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Sunchales: un proyecto de Ordenanza relativo a reformar la norma que establece reglas para “eventos”

La propuesta fue presentada el pasado 21 de agosto por el bloque de Ahora Sunchales, con esta entrega precisiones del proyecto.

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Foto: Brenda Torriri y Juan Ignacio Astor, bloque de Ahora Sunchales. (La Opinión de Rafaela)

El pasado 21 de agosto el bloque de Ahora Sunchales presentó un proyecto de Ordenanza con la intención de modificar la normativa vigente, ya habías difundido la fundamentación ofrecida por Juan Ignacio Torriri, hoy acercamos mayores detalles del proyecto.

La presente propuesta de reforma a la Ordenanza de Eventos surge como resultado de un proceso de análisis, diálogo y escucha activa frente a las dificultades prácticas que presenta la normativa vigente. A lo largo del tiempo, diversos actores vinculados a la organización de eventos, particularmente del sector nocturno, han expresado inquietudes respecto al cumplimiento de ciertos requisitos normativos, los cuales en muchos casos se perciben como imprecisos, insuficientes o carentes de aplicabilidad operativa. Frente a esta situación, se impulsó un trabajo articulado entre distintas áreas municipales, como la Subdirección de Habilitaciones, Obras Privadas y especialistas en Seguridad e Higiene, junto con representantes del sector empresarial nocturno, con el objetivo de revisar y mejorar dichos procesos.

Frente a este escenario, como bloque decidimos asumir el desafío de revisar en profundidad la ordenanza actual. Lo hicimos como mencioné anteriormente a través de reuniones con empresarios del sector, consultas con especialistas y un relevamiento de normativas aplicadas en otras localidades, que nos permitió identificar buenas prácticas y enfoques alternativos. Este trabajo comparativo nos sirvió como base para construir una propuesta superadora, que logre equilibrar la seguridad jurídica, el control estatal y la promoción responsable de actividades culturales y recreativas.

El espíritu de esta reforma es claro: dotar al municipio de una normativa moderna, coherente y aplicable, que fomente la actividad económica sin resignar las condiciones de seguridad, convivencia y cumplimiento normativo. Entendemos que una regulación adecuada no debe ser un obstáculo, sino una herramienta para ordenar, garantizar derechos y promover el desarrollo de propuestas culturales y recreativas que enriquecen la vida comunitaria.

Con esta nueva propuesta buscamos ofrecer respuestas concretas, establecer reglas claras y facilitar el cumplimiento tanto para los organizadores como para las áreas de control y fiscalización municipal. Aspiramos a un marco normativo que no sólo regule, sino que acompañe y potencie el crecimiento de un sector dinámico y estratégico para la ciudad.

Hoy presentamos el proyecto de Ordenanza que hemos trabajado, cuyo objetivo es actualizar y mejorar la regulación de eventos y establecimientos en nuestro distrito municipal de Sunchales. Esta nueva normativa busca adaptarse a las realidades actuales, garantizando una mayor seguridad, higiene y orden público para todos los ciudadanos y asistentes a los eventos.

Permítanme esbozar los puntos claves de esta propuesta, destacando su alcance general y las diferencias fundamentales con la Ordenanza N° 2431/2014, referida a nocturnidad, que esta nueva normativa busca derogar y reemplazar íntegramente.

La nueva ordenanza define «evento» de manera amplia, abarcando toda reunión, función, representación o acto social, deportivo o de cualquier índole, con fines de entretenimiento, que se realice en lugares abiertos o cerrados, públicos o privados, con o sin música o baile, y sean de carácter gratuito o pago.

La clasificación de los eventos se vuelve más detallada y funcional, considerándolos por:

Acceso: Públicos (libre acceso) o Privados (acceso restringido a una lista preestablecida).

Periodicidad: Permanentes (recurrentes) u Ocasionales (no regulares, que requieren habilitación excepcional).

