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El Municipio pondrá a la venta nuevos terrenos

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Mediante la Ordenanza N° 2789/2019, la Municipalidad de Sunchales creó el Plan de Ahorro Previo denominado “SunchaLote”, con el objetivo que familias de la ciudad puedan acceder a la compra de un terreno municipal con destino único a construcción de su vivienda familiar y en condiciones más ventajosas que las de mercado.

El Instituto Municipal de la Vivienda (IMV) será el encargado de llevar a cabo la administración y el seguimiento de venta de los 46 terrenos de entre 200 y 240 metros cuadrados.

Días y horarios de atención

El Registro de Aspirantes abrirá a partir del lunes 24 de junio hasta el viernes 12 de julio, inclusive. Quienes estén interesados podrán acercarse al puesto de atención y asesoramiento del IMV, que tendrá lugar en planta baja del Palacio Municipal, de lunes a viernes, de 8 a 14 hs.

Requisitos

a) Constituir un grupo familiar.-

b) Ser mayor de 18 años y tener no menos de 5 años de residencia, comprobable, en la ciudad de Sunchales, la que puede ser atribuida a uno de los integrantes del grupo familiar.-

c) Acreditar ingresos mensuales, declaración jurada más documentos que comprueben capacidad de pago. En ningún caso el valor de la cuota a pagar por el beneficiario podrá ser superior al 30% de los ingresos económicos comprobados del grupo familiar conviviente, libre de embargo.-

d) Se contabilizarán todos los ingresos del grupo familiar conviviente.

e) Los empleados deberán acreditar una antigüedad no menor de 6 meses en sus empleos y los autónomos de 8 meses.-

f) No ser titulares ni poseedores a título de dueño de inmuebles -ninguno de los integrantes del grupo familiar-, como así tampoco adjudicatarios de viviendas municipales o planes de vivienda. Excepto aquellos titulares de una única nuda propiedad, si aún viviese el usufructuario.

g) Obligarse a construir la vivienda para su grupo familiar.

h) Tener ingresos netos comprobables a la fecha de la sanción de la Ordenanza, con un topo máximo de $ 50.000,00. Se contabilizarán todos los ingresos del grupo familiar conviviente.-

Formas de pago

El costo de contado de cada uno de los terrenos será de $ 250.000,00. Pudiendo optar los interesados por 3 formas de pago:

    Opción A: anticipo del 50% y saldo en 48 cuotas de $ 2.610,00.
    Opción B: anticipo del 30% y saldo en 48 cuotas de $ 3.650,00.
    Opción C: Se financiará el 100% del valor del terreno en 48 cuotas de $ 5.210,00.

Las cuotas se ajustarán trimestralmente con la tasa que el Municipio aplica para actualización de deuda vencida dispuesta por el art. 30° de la Ordenanza Fiscal N° 2140.

Procedimiento

Quienes estén interesados en postularse, deberán inscribirse a través de un formulario que tendrá carácter de declaración jurada. Una vez aprobado el listado definitivo de aspirantes que reúnan los requisitos básicos de admisión del Programa, el IMV fijará y publicará el día, hora y lugar de realización del sorteo público.

Se sorteará el 100% de titulares e igual porcentaje de suplentes, con relación a la cantidad de lotes del programa que se pongan a la venta.-

Cabe aclarar que los terrenos sólo podrán ser destinados a la construcción de vivienda unifamiliar, de él o los adquirente/s, y los adjudicatarios no podrán venderlos, transferirlos, arrendarlos o cambiarle su destino, por un término de cinco (5) años contados a partir de la fecha de la respectiva escritura traslativa de dominio.

Con esta acción, el Municipio sigue contribuyendo al derecho del acceso a la tierra y la vivienda para las familias de Sunchales.

Prensa: Municipalidad de Sunchales

 

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¡Se habilitan los carribares en Sunchales!

En la mañana de hoy, en la Casa del Emprendedor de Sunchales, el Secretario de Producción y Finanzas, Fernando Chamorro, junto al Subsecretario de Desarrollo Económico y Productivo, Luciano Cabalaro, y la Subsecretaria de Economía Social y Solidaria, Vanesa Ortiz, se reunieron con interesados del sector gastronómico de la ciudad para hacerles entrega del Decreto N° 3408/2024.

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Foto: Prensa Municipalidad de Sunchales

Este decreto, a través de la Ordenanza N° 2874/2020, habilita, establece y reglamenta el funcionamiento de vehículos gastronómicos destinados a la elaboración y comercialización de alimentos y bebidas en espacios específicos de dominio público o privado dentro del distrito de Sunchales.

Quienes deseen llevar a cabo esta actividad deberán tramitar el permiso de uso correspondiente en la oficina de la Unidad Polivalente de Control, ubicada en el Palacio Municipal. Además, en los próximos días, la reglamentación estará disponible en la página web de la Municipalidad.

Esta iniciativa representa un paso significativo para el desarrollo, promoviendo una mayor variedad de propuestas en la oferta culinaria de nuestra comunidad.

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El Concejo Municipal aprobó modificaciones para la Ordenanza referida a nocturnidad

A través de la aprobación de un proyecto presentado por la concejala Brenda Torriri y el edil Juan Ignacio Astor, el Concejo Municipal dispuso modificaciones a la Ordenanza Nº 2431, aprobada en 2014. Se trata de la norma que establece medidas preventivas y/o sancionatorias en materia de nocturnidad.

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Foto: Ilustrativa

Específicamente se aprobaron cambios en tres artículos, los cuales están referidos a los rubros alcanzados, los horarios para el cese de las actividades y el factor de ocupación.

