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Condenaron a 25 años de prisión a un hombre por el abuso sexual de tres niñas en Santa fe

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Así lo resolvió por unanimidad el tribunal pluripersonal de un juicio oral que finalizó este lunes en los tribunales de la capital provincial. El condenado tiene 38 años, fue identificado como Juan Pablo Monzón y las víctimas son hijas de la mujer que era su pareja. Las fiscales Alejandra Del Río Ayala y María Celeste Minniti representaron al MPA en el debate.

Un hombre de 38 años identificado como Juan Pablo Monzón fue condenado a 25 años de prisión como autor de delitos contra la integridad sexual cometidos en la ciudad de Santa Fe en perjuicio de tres niñas menores de edad, hijas de la mujer que era su pareja.

La pena fue resuelta por unanimidad por el tribunal pluripersonal de un juicio oral que finalizó este mediodía en los tribunales de la capital provincial. Los jueces fueron Jorge Patrizi (presidente), Sandra Valenti y  Rosana Carrara.

En perjuicio de dos de las tres víctimas, Monzón fue condenado como autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal calificado (por la convivencia y por la guarda), en concurso ideal con promoción de la corrupción de menores calificada (por la convivencia).

Por su parte, en perjuicio de la otra niña fue condenado como autor de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante calificado (por la convivencia y por la guarda), en concurso ideal con promoción de la corrupción de menores calificada (por la convivencia).

Todos los hechos fueron en concurso real.

Por otra parte, el tribunal resolvió absolver al condenado de la autoría del delito de tenencia ilegítima de arma de fuego.

Unanimidad

La fiscal a cargo de la investigación de los ilícitos fue Alejandra Del Río Ayala, quien durante el debate estuvo acompañada por la fiscal María Celeste Minniti. Las funcionarias del Ministerio Público de la Acusación coincidieron en valorar que “el tribunal resolvió condenar al acusado y le impuso una pena elevada.

Además, el fallo fue resuelto por unanimidad y por las mismas calificaciones penales por las que habíamos acusado desde la Fiscalía”.

Las fiscales también indicaron que “el monto de la pena coincide con lo que solicitamos en los alegatos de apertura del debate. No obstante, en los alegatos de clausura, a raíz de elementos sobrevinientes en el debate, entendimos que debía ser una pena de 35 años y así lo solicitamos”. En tal sentido, agregaron que “esperaremos los fundamentos de los jueces para analizar los pasos a seguir”.

Convivencia

“Investigamos hechos aberrantes que fueron cometidos entre 2012 y 2016 en una vivienda de la ciudad de Santa Fe y con un despliegue de violencia inusitada, no sólo sobre las víctimas del abuso, sino también sobre el grupo familiar entero», recordó la fiscal Del Río Ayala.

Al respecto, añadió que «a ello se suma la manipulación ejercida en el ámbito doméstico, el daño ocasionado a las víctimas y el peligro al que el condenado las sometió por el tipo de actos que ejecutó y por la falta de cuidados en los mismos, lo que también se irradia en la afectación del proyecto de vida de cada una de las víctimas».

Por su parte, la fiscal Minniti sostuvo que “se corroboraron los hechos atribuidos. Las agresiones sexuales surgieron patentes y el contexto de agresión y opresión fue valorado por el tribunal”.

“La convivencia se dio a raíz de la relación de pareja que tenía el hombre con la madre de las víctimas”, precisaron las fiscales.

«Además, a una de las menores también la agredió sexualmente en una oportunidad en la que, con motivo de la realización de una tarea doméstica en las cercanías de la vivienda, estuvieron a solas y abusó de ella», explicaron.

Del Río Ayala concluyó que «en todos los casos, la diferencia de edad entre el acusado y sus víctimas, la modalidad, la frecuencia y la duración de las agresiones, además de la violencia física y psicológica que desplegó Monzón, son idóneas para generar un real sometimiento y humillación y para adelantar el desarrollo libre y normal de la sexualidad de las tres niñas».