Capacidad: Pequeños (hasta 100 personas), Medianos (entre 101 y 300 personas) y Masivos (más de 301 personas).

Se especifican los espacios aptos para la realización de eventos, distinguiendo entre públicos (abiertos y cerrados, como plazas o museos) y privados (abiertos y cerrados, como jardines o salones). Es importante señalar que esta regulación excluye las residencias particulares cuando se destinan a reuniones sociales ocasionales que no afecten el orden público o a terceros.

Se establecen requisitos diferenciados según la capacidad del evento, lo que permite una regulación más proporcional:

Para eventos pequeños (hasta 100 personas), se requiere una simple notificación a la Municipalidad con al menos 48 horas hábiles de anticipación para los ocasionales, y la habilitación del establecimiento para los permanentes.

Para eventos medianos (entre 101 y 300 personas), se exige autorización previa, incluyendo informe técnico de seguridad e higiene, personal de seguridad, servicio de emergencia médica (tipo área protegida) y seguro de accidentes personales. Para eventos permanentes con actividad musical, se podrá requerir un informe de aptitud acústica.

Para eventos masivos (más de 301 personas), las obligaciones de los organizadores son mucho más rigurosas. Se exige la exhibición de documentación, identificación del personal, limpieza del entorno, puestos de hidratación, cobertura de emergencias con paramédico en el lugar (incluso ambulancia según la cantidad de asistentes), seguro de accidentes personales, operativos de seguridad privada o policía adicional, y operativos de tránsito y control urbano si aplican.

Un punto relevante es la creación de un Registro de Organizadores de Eventos masivos, donde deberán inscribirse aquellos que organicen este tipo de eventos, presentando documentación específica y manteniendo una habilitación con vigencia de un año, sujeta a no registrar sanciones.

La ordenanza también aborda aspectos cruciales como la prohibición de venta y suministro de alcohol a menores de 18 años y la promoción de consumo de alcohol. Define horarios de cese de difusión sonora para establecimientos con actividad musical, y establece el cálculo del factor de ocupación basado en el Decreto Reglamentario Nº 351/79.

En cuanto a los servicios sanitarios, se los declara esenciales y se exige que los establecimientos permanentes que no cobren entrada dispongan el uso de sus baños al público en general, con excepción de los salones de fiestas infantiles. Además, se establecen requisitos mínimos de infraestructura e higiene para los sanitarios, y, como una novedad importante, se regulan las condiciones para la instalación de baños inclusivos o sin género. La cantidad mínima de retretes también se ajusta a una nueva tabla y la normativa de edificación vigente.

Se refuerzan las disposiciones sobre seguridad alimentaria, exigiendo carnet de manipulación de alimentos actualizado y acreditación de la procedencia de los alimentos. También se incluyen disposiciones específicas para Parques de Diversiones y Salones de Fiestas Infantiles, detallando requisitos de seguridad de los juegos, y para Discotecas, exigiendo cámaras de seguridad frontales.

Finalmente, se establece un sistema de inspección y un régimen de sanciones que incluye multas, clausuras (preventiva, temporaria, definitiva), secuestro de elementos y revocación de habilitaciones, con la posibilidad de aplicar sanciones de manera acumulativa y la responsabilidad solidaria de los involucrados. El Juzgado de Faltas Municipal es la autoridad competente para sancionar, mientras que el Departamento Ejecutivo Municipal puede disponer medidas preventivas urgentes.

Principales Cambios Respecto a la Ordenanza N° 2431/2014, referida en materia de nocturnidad.

Las diferencias más destacadas son:

Umbral de Eventos Masivos: La Ordenanza N° 2431/2014 definía «Espectáculos Masivos» como aquellos con una afluencia superior a quinientas (500) personas. La nueva ordenanza reduce este umbral a más de 301 personas, lo que implica que una mayor cantidad de eventos estarán sujetos a las regulaciones más estrictas aplicables a los eventos masivos, fortaleciendo la seguridad en eventos de menor escala que antes no eran considerados «masivos».

