Judicial
Causa Franco Casco: absolvieron a todos los policías y ordenaron libertad de los detenidos
En un fallo que no fue unánime, el TOF 2 resolvió absolver a los 19 policías y un civil acusados de distintos delitos en torno de la muerte del joven que pasó por la comisaría 7ª en octubre de 2014, estuvo desaparecido y luego apareció ahogado en el Río Paraná
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de Rosario resolvió absolver a los 19 policías y un civil que llegaron a juicio por el delito de desaparición forzada de persona agravada, entre otros, en el caso de Franco Casco. El presidente del Tribunal, Otmar Paulucci, leyó el fallo –que no fue unánime– pocos minutos después de las 14 y ordenó que los agentes que permanecían presos recuperen la libertad.
Durante el debate oral, que comenzó en diciembre de 2021, el fiscal de juicio Fernando Arrigo y los querellantes habían solicitado prisión perpetua para catorce de los policías imputados, y penas que iban desde los 14 años y diez meses a los 3 años de prisión para otros cuatro agentes y un civil.
Tras un año y medio de audiencias y de haber evaluado las pruebas, el tribunal integrado por los jueces federales Otmar Paulucci, Eugenio Martínez Ferrero y Ricardo Moisés Vázquez dio a conocer el veredicto.
El comisario Diego José Álvarez, los agentes Walter Eduardo Benítez y Fernando Sebastián Blanco y la agente Cecilia Rut Elisabet Contino fueron absueltos de los delitos de “desaparición forzada de persona agravada por la muerte de la víctima e imposición a una persona privada de su libertad de torturas seguidas de muerte”.
También fueron absueltos Enrique Nicolás Gianola Rocha, el jefe de sumarios César Daniel Acosta y los agentes Cintia Débora Greiner, Marcelo Alberto Guerrero, Guillermo Hernán Gysel, Rocío Guadalupe Hernández, Esteban Daniel Silva, Romina Anahí Díaz, Ramón José Juárez y Franco Luciano Zorzoli, quienes habían llegado a juicio como “coautores del delito de desaparición forzada de personas agravado por la muerte de la víctima”.
Lo mismo resolvió el TOF 2 para Belkis Elisabet González y Rodolfo Jesús Murúa, quienes llegaron al banquillo como “partícipes secundarios penalmente responsables del delito de desaparición forzada de persona agravado por la muerte de la víctima”. Los dos integrantes de la Unidad Especial de Asuntos Internos Pablo Andrés Siscaro y Daniel Augusto Escobar, que estaban acusados como “coautores del delito de encubrimiento doblemente agravado”, también fueron absueltos. El vecino que fue acusado de formular una falsa denuncia con la que –según la acusación– se intentó justificar la detención de Casco, Alberto Daniel Crespo –señalado como autor del delito de falso testimonio– también fue absuelto.
Sobre el agente Walter Ortiz no hubo controversia, ya que la Fiscalía había pedido su absolución por falta de pruebas que acreditaran dolo.
La larga causa
Franco Casco, de 20 años, llegó a Rosario en septiembre de 2014 para visitar a sus familiares en barrio Empalme Graneros. El 6 de octubre, cuando emprendía el regreso a la localidad bonaerense de Florencio Varela, fue detenido por efectivos de la comisaría 7ª. El 31 de octubre, el cuerpo de Casco fue hallado en las aguas del río Paraná.
Antes del hallazgo, el tomar conocimiento de que Franco no había vuelto, se presentó una denuncia en la Comisaría 20ª de Rosario y se inició una investigación por averiguación de paradero. Al día siguiente, su papá viajó hacia Rosario y se presentó en la Comisaría 7ª, donde le dijeron que Franco había estado el 6 a la noche, pero le negaron toda otra información.
El 12 de octubre, Elsa fue a Rosario desde su hogar en Florencio Varela para buscar a su hijo. En la Seccional 7ª –Cafferata 342–, logró hablar con un comisario, pero en la denuncia refirió que mientras el funcionario policial le formulaba un relato bastante extraño sobre el motivo por el cual fue detenido Franco. El responsable de la comisaría argumentó que el joven había sido aprehendido por atentado y resistencia a la autoridad, que “estaba drogado, como perdido, y que esto lo había corroborado un médico de la policía que lo había atendido”, y que finalmente fue liberado. El fiscal que había intervenido por el Ministerio Público de la Acusación fue Guillermo Apanowicz, por búsqueda de paradero.
A fines de octubre, la Procuraduría de Violencia Institucional (Procuvin) promovió que la investigación por la desaparición y muerte del joven se desarrollara en el ámbito de la justicia federal. El 16 de diciembre, el juez federal Carlos Vera Barros aceptó la competencia para intervenir en la causa por la muerte de Franco. Esto sucedería un día después del pronunciamiento de la Cámara Federal de Rosario. Antes, el juez federal Marcelo Bailaque se había declarado incompetente.
Para octubre de 2017, Vera Barros procesó a 30 policías, la mayoría de la seccional 7ª y de Asuntos Internos, ya que consideró que existían elementos suficientes para acreditar la responsabilidad no sólo en la muerte de Casco, sino también “en la intencionalidad de esconder u ocultar el verdadero estado de cosas sobre los motivos de la desaparición”.
Desde entonces, abogados, familiares de los policías acusados nunca dejaron de asegurar de que se trataba de una «causa armada» y aseguraron ser inocentes. A 8 años y 9 meses de la última vez que Casco fue visto con vida, el fallo de la Justicia Federal, que dejó el sabor amargo de la impunidad en los allegados a Casco, liberó de responsabilidad a todos los policías involucrados.