 

Fuente: LT9

 

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Grupo Spaggiari: las defensas apelaron la acusación y buscan frenar la elevación a juicio

La causa judicial contra el Grupo Spaggiari sumó este martes un nuevo capítulo. Las defensas de los imputados apelaron la resolución que admitió la acusación de la Fiscalía y las querellas, cuestionando la validez del proceso y solicitando el sobreseimiento de algunos acusados.

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Foto: apelación causa Grupo Spaggiari

La decisión ahora quedó en manos del juez de Cámara Sergio Alvira.

La audiencia de apelación se desarrolló durante la mañana en los Tribunales de Rafaela y se extendió desde las 8:00 hasta las 11:30. En esta oportunidad, los abogados defensores impugnaron la resolución del juez Nicolás Bumaguin, quien había convalidado el requerimiento de elevación a juicio presentado por el Ministerio Público de la Acusación (MPA) y las querellas.

Las defensas cuestionaron la acusación

El abogado Gustavo Abraham, defensor de Fernando y Matías Spaggiari, Mirta Condotto y Rocío Schaberger, sostuvo que la acusación fiscal fue presentada fuera de término y calificó el procedimiento como «defectuoso», por lo que pidió que se rechace la elevación a juicio.

Además, solicitó el sobreseimiento de Rocío Schaberger, al considerar que únicamente cumplía funciones como empleada de la empresa y que no integraba la presunta maniobra delictiva.

En el mismo sentido se pronunciaron las defensoras Victoria Romano, Georgina Allasia y los abogados José María Silvela y Andrés Colón, quienes representan a otros imputados de la causa. Todos coincidieron en que sus defendidos desempeñaban tareas como empleados y no formaban parte de una organización criminal.

También cuestionaron que la resolución judicial describa los hechos de manera general, sin individualizar con precisión la conducta atribuida a cada acusado.

El juez resolverá en los próximos días

Luego de escuchar los argumentos de todas las partes, el juez de Cámara Sergio Alvira decidió no emitir un fallo durante la audiencia y anunció que dará a conocer su resolución dentro del plazo previsto por la ley.

Una causa con 558 hechos investigados

La investigación contra el Grupo Spaggiari se encuentra en una etapa clave tras la audiencia preliminar realizada en mayo.

La causa comprende 558 presuntos hechos de estafa y un perjuicio económico estimado en 235 millones de pesos, 9 millones de dólares y 11 mil euros.

Las penas solicitadas por la Fiscalía

En el requerimiento acusatorio ya admitido en primera instancia, la Fiscalía pidió:

  • 25 años de prisión para Fernando y Matías Spaggiari, actualmente detenidos en la Unidad Penitenciaria Nº 1 de Coronda.
  • 9 años de prisión para Mirta Condotto, quien cumple prisión domiciliaria.
  • 8 años y 6 meses para Germán Garetto.
  • 7 años y 6 meses para Myriam Bravo.
  • 6 años y 6 meses para Gabriel Ullman.
  • 5 años para Carolina Schaberger y Carlos Ciancia.
  • 4 años para Cristian Francetti y Cristian Clementz.

Además, el Ministerio Público de la Acusación solicitó una multa de $90.000 para cada imputado y el decomiso de los bienes que permanecen cautelados en el expediente.

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Apelarán la prisión preventiva de uno de los acusados por el crimen del niño Zamir Torres en Frontera

La Justicia de Rafaela realiza este miércoles una audiencia para analizar el pedido de apelación presentado por la defensa de Thiago Medrano, uno de los imputados por el homicidio de Zamir Torres, el niño de cuatro años asesinado durante un ataque a balazos ocurrido en Frontera en julio de 2025.

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Foto: apelación prisión preventiva acusado Zamir Torres

La audiencia comenzó a las 10 de la mañana en la Sala Nº 4 de los Tribunales de Rafaela y será presidida por el juez de Segunda Instancia, Matías Drivet.

El planteo fue presentado por el abogado defensor Darío Schurrer, quien solicitó revisar la prisión preventiva que pesa sobre Thiago Medrano.

El crimen que conmocionó a Frontera

Medrano está imputado por los delitos de homicidio doloso calificado por el concurso premeditado de dos o más personas y agravado por el uso de arma de fuego, además de homicidio doloso calificado en grado de tentativa.

