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Caso Glaría: El juez Osvaldo Carlos dio a conocer los fundamentos

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Cumpliendo con los plazos legales establecidos el Juez de la IPP disintió con la acusación presentada por las fiscales Capitanio y Lema sosteniendo que a su entender no existió un homicidio tras el robo. Y destacó que «debe enaltecerse la imagen» del joven fallecido que tomó la decisión de perseguir a dos ladrones que habían cometido un ilícito.

El juez de la Investigación Penal Preparatoria, Dr. Osvaldo Carlos, quien estuvo -y está- en el ojo de la tormenta tras ordenar la libertad de los dos imputados que tiene la causa que investiga la muerte de Gonzalo Glaría, dio a conocer dentro de los plazos legales previstos, los fundamentos que lo llevaron a tomar semejante decisión que provocó profundo malestar no solo en familiares y amigos de la víctima, sino también en miles de rafaelinos que participaron de la multitudinaria marcha concretada el martes.

 

Contradicciones

El magistrado, en una extensa resolución señala que existe una contradicción por parte de las representantes del Órgano acusador en el momento de atribuir el delito, y además, cayó en una «omisión» que no puede ser soslayada.

A entender del juez Carlos, no existió la figura penal de «homicidio en ocasión de robo» sosteniendo que ese hecho de robo y todo lo que rodeó tal actitud, concluyó cuando Perea y Milessi huyeron de la zona donde se dio el encuentro con los menores de edad. «La Fiscalía prolonga el momento ejecutivo del delito hasta el desenlace, materializado por la caída del joven Glaría, cuando de su propio relato surge que Perea fue quien se llevó el botín del robo consigo, no siendo perseguido por nadie y adquiriendo plena disponibilidad sobre el mismo», indicó.

En cuanto a la «omisión» que realizó la parte acusatoria, el Juez consideró que la Fiscal no relató íntegramente las circunstancias fácticas (que basa en hechos) que determinaron la caída de Glaría tras indicar que en el video proyectado durante la audiencia -y que se divulgó en la prensa- se pudo observar cómo la víctima intentó provocar la caída de los imputados por lo que después perdió el control de la moto.

«No se advierte con la nitidez deseable para esta etapa del proceso, cuyo estándar probatorio es el de la «probabilidad», cual habría sido el ingrediente aportado por los mismos para la producción del resultado», indicó el juez sobre el momento previo al choque. Por ello consideró que hubo un «robo simple» en perjuicio de los dos menores y que posteriormente se dio una conducta que no iría más allá de un posible «homicidio culposo».

 

Conducta de la víctima

En otra parte de su resolución, el Dr. Osvaldo Carlos dedicó un párrafo especial haciendo referencia a la actitud que asumió Gonzalo Glaría durante la persecución de los delincuentes. «Adoptó este joven una conducta de auxilio quizás temeraria, pero de compromiso ciudadano digna de encomio», indica. «Hoy la sociedad reclama un resarcimiento por su muerte injusta. No debe procurarse el mismo mediante otra injusticia. Debe sí enaltecerse su imagen en cuanto, no dudo, lo merece», dijo el Juez sobre el joven muerto.

«Él asumió el riesgo y tuvo un desafortunado final, inescindiblemente atado a la magnitud del riesgo y de su propio quehacer, pero que en modo alguno empaña, sino que mas bien resalta una figura que lo coloca por encima del común en situaciones similares», agregó.

 

Preventiva

Finalmente el Dr. Carlos hizo referencia al pedido de prisión preventiva que había solicitado la fiscal Ángela Capitanio a lo largo de la audiencia del lunes pasado. «La medida cautelar no puede basarse en los fines de la pena, pues si así fuera, constituiría un adelanto inconstitucional de la misma», indica.

 

Los hechos

Gonzalo Glaría falleció el pasado 31 de diciembre tras impactar contra un automóvil que estaba estacionado en calle Triunvirato cuando iba a bordo de su motocicleta.

