Judicial
Condenaron a 10 años de prisión a un hombre que intentó matar a otro hombre con un arma de fuego en Rafaela
Un hombre de 31 años, identificado como Fernando Exequiel Vilche, fue condenado a 10 años de prisión por haber intentado matar a otro hombre en Rafaela (departamento Castellanos). La pena también se le impuso por haber realizado disparos en la vía pública en otra oportunidad y por portar armas de fuego sin la debida autorización legal.
La sentencia fue dispuesta por el juez Javier Bottero en el marco de un juicio abreviado desarrollado en los tribunales rafaelinos. La fiscal Lorena Korakis, quien llevó a cabo la investigación, informó que debido a un antecedente penal condenatorio, Vilche fue declarado reincidente.
Korakis indicó que “minutos después de las 13:00 del domingo 4 de diciembre de 2022, Vilche se dirigió a las inmediaciones de un domicilio en Jaime Ferré al 500 con la intención de cometer un homicidio». Desde una distancia de no más de cinco metros, efectuó varios disparos con una pistola calibre 9 milímetros en dirección a la víctima, quien estaba de pie en la puerta de su vivienda. La víctima resultó con múltiples heridas en zonas vitales de su cuerpo y logró sobrevivir gracias a la atención médica oportuna.
Días después, el condenado realizó otra conducta delictiva frente al mismo inmueble. El sábado siguiente, a las 22:30, Vilche, como acompañante en una motocicleta, descendió del vehículo y efectuó disparos con una pistola calibre 380 en la vía pública, aunque nadie resultó herido. En ambos casos, portaba armas de fuego sin la debida autorización legal. Vilche reconoció su responsabilidad penal por la tentativa de homicidio agravado, abuso de armas y portación indebida de armas de fuego de guerra.
Fuente: Rafaela Informa
Judicial
San Cristóbal: prisión preventiva para un hombre acusado de amenazar de muerte a su expareja
El imputado, de 26 años, está acusado de amenazar a la víctima e incumplir una orden judicial que le prohibía acercarse. La Justicia consideró que existían riesgos procesales y ordenó que continúe detenido.
Un hombre de 26 años quedó en prisión preventiva en la ciudad de San Cristóbal, acusado de cometer delitos en un contexto de violencia de género contra su expareja.
La medida fue solicitada por la fiscal Hemilce Fissore y dispuesta por el juez José Luis Estévez, durante una audiencia realizada en los tribunales de esa ciudad.
Habría amenazado de muerte a su expareja
De acuerdo con la investigación del Ministerio Público de la Acusación (MPA), el hecho ocurrió el jueves de la semana pasada, alrededor de las 17:30, cuando el imputado se presentó en la vivienda donde residen su expareja y las dos hijas que tienen en común.
Según la fiscal, el hombre incumplió una medida judicial de exclusión del hogar, además de una prohibición de acercamiento y hostigamiento que estaba vigente desde abril.
Durante el episodio, habría amenazado de muerte a la mujer, advirtiéndole que la mataría si volvía a denunciarlo. Si bien no se registraron lesiones físicas, la amenaza generó un fuerte temor en la víctima.
Ya había incumplido medidas judiciales
La fiscal Fissore explicó que el acusado ya estaba sometido a medidas cautelares no privativas de la libertad dictadas en mayo en otra causa penal, las cuales también habría incumplido.
Ese antecedente fue considerado por el juez al momento de evaluar el riesgo de entorpecimiento de la investigación y resolver la prisión preventiva.
Fue detenido horas después
Tras el episodio de intimidación, el hombre fue detenido en la vía pública pocas horas más tarde.
La causa continúa en etapa de investigación y el imputado fue acusado como presunto autor de los delitos de amenazas y desobediencia de un mandato judicial, en un contexto de violencia familiar y de género.
Con información de Rafaela Informa
Judicial
Un padre deberá indemnizar con $65 millones a su hija por no haberla reconocido durante más de 20 años
Una cámara de apelaciones confirmó la condena contra un hombre que deberá pagar una indemnización de 65 millones de pesos, más intereses, a su hija por los daños ocasionados tras negarse a reconocer legalmente el vínculo filial durante más de dos décadas.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil ratificó la sentencia al considerar acreditado que el demandado conocía la existencia de su hija desde 2004, pero no avanzó con su reconocimiento.
