Ciudad
El Concejo Municipal dispuso por Ordenanza la creación del Plan Integral de Monitoreo y Prevención del Dengue
El Concejo Municipal de Sunchales aprobó la creación del Plan Integral de Monitoreo y Prevención del Dengue y de otras enfermedades transmitidas por vectores en general, cuya implementación estará a cargo de la Secretaría de Gestión Ambiental y Territorial del Municipio, conjuntamente con la Dirección de Salud, o aquellas que en un futuro las reemplacen.

El proyecto había sido presentado por las concejalas Carolina Giusti y Laura Balduino, y el texto definitivo de la nueva Ordenanza contempla un total de 13 artículos.
Luego del intercambio de fundamentaciones y posturas entre todos los integrantes del Cuerpo, la aprobación llegó con disidencia parcial en los artículos Nº 7 al 11 inclusive, ya que los ediles del bloque Ahora Sunchales, Juan Ignacio Astor y Brenda Torriri, votaron de forma negativa el contenido de los mismos.
“Era necesario establecer una protocolización para disminuir el progreso de la enfermedad. Consideramos oportuno dejar establecido en una norma acciones concretas más allá del Gobierno de turno, para optimizar resultados y mitigar consecuencias que puedan generarse”, expresó la concejala Balduino.
Más adelante también afirmó que la iniciativa fue analizada en Comisión, “donde realizamos algunas consultas, fundamentalmente, con la técnica María Cecilia Gabiani, quien hace muchos años viene trabajando en este tema. La profesional consultó además con sus superiores y hemos tomado algunas de sus sugerencias que hoy se plasman en esta Ordenanza”.
Ordenanza
En el inicio de su articulado se detallan las finalidades del Plan y se dispone la creación de una campaña de difusión masiva, de carácter permanente, de las medidas preventivas a tomar para evitar la reproducción del mosquito transmisor de la enfermedad, invitando también a otras entidades a sumarse.
A los fines de garantizar el correcto protocolo de bloqueo por parte de las autoridades sanitarias, se establecen los siguientes requerimientos:
-Designar un equipo de trabajo;
-Capacitar al personal respecto al descacharrado y otras medidas de prevención;
-De ser necesaria la aplicación de adulticidas, para tratamientos intra y peri domiciliarios, se designarán agentes debidamente capacitados, quienes serán los responsables del control y mantenimiento de los equipos de fumigación y elementos de protección personal que sean requeridos para las tareas;
-Gestión, provisión y reserva de insumos a utilizar para el bloqueo;
-Actuar con celeridad e inmediatez ante el reporte de los casos;
-Registro con los casos denunciados por la autoridad sanitaria, como así también un mapeo de los bloqueos realizados en consecuencia. Será un criterio objetivo, para diagramar e intensificar las medidas oportunamente desarrolladas.
Se prohíbe la utilización de floreros o de cualquier tipo de recipiente que pueda acumular agua en el predio del cementerio. Frente a un brote, la autoridad de aplicación procederá al retiro de los mismos y al corte del suministro de agua.
Las gomerías, talleres mecánicos, industrias y demás establecimientos afines que almacenen cubiertas, o cualquier otro material en desuso que permita la acumulación de agua en su interior, deben arbitrar las medidas necesarias para su retiro de manera particular y cumpliendo los requisitos para el ingreso al sitio de disposición final, siendo esto necesario para su habilitación o reinscripción comercial.
Respecto a casas y construcciones abandonadas, o cualquier otra edificación de propiedad privada o pública que se encuentre deshabitada con claros signos de falta de mantenimiento que puedan poner en riesgo la salud del vecindario, es obligación del propietario, sea persona humana o jurídica, inclusive herederos, mantener la limpieza. En caso de incumplimiento, la Municipalidad debe realizar la limpieza a costa del infractor, previo apercibimiento debidamente notificado.
Prensa: Concejo Municipal
Ciudad
El Concejo derogó Ordenanza que autorizó la firma de un convenio con la Empresa Provincial de la Energía para el cobro del alumbrado público
En la Sesión del jueves 21 de agosto, el Concejo Municipal derogó la Ordenanza Nº 544, sancionada en 1987, que autorizó al Intendente de aquel entonces a la firma de un convenio con la Empresa Provincial de la Energía, el cual facultó a la repartición provincial al cobro directo del Servicio de Alumbrado Público a los usuarios sunchalenses.