Fuente: L.T.9
Judicial
Causa Vialidad: Casación confirmó la condena a 6 años de prisión para Cristina
El tribunal ratificó además la sentencia por «administración fraudulenta» agravada y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó este miércoles la condena a seis años de prisión a la expresidenta Cristina Kirchner por «administración fraudulenta» agravada en la Causa Vialidad. La decisión se anunció durante la lectura de la sentencia en los tribunales de Retiro.
Detalles de la sentencia
A pesar de la confirmación de la condena, la expresidenta no será detenida en este momento. De acuerdo con el nuevo Código Procesal Penal Federal, la ejecución de la pena se activará solo cuando se agoten todas las instancias judiciales de revisión, un proceso que podría extenderse por años.
Posibles recursos legales
La defensa de Cristina Kirchner ha manifestado su intención de apelar ante la Corte Suprema, que es la última instancia judicial en este caso. La expresidenta, que no cuenta con fueros que impidan su arresto, tiene más de 70 años y, en caso de que la Corte confirme la condena, podría solicitar cumplir la pena en su domicilio.
Impacto de la Ley de Ficha Limpia
Además, si avanza esta ley en el Congreso, la condena le impediría postularse como candidata en futuras elecciones.
Fuente: Cadena 3
Judicial
Justicia: Agravaron las imputaciones contra los acusados de asesinar a Aralí en Brinkmann
Tanto la madre, como el padrastro y el amigo de éste quedaron ahora imputados por lo mismo: presunto homicidio calificado por el vínculo. En caso de condena, corresponde la perpetua. El viernes, arrancan las indagatorias.
El fiscal Oscar Gieco decidió agravar la imputación de los dos primeros detenidos por el crimen de Aralí Vivas, la niña de 8 años de Brinkmann, el cual se quiso ocultar mediante un incendio intencional en el domicilio donde vivía.
Ahora, Matías Ezequiel Simeone, padrastro de la víctima, y su amigo, Cristian Hernán Varela, que se encontraban imputados por homicidio simple, son sindicados como presuntos coautores del delito de homicidio calificado por el vínculo.
En el caso de ser acusados en un juicio, a través de esta calificación podrían llegar a recibir prisión perpetua.
Cabe recordar que también se encuentra detenida e imputada Rocío Milagros Rauch, madre de Aralí, como partícipe necesario de homicidio calificado por el vínculo, por comisión por omisión.
A la mujer no se la vincula directamente con la ejecución del crimen, aunque el fiscal le apunta por su descuido como progenitora, lo que contribuyó al asesinato.
Gieco tomó esta decisión que había adelantado La Voz, mediante el avance de la investigación, con el análisis de llamadas telefónicas entre los acusados y los testimonios recabados.
El fiscal también explicó que los tres detenidos serían indagados el próximo viernes por videoconferencia.
Un incendio para despistar
La muerte dataría de la madrugada del sábado 2 de noviembre, entre la 1 y las 6 de la mañana aproximadamente.
Cámaras de seguridad de la zona vieron a Simeone y Varela en la vivienda donde se encontraban Aralí y sus hermanos, yendo y viniendo en determinados horarios. La madre se había ido el día anterior y nunca regresó a la casa previo a la tragedia.
En horas de la siesta de ese día la casa tomó fuego. Alertados por vecinos, arribaron bomberos voluntarios que, a poco de apagar las llamas, hallaron el cadáver de una nena que se encontraba sola en la vivienda. Se trataba de Aralí.
Lo que parecía un incendio trágico tuvo un giro inesperado: por un lado, los peritos de la Dirección Bomberos de la Policía descubrieron que el fuego había sido intencional en la casa; por otro lado, los forenses descubrieron que la nena no presentaba monóxido de carbono en su organismo. Había sido asesinada previamente.
El fiscal Gieco, de San Francisco y a cargo circunstancialmente de Morteros, se puso a trabajar en la causa y ordenó una serie de distintas medidas procesales, entre peritajes y toma de testigos y de pruebas. En ese marco, el estudio forense determinó, a priori, que la criatura había sido víctima de abusos y que presuntamente había muerto a causa de golpes.
Simeone había sido condenado en septiembre de 2023 en un juicio por amenazas y violencia de género y estaba con prisión condicional. La sospecha fiscal es que la pequeña había sido víctima de abusos y fue asesinada. Para ocultar el crimen, se incendió su casa.
Fuente: La Voz
Judicial
La audiencia de los hermanos Sapggiari será el lunes a las 12.30
Se realizará en el subsuelo del edificio de Tribunales de la capital santafesina ante el Juez Nicolás Falkemberg interviniendo como fiscal el Dr. Eladio Oscar García. La misma se concretará por una presentación de Habeas Corpus realizada por los defensores de los hermanos Fernando y Matías Spaggiari, los doctores José María Silvela y Andrés Colón.
Los abogados defensores de los hermanos Fernando y Matías Spaggiari, los doctores José María Silvela y Andrés Colón, habían presentado un recurso de Habeas Corpus en favor de sus defendidos ante presuntos apremios ilegales que habrían sufrido por parte de personal del Servicio Penitenciario Provincial que presta servicio en la cárcel de Coronda, donde los rafaelinos están privados de su libertad cumpliendo prisión preventiva, acusados en su momento por el fiscal Guillermo Loyola del delito de Estafa en calidad de jefes de una Asociación ilícita que habría engañado a inversores privados.
Fernando y Matías Spaggiari cumplían prisión preventiva en la Alcaidía de la Jefatura de la ciudad de Rafaela y luego, fueron trasladados a la Unidad Penal de Las Flores y luego, derivados al penal de Coronda donde habrían sufrido esta situación denunciada por sus representantes legales. En tanto la madre de ambos, también está cumpliendo prisión preventiva, pero en este caso bajo la morigeración del arresto domiciliario
Fuente: Castellanos
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