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La fiscalía no encontró pruebas suficientes de enriquecimiento ilícito contra Manuel Adorni, pero pidió investigar posibles irregularidades tributarias

El fiscal Gerardo Pollicita consideró que no hay elementos suficientes para sostener que el patrimonio del funcionario aumentó injustificadamente durante su gestión. Sin embargo, detectó indicios de posibles bienes e ingresos no declarados y solicitó que el expediente pase a la Justicia Penal Económica.

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Foto: Javier Milei junto a Manuel Adorni.

La investigación sobre el patrimonio de Manuel Adorni tomó un nuevo rumbo. El fiscal federal Gerardo Pollicita solicitó que la causa deje de tramitarse como un presunto caso de enriquecimiento ilícito y sea enviada a la Justicia Nacional en lo Penal Económico, para analizar posibles irregularidades tributarias.

El planteo se basa en que las pruebas reunidas hasta el momento no permiten sostener que el funcionario haya registrado un incremento patrimonial injustificado durante el ejercicio de su cargo público. No obstante, la Fiscalía considera que existen indicios de ingresos, dólares en efectivo y criptoactivos que podrían haber permanecido sin declarar durante años.

La decisión todavía no está tomada: el juez federal Ariel Lijo deberá resolver si acepta el pedido y dispone el traslado del expediente. La solicitud tampoco significa un sobreseimiento ni el cierre de la investigación.

La explicación de Adorni sobre sus inversiones en Bitcoin

La causa se inició a partir de una denuncia de la diputada Marcela Pagano y examinó la evolución patrimonial de Adorni entre diciembre de 2023 y junio de 2026.

Durante ese período, la Fiscalía identificó gastos por US$402.578,12, de los cuales US$374.081,66 se habrían abonado en efectivo. También detectó una diferencia de $43.068.549 entre los ingresos lícitos comprobados y los gastos, adquisiciones y cancelaciones de deudas relevados.

Ante los requerimientos judiciales, la defensa del funcionario sostuvo que los fondos cuestionados provenían de una inversión en Bitcoin realizada antes de su llegada al Gobierno.

Según esa explicación, Adorni habría operado entre 2014 y 2018 con ocho direcciones de autocustodia, en las que invirtió cerca de US$200.000. Posteriormente, habría vendido esos activos por US$591.544,61 y conservado el dinero en efectivo.

Pollicita consideró que esa versión no pudo ser refutada con las pruebas disponibles. Una verificación criptográfica confirmó que las direcciones presentadas registraron actividad entre 2014 y 2018 y que, al momento del análisis, las claves privadas estaban bajo control de la defensa.

Sin embargo, el informe técnico de la Policía Federal aclaró que la tecnología blockchain no permite determinar quién controlaba esas billeteras en una fecha específica ni desde cuándo tenía acceso a las claves.

Los gastos, las propiedades y los pagos en efectivo

Entre las operaciones analizadas figuran la compra de un lote en el country Indio Cuá, las reformas de esa vivienda, la adquisición de un departamento en la calle Miró, viajes, alquileres temporarios, expensas y cuotas escolares.

La propiedad de Indio Cuá fue escriturada en noviembre de 2024 por US$120.000, más US$5.000 correspondientes al ingreso al barrio privado. Para financiarla, el matrimonio habría tomado un préstamo privado de US$100.000 y completado el resto con dinero en efectivo.

También quedaron bajo análisis las refacciones. El contratista Matías Tabar declaró haber cobrado US$245.000 en efectivo y sin facturas, mientras que Adorni sostuvo que las obras costaron US$175.000.

En noviembre de 2025 se concretó otra adquisición: un departamento con cochera en el barrio porteño de Caballito, por US$230.000. Según la documentación incorporada al expediente, parte del monto se habría pagado en efectivo y el resto mediante una hipoteca privada.

La posible evasión tributaria pasa al centro de la investigación

Aunque el fiscal consideró que no hay elementos suficientes para sostener el enriquecimiento ilícito investigado, advirtió sobre posibles irregularidades impositivas.

Entre los puntos que pidió analizar se encuentran los ingresos utilizados para comprar Bitcoin, la posterior venta de esos activos, la tenencia de moneda extranjera sin declarar y otras operaciones con criptomonedas.

También señaló diferencias entre la información presentada ante Binance y la declarada ante organismos públicos, además de contratos de préstamos cuya entrega efectiva de dinero no habría sido acreditada.

Por ese motivo, solicitó que la Justicia Penal Económica determine si existió evasión en los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales u otros tributos nacionales.

El fiscal también pidió que se investiguen determinadas operaciones inmobiliarias y comerciales en las que habrían intervenido desarrolladores, un contratista y una escribana.