Registro de Organizadores: Si bien la Ordenanza N° 2431/2014 ya contemplaba un registro para organizadores de eventos de más de 30 personas con una vigencia de 6 meses, la nueva ordenanza eleva el requisito de inscripción para organizadores de «eventos masivos» (más de 301 personas). Además, la habilitación como organizador tendrá una vigencia de un año, lo que simplifica la gestión para aquellos que cumplan con la normativa.

Simplificación y Uniformidad de Horarios de Cese Sonoro: La ordenanza anterior establecía horarios de cese de actividad y difusión musical diferenciados y a veces complejos según el tipo de local. La nueva propuesta unifica los horarios de cese de difusión sonora para establecimientos con actividad musical, estableciendo las 24:00 horas de domingo a jueves y las 06:00 horas del día siguiente para viernes, sábados y vísperas de feriados. Esto proporciona mayor claridad y facilidad de aplicación.

Enfoque Social en Servicios Sanitarios e Inclusión: Esta es una adición significativa. La nueva ordenanza declara los servicios sanitarios como esenciales y exige que ciertos establecimientos permanentes dispongan su uso al público en general, una medida que no estaba explícitamente en la normativa anterior. Más aún, introduce normas claras para la implementación de baños inclusivos o sin género, demostrando un avance en materia de inclusión y accesibilidad. La tabla de cálculo de la cantidad mínima de retretes también se ha actualizado y detallado en comparación con la anterior que consideraba categorías más generales.

Especificaciones de Seguridad Alimentaria: La nueva ordenanza va más allá de una mención general de cumplimiento de normativas de seguridad alimentaria al especificar la obligatoriedad del carnet de manipulación actualizado, y la acreditación de la procedencia y rotulado de ciertos alimentos.

Modernización y Adaptabilidad: En general, la nueva ordenanza busca un marco regulatorio más moderno, claro y adaptable, que permite al Departamento Ejecutivo Municipal ajustar ciertas medidas según las particularidades de cada evento, como los protocolos para el control de alcohol o situaciones de violencia.

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Las Secretarías del organigrama municipal presentarán su segundo informe del año ante el Concejo

El Cuerpo Legislativo definió el procedimiento y los plazos para la presentación de los informes de las Secretarías dependientes del Ejecutivo Municipal, tal como lo dispone la Ordenanza Nº 1831, aprobada en 2008.

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La exposición debe realizarse en Sesiones Extraordinarias y para las mismas se asignaron las siguientes fechas:

-Secretarías de Gobierno, y de Producción y Finanzas, 28 de octubre, 9 h;

-Secretarías de Desarrollo Humano y Promoción de Derechos, y de Gestión Ambiental y Territorial, 4 de noviembre, 9 h.

El titular de cada área hará uso de la palabra en el Recinto de Sesiones, para dirigirse a los integrantes del Concejo Municipal.

La Ordenanza Nº 1831, aprobada en 2008, dispuso la presencia de las Secretarías definidas en el organigrama municipal vigente, a fin de brindar información sobre la marcha de las áreas a su cargo, así como de los planes elaborados a futuro.

En 2016, la norma fue modificada y se estableció que mediante Resolución del Cuerpo se establecerá la metodología de cada convocatoria de las presentaciones, las cuales serán dos por año.

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Juan Astor y Brenda Torriri impulsan un programa solidario de transporte para jubilados

En tiempos donde la situación de los adultos mayores en el país se ve cada vez más relegada, los concejales Juan Astor y Brenda Torriri decidieron dar un paso al frente y presentar una propuesta concreta para acompañarlos.

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Foto: Juan Astor y Brenda Torriri

Se trata del “Programa de Apoyo Local para el Transporte Especial de Personas Mayores”, una iniciativa solidaria que busca garantizar la movilidad y seguridad de los jubilados y jubiladas de Sunchales durante los días de cobro de haberes.

