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Ordenanza de libre deuda municipal para quienes tramiten un préstamo hipotecario de vivienda única familiar

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Según fue dispuesto  por el Concejo Municipal, para las personas que se encuentren en esta condición no será exigible la cancelación total de las cuotas aún no vencidas de planes de pago de contribución por mejoras del inmueble. Además, el trámite será de carácter gratuito y llevará la leyenda “solo válido para hipoteca”.

En su última Sesión Ordinaria, el Concejo Municipal de Sunchales estableció por Ordenanza (Nº 2966) las condiciones que regirán a la hora de la solicitud y el otorgamiento del libre deuda municipal,  cuando se trate de personas que se encuentren tramitando un préstamo hipotecario para construir o reformar su vivienda única familiar.

La nueva norma establece:

-Al momento de realizar el trámite de libre deuda municipal para la instrumentación de la garantía hipotecaria, en el marco de la solicitud de un préstamo hipotecario para vivienda única familiar y de ocupación permanente,  no es exigible la cancelación total de las cuotas aún no vencidas de planes de pago de contribución por mejoras del inmueble objeto de la misma.

-Para acceder al beneficio dispuesto, se deben tener al día las tasas y tributos de plazo vencido de dicho inmueble, a la fecha de dicha solicitud.

-Para todos los casos en que se acredite fehacientemente que el préstamo hipotecario reúne las características de ser para vivienda única familiar y de ocupación permanente, el trámite de libre de deuda municipal será de carácter gratuito y llevará la leyenda “solo válido para hipoteca”.

 

Prensa: Concejo Municipal

 

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