Ahora será el juez Ariel Lijo quien deberá decidir si la causa cambia de fuero. Mientras tanto, la investigación continúa y las posibles irregularidades tributarias deberán ser examinadas por la Justicia.

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Pidieron más de 11 años de prisión para el Pity Álvarez y el músico se fue a dormir durante la audiencia

La querella solicitó una pena de 11 años y 2 meses de prisión por el crimen ocurrido en 2018 en Villa Lugano. Mientras continúa el juicio, el músico se retiró de la audiencia virtual y dejó a sus abogados a cargo de su representación.

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Foto: Pity Álvarez durante el proceso judicial

El juicio contra Cristian “Pity” Álvarez atraviesa una instancia clave. Durante los alegatos, la querella solicitó que el músico sea condenado a 11 años y 2 meses de prisión por el homicidio ocurrido en 2018 en el barrio porteño de Villa Lugano.

El pedido fue formulado por Fabián Améndola, abogado de Cristian Díaz, la víctima del hecho. La solicitud representa la postura de la parte querellante y todavía resta conocer los requerimientos de la Fiscalía y de la defensa.

La reacción del músico durante la audiencia

La jornada tuvo un momento particular cuando se informó que Álvarez había abandonado la audiencia virtual.

Según relató la cronista Sofía Ubeda en el programa DDM, el músico se retiró para dormir una siesta mientras el debate continuaba. Sus abogados permanecieron en los tribunales y quedaron a cargo de su representación.

Qué sostiene la defensa

El abogado del músico, Javier Baños, sostuvo que la defensa buscaría que el hecho sea encuadrado como un exceso en la legítima defensa, figura que contempla una pena de entre uno y cinco años de prisión.

Según explicó, Álvarez ya habría cumplido ese eventual monto de condena, teniendo en cuenta que permaneció casi cinco años detenido entre el penal de Ezeiza y el arresto domiciliario.

La polémica por el análisis toxicológico

El pedido de pena se conoció pocos días después de que trascendiera el resultado positivo de un análisis toxicológico que detectó consumo de cocaína antes de que el músico se presentara ante los tribunales el último lunes.

En ese contexto, el fiscal Sandro Abraldes solicitó abrir una investigación penal paralela para determinar quién le habría suministrado la sustancia.

De acuerdo con lo informado durante la cobertura, en caso de recibir una condena, Álvarez podría cumplirla bajo la modalidad de prisión domiciliaria debido a su estado de salud.

El juicio continúa y todavía deben conocerse las posiciones de la Fiscalía y de la defensa antes de que se dicte una resolución.

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Caso Sebastián Nagel: la semana próxima se conocerá el fallo contra el violinista Emiliano Billoud

El músico esperancino enfrenta un juicio por el hecho ocurrido en septiembre de 2023, cuando una camioneta embistió a Nagel en calle Moreno. La Fiscalía pidió 10 años de prisión por homicidio simple, mientras que la defensa sostiene que debe aplicarse la figura de homicidio culposo calificado.

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Foto: Caso Sebastián Nagel: esperan el fallo del juicio

El juicio por la muerte de Sebastián Nagel, ocurrida el 23 de septiembre de 2023 en la ciudad de Esperanza, se encuentra en su etapa final en los tribunales santafesinos. Según informó el portal Esperancino.com.ar, los alegatos de las partes están llegando a su conclusión y el fallo se conocería la próxima semana.

Por el hecho está acusado el músico esperancino Emiliano Billoud, quien conducía el vehículo que embistió a Nagel en calle Moreno.

La Fiscalía pidió 10 años de prisión

El fiscal Alejandro Benítez, del Ministerio Público de la Acusación de Las Colonias, solicitó una pena de 10 años de prisión por homicidio simple.

Entre los elementos expuestos durante el juicio mencionó la velocidad a la que circulaba el acusado, estimada en unos 90 kilómetros por hora al llegar a la esquina, y el resultado de alcoholemia de 1,5 gramos de alcohol por litro de sangre.

También hizo referencia a registros de cámaras privadas y del Centro de Monitoreo Municipal.

La defensa plantea otra calificación penal

Por su parte, la defensa de Billoud, a cargo del abogado Pedro Busico, cuestionó la interpretación de algunos elementos y sostuvo que no existió intención de provocar una muerte.

La estrategia defensiva apunta a que el hecho sea encuadrado como homicidio culposo calificado, previsto en el artículo 84 bis del Código Penal, cuya escala penal contempla penas de entre 3 y 6 años de prisión para los supuestos agravados.

Esta figura comprende los casos en los que una persona causa la muerte de otra mediante una conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria, bajo determinadas circunstancias agravantes.