El proyecto, ingresado al Concejo Municipal, propone un esquema flexible y humano que contempla distintas modalidades de asistencia —solidaria, estatal y privada— para que ningún vecino o vecina se vea impedido de trasladarse por falta de recursos o acompañamiento.

En palabras de sus autores, el objetivo es “brindar un gesto de cuidado y respeto hacia quienes trabajaron toda una vida y hoy enfrentan múltiples dificultades”. Bajo esta premisa, el programa permitirá que los jubilados sin vehículo propio o sin ayuda familiar puedan solicitar transporte gratuito, hasta dos viajes por mes dentro de la ciudad, para realizar trámites, cobros o gestiones relacionadas con su haber jubilatorio, o bien recibir el reintegro de hasta el 50% del costo del remis, según la disponibilidad del servicio.

Además, se creará un registro de viajes solidarios, donde voluntarios podrán ofrecer traslados de forma ad honorem, reforzando el espíritu comunitario que caracteriza a Sunchales.

El proyecto establece que la Secretaría de Desarrollo será la autoridad de aplicación, responsable de coordinar las solicitudes, gestionar los medios disponibles y garantizar que el beneficio llegue a quienes realmente lo necesitan, priorizando a las personas mayores con mayores dificultades económicas o de movilidad.

En un contexto nacional donde el desinterés por los adultos mayores parece crecer, esta propuesta local impulsada por Astor y Torriri surge como resultado de la escucha atenta a las manifestaciones de los jubilados sobre sus problemas concretos, y representa un acto de empatía, compromiso y sensibilidad social. Una muestra concreta de que las políticas más valiosas son aquellas que nacen desde el corazón de la comunidad.

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Nueva reunión del Consejo Ejecutivo de Seguridad

Se llevó a cabo una nueva reunión del Consejo Ejecutivo de Seguridad, en el marco del trabajo conjunto que se viene desarrollando desde hace casi dos años con los distintos estamentos del Estado provincial y municipal, con el objetivo de fortalecer la seguridad ciudadana, la prevención y la respuesta ante situaciones que afectan la convivencia.

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Foto: Nueva reunión del Consejo Ejecutivo de Seguridad

El encuentro contó con la participación de:

  • Pablo Pinotti, Intendente de la Ciudad de Sunchales
  • Fabián Bongiovanni, Subsecretario de Seguridad Ciudadana y Convivencia
  • Juan Manuel Puig, Fiscal Adjunto para Sunchales
  • Sebastián Rancaño y Eduardo Cosentino, Coordinadores Regionales del Ministerio de Justicia y Seguridad
  • Carlos Pagano, Jefe de la Unidad Regional V
  • Ricardo Biasoni, Jefe de Operaciones de la UR V
  • Maximiliano Zurawski, Jefe de la Zona de Inspección 3
  • Daniel Gretter, Jefe de la GUS
  • Alejandra de las Mercedes, Jefa de la Comisaría 3ra.
  • Gastón Sirini, Subjefe de Comando Radioeléctrico
  • Melania Escobar, encargada de la Oficina de Atención a la Víctima
  • Juan Ignacio Astor, Presidente del Concejo Municipal

Durante la sesión se repasaron las principales situaciones de seguridad registradas en los últimos treinta días, se hizo hincapié en la necesidad de articular la labor preventiva con las fuerzas de seguridad y el Poder Judicial, y se debatieron los protocolos de colaboración y acción conjunta para advertir, prevenir y abordar oportunamente los hechos que afectan la comunidad. Estos lineamientos concuerdan con los ejes de trabajo que periódicamente se vienen estableciendo en la ciudad.

La Municipalidad reafirma su compromiso de continuar fortaleciendo estos espacios de participación institucional, con el fin de garantizar mayor seguridad, tranquilidad y calidad de vida para todos los vecinos y vecinas

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