El proyecto había sido presentado por el concejal Pablo Ghiano y fue acompañado luego por el Cuerpo Legislativo en pleno.
Se determinó el plazo de noventa días hábiles para que el Intendente Municipal realice el relevamiento del alumbrado público, así como de otras necesidades públicas de consumo eléctrico, a los efectos de determinar de manera equitativa el cobro y pago correspondiente.
También se dispuso remitir copia de la norma aprobada a la Empresa Provincial de la Energía.
Fundamentación del autor de la iniciativa legislativa
El edil Ghiano fundamentó la aprobación, quien brindó detalles del método actual aplicado y el objetivo que se persigue con el cambio dispuesto:
Convenio
A través del Decreto referido a la Ordenanza Nº 544, en el año 1987 el Municipio le cedió a la Empresa Provincial de la Energía el cobro del consumo de energía eléctrica por alumbrado público a los contribuyentes -dice beneficiarios en el Decreto-, que pagan mensualmente su consumo eléctrico particular y/o comercial.
En la actualidad, según la cláusula primera, la forma de calcular el monto a cobrar por cada ‘beneficiario’ se determina tomando como base el monto a precio tarifado del consumo del alumbrado público provincial, que prorrateará en proporción al consumo individual de cada usuario.
De aquí se desprende que el punto de partida del cálculo, el ‘monto a precio tarifado del consumo del alumbrado público provincial’, era un importe que se le cobraba al Municipio, es decir que en ese momento se calculaba el gasto de energía para este servicio.
Esta distribución proporcional en base al consumo particular de cada usuario es lo que nosotros estamos cuestionando, por un lado como método, y por el otro por su evidente inequidad. Y la pregunta elemental y básica es: ¿cuánto cobra hoy en su totalidad la Empresa Provincial de la Energía a los usuarios de la ciudad de Sunchales, por la cuota de alumbrado público que se paga en cada factura individual? Ese total, de saberse, ¿es inferior, suficiente, o cubre por exceso el costo de energía del alumbrado público?
El segundo planteo tiene que ver con la equidad del método de cobro. Es de destacar también que estos planteos surgen ante la quita de los subsidios que modera el costo del consumo y hoy muchísimos vecinos reclaman los elevadísimos montos de sus facturas de energía y se observan cada uno de los ítems que componen el total.
Actualidad
Hace más de un año que venimos hablando sobre la cuota de alumbrado público. En una conversación con el Intendente, se comprometió a accionar sobre este tema y no hemos recibido información sobre esos avances.
Muchos vecinos e instituciones se sumaron a este pedido, solicitando transparencia en los costos de sus boletas de energía.
Nosotros nos seguimos preguntando de qué se compone este ítem, si es justo en todos los casos, mayor consumo, mayor monto cuota e igual foco en la calle de nuestro domicilio, empresa o institución.
También nos seguimos preguntando qué medidas van a tomar en cuanto a sus valores, luego del recambio por la iluminación led en toda la ciudad. Está claro que reduce altamente el consumo.
Me parece importante hacer referencia a que hemos recibido a profesionales interesados en el tema, quienes nos han traído sus aportes y comentado sus inquietudes ante el sistema actual de cobro.
Prensa: Concejo Municipal
Ciudad
El Concejo aprobó Ordenanza que restringe el ingreso de personal al Estado local en casos de parentesco con autoridades y funcionarios municipales
En su Sesión Ordinaria del jueves 21 de agosto, el Concejo Municipal de Sunchales aprobó una Ordenanza, con el objetivo de prevenir y erradicar el nepotismo en todas sus formas dentro del ámbito del Estado local, “asegurando la transparencia, la equidad y la imparcialidad en los procesos de selección y contratación de personal, así como en la contratación de servicios”.

El texto del primer artículo afirma luego que “a tal fin, se promueve una gestión pública fundada en los principios de mérito, idoneidad, igualdad de oportunidades, transparencia y servicio al interés general de la comunidad”.