“Esta Ordenanza tuvo ya varias modificaciones a través del tiempo y anticipo que las va a seguir teniendo, de hecho también nuestro Bloque sigue en su trabajo mancomunado con el Ejecutivo para una revisión completa de todo el esquema”, afirmó el concejal Astor, quien resaltó además el trabajo realizado por todo el Cuerpo Legislativo, desde donde se abordó la problemática incluso con reuniones con diferentes actores del sector.

En cuanto a las modificaciones aprobadas, la primera incluye a las ferias como rubro alcanzado, definiendo a las mismas como “el conjunto de dos o más personas humanas o jurídicas que se agrupan con el fin de comercializar bienes y servicios en un espacio común, de dominio público o privado, cerrado o al aire libre, y apuntan a promover la comercialización, recreación y desarrollo cultural en un marco de autonomía, compromiso, participación y cooperación entre feriantes, así como la corresponsabilidad con el Estado Municipal”.

Los cambios más importantes aparecen en el artículo referido a los horarios para el cese de las actividades. “Anteriormente, la noche del viernes que terminamos en el sábado, debía finalizar la actividad bailable a las 04:30. Ahora ese horario continúa hasta las 6 h. Lo mismo domingos y feriados, o sea, sábado a la noche y la noche previa a un feriado”, afirmó Astor.

Luego agregó: “Creo que es más seguro tener a nuestros jóvenes, a nuestros chicos, en un lugar, en un entorno habilitado, controlado, que fue auditado, que fue supervisado, su aptitud acústica, en el cual hay un privado responsable, con la contratación de seguros. Es mucho más seguro que estén ahí. Y en cuanto a las molestias posibles a otros vecinos, la verdad es mucho más probable si los hacemos salir a las 4 de la mañana en masa que generen más molestias ante esa circunstancia, que si permanecen en el local hasta las 6”.

El último cambio agrega el rubro feria a lo normado en relación al factor de ocupación.

Artículo referido a los horarios de cese de actividades

  • Locales con actividad bailable. Discotecas, Salones de Fiestas, Cantinas, y Actividades bailables en asociaciones civiles sin fines de lucro. Estos locales deben cesar su actividad bailable los días lunes a viernes a las 00:00 horas y los días sábados, domingos y feriados a las 06 h. De no existir difusión sonora, ya sea locución, música o espectáculos en vivo, no se impondrá horario de cese, siendo necesario el encendido de luces si no hubiere luz diurna y permanezcan asistentes en el local.
  • Locales sin actividad bailable. Restaurantes, Pizzerías, Choperías, Parrilladas y Bares con difusión musical y/o números en vivo. Estos locales deben cesar en sus actividades los días lunes a viernes a la 1 h y los días sábados, domingos y feriados a las 6 h de esos mismos días. Sin perjuicio de ello, la actividad de difusión musical por medios electrónicos o espectáculos en vivo solo podrá desarrollarse los días lunes a viernes hasta las 00:00, los días sábados hasta las 2 h y los días domingos y feriados hasta las 4 h, a excepción de que aquella no trascienda al exterior de la superficie cubierta de los establecimientos mencionados.
  • Salas de Cine o Teatro, Salones de entretenimiento y Salones de Fiestas Infantiles. Estos locales deben cesar en sus actividades los días lunes a viernes a la 1 h y los días sábados, domingos y feriados a las 2 h de esos mismos días.
  • Circos y Parques de Diversiones. Estos locales deben cesar en sus actividades los días lunes a viernes a la 1 h y los días sábados, domingos y feriados a las 2 h de esos mismos días.
  • Espectáculos masivos excepcionales en espacios públicos y/o privados. En estos supuestos, el horario de inicio y finalización del espectáculo se establecerá en cada caso en particular, por la autoridad de aplicación de la presente, considerando la índole del espectáculo y el tipo de establecimiento en el que se lleve a cabo.
  • Ferias. Los horarios de apertura y cierre se establecerán junto con la habilitación de la misma.

En todos los supuestos, vencido el horario de cierre enunciado, los locales cuentan con una tolerancia máxima de 30 (treinta) minutos para el cese de la actividad, entendiéndose este período de tiempo a los fines de proceder a la desconcentración del público sin difusión alguna de música u otra semejante, ni expendio de bebidas alcohólicas.

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El Concejo instituyó la entrega de la distinción “Alfredo Cappellini” para reconocer a estudiantes que participen en las mutuales escolares

El primer sábado de octubre se celebra el Día Nacional del Mutualismo, instituido oficialmente por el Decreto Nº 22.946 del año 1945.

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Foto: Archivo

En el marco de esta efeméride, el Concejo Municipal de Sunchales aprobó una nueva Resolución, por medio de la cual se instituye la entrega de la Distinción “Alfredo Cappellini”. El objetivo de la misma es reconocer a estudiantes de las mutuales escolares de la ciudad.

La mención estará destinada a un/a alumno/a por establecimiento escolar que cuente con el funcionamiento de una mutual escolar, reconocida oficialmente. Cada institución arbitrará los mecanismos de selección que considere apropiado para tal fin.

Es importante resaltar que, actualmente, son dos las mutuales existentes: “AMEFA”, Escuela “Florentino Ameghino”; “Aliados Para Ayudar”, Escuela “Pioneros de Rochdale”.

El proyecto de Resolución aprobado fue presentado por las concejalas del bloque Juntos por el Cambio y acompañado luego por el resto de los ediles.

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