El hecho ocurrió el 9 de julio de 2025 en la ciudad de Frontera, cuando Zamir Torres, de apenas cuatro años, viajaba en un automóvil junto a su madre y su padrastro, Brian Martínez.

Según la investigación, otro vehículo interceptó al automóvil familiar y sus ocupantes abrieron fuego. Uno de los disparos impactó en el niño, quien falleció, mientras que Martínez sufrió graves heridas.

La principal hipótesis de los investigadores sostiene que el ataque estaba dirigido contra el padrastro del menor y estaría relacionado con una venganza vinculada al narcotráfico, aunque esa versión fue rechazada por la familia de la víctima.

Cinco personas imputadas

La causa ya cuenta con cinco personas imputadas por el crimen.

El pasado 26 de junio, la Justicia dictó la prisión preventiva para Samuel Elías Reyes y Santiago Benavídez, mientras que Brenda Ruiz Díaz recuperó la libertad bajo estrictas medidas alternativas.

Entre las restricciones impuestas a la mujer se encuentran la prohibición de ingresar a Frontera, acercarse a víctimas y testigos, portar armas de fuego y la obligación de presentarse semanalmente en una dependencia policial.

Actualmente, los imputados son Thiago Medrano, Matías Escobedo, Samuel Elías Reyes, Santiago Benavídez y Brenda Ruiz Díaz. Los cuatro hombres permanecen detenidos, mientras que la mujer continúa vinculada al proceso judicial en libertad.

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La Justicia de EE.UU. ratificó la condena contra Argentina por la expropiación de Aerolíneas: deberá pagar casi US$390 millones

La Corte de Apelaciones de Columbia rechazó el recurso presentado por el Estado argentino y confirmó el fallo derivado de la expropiación de Aerolíneas Argentinas. La deuda supera actualmente los US$390 millones con intereses.

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Foto: El Tribunal de Columbia falló en contra del país y lo obligó a pagar ese monto al fondo Titan Consortium.

La Corte de Apelaciones del Distrito de Columbia, en Estados Unidos, confirmó la condena contra la República Argentina en el juicio por la expropiación de Aerolíneas Argentinas y Austral, ocurrida en 2008. La decisión obliga al Estado nacional a afrontar un pago cercano a US$390 millones, incluyendo los intereses acumulados.

El fallo desestimó la apelación presentada por Argentina en el litigio impulsado por el fondo de inversión Titan Consortium, actual titular de los derechos para reclamar la indemnización establecida por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi).

La condena supera los US$390 millones

El conflicto judicial se originó tras la estatización de Aerolíneas Argentinas durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner.

En 2017, el Ciadi determinó que Argentina debía pagar más de US$320 millones, además de honorarios legales e intereses. Con el paso del tiempo, el monto actualizado asciende a unos US$390 millones.

El demandante original fue el grupo español Marsans, que controlaba Aerolíneas Argentinas y Austral antes de la expropiación. Posteriormente, los derechos del litigio fueron transferidos a Burford Capital y luego al fondo Titan Consortium, que actualmente impulsa el cobro.

La Procuración analiza nuevas medidas

Tras conocerse la resolución, la Procuración del Tesoro de la Nación informó que se encuentra evaluando las alternativas legales disponibles para intentar revertir la decisión o reducir su impacto económico.

Además, señaló que el proceso judicial se originó por decisiones adoptadas hace casi dos décadas y recordó que la actual administración recibió litigios internacionales con reclamos millonarios contra el Estado argentino.

Podrían avanzar sobre activos argentinos

Como el Ciadi no posee mecanismos propios para ejecutar sus sentencias, el fondo acreedor deberá continuar el proceso ante tribunales estadounidenses para intentar cobrar la indemnización.

En ese contexto, Titan Consortium busca autorización para identificar y embargar activos argentinos en Estados Unidos. Entre los bienes que aparecen bajo análisis se encuentran las garantías de los históricos Bonos Brady, depositadas en la Reserva Federal de Nueva York.

Con esta decisión, la Justicia estadounidense confirmó la validez del fallo de primera instancia y mantuvo vigente el reconocimiento del laudo arbitral emitido por el Ciadi.

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