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Preventiva para un hombre por haber abusado de su pareja y de dos hijas de ella en Rafaela

Quedó en prisión preventiva sin plazo un hombre de 53 años, cuyas iniciales son OFM, al que se investiga por abusos sexuales en Rafaela. Se le atribuyó haber cometido los ilícitos en perjuicio de una mujer que era su pareja y de dos hijas de ella que son menores de edad.

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Foto: ilustrativa archivo

La cautelar fue dispuesta por la jueza Cristina Fortunato. Por su parte, la privación de la libertad fue solicitada por la fiscal de la Sección Violencia de Género, Familiar y Sexual (GEFAS) de la Fiscalía Regional 5, Gabriela Lema.

En cuanto a los hechos que se investigan, Lema informó que “todos los ilícitos se enmarcaron en un claro contexto de violencia de género económica, psicológica y física que el imputado ejercía”.

Abusos

La fiscal puntualizó que «las víctimas menores de edad transitaban su escolaridad primaria al momento de los abusos». En tal sentido, afirmó que «entre 2017 y 2019, el hombre que quedó en preventiva agredió sexualmente a una de las niñas en distintos domicilios que compartieron en Rafaela». Según remarcó, «para procurar su impunidad, amenazó con matar a la madre de la pequeña o ‘dejar en la calle’ al resto del grupo familiar si alguien se enteraba de lo sucedido».

«En tanto, durante el primer semestre de 2017, el investigado abusó de manera reiterada de la otra hija de su pareja en el marco de la convivencia que mantenían», relató Lema. “Concretaba las conductas delictivas cuando la madre de la niña se iba a trabajar y lo dejaba a él a cargo”, especificó.

«Por sus características, las situaciones abusivas tuvieron entidad suficiente para afectar el desarrollo libre y progresivo de la sexualidad de ambas víctimas», subrayó la funcionaria del MPA.

Por otro lado, Lema manifestó que «entre octubre y noviembre de 2018, el hombre de iniciales OFM agredió sexualmente a su pareja en diferentes ocasiones en un inmueble en el que residían». Al respecto, expuso que «en esa época, la víctima estaba convaleciente tras el parto de una de sus hijas y él la obligó a realizar prácticas sexuales a pesar de su oposición”, y resaltó que «ejerció violencia sobre la mujer para lograr su cometido sin el consentimiento de ella».

Peligros procesales

Lema destacó que “sobre la base de las evidencias que presentamos, la jueza consideró acreditadas con la provisoriedad requerida en esta etapa procesal la materialidad de los hechos y la probable autoría”.

“Además, la magistrada sostuvo que en virtud de la calificación legal de los ilícitos que le endilgamos al hombre investigado, la pena en expectativa es alta y de cumplimiento efectivo”, precisó la fiscal.

Asimismo, la funcionaria del MPA señaló que “para disponer la prisión preventiva, la jueza tuvo en cuenta que la libertad del imputado podría poner en peligro la declaración de las víctimas, quienes son tres mujeres sumamente vulnerables, por lo que es necesario resguardar sus testimonios durante el proceso”.

Finalmente, Lema mencionó que “la magistrada planteó que las medidas alternativas a la prisión preventiva que propuso la Defensa no eran suficientes para neutralizar los peligros procesales”.

Calificaciones penales

Al hombre de 53 años se lo investiga como autor de abuso sexual con acceso carnal agravado (por la guarda y por haber sido en contra de una menor de 18 años con la que convivía); abuso sexual gravemente ultrajante agravado (por la guarda y la convivencia preexistente); y abuso sexual con acceso carnal, mediando violencia física y psicológica.

A su vez, se le atribuyó la autoría de promoción de la corrupción de menores agravada (por haber sido en perjuicio de víctimas menores de 13 años de cuya guarda estaba encargado y por la convivencia preexistente) en los casos de las dos niñas y, además, agravada por haber mediado amenazas en relación a una de ellas.

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Judicial

Causa Vialidad: qué bienes de Cristina Kirchner y su familia podrá ejecutar la Justicia

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos presentados por Cristina Kirchner, Máximo y Florencia Kirchner y dejó firme el avance del decomiso millonario en la causa Vialidad.

