Judicial
Cornejo declaró en la causa de los 8 policías presos por el delito de torturas
Hoy por la mañana en la Sala Nº 2 de la Oficina de Gestión Judicial que funciona en la plata baja de los Tribunales rafaelinos se desarrolló una segunda audiencia denominada anticipo jurisdiccional de prueba. La misma tiene carácter excepcional y fue solicitada por las fiscales que investigan la causa de supuestas torturas sucedidas en la Comisaría Nro 3 de Sunchales.
La responsable de llevar adelante las pericias psiquiátricas, también perteneciente al Ministerio Público de la Acusación consideró que el daño psicológico postraumático que hoy sufren los hermanos Juan D. Flamenco y José D. Cornejo sería motivo suficiente para evitar que enfrenten en una misma sala de juicio a sus supuestos torturadores: los 8 policías detenidos. Dando sustento a lo solicitado por las fiscales Gabriela Lema y Lorena Korakis, en sintonía con lo antedicho, la Jueza María Cristina Fortunato hizo lugar al pedido de las fiscales, es así que los dos testigos claves y supuestas víctimas en esta causa, declararon en dichas instancias previas al juicio.
Si bien los abogadores defensores plantearon revocatorias y apelaciones en conjunto, la jueza mantuvo lo resuelto en el decreto. Dos de los defensores apelaron y fueron en queja al tribunal superior, no obteniendo respuesta positiva por parte de los estamentos superiores y debieron asistir ayer y hoy en desacuerdo manifiesto.
Es así que hoy a partir de las nueve de la mañana y con la presencia de representantes del Ministerio Público Fiscal: la fiscal Gabriela Lema y Lorena Korakis quienes además estuvieron acompañadas por su par Martín Castellano, los defensores de los efectivos policiales imputados: los doctores Alejandro Leguizamón representando a sus defendidos Luciano G. (jefe de la dependencia acusado de Encubrimiento agravado) y Mauricio O.; Aníbal Caula que defiende a Carlos M., Juan C., Silvana S., María A., y Brian G.; y Raúl Domenella y pablo Mosconi, en representación del subjefe de la Comisaría N° 3, Federico M., todos ellos acusados del delito de Torturas en calidad de coautores; se desarrolló la segunda audiencia. Los agentes privados de su libertad debieron escuchar lo que sucedía y se decía desde un pasillo contiguo a la Sala Nº 2, otra de las desprolijidades que claramente el poder judicial deberá resolver a futuro.
Juro por Dios
En el inicio de la audiencia la Jueza Fortunatto pidió que se identificaran los allí presentes y explicó con lujo de detalles a Cornejo, quien llegó a los tribunales desde Sunchales llevado por tres agentes de Gendarmería en una camioneta perteneciente a dicha fuerza, de que se trataría lo que iba a suceder y por qué estaba ahí.
Le pide que jure que iba a decir solamente la verdad, entonces José Dario Cornejo de profesión herrero y plomero según lo manifestado frente a la justicia, juró por Dios que todos sus dichos responderían a lo que pudiera recordar de aquella noche que cambiaría el curso normal de los hechos en la vida de las supuestas víctimas y supuestos victimarios.
La fiscal Lorena Korakis, fue quien rompió el silencio para solicitarle que relate lo sucedido aquella noche. “Me llevaron esposado junto a mi hermano, creo que eran los del GAT, estaban camuflados con pasamontañas, nos cargaron en la chata como perros y nos comenzaron a tirar las cosas que sacaban de casa encima” así comenzó el relato de Cornejo que se extendería por lo menos unos sesenta minutos mientras las fiscales preguntaban.
Fue consultado también acerca de cómo se desarrollaron los hechos desde su llegada a la Comisaría Nro 3 de Sunchales, entonces habló varias veces de un “petizito con un tatuaje” y del otro “medio chino”, quienes los golpeaban al grito de “negros, ustedes no deberían estar acá, tienen que estar presos”.
