Ciudad
Sunchales: un proyecto de Ordenanza relativo a reformar la norma que establece reglas para “eventos”
La propuesta fue presentada el pasado 21 de agosto por el bloque de Ahora Sunchales, con esta entrega precisiones del proyecto.
El pasado 21 de agosto el bloque de Ahora Sunchales presentó un proyecto de Ordenanza con la intención de modificar la normativa vigente, ya habías difundido la fundamentación ofrecida por Juan Ignacio Torriri, hoy acercamos mayores detalles del proyecto.
La presente propuesta de reforma a la Ordenanza de Eventos surge como resultado de un proceso de análisis, diálogo y escucha activa frente a las dificultades prácticas que presenta la normativa vigente. A lo largo del tiempo, diversos actores vinculados a la organización de eventos, particularmente del sector nocturno, han expresado inquietudes respecto al cumplimiento de ciertos requisitos normativos, los cuales en muchos casos se perciben como imprecisos, insuficientes o carentes de aplicabilidad operativa. Frente a esta situación, se impulsó un trabajo articulado entre distintas áreas municipales, como la Subdirección de Habilitaciones, Obras Privadas y especialistas en Seguridad e Higiene, junto con representantes del sector empresarial nocturno, con el objetivo de revisar y mejorar dichos procesos.
Frente a este escenario, como bloque decidimos asumir el desafío de revisar en profundidad la ordenanza actual. Lo hicimos como mencioné anteriormente a través de reuniones con empresarios del sector, consultas con especialistas y un relevamiento de normativas aplicadas en otras localidades, que nos permitió identificar buenas prácticas y enfoques alternativos. Este trabajo comparativo nos sirvió como base para construir una propuesta superadora, que logre equilibrar la seguridad jurídica, el control estatal y la promoción responsable de actividades culturales y recreativas.
El espíritu de esta reforma es claro: dotar al municipio de una normativa moderna, coherente y aplicable, que fomente la actividad económica sin resignar las condiciones de seguridad, convivencia y cumplimiento normativo. Entendemos que una regulación adecuada no debe ser un obstáculo, sino una herramienta para ordenar, garantizar derechos y promover el desarrollo de propuestas culturales y recreativas que enriquecen la vida comunitaria.
Con esta nueva propuesta buscamos ofrecer respuestas concretas, establecer reglas claras y facilitar el cumplimiento tanto para los organizadores como para las áreas de control y fiscalización municipal. Aspiramos a un marco normativo que no sólo regule, sino que acompañe y potencie el crecimiento de un sector dinámico y estratégico para la ciudad.
Hoy presentamos el proyecto de Ordenanza que hemos trabajado, cuyo objetivo es actualizar y mejorar la regulación de eventos y establecimientos en nuestro distrito municipal de Sunchales. Esta nueva normativa busca adaptarse a las realidades actuales, garantizando una mayor seguridad, higiene y orden público para todos los ciudadanos y asistentes a los eventos.
Permítanme esbozar los puntos claves de esta propuesta, destacando su alcance general y las diferencias fundamentales con la Ordenanza N° 2431/2014, referida a nocturnidad, que esta nueva normativa busca derogar y reemplazar íntegramente.
La nueva ordenanza define «evento» de manera amplia, abarcando toda reunión, función, representación o acto social, deportivo o de cualquier índole, con fines de entretenimiento, que se realice en lugares abiertos o cerrados, públicos o privados, con o sin música o baile, y sean de carácter gratuito o pago.
La clasificación de los eventos se vuelve más detallada y funcional, considerándolos por:
Acceso: Públicos (libre acceso) o Privados (acceso restringido a una lista preestablecida).
Periodicidad: Permanentes (recurrentes) u Ocasionales (no regulares, que requieren habilitación excepcional).
Capacidad: Pequeños (hasta 100 personas), Medianos (entre 101 y 300 personas) y Masivos (más de 301 personas).