Tal siniestro ocurrió minutos después de haber perseguido a dos delincuentes, Matías Perea y Cristian Milessi, quienes les habían robado a dos menores -de 15 y 6 años- la suma de 4 mil pesos tras engañarlos con la venta de un teléfono celular, tras encontrarse para concretar una transacción en el Parque de Los Eucaliptos. Tras un pedido de ayuda por parte del mayor de los hermanos estafados, Glaría persiguió a los sujetos en su motocicleta por avenida Roque Sáenz Peña, después por calle Triunvirato, y al pasar la intersección con General Paz, se puso a la par de la moto en la que iban Milesi y Perea pero ante las maniobras evasivas que realizaban ambos sujetos, la víctima perdió el control de su conducida e impactó contra un Ford Fiesta.

Ese golpe produjo heridas de tal consideración en Glaría que pocos minutos después le provocaron la muerte.

Luego de entregarse ante personal de la exPDI, Cristian Milessi (24) y Matías Perea (19) fueron imputados el domingo pasado por las fiscales Ángela Capitanio y Gabriela Lema, por el delito de «homicidio en ocasión de robo» y el lunes, quizás de manera sorpresiva para muchos, el juez Carlos dispuso la libertad de los mismos y ordenó el cumplimiento de medidas alternativas.

 

Motochorros liberados

Los dos motochorros que el pasado domingo intentaron robarle a una mujer de 74 años y que a causa de ello fueron brutalmente golpeados por transeúntes que pasaban por la zona, recuperaron la libertad este jueves en los tribunales de Santa Fe.

La excarcelación se dio luego de que la fiscal que investiga el caso, Gabriela Arri y la defensa de los acusados, Ignacio Alfonso Garrone, acuerden medidas alternativas a la prisión preventiva. Dichas medidas fueron homologadas por el juez en turno, Octavio Silva, quien dispuso que los dos jóvenes que fueron detenidos, Jesús Antonio C. y Ramón S., queden bajo el cuidado de un guardador, fijen domicilio y además, se presenten cada 30 días en el Ministerio Público de la Acusación para demostrar que se encuentran sujetos a la causa que los tiene implicados.

Los acusados son dos jóvenes de 22 años y según declararon en tribunales realizan trabajos de jardinería. Los mismos fueron imputados por el delito de «robo simple en grado de tentativa» el pasado martes luego de que la Justicia comprobó que no llegaron a robarle a la mujer una cartera de color blanco en la esquina de Quintana y Alvear del barrio Sargento Cabral de la capital provincial.

 

Apelación

Tras ser notificadas las partes de los fundamentos emitidos por el juez Osvaldo Carlos, desde la Fiscalía ya habían anticipado que iban a apelar la medida que ordenaba la libertad de Matías Perea y Cristian Milessi bajo el cumplimiento de medidas alternativas.

Por lo que pudo saberse, las fiscales tienen un plazo de diez días hábiles para elevar dicha apelación a la Cámara en lo Penal de la Quinta Circunscripción Judicial con sede en Rafaela.

Por ello habrá que aguardar dicha medida y también que la Oficina de Gestión Judicial fije la fecha para la realización de la audiencia correspondiente a fin de que las partes puedan exponer sus argumentos y aguardar luego la resolución.

 

Fuente: Castellanos

 

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Grupo Spaggiari: las defensas apelaron la acusación y buscan frenar la elevación a juicio

La causa judicial contra el Grupo Spaggiari sumó este martes un nuevo capítulo. Las defensas de los imputados apelaron la resolución que admitió la acusación de la Fiscalía y las querellas, cuestionando la validez del proceso y solicitando el sobreseimiento de algunos acusados.

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Foto: apelación causa Grupo Spaggiari

La decisión ahora quedó en manos del juez de Cámara Sergio Alvira.