También estuvo presente en su relato la presencia de un “flaquito” que todo el tiempo preguntaba por una moto robada. La moto en cuestión es una Honda Wave de color negro que según los dichos del mismo Cornejo es de legítima propiedad de su hermano Flamenco, “es en la que a veces damos vueltas” agregó.
Luego el relato comenzó poco a poco a tornarse repetitivo ante las preguntas que siempre rondaron en un mismo sentido: lo sucedido ya dentro de la Comisaría Nro 3, el oficial “flaquito más alto que yo” según su descripción era el más interesado en la moto y seguía preguntando por ella mientras les pegaban a los dos por igual.
Los dos estaban esposados con las manos atrás, hasta que en un momento una oficial “rellenita” se le acerca y le dice “otra vez acá”, la oficial llevaba en su mano una bolsa que luego sería la supuestamente utilizada para asfixiar a Flamento. Cuando Cornejo dice ver que le colocaban la bolsa a su hermano es que se exalta y pide que “dejen de pavear” en eso es que lo golpean de tal forma en su estómago que hacen que se ponga de rodillas cerca de la ventana que luego atravesaría cuando acto seguido le aciertan un golpe en la nuca.
Inconsistencias y omisiones
La audiencia estuvo claramente dividida en dos segmentos, la primera hora donde las fiscales preguntaron, luego la defensa pidió un cuarto intermedio para entrevistarse con sus defendidos y luego se inició una segunda instancia donde los cuatro abogados presentes formularon sus inquietudes.
Los defensores hicieron un fuerte hincapié en lo que ellos consideraron como inconsistencias y contradicciones en las diferentes declaraciones que hizo José D. Cornejo, dos de ellas mientras aún estaba hospitalizado en el hospital Jaime Ferré de Rafaela. “No recuerdo como relaté los hechos por que estaba todos el tiempo medicado, me dormía y me despertaba a cada rato, fueron dos veces a entrevistarme” explicó la víctima cuando le consultaban por sus dichos.
Es por eso que la defensa en dos oportunidades le acercó transcripciones de sus declaraciones previas para que él mismo pudiera leerlas y refrescar su memoria. Según sus propios dichos en algún momento escuchó lo que le hacían a su hermano y otra vez lo vio, entonces los defensores preguntaron: ¿vio o escuchó? Ya que hasta el más mínimo detalle en este tipo de situaciones pude dejar de serlo de momento a otro.
Omisiones: tanto Cornejo como Flamenco incurrieron en omisiones respecto a sus declaraciones anteriores. Sobre el final de la audiencia la fiscalía intentó incorporar una pregunta vinculada a la presencia de otros detenidos, pero fue desestimada por la Jueza Fortunatto a pedido de la defensa ya que no guardaba relación con la primera instancia de preguntas.
El espacio donde se habrían desarrollado las acciones dentro de la Comisaría Nro 3 de Sunchales fue seguramente otro de los puntos contradictorios según las diferentes declaraciones de los testigos. En un primer momento se habló de que Flamenco había sido llevado a otra habitación, donde le habrían practicado la tortura de “submarino seco” pero Cornejo todo el tiempo situó a los dos en una misma sala. “Estábamos a unos pasos de distancia, siempre en el mismo lugar”.
Ya sobre el final de la audiencia los defensores insistieron bastante con detalles previos a la detención, sin obtener respuesta positiva o consistente, ya que Cornejo todo el tiempo manifestó haber olvidado muchas cosas, además de su desmayo en el momento de la detención debido a los golpes propinados por la fuerza de seguridad.
Frente al silencio, Fortunatto miró a la partes y viendo que no había más preguntas dio por finalizada la audiencia.
Sin dudas que hay mucho camino por recorrer aun.
Fuente: Meridiano Digital
Judicial
Causa Vialidad: qué bienes de Cristina Kirchner y su familia podrá ejecutar la Justicia
La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos presentados por Cristina Kirchner, Máximo y Florencia Kirchner y dejó firme el avance del decomiso millonario en la causa Vialidad.
La Justicia podrá avanzar con tasaciones y posibles remates de propiedades vinculadas a la familia.