Se especifican los espacios aptos para la realización de eventos, distinguiendo entre públicos (abiertos y cerrados, como plazas o museos) y privados (abiertos y cerrados, como jardines o salones). Es importante señalar que esta regulación excluye las residencias particulares cuando se destinan a reuniones sociales ocasionales que no afecten el orden público o a terceros.
Se establecen requisitos diferenciados según la capacidad del evento, lo que permite una regulación más proporcional:
Para eventos pequeños (hasta 100 personas), se requiere una simple notificación a la Municipalidad con al menos 48 horas hábiles de anticipación para los ocasionales, y la habilitación del establecimiento para los permanentes.
Para eventos medianos (entre 101 y 300 personas), se exige autorización previa, incluyendo informe técnico de seguridad e higiene, personal de seguridad, servicio de emergencia médica (tipo área protegida) y seguro de accidentes personales. Para eventos permanentes con actividad musical, se podrá requerir un informe de aptitud acústica.
Para eventos masivos (más de 301 personas), las obligaciones de los organizadores son mucho más rigurosas. Se exige la exhibición de documentación, identificación del personal, limpieza del entorno, puestos de hidratación, cobertura de emergencias con paramédico en el lugar (incluso ambulancia según la cantidad de asistentes), seguro de accidentes personales, operativos de seguridad privada o policía adicional, y operativos de tránsito y control urbano si aplican.
Un punto relevante es la creación de un Registro de Organizadores de Eventos masivos, donde deberán inscribirse aquellos que organicen este tipo de eventos, presentando documentación específica y manteniendo una habilitación con vigencia de un año, sujeta a no registrar sanciones.
La ordenanza también aborda aspectos cruciales como la prohibición de venta y suministro de alcohol a menores de 18 años y la promoción de consumo de alcohol. Define horarios de cese de difusión sonora para establecimientos con actividad musical, y establece el cálculo del factor de ocupación basado en el Decreto Reglamentario Nº 351/79.
En cuanto a los servicios sanitarios, se los declara esenciales y se exige que los establecimientos permanentes que no cobren entrada dispongan el uso de sus baños al público en general, con excepción de los salones de fiestas infantiles. Además, se establecen requisitos mínimos de infraestructura e higiene para los sanitarios, y, como una novedad importante, se regulan las condiciones para la instalación de baños inclusivos o sin género. La cantidad mínima de retretes también se ajusta a una nueva tabla y la normativa de edificación vigente.
Se refuerzan las disposiciones sobre seguridad alimentaria, exigiendo carnet de manipulación de alimentos actualizado y acreditación de la procedencia de los alimentos. También se incluyen disposiciones específicas para Parques de Diversiones y Salones de Fiestas Infantiles, detallando requisitos de seguridad de los juegos, y para Discotecas, exigiendo cámaras de seguridad frontales.
Finalmente, se establece un sistema de inspección y un régimen de sanciones que incluye multas, clausuras (preventiva, temporaria, definitiva), secuestro de elementos y revocación de habilitaciones, con la posibilidad de aplicar sanciones de manera acumulativa y la responsabilidad solidaria de los involucrados. El Juzgado de Faltas Municipal es la autoridad competente para sancionar, mientras que el Departamento Ejecutivo Municipal puede disponer medidas preventivas urgentes.
Principales Cambios Respecto a la Ordenanza N° 2431/2014, referida en materia de nocturnidad.
Las diferencias más destacadas son:
Umbral de Eventos Masivos: La Ordenanza N° 2431/2014 definía «Espectáculos Masivos» como aquellos con una afluencia superior a quinientas (500) personas. La nueva ordenanza reduce este umbral a más de 301 personas, lo que implica que una mayor cantidad de eventos estarán sujetos a las regulaciones más estrictas aplicables a los eventos masivos, fortaleciendo la seguridad en eventos de menor escala que antes no eran considerados «masivos».
Registro de Organizadores: Si bien la Ordenanza N° 2431/2014 ya contemplaba un registro para organizadores de eventos de más de 30 personas con una vigencia de 6 meses, la nueva ordenanza eleva el requisito de inscripción para organizadores de «eventos masivos» (más de 301 personas). Además, la habilitación como organizador tendrá una vigencia de un año, lo que simplifica la gestión para aquellos que cumplan con la normativa.