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Foto: Cristina Kirchner

La Justicia podrá avanzar con tasaciones y posibles remates de propiedades vinculadas a la familia.

La Justicia quedó habilitada para avanzar con la ejecución de bienes de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner y de sus hijos, Máximo Kirchner y Florencia Kirchner, en el marco de la causa Vialidad.

La medida se conoció luego de que la Cámara Federal de Casación Penal rechazara los recursos extraordinarios presentados por las defensas, ratificando así el avance del decomiso patrimonial dispuesto por el Tribunal Oral Federal N° 2.

El decomiso supera los $684 mil millones

Según trascendió, el monto actualizado del decomiso asciende a más de $684.990 millones, cifra que surge tras nuevas pericias contables realizadas por organismos oficiales y el Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema.

Originalmente, la sentencia había fijado un decomiso superior a los $84.835 millones, pero posteriormente el monto fue recalculado y actualizado.

Al no cumplirse con el pago exigido por la Justicia, quedó habilitado el proceso de ejecución sobre distintos activos y propiedades vinculadas a los condenados.

Qué bienes podrían ser ejecutados

Entre los inmuebles alcanzados por la medida judicial figuran propiedades ubicadas en El Calafate y Río Gallegos.

El listado incluye:

  • Un inmueble sobre Avenida 17 de Octubre al 800, en El Calafate
  • Diez unidades inmobiliarias ubicadas sobre calle Mitre al 500, en Río Gallegos
  • Una propiedad en 25 de Mayo al 200
  • Un inmueble sobre avenida Presidente Néstor Kirchner al 400
  • Terrenos adquiridos en El Calafate entre 2007 y 2008
  • El predio donde funciona el complejo hotelero Los Sauces Casa Patagónica
  • Parcelas anexadas posteriormente al emprendimiento
  • Dos propiedades de gran superficie en el departamento Lago Argentino

La resolución también alcanza bienes que habían sido cedidos a Máximo y Florencia Kirchner.

Qué puede pasar ahora

Con la decisión judicial, el Estado podrá avanzar con:

  • Tasaciones oficiales
  • Administración de activos
  • Embargos
  • Posibles remates públicos

La única instancia que le queda a la defensa es recurrir mediante una queja directa ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Sin embargo, esa presentación no frena automáticamente el avance del proceso de ejecución patrimonial.

Qué dijo la Justicia sobre los bienes cedidos

Los jueces también rechazaron el argumento de la defensa respecto a que parte de las propiedades pertenecían legalmente a Máximo y Florencia Kirchner por herencia o cesiones previas.

Según la resolución, existe una “coincidencia temporal y vinculación económica” entre los hechos investigados y el crecimiento del patrimonio familiar, por lo que los traspasos gratuitos no impiden el decomiso dispuesto en la sentencia.

La decisión consolida así la etapa de recupero patrimonial en la causa Vialidad y habilita nuevas medidas judiciales para intentar cubrir el monto millonario fijado por la condena.

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Judicial

Piden 15 años de prisión para el acusado de matar de un escopetazo a un mecánico en Rafaela

La Fiscalía de Rafaela solicitó una pena de 15 años de cárcel para un hombre de 75 años acusado de asesinar de un disparo a un mecánico en octubre de 2024.

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Foto: ilustrativa de archivo

El caso avanzó formalmente hacia juicio oral tras la audiencia preliminar realizada en los tribunales rafaelinos.

El fiscal de Homicidios de la Fiscalía Regional 5, Martín Castellano, confirmó que la acusación apunta contra un hombre identificado con las iniciales FRR, señalado como autor del homicidio de Oscar Helvio Feulién.

Cómo ocurrió el crimen en Rafaela

Según la investigación judicial, el hecho ocurrió el 2 de octubre de 2024 por la tarde en un predio ubicado sobre calle Ángela de la Casa al 400, en la ciudad de Rafaela.

De acuerdo con la Fiscalía, en el lugar funcionaba un negocio de compra y venta de autos usados administrado por el acusado, quien además residía allí.