El proyecto final aprobado se logró con la unión de dos expedientes, a raíz de iniciativas presentadas por las concejalas Carolina Giusti y Laura Balduino (Juntos por el Cambio), y por los ediles Pablo Ghiano (Ateneo Sunchales) y Santiago Dobler (PROpulsar Sunchales).
Por su parte, los concejales Juan Ignacio Astor y Brenda Torriri (Ahora Sunchales) propusieron sugerencias, luego del análisis realizado de dicha propuesta por el Departamento Ejecutivo.
Tras el debate en Comisión que se llevó adelante en las últimas semanas y las fundamentaciones vertidas en la Sesión de este jueves, el texto final contó con el voto en general por unanimidad y en particular con la disidencia en los artículos 2º y 5º por parte del bloque Ahora Sunchales.
Texto completo de la norma
Artículo 2º. Queda restringido el ingreso como personal contratado y transitorio de la Municipalidad a personas que tengan algún vínculo de parentesco por consanguinidad, en línea recta ascendente y descendente hasta el segundo grado y en línea colateral hasta el cuarto grado; por afinidad, en línea recta ascendente y descendente hasta el segundo grado y en línea colateral hasta el cuarto grado, así como cónyuge o conviviente del Intendente Municipal, Concejales, Secretarios y Subsecretarios, Coordinadores y demás personal político del Departamento Ejecutivo Municipal, Jueces de Falta, Secretarios Privados del Intendente Municipal, Secretarios y Prosecretarios del Concejo Municipal, así como los Secretarios Generales con representación gremial.
Artículo 3°. Quedan exceptuadas de lo dispuesto en el artículo 2° las personas designadas mediante procesos de selección por concursos atento las disposiciones de la Ley provincial N° 9286, la Ordenanza N° 3244, que complementa la anterior y toda otra norma aplicable a procesos de selección de personal.
Artículo 4°. Cualquier persona podrá denunciar, ante el Departamento Ejecutivo y/o el Concejo Municipal, la posible existencia de las situaciones previstas en el artículo 2° de la presente Ordenanza.
Recibida la denuncia, se deberá instruir el sumario administrativo correspondiente, garantizando el debido proceso y el derecho de defensa de las personas eventualmente involucradas.
Las denuncias podrán presentarse de forma anónima. En todos los casos, se deberá preservar la confidencialidad del denunciante y de la información aportada, salvo que su revelación sea indispensable para el desarrollo del procedimiento administrativo.
Artículo 5°. Las designaciones y contrataciones realizadas en infracción a la presente Ordenanza son nulas.
Las personas cuyas designaciones se encuentren alcanzadas por el artículo 2° deben desvincularse en un plazo que no supere los treinta (30) días hábiles.
En los contratos que impliquen prestación de servicios en el sector público, vigentes a la fecha de promulgación de la presente Ordenanza, si se prueba la relación de parentesco a que se refiere el artículo 2°, no pueden ser renovados al vencimiento del plazo.
Prensa: Concejo Municipal
Ciudad
Sunchales avanza con una obra histórica de cloacas en Barrio Moreno
La Municipalidad de Sunchales inició esta semana la obra de recambio de cañerías cloacales que se extenderá desde calle Dentesano hasta Av. Eva Perón, rodeando el predio de Gigantes Verdes y del ferrocarril.

Se trata de un trabajo largamente esperado por los vecinos, que busca resolver problemas históricos en la evacuación de residuos cloacales y mejorar la calidad de vida de toda la zona.
El subsecretario de Obras y Servicios Públicos, José Lattanzi, destacó:
“Es una obra muy esperada, una deuda con los vecinos de Barrio Moreno y Barrio Cooperativo. Forma parte del plan de recambio de cañerías por más de 100 millones de pesos”.
Por su parte, el intendente Pablo Pinotti remarcó la importancia estratégica de esta intervención:
“Estamos cumpliendo con una obra histórica que se postergó durante muchos años: reparar y mejorar las cloacas existentes en un barrio excluido en este tipo de obras. Es tan importante como cualquier otra, aunque no se vea, porque significa apostar al saneamiento y a la calidad de vida que los vecinos se merecen”.
La ejecución demandará varias semanas y representa un paso clave dentro del plan de infraestructura para fortalecer el sistema cloacal de la ciudad.
Prensa: Municipalidad de Sunchales
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