Simplificación y Uniformidad de Horarios de Cese Sonoro: La ordenanza anterior establecía horarios de cese de actividad y difusión musical diferenciados y a veces complejos según el tipo de local. La nueva propuesta unifica los horarios de cese de difusión sonora para establecimientos con actividad musical, estableciendo las 24:00 horas de domingo a jueves y las 06:00 horas del día siguiente para viernes, sábados y vísperas de feriados. Esto proporciona mayor claridad y facilidad de aplicación.
Enfoque Social en Servicios Sanitarios e Inclusión: Esta es una adición significativa. La nueva ordenanza declara los servicios sanitarios como esenciales y exige que ciertos establecimientos permanentes dispongan su uso al público en general, una medida que no estaba explícitamente en la normativa anterior. Más aún, introduce normas claras para la implementación de baños inclusivos o sin género, demostrando un avance en materia de inclusión y accesibilidad. La tabla de cálculo de la cantidad mínima de retretes también se ha actualizado y detallado en comparación con la anterior que consideraba categorías más generales.
Especificaciones de Seguridad Alimentaria: La nueva ordenanza va más allá de una mención general de cumplimiento de normativas de seguridad alimentaria al especificar la obligatoriedad del carnet de manipulación actualizado, y la acreditación de la procedencia y rotulado de ciertos alimentos.
Modernización y Adaptabilidad: En general, la nueva ordenanza busca un marco regulatorio más moderno, claro y adaptable, que permite al Departamento Ejecutivo Municipal ajustar ciertas medidas según las particularidades de cada evento, como los protocolos para el control de alcohol o situaciones de violencia.
Fuente: La Opinión de Rafaela
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Árbol de gran porte cayó sobre un auto en Sunchales durante las fuertes ráfagas de viento
Las intensas ráfagas registradas este jueves al mediodía provocaron la caída de un árbol sobre un automóvil en barrio Colón. No hubo personas heridas, aunque el vehículo sufrió importantes daños materiales. Mira el video🎥
Momentos de preocupación se vivieron este jueves al mediodía en calle Falucho al 200, en el barrio Colón de Sunchales, cuando un árbol de gran porte se desplomó sobre un automóvil que estaba estacionado frente al ingreso de una vivienda.
El hecho ocurrió mientras comenzaban a sentirse las fuertes ráfagas de viento asociadas a la inestabilidad climática anunciada para la región. Como consecuencia, el árbol cedió y cayó sobre un Volkswagen Gol gris, ocasionando importantes daños materiales.

No hubo personas lesionadas
Afortunadamente, el vehículo no tenía ocupantes al momento del incidente, por lo que no se registraron personas heridas.
Trabajos para retirar el árbol
En el lugar intervino personal de la Municipalidad de Sunchales, quienes realizaron tareas para retirar el árbol y asegurar la zona.
Los trabajos se centraron especialmente en la presencia de cables y ramas de gran tamaño, con el objetivo de evitar nuevos riesgos para vecinos y automovilistas.
Las tareas continuaban durante la tarde mientras se evaluaban los daños ocasionados por el episodio.
🎥Mira el video: trabajo del personal encargado de sacar al árbol
Por Móvil Quique
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Sesiona el Concejo de Sunchales: tratarán obras, emergencia económica y pedidos de informes
Este jueves 6 de agosto, desde las 9:00, el Concejo Municipal de Sunchales llevará adelante una nueva Sesión Ordinaria en la Sala «Mirta Rodríguez», con un extenso temario que incluye proyectos del Ejecutivo, iniciativas de concejales, notas de vecinos e instituciones y diversos pedidos de informes.
Notas oficiales y reclamos de vecinos
Entre los asuntos ingresados se destacan:
- Un pedido del intendente para el tratamiento urgente del Expediente N.º 3127 DEM.
- Una solicitud del Comité de Cuenca Castellanos Zona Norte para presentar propuestas de obras que integrarán el Plan de Obras 2027.
