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18 años de prisión a Juan Carlos Faulkner, abusaba sexualmente de su hija

Confirmaron por unanimidad la condena a 18 años de prisión impuesta a un hombre por abusar sexualmente de manera reiterada de la hija de su pareja en Estación Clucellas

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Foto: Ilustrativa

Así fue resuelto en segunda instancia por los camaristas Sergio Enrique Alvira, Oscar José Burtnik y Fernando Gentile Bersano. Además, modificaron la calificación legal por la que se impuso la condena. Lo hicieron a raíz de un planteo con perspectiva de género que hizo la fiscal Gabriela Lema, quien tuvo a su cargo la investigación y representó al MPA en todas las instancias judiciales.

Un tribunal de segunda instancia integrado por los camaristas Sergio Enrique Alvira, Oscar José Burtnik y Fernando Gentile Bersano confirmó por unanimidad la condena a 18 años de prisión impuesta a Juan Carlos Faulkner por haber abusado sexualmente de manera reiterada de la hija de su pareja en Estación Clucellas (departamento Castellanos).

La sentencia de primera instancia fue dictada por los jueces Javier Botttero, Nicolás Stegmayer y Gustavo Bumaguin en un juicio oral que finalizó el 19 de diciembre del año pasado. Por su parte, la investigación de los hechos ilícitos fue realizada por la fiscal Gabriela Lema, de la Sección Violencia de Género, Familiar y Sexual de la Fiscalía Regional 5, quien también representó al MPA en todas las instancias judiciales.

Los hechos

Lema recordó que “la víctima sufrió las agresiones sexuales de forma reiterada durante tres años” y precisó que “comenzaron cuando iba a la escuela primaria y se extendieron hasta su tránsito por la escolaridad secundaria”.

“Los abusos tuvieron lugar en diferentes viviendas que compartió el grupo familiar que integraban la víctima y el condenado, a raíz de la relación de él con la madre de la niña”, indicó la fiscal. “Faulkner se aprovechó de la inmadurez de la hija de su pareja, así como de la situación de convivencia en la que estaban”, remarcó.

Asimismo, la representante del MPA señaló que “para procurar su impunidad, el agresor amenazaba a la niña diciéndole que si contaba algo de lo sucedido la iba a matar”.

Lema destacó que “los hechos por los cuales fue condenado Faulkner tuvieron entidad suficiente para vulnerar el desarrollo libre y progresivo de la sexualidad de la niña y fueron cometidos en un claro contexto de violencia de género”.

Agravios

Lema valoró que “los camaristas rechazaron cada uno de los agravios planteados por la defensa de Faulkner” e hizo hincapié en que “hicieron una extensa y pormenorizada valoración de los elementos de prueba que aportamos desde la Fiscalía”. Además, añadió que “los magistrados destacaron que no advirtieron arbitrariedad, ni falta de razonabilidad o subjetividad en el desarrollo de tal análisis”.

La fiscal del MPA aclaró que “los tres jueces de segunda instancia sí hicieron lugar al agravio que presentamos desde la Fiscalía en el que solicitamos modificar la calificación penal de los ilícitos”. En esta dirección, explicó que “consideramos que no era aplicable la figura de ‘delito continuado’ y sí la de ‘concurso real’” y agregó que “esta interpretación, que fue aceptada por los camaristas, tiene perspectiva de género y dimensiona el bien jurídico afectado”.

Calificación legal

Con la modificación aceptada por el tribunal, la calificación legal por la que fue condenado Faulkner fue la autoría de abuso sexual con acceso carnal reiterado en concurso real entre sí y abuso sexual simple reiterado en concurso real entre sí, ambos delitos agravados por ser el autor encargado de la guarda de la víctima y por cometerse contra una menor de 18 años de edad aprovechando la situación de convivencia preexistente con la misma.

Además, los dos abusos fueron en concurso ideal con el delito de promoción de la corrupción de menores agravada por la edad de la víctima, por ser el autor conviviente con ella, por ser encargado de su guarda y por efectuarse bajo amenazas.

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Horacio Rosatti fue reelegido como presidente de la Corte Suprema por tres años más

La votación se realizó luego de una propuesta del cordobés Maqueda, quien este año abandonará el máximo tribunal porque cumplirá 75 años.