La audiencia de apelación se desarrolló durante la mañana en los Tribunales de Rafaela y se extendió desde las 8:00 hasta las 11:30. En esta oportunidad, los abogados defensores impugnaron la resolución del juez Nicolás Bumaguin, quien había convalidado el requerimiento de elevación a juicio presentado por el Ministerio Público de la Acusación (MPA) y las querellas.

Las defensas cuestionaron la acusación

El abogado Gustavo Abraham, defensor de Fernando y Matías Spaggiari, Mirta Condotto y Rocío Schaberger, sostuvo que la acusación fiscal fue presentada fuera de término y calificó el procedimiento como «defectuoso», por lo que pidió que se rechace la elevación a juicio.

Además, solicitó el sobreseimiento de Rocío Schaberger, al considerar que únicamente cumplía funciones como empleada de la empresa y que no integraba la presunta maniobra delictiva.

En el mismo sentido se pronunciaron las defensoras Victoria Romano, Georgina Allasia y los abogados José María Silvela y Andrés Colón, quienes representan a otros imputados de la causa. Todos coincidieron en que sus defendidos desempeñaban tareas como empleados y no formaban parte de una organización criminal.

También cuestionaron que la resolución judicial describa los hechos de manera general, sin individualizar con precisión la conducta atribuida a cada acusado.

El juez resolverá en los próximos días

Luego de escuchar los argumentos de todas las partes, el juez de Cámara Sergio Alvira decidió no emitir un fallo durante la audiencia y anunció que dará a conocer su resolución dentro del plazo previsto por la ley.

Una causa con 558 hechos investigados

La investigación contra el Grupo Spaggiari se encuentra en una etapa clave tras la audiencia preliminar realizada en mayo.

La causa comprende 558 presuntos hechos de estafa y un perjuicio económico estimado en 235 millones de pesos, 9 millones de dólares y 11 mil euros.

Las penas solicitadas por la Fiscalía

En el requerimiento acusatorio ya admitido en primera instancia, la Fiscalía pidió:

  • 25 años de prisión para Fernando y Matías Spaggiari, actualmente detenidos en la Unidad Penitenciaria Nº 1 de Coronda.
  • 9 años de prisión para Mirta Condotto, quien cumple prisión domiciliaria.
  • 8 años y 6 meses para Germán Garetto.
  • 7 años y 6 meses para Myriam Bravo.
  • 6 años y 6 meses para Gabriel Ullman.
  • 5 años para Carolina Schaberger y Carlos Ciancia.
  • 4 años para Cristian Francetti y Cristian Clementz.

Además, el Ministerio Público de la Acusación solicitó una multa de $90.000 para cada imputado y el decomiso de los bienes que permanecen cautelados en el expediente.

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Apelarán la prisión preventiva de uno de los acusados por el crimen del niño Zamir Torres en Frontera

La Justicia de Rafaela realiza este miércoles una audiencia para analizar el pedido de apelación presentado por la defensa de Thiago Medrano, uno de los imputados por el homicidio de Zamir Torres, el niño de cuatro años asesinado durante un ataque a balazos ocurrido en Frontera en julio de 2025.

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Foto: apelación prisión preventiva acusado Zamir Torres

La audiencia comenzó a las 10 de la mañana en la Sala Nº 4 de los Tribunales de Rafaela y será presidida por el juez de Segunda Instancia, Matías Drivet.

El planteo fue presentado por el abogado defensor Darío Schurrer, quien solicitó revisar la prisión preventiva que pesa sobre Thiago Medrano.

El crimen que conmocionó a Frontera

Medrano está imputado por los delitos de homicidio doloso calificado por el concurso premeditado de dos o más personas y agravado por el uso de arma de fuego, además de homicidio doloso calificado en grado de tentativa.

El hecho ocurrió el 9 de julio de 2025 en la ciudad de Frontera, cuando Zamir Torres, de apenas cuatro años, viajaba en un automóvil junto a su madre y su padrastro, Brian Martínez.