La Justicia quedó habilitada para avanzar con la ejecución de bienes de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner y de sus hijos, Máximo Kirchner y Florencia Kirchner, en el marco de la causa Vialidad.
La medida se conoció luego de que la Cámara Federal de Casación Penal rechazara los recursos extraordinarios presentados por las defensas, ratificando así el avance del decomiso patrimonial dispuesto por el Tribunal Oral Federal N° 2.
El decomiso supera los $684 mil millones
Según trascendió, el monto actualizado del decomiso asciende a más de $684.990 millones, cifra que surge tras nuevas pericias contables realizadas por organismos oficiales y el Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema.
Originalmente, la sentencia había fijado un decomiso superior a los $84.835 millones, pero posteriormente el monto fue recalculado y actualizado.
Al no cumplirse con el pago exigido por la Justicia, quedó habilitado el proceso de ejecución sobre distintos activos y propiedades vinculadas a los condenados.
Qué bienes podrían ser ejecutados
Entre los inmuebles alcanzados por la medida judicial figuran propiedades ubicadas en El Calafate y Río Gallegos.
El listado incluye:
- Un inmueble sobre Avenida 17 de Octubre al 800, en El Calafate
- Diez unidades inmobiliarias ubicadas sobre calle Mitre al 500, en Río Gallegos
- Una propiedad en 25 de Mayo al 200
- Un inmueble sobre avenida Presidente Néstor Kirchner al 400
- Terrenos adquiridos en El Calafate entre 2007 y 2008
- El predio donde funciona el complejo hotelero Los Sauces Casa Patagónica
- Parcelas anexadas posteriormente al emprendimiento
- Dos propiedades de gran superficie en el departamento Lago Argentino
La resolución también alcanza bienes que habían sido cedidos a Máximo y Florencia Kirchner.
Qué puede pasar ahora
Con la decisión judicial, el Estado podrá avanzar con:
- Tasaciones oficiales
- Administración de activos
- Embargos
- Posibles remates públicos
La única instancia que le queda a la defensa es recurrir mediante una queja directa ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Sin embargo, esa presentación no frena automáticamente el avance del proceso de ejecución patrimonial.
Qué dijo la Justicia sobre los bienes cedidos
Los jueces también rechazaron el argumento de la defensa respecto a que parte de las propiedades pertenecían legalmente a Máximo y Florencia Kirchner por herencia o cesiones previas.
Según la resolución, existe una “coincidencia temporal y vinculación económica” entre los hechos investigados y el crecimiento del patrimonio familiar, por lo que los traspasos gratuitos no impiden el decomiso dispuesto en la sentencia.
La decisión consolida así la etapa de recupero patrimonial en la causa Vialidad y habilita nuevas medidas judiciales para intentar cubrir el monto millonario fijado por la condena.
Con información de Cadena 3
Judicial
Piden 15 años de prisión para el acusado de matar de un escopetazo a un mecánico en Rafaela
La Fiscalía de Rafaela solicitó una pena de 15 años de cárcel para un hombre de 75 años acusado de asesinar de un disparo a un mecánico en octubre de 2024.
El caso avanzó formalmente hacia juicio oral tras la audiencia preliminar realizada en los tribunales rafaelinos.
El fiscal de Homicidios de la Fiscalía Regional 5, Martín Castellano, confirmó que la acusación apunta contra un hombre identificado con las iniciales FRR, señalado como autor del homicidio de Oscar Helvio Feulién.
Cómo ocurrió el crimen en Rafaela
Según la investigación judicial, el hecho ocurrió el 2 de octubre de 2024 por la tarde en un predio ubicado sobre calle Ángela de la Casa al 400, en la ciudad de Rafaela.
De acuerdo con la Fiscalía, en el lugar funcionaba un negocio de compra y venta de autos usados administrado por el acusado, quien además residía allí.
El fiscal sostuvo que la víctima trabajaba como mecánico y había mantenido un vínculo laboral previo con el imputado. Ese día, Feulién habría concurrido al lugar junto a otras personas para retirar autopartes y elementos personales que permanecían en el predio.