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Foto: Horacio Rosatti fue reelegido como presidente de la Corte Suprema

El ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Horacio Rosatti fue reelegido como presidente del máximo tribunal para los próximos tres años, según informaron fuentes judiciales.

La votación se realizó luego de una propuesta del cordobés Juan Carlos Maqueda, quien este año abandonará el máximo tribunal porque cumplirá 75 años y el Gobierno nacional decidió no prorrogarle su magistratura y propuso al constitucionalista José García Mansilla para que lo reemplace.

Ambos jueces contaron con lo votos propios y el de Maqueda. Sin embargo, Ricardo Lorenzetti se abstuvo, según publica Infobae.

Panorama incierto en la Corte para 2025

La Corte enfrentará a partir del año que viene un panorama incierto. Con los pliegos de García Mansilla y Ariel Lijo -también propuesto por la Casa Rosada para integrar el cuerpo- frenados en el Senado, el Tribunal comenzará a funcionar sólo con tres miembros. La última vez que sucedió algo similar fue en 2015, tras la jubilación de Carlos Fayt.

Los mandatos de Rosatti y de Rosenkrantz como presidente y vice de la Corte vencían el 1° de octubre. Por lo tanto esta semana era clave para que se definan las autoridades del máximo tribunal penal del país.

Rosatti, quien ira por su segundo mandato, también es el presidente del Consejo de la Magistratura de la Nación, el órgano encargado de la selección y acusación de jueces nacionales y federales y de la administración del Poder Judicial. Por ley, el presidente de la Corte es el titular del Consejo, por lo que Rosatti seguirá también en ese cargo por los próximos tres años.

Especialista en derecho constitucional, exintendente de su ciudad, Santa Fe, exconvencional constituyente en la reforma de 1994 y exprocurador del Tesoro de la Nación y ministro de Justicia del gobierno de Néstor Kirchner, Rosatti fue designado en la Corte en junio de 2016 a propuesta del entonces presidente Mauricio Macri.

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Rafaela: Jefe del 911 quedó imputado por amenazas de muerte

El oficial de policía está acusado de amenazar con el arma reglamentaria a un vecino y también de intentar convencer a policías para tergiversar los hechos. Imágenes de cámaras, la clave del caso.

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Foto: Archivo

La fiscal Fabiana Bertero imputó formalmente a Ramón Ariel V., jefe del servicio de emergencias 911 en Rafaela, por los delitos de amenazas calificadas por el uso de arma de fuego, abuso de autoridad, falsedad de instrumento público en grado de tentativa y amenazas simples. Fue en el marco de una audiencia que se llevó a cabo en la tarde de este lunes, ante el juez de Investigación Penal Preparatoria Javier Bottero, y en presencia del propio imputado y de su abogado defensor, el Dr. José María Silvela. También asistieron dos de las víctimas del hecho.

El suceso se registró cerca de las 21 del 19 de septiembre, cuando el oficial de policía se apersonó en un domicilio de calle Baliño al 900, no lejos de su propio domicilio, al comando de un Citroen C3 de su propiedad. Según el relato de la fiscal, el imputado ingresó en un pasillo de la vivienda portando un arma de puño calibre 9mm. (sería su pistola reglamentaria) en la mano derecha. Tras acercarse a un hombre al que buscaba, lo apuntó el arma de fuego en el rostro y en el pecho, lo tomó del brazo y lo redujo violentamente: “donde te cruce te voy a matar”, le dijo. Posteriormente, también amenazó a una mujer que intentó interceder, a quien también le recordó su condición de policía: “sabés quién soy, soy poli”, le dijo.

Reportada la situación violenta, hasta el lugar llegó una patrulla del Comando Radioeléctrico, ante quienes Ramón Ariel V. se presentó como “jefe del servicio de emergencias 911”. Según la fiscal, intentó también que dos agentes de la Subcomisaría 1º hicieran constar que una de las víctimas estaba armada, lo cual no resultó cierto. Los policías, actuando correctamente, se negaron a prestarse a la maniobra y la incluyeron en la denuncia formal contra el imputado.

La fiscal señaló que cuenta con evidencias del accionar violento del hombre, ya que habría cámaras de seguridad que registraron la escena. Todo eso se ventilará en la audiencia de medidas cautelares que se hará el martes, donde Bertero pedirá la prisión preventiva del imputado.