Según la investigación, otro vehículo interceptó al automóvil familiar y sus ocupantes abrieron fuego. Uno de los disparos impactó en el niño, quien falleció, mientras que Martínez sufrió graves heridas.

La principal hipótesis de los investigadores sostiene que el ataque estaba dirigido contra el padrastro del menor y estaría relacionado con una venganza vinculada al narcotráfico, aunque esa versión fue rechazada por la familia de la víctima.

Cinco personas imputadas

La causa ya cuenta con cinco personas imputadas por el crimen.

El pasado 26 de junio, la Justicia dictó la prisión preventiva para Samuel Elías Reyes y Santiago Benavídez, mientras que Brenda Ruiz Díaz recuperó la libertad bajo estrictas medidas alternativas.

Entre las restricciones impuestas a la mujer se encuentran la prohibición de ingresar a Frontera, acercarse a víctimas y testigos, portar armas de fuego y la obligación de presentarse semanalmente en una dependencia policial.

Actualmente, los imputados son Thiago Medrano, Matías Escobedo, Samuel Elías Reyes, Santiago Benavídez y Brenda Ruiz Díaz. Los cuatro hombres permanecen detenidos, mientras que la mujer continúa vinculada al proceso judicial en libertad.

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La Justicia de EE.UU. ratificó la condena contra Argentina por la expropiación de Aerolíneas: deberá pagar casi US$390 millones

La Corte de Apelaciones de Columbia rechazó el recurso presentado por el Estado argentino y confirmó el fallo derivado de la expropiación de Aerolíneas Argentinas. La deuda supera actualmente los US$390 millones con intereses.

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Foto: El Tribunal de Columbia falló en contra del país y lo obligó a pagar ese monto al fondo Titan Consortium.

La Corte de Apelaciones del Distrito de Columbia, en Estados Unidos, confirmó la condena contra la República Argentina en el juicio por la expropiación de Aerolíneas Argentinas y Austral, ocurrida en 2008. La decisión obliga al Estado nacional a afrontar un pago cercano a US$390 millones, incluyendo los intereses acumulados.

El fallo desestimó la apelación presentada por Argentina en el litigio impulsado por el fondo de inversión Titan Consortium, actual titular de los derechos para reclamar la indemnización establecida por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi).

La condena supera los US$390 millones

El conflicto judicial se originó tras la estatización de Aerolíneas Argentinas durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner.

En 2017, el Ciadi determinó que Argentina debía pagar más de US$320 millones, además de honorarios legales e intereses. Con el paso del tiempo, el monto actualizado asciende a unos US$390 millones.

El demandante original fue el grupo español Marsans, que controlaba Aerolíneas Argentinas y Austral antes de la expropiación. Posteriormente, los derechos del litigio fueron transferidos a Burford Capital y luego al fondo Titan Consortium, que actualmente impulsa el cobro.

La Procuración analiza nuevas medidas

Tras conocerse la resolución, la Procuración del Tesoro de la Nación informó que se encuentra evaluando las alternativas legales disponibles para intentar revertir la decisión o reducir su impacto económico.

Además, señaló que el proceso judicial se originó por decisiones adoptadas hace casi dos décadas y recordó que la actual administración recibió litigios internacionales con reclamos millonarios contra el Estado argentino.

Podrían avanzar sobre activos argentinos

Como el Ciadi no posee mecanismos propios para ejecutar sus sentencias, el fondo acreedor deberá continuar el proceso ante tribunales estadounidenses para intentar cobrar la indemnización.

En ese contexto, Titan Consortium busca autorización para identificar y embargar activos argentinos en Estados Unidos. Entre los bienes que aparecen bajo análisis se encuentran las garantías de los históricos Bonos Brady, depositadas en la Reserva Federal de Nueva York.

Con esta decisión, la Justicia estadounidense confirmó la validez del fallo de primera instancia y mantuvo vigente el reconocimiento del laudo arbitral emitido por el Ciadi.

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