La demanda fue impulsada por la hija
La causa fue iniciada por una mujer, actualmente de 37 años, quien reclamó una reparación económica por los daños morales, psicológicos y patrimoniales sufridos como consecuencia de no haber sido reconocida por su padre durante gran parte de su vida.
El reconocimiento de la filiación se concretó recién en 2022, a través de una sentencia dictada en un proceso judicial anterior.
La Justicia confirmó la responsabilidad del padre
En primera instancia, el tribunal fijó una indemnización compuesta por:
- $30 millones por daño moral.
- $15 millones por daño psíquico y tratamiento psicológico.
- $20 millones por perjuicio material.
A ese monto se le suman los intereses calculados desde diciembre de 2004, fecha en la que la Justicia consideró que el hombre ya tenía conocimiento del vínculo filial.
La apelación fue rechazada
El demandado apeló la sentencia y aseguró que recién tomó conocimiento del embarazo y del nacimiento de su hija en 2017. También cuestionó la valoración de las pruebas y sostuvo que la mujer demoró varios años en iniciar el reclamo judicial.
Sin embargo, la Sala M de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil rechazó esos argumentos y concluyó que las pruebas reunidas en el expediente demostraban que el padre conocía, o debía conocer, la existencia de su hija desde 2004.
Para llegar a esa conclusión, los jueces analizaron declaraciones testimoniales, registros migratorios y documentación médica incorporada a la causa.
El impacto emocional fue determinante
En la resolución, el tribunal también valoró la historia clínica de la demandante, donde quedaron documentadas las consecuencias emocionales derivadas de la ausencia de la figura paterna.
Entre otros aspectos, se destacaron episodios de ansiedad y el deseo permanente de establecer un vínculo con la familia de su padre.
Finalmente, los magistrados entendieron que el hombre no presentó pruebas suficientes que permitieran desvirtuar la responsabilidad atribuida y confirmaron íntegramente la condena.
Con información de TN
Judicial
Confirman la condena de 23 años de prisión por el crimen de Gonzalo Riatto en Lehmann
La Cámara de Apelaciones confirmó la condena de 23 años de prisión para Miguel Ángel Spahn, hallado culpable del homicidio de Gonzalo Andrés Riatto, ocurrido en 2023 en la localidad de Lehmann, departamento Castellanos.
La resolución quedó firme en segunda instancia tras el rechazo del recurso presentado por la defensa.
La decisión fue adoptada por unanimidad por los jueces Sergio Alvira, Cristian Fiz y Fabio Mudry, quienes ratificaron la sentencia dictada durante el juicio oral realizado en septiembre de 2025.
La Cámara rechazó el planteo de la defensa
La investigación fue llevada adelante por el fiscal Martín Castellano, de la Unidad Fiscal Especial Homicidios de la Fiscalía Regional 5.
Según explicó el fiscal, los camaristas consideraron que la pena impuesta está debidamente fundamentada, resulta razonable y es proporcional a la gravedad del delito.
Además, sostuvieron que la defensa no logró demostrar irregularidades en la sentencia y que sus argumentos se limitaron a cuestionar la valoración realizada por el tribunal respecto de las circunstancias agravantes y atenuantes.
Los fundamentos de la condena
En la resolución, los jueces remarcaron la extrema gravedad del homicidio, al quedar acreditado que Spahn persiguió a la víctima mientras intentaba escapar y refugiarse, hasta atacarla con múltiples puñaladas.
También tuvieron en cuenta la persistencia del ataque, la violencia ejercida y el fuerte impacto que el crimen provocó en la familia de Gonzalo Riatto.
Rechazaron un nuevo estudio de salud mental
La Cámara también desestimó el pedido de la defensa para realizar una nueva junta médica destinada a evaluar la salud mental del condenado.
Los magistrados entendieron que ese planteo ya había sido resuelto en instancias anteriores y que no existían nuevos elementos que justificaran reabrir la discusión.
Por otra parte, resolvieron remitir el registro audiovisual de la audiencia de apelación al Tribunal de Ética del Colegio de Abogados de la 5ª Circunscripción Judicial, para que evalúe expresiones realizadas por la defensa sobre una supuesta influencia del contexto político y social en la determinación de la pena.
Con esta resolución, Miguel Ángel Spahn mantiene la condena de 23 años de prisión como autor del delito de homicidio simple.
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