- Una nota de una vecina que manifiesta su preocupación por el estado del arbolado público.
- Un reclamo de vecinos por el servicio de alumbrado público y el sistema de cobro aplicado a través de la factura de la EPE.
- Una presentación de la Sociedad Rural de Sunchales vinculada a expresiones realizadas por funcionarios durante una reunión de la Junta de Protección Civil.
- Un anteproyecto para regular el uso de dispositivos de lanzamiento de proyectiles por aire comprimido.
- Una comunicación de la Agencia de Desarrollo Económico de Sunchales solicitando que se mantenga en agenda la situación de la Ruta Nacional 34.
Obras y convenios con la Provincia
Entre los proyectos enviados por el Departamento Ejecutivo figuran:
- La autorización para solicitar al Gobierno de Santa Fe el 100% del Fondo de Obras Menores 2025, destinado a la pavimentación de calle Falucho.
- La autorización para que el intendente firme convenios con la Dirección Provincial de Vialidad.
- Modificaciones a los artículos 6 y 13 de la Ordenanza N.º 2989.
Emergencia económica y pedidos de informes
Los concejales Laura Balduino y Sebastián Nicolau presentarán un proyecto para declarar la emergencia económica, financiera y administrativa de la Municipalidad de Sunchales por 180 días.
Además, impulsarán distintas iniciativas para solicitar:
- Las auditorías contables correspondientes a los ejercicios 2024 y 2025.
- La convocatoria urgente del Consejo Asesor de Patrimonio Cultural.
- Información sobre el Plan Anual de Publicidad Oficial y la conformación del Consejo Consultivo de Medios de Comunicación.
- El detalle de las obras ejecutadas con fondos provinciales destinados al recambio de cañerías cloacales.
También proponen nuevos reductores de velocidad
Otro de los proyectos busca autorizar la instalación de reductores de velocidad sobre calle J. B. Justo, cerca de su intersección con Frondizi, y sobre Frondizi, en las inmediaciones de esa misma esquina, con el objetivo de mejorar la seguridad vial en el sector.
Fuente: Concejo Municipal
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Lácteos Seelisberg donará dulce de leche a las escuelitas de fútbol de Sunchales
La Municipalidad y la empresa local firmaron un convenio de colaboración para acompañar a las instituciones deportivas de la ciudad. La iniciativa beneficiará a cerca de 480 niños y niñas que participan en las escuelitas de fútbol.
La Municipalidad de Sunchales y Lácteos Seelisberg, empresa propietaria de la marca «La Vaca Pascualita», firmaron un convenio de colaboración destinado a fortalecer el trabajo que realizan las escuelitas de fútbol de la ciudad.
El acuerdo fue suscripto por Fernando Vaquero, socio de la empresa, y la secretaria de Desarrollo Productivo y Empleo, María Eugenia Gamero, acompañada por el referente del área de Deportes del municipio, Adolfo Oggero.

Donación mensual para las escuelitas
A través del convenio, Lácteos Seelisberg realizará una donación mensual de dulce de leche «La Vaca Pascualita», que será distribuida entre todas las escuelitas de fútbol de Sunchales.
La iniciativa tiene como objetivo acompañar el trabajo deportivo, formativo y social que desarrollan estas instituciones, que reúnen a aproximadamente 480 niños y niñas.

Trabajo conjunto entre el sector público y privado
Desde el municipio informaron que estarán a cargo de la coordinación logística y la distribución de los productos, garantizando que lleguen a todas las instituciones beneficiadas.
Además, destacaron que este tipo de acciones fortalecen el vínculo entre el Estado, las empresas locales y las organizaciones deportivas, promoviendo el compromiso con la comunidad.
La Municipalidad agradeció a Lácteos Seelisberg y a la marca «La Vaca Pascualita» por su aporte y remarcó que continuará impulsando iniciativas que favorezcan el bienestar, la integración y el desarrollo de niños y niñas a través del deporte.
Prensa: Municipalidad de Sunchales
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