Durante la audiencia hablaron dos mujeres que fueron víctimas del episodio y que se presentarán como parte querellante, con el patrocinio del Dr. Gerardo Ordóñez, también presente en la audiencia. Las mujeres hablaron de tener mucho temor por la violencia manifestada por el hombre imputado.

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Prisión preventiva a un hombre que intentó dar muerte a otro en Sunchales

La medida cautelar fue resuelta por el juez Nicolás Stegmayer a partir de un requerimiento del fiscal Martín Castellano en una audiencia que se llevó a cabo en los tribunales rafaelinos. El imputado tiene 31 años y se le endilgó haber intentado dar muerte a un hombre mediante la utilización de un arma de fuego. El ilícito fue cometido el 13 de junio de este año en la vía pública en Sunchales (departamento Castellanos).

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Foto: Ilustrativa

Quedó en prisión preventiva un hombre de 31 años que es investigado por haber intentado dar muerte a otro hombre mediante el empleo de un arma de fuego el 13 de junio de este año en Sunchales (departamento Castellanos). Así lo ordenó el juez de la Investigación Penal Preparatoria (IPP) Nicolás Stegmayer en una audiencia que se desarrolló en los tribunales de Rafaela.

El fiscal Martín Castellano, titular de la Sección Especial Homicidios, está a cargo de la investigación y solicitó que el imputado, cuyas iniciales son GSP, transite el proceso judicial privado de su libertad. El magistrado resolvió de manera oral en la audiencia y dispuso la prisión preventiva durante todo el proceso.

El hecho

Castellano relató que “el hecho fue cometido aproximadamente a las 11:30 del 13 de junio pasado mientras la víctima junto con su novia iban caminando por calle Alem al 1300 de Sunchales”. Agregó que “en ese momento, el hombre investigado luego de perseguirlos por detrás, se les posicionó adelante y extrajo de su cintura un revólver, probablemente calibre 32, color plateado, que llevaba cargado, en condiciones de uso inmediato y sin la debida autorización legal, y apuntándole al hombre le exigió la entrega de sus pertenencias”.

El fiscal manifestó que “mientras la víctima se estaba sacando la mochila para entregársela, el imputado apuntó a la adolescente y le manifestó que no interfiriera porque si no le dispararía, e inmediatamente después, a una distancia aproximada de medio metro, efectuó un disparo al rostro del hombre con la clara intención y voluntad de provocarle la muerte”.

Agregó el representante del MPA que “tras efectuar el disparo, el imputado se retiró corriendo del lugar no pudiendo lograr su objetivo de dar muerte a la víctima por razones ajenas a su voluntad debida a la inmediata intervención de personal médico”.

Peligros procesales

Castellano manifestó que “el juez ha tenido por acreditado el hecho planteado en virtud de las numerosas evidencias que se recolectaron en la investigación y arribó a la conclusión de que elmismo se dio del modo propuesto por la Fiscalía y del cual el imputado tuvo plena participación”.

“En cuanto a la pena en expectativa que podría corresponderle al imputado, el juez entendió que la misma será de cumplimiento efectivo, en especial por la naturaleza violenta del hecho y la calificación provisoria seleccionada”, continuó diciendo el fiscal.

Explicó el representante del MPA que “en cuanto a los peligros procesales, el magistrado ha valorado, en consonancia con lo sostenido por la Fiscalía, que el imputado carece de arraigo suficiente, se mantuvo prófugo desde el día del hecho hasta hace pocos días y no se encontró el arma de fuego utilizada”. Agregó que “el juez consideró que es necesario adoptar medidas de protección respecto de la víctima y testigos para que puedan declarar en juicio con absoluta libertad”.

Por último, Castellano manifestó que “Stegmayer tuvo en cuenta para disponer la prisión preventiva los antecedentes condenatorios que posee el imputado y consideró insuficientes las medidas alternativas planteadas por la defensa”.

Calificación penal

Al hombre de 31 años imputado se lo investiga como autor del delito de homicidio doloso agravado (por su comisión con arma de fuego) en grado de tentativa y portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal.

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Clima Sunchales

Sunchales
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