El disparo con una escopeta
La acusación indica que una familiar de la víctima permitió el ingreso al terreno y, mientras Feulién y sus acompañantes entraban, el acusado salió de su vivienda portando una escopeta calibre 16.
Siempre según la reconstrucción del Ministerio Público de la Acusación, el hombre comenzó a increpar al mecánico y a quienes lo acompañaban, acusándolos de haber robado herramientas.
Instantes después, habría efectuado un disparo a corta distancia contra Feulién, impactándolo en el tórax.
La víctima fue trasladada de urgencia al Hospital Jaime Ferré, donde falleció horas más tarde como consecuencia de las heridas sufridas.
La causa irá a juicio oral
Tras la audiencia preliminar, el juez Nicolás Stegmayer admitió la acusación presentada por la Fiscalía y ahora deberá dictar el auto de apertura a juicio.
Posteriormente, la Oficina de Gestión Judicial definirá el tribunal encargado del debate oral y establecerá la fecha de inicio del juicio.
Con información de Rafaela Informa
Judicial
Reforma laboral: la Justicia rechazó una demanda millonaria de un médico monotributista
Un fallo de la Justicia laboral de Mendoza aplicó por primera vez aspectos centrales de la reforma laboral impulsada por la Ley de Bases y rechazó una demanda por más de $150 millones presentada por un médico que reclamaba el reconocimiento de una relación de dependencia.
La sentencia fue dictada por la Primera Cámara del Trabajo de San Rafael en la causa iniciada por un profesional contra un hospital privado, donde el demandante sostenía haber trabajado bajo relación laboral exclusiva realizando guardias y tareas de coordinación médica.
Sin embargo, el tribunal concluyó que existía una locación de servicios de carácter civil y no un vínculo laboral formal.
La reforma laboral y los monotributistas
El fallo se convirtió en uno de los primeros antecedentes judiciales que aplican la nueva redacción de la legislación laboral respecto a profesionales que facturan como monotributistas.
La normativa establece que la presunción automática de relación laboral no se aplica cuando:
- Se trata de servicios profesionales
- Existen facturas o recibos emitidos regularmente
- El prestador conserva autonomía organizativa y económica
Por qué la Justicia rechazó la relación de dependencia
Durante el juicio, el hospital logró acreditar distintos elementos que, según los jueces, demostraron la independencia profesional del médico.
Entre los principales puntos destacados en la sentencia figuran:
- No existía subordinación técnica ni organizativa
- Los médicos organizaban sus propias guardias
- Podían acordar reemplazos sin autorización del hospital
- No había control horario ni fichado
- El profesional emitía facturas por montos variables
- También trabajaba en otros consultorios y clínicas
Además, el tribunal señaló que el hospital no ejercía poder disciplinario sobre el profesional, un aspecto considerado clave para descartar una relación laboral.
Debate por los intereses y la nueva ley
Aunque la demanda fue rechazada, los magistrados también analizaron cómo debían calcularse los intereses según la nueva Ley de Modernización Laboral.
La discusión se centró en si correspondía aplicar retroactivamente el nuevo sistema de actualización previsto por la normativa nacional.
La mayoría del tribunal resolvió utilizar la fórmula establecida por la nueva ley desde la fecha de mora, mientras que uno de los jueces sostuvo que debía aplicarse por tramos y solo desde la entrada en vigencia de la reforma.
Finalmente, prevaleció el criterio de aplicación integral.
Qué impacto puede tener el fallo
Especialistas en derecho laboral consideran que la sentencia podría convertirse en un antecedente relevante para empresas y profesionales independientes.
El fallo refuerza la necesidad de:
- Mantener facturación regular
- Evitar controles típicos de empleados
- No aplicar sanciones disciplinarias
- Garantizar autonomía en horarios y organización
La resolución aparece en un contexto donde la reforma laboral busca redefinir los límites entre trabajo autónomo y relación de dependencia, especialmente en actividades profesionales.
Con información de iProfesional
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