domingo a jueves y las 06:00 horas del día siguiente para viernes, sábados y vísperas de feriados. Esto proporciona mayor claridad y facilidad de aplicación.
Enfoque Social en Servicios Sanitarios e Inclusión: Esta es una adición significativa. La nueva ordenanza declara los servicios sanitarios como esenciales y exige que ciertos establecimientos permanentes dispongan su uso al público en general, una medida que no estaba explícitamente en la normativa anterior. Más aún, introduce normas claras para la implementación de baños inclusivos o sin género, demostrando un avance en materia de inclusión y accesibilidad. La tabla de cálculo de la cantidad mínima de retretes también se ha actualizado y detallado en comparación con la anterior que consideraba categorías más generales.
Especificaciones de Seguridad Alimentaria: La nueva ordenanza va más allá de una mención general de cumplimiento de normativas de seguridad alimentaria al especificar la obligatoriedad del carnet de manipulación actualizado, y la acreditación de la procedencia y rotulado de ciertos alimentos.
Modernización y Adaptabilidad: En general, la nueva ordenanza busca un marco regulatorio más moderno, claro y adaptable, que permite al Departamento Ejecutivo Municipal ajustar ciertas medidas según las particularidades de cada evento, como los protocolos para el control de alcohol o situaciones de violencia.
Fuente: La Opinión de Rafaela
Ciudad
El Concejo Municipal entregará la distinción a la «Trayectoria y el Compromiso Social»
Se trata del tradicional reconocimiento que inició con el nombre de “Antiguos Pobladores de Sunchales”. Si bien la denominación fue modificada, el objetivo principal y los requisitos para las postulaciones no sufrieron cambios.

El Concejo Municipal de Sunchales invita a la comunidad a realizar postulaciones de personas para que sean homenajeadas por su “Trayectoria y Compromiso Social”.
La distinción podrá recaer en ciudadanos mayores a 70 años de edad, que hayan nacido en Sunchales o residido en la ciudad durante al menos 40 años.
El Cuerpo Legislativo busca reconocer a quienes se hayan destacado por su labor y estén relacionados con el nacimiento y/o el desarrollo de distintas instituciones de bien público u organizaciones no gubernamentales. El objetivo también es destacar los aportes realizados a la educación, la técnica y la cultura, así como la vida comunitaria y en democracia.
Las postulaciones pueden ser presentadas por personas de la ciudadanía en general o a través de las entidades locales. Se deberá elevar una nota con toda la información sobre las propuestas para la distinción y los fundamentos de dichas sugerencias.
El material deberá entregarse en la Secretaría del Concejo, ubicada en el segundo piso del Palacio Municipal, o ser enviado vía correo electrónico: concejo@concejosunchales.gob.ar
Las postulaciones podrán presentarse hasta el miércoles 15 de octubre inclusive.
El acto de entrega de reconocimientos se realizará la última semana de octubre (día a confirmar).
Prensa: Concejo Municipal
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