El fiscal sostuvo que la víctima trabajaba como mecánico y había mantenido un vínculo laboral previo con el imputado. Ese día, Feulién habría concurrido al lugar junto a otras personas para retirar autopartes y elementos personales que permanecían en el predio.

El disparo con una escopeta

La acusación indica que una familiar de la víctima permitió el ingreso al terreno y, mientras Feulién y sus acompañantes entraban, el acusado salió de su vivienda portando una escopeta calibre 16.

Siempre según la reconstrucción del Ministerio Público de la Acusación, el hombre comenzó a increpar al mecánico y a quienes lo acompañaban, acusándolos de haber robado herramientas.

Instantes después, habría efectuado un disparo a corta distancia contra Feulién, impactándolo en el tórax.

La víctima fue trasladada de urgencia al Hospital Jaime Ferré, donde falleció horas más tarde como consecuencia de las heridas sufridas.

La causa irá a juicio oral

Tras la audiencia preliminar, el juez Nicolás Stegmayer admitió la acusación presentada por la Fiscalía y ahora deberá dictar el auto de apertura a juicio.

Posteriormente, la Oficina de Gestión Judicial definirá el tribunal encargado del debate oral y establecerá la fecha de inicio del juicio.

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Judicial

Reforma laboral: la Justicia rechazó una demanda millonaria de un médico monotributista

Un fallo de la Justicia laboral de Mendoza aplicó por primera vez aspectos centrales de la reforma laboral impulsada por la Ley de Bases y rechazó una demanda por más de $150 millones presentada por un médico que reclamaba el reconocimiento de una relación de dependencia.

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Foto: Ilustrativa

La sentencia fue dictada por la Primera Cámara del Trabajo de San Rafael en la causa iniciada por un profesional contra un hospital privado, donde el demandante sostenía haber trabajado bajo relación laboral exclusiva realizando guardias y tareas de coordinación médica.

Sin embargo, el tribunal concluyó que existía una locación de servicios de carácter civil y no un vínculo laboral formal.

La reforma laboral y los monotributistas

El fallo se convirtió en uno de los primeros antecedentes judiciales que aplican la nueva redacción de la legislación laboral respecto a profesionales que facturan como monotributistas.

La normativa establece que la presunción automática de relación laboral no se aplica cuando:

  • Se trata de servicios profesionales
  • Existen facturas o recibos emitidos regularmente
  • El prestador conserva autonomía organizativa y económica

Por qué la Justicia rechazó la relación de dependencia

Durante el juicio, el hospital logró acreditar distintos elementos que, según los jueces, demostraron la independencia profesional del médico.

Entre los principales puntos destacados en la sentencia figuran:

  • No existía subordinación técnica ni organizativa
  • Los médicos organizaban sus propias guardias
  • Podían acordar reemplazos sin autorización del hospital
  • No había control horario ni fichado
  • El profesional emitía facturas por montos variables
  • También trabajaba en otros consultorios y clínicas

Además, el tribunal señaló que el hospital no ejercía poder disciplinario sobre el profesional, un aspecto considerado clave para descartar una relación laboral.

Debate por los intereses y la nueva ley

Aunque la demanda fue rechazada, los magistrados también analizaron cómo debían calcularse los intereses según la nueva Ley de Modernización Laboral.

La discusión se centró en si correspondía aplicar retroactivamente el nuevo sistema de actualización previsto por la normativa nacional.

La mayoría del tribunal resolvió utilizar la fórmula establecida por la nueva ley desde la fecha de mora, mientras que uno de los jueces sostuvo que debía aplicarse por tramos y solo desde la entrada en vigencia de la reforma.

Finalmente, prevaleció el criterio de aplicación integral.

Qué impacto puede tener el fallo

Especialistas en derecho laboral consideran que la sentencia podría convertirse en un antecedente relevante para empresas y profesionales independientes.

El fallo refuerza la necesidad de:

  • Mantener facturación regular
  • Evitar controles típicos de empleados
  • No aplicar sanciones disciplinarias
  • Garantizar autonomía en horarios y organización

La resolución aparece en un contexto donde la reforma laboral busca redefinir los límites entre trabajo autónomo y relación de dependencia, especialmente en actividades profesionales.

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