La semana próxima se espera el veredicto

Con los alegatos en su tramo final, ahora la expectativa está puesta en la resolución judicial que determinará la responsabilidad penal de Billoud y la eventual calificación del hecho.

El fallo permitirá conocer qué valoración realizó el tribunal sobre las pruebas presentadas y los argumentos expuestos por la Fiscalía y la defensa.

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Ataliva: lo condenaron por dos robos, pero lo absolvieron del homicidio de Mario Ricarte

La Justicia de Rafaela impuso una pena de cuatro años y seis meses de prisión a Axel Micael Churquina por dos robos cometidos en Moisés Ville. En cambio, consideró que no había pruebas suficientes para responsabilizarlo por el asesinato ocurrido en Ataliva en mayo de 2024.

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Foto: Fallo judicial por el homicidio ocurrido en Ataliva.

Una sentencia de los Tribunales de Rafaela resolvió de manera diferente las tres acusaciones que pesaban sobre Axel Micael Churquina: lo condenó por dos robos cometidos en Moisés Ville y lo absolvió del homicidio de Mario César Ricarte, ocurrido en Ataliva.

La resolución fue dictada el 26 de octubre de 2026 por la jueza Águeda Ramona Salteño. El acusado recibió una pena de cuatro años y seis meses de prisión efectiva por los delitos contra la propiedad.

En relación con el homicidio, la magistrada entendió que las pruebas presentadas durante el juicio no alcanzaban para demostrar su responsabilidad penal.

Los dos robos en Moisés Ville

Los hechos por los que Churquina fue condenado ocurrieron durante mayo de 2024 y tuvieron como escenarios una vivienda particular y un comercio de Moisés Ville.

En ambos casos, según se acreditó durante el debate, los ingresos a las propiedades se produjeron mediante el escalamiento de estructuras. De esos lugares fueron sustraídos distintos elementos, mercaderías y dinero.

A partir del análisis de testimonios, registros de cámaras de seguridad y otros elementos incorporados al proceso, la jueza consideró probada la participación del acusado en los dos episodios.

Por esos delitos fue declarado autor penalmente responsable de dos robos calificados por escalamiento, cometidos en concurso real.

El homicidio de Mario Ricarte en Ataliva

La acusación más grave estaba vinculada con la muerte de Mario César Ricarte, de 45 años, quien fue encontrado sin vida dentro de su vivienda de Ataliva a fines de mayo de 2024.

La víctima había sufrido una herida de arma blanca en el cuello que le provocó una hemorragia fatal.

Durante el juicio, la Fiscalía presentó distintos indicios para sostener que Churquina había participado en el crimen. Entre otros elementos, se analizaron registros de cámaras, testimonios y los movimientos del acusado en la localidad.

Sin embargo, la defensa cuestionó la solidez de esas pruebas y sostuvo que no permitían establecer de manera concluyente quién había cometido el homicidio.

Por qué fue absuelto

Al evaluar la acusación, la jueza consideró que los elementos reunidos no alcanzaban para demostrar que Churquina hubiera sido el autor del asesinato.

Si bien existían indicios que permitían ubicarlo en Ataliva y reconstruir parte de sus movimientos, eso no resultaba suficiente para atribuirle la muerte de Ricarte.

También se analizaron las imágenes de seguridad, los testimonios, la posibilidad de que otras personas hubieran ingresado a la vivienda y la falta de un vínculo científico concluyente entre el acusado y el arma blanca relacionada con el caso.

Ante esas dudas, la magistrada aplicó el principio de la duda razonable y resolvió absolverlo de la acusación de homicidio doloso simple.

La Fiscalía había solicitado 17 años de prisión

Durante sus alegatos, el fiscal Martín Castellano había solicitado una condena de 17 años de prisión efectiva por los tres hechos que integraban la acusación.

Por su parte, la defensora Victoria Romano pidió la absolución de su representado y cuestionó distintos aspectos de la investigación.

Finalmente, la jueza diferenció las responsabilidades: consideró acreditados los dos robos, pero entendió que no había certeza suficiente para condenarlo por el homicidio.

La condena y la absolución

La sentencia estableció una pena de cuatro años y seis meses de prisión efectiva por los dos robos calificados por escalamiento cometidos en Moisés Ville.

Al mismo tiempo, Churquina fue absuelto por el homicidio de Mario César Ricarte, debido a que las pruebas presentadas no permitieron demostrar su responsabilidad penal.

De esta manera, el tribunal resolvió las tres acusaciones dentro de un mismo juicio: condena por los delitos contra la propiedad y absolución por el crimen ocurrido en Ataliva.

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