Judicial
El Juez Mognaschi dijo basta, y dictó la prisión preventiva al sunchalense
Lo decidió el Juez Alejandro Mognaschi quien decretó la medida sin plazos haciendo lugar a lo solicitado por la fiscal Mirna Segré y desestimando las medidas alternativas ofrecidas por la defensora Mónica Ronchi. El sujeto fue imputado ahora por cuatro hechos y ya había sido acusado en enero pasado de otros ocho ilícitos.
Durante el transcurso de una audiencia que pasó por todas las instancias posibles realizada ayer en la Sala N° 1 de la Oficina de Gestión Judicial, el Juez de la Investigación Penal Preparatoria, Dr. Alejandro Mognaschi, decretó la prisión preventiva sin plazos a E. C., haciendo de esta manera lugar a lo solicitado por la fiscal Mirna Segré y desestimando entonces la solicitud de libertad con medidas alternativas, ofrecida por la defensora pública Mónica Ronchi. El magistrado arribó a la decisión tras escuchar a las partes y fundamentalmente a la representante del Ministerio Público de la Acusación, quien el día lunes le imputó a “Viejarda” su presunta participación en cuatro hechos ilícitos cometidos desde abril hasta aquí en la ciudad de Sunchales. En esa instancia Segré agregó que al mismo sujeto le habían endilgado otros ocho ilícitos en audiencias realizadas en el mes de enero pasado.
Caducidad de medidas
Tras ampliar algunas cuestiones relacionadas a dos de los hechos imputados, la fiscal solicitó al Juez ordene la caducidad de las medidas alternativas oportunamente, teniendo en cuenta que el encartado había incumplido las mismas, no solo por no ir las veces que debía hacerlo a firma la planilla correspondiente a dependencias de la Comisaría N° 3 de Sunchales; sino que además luego de recuperar la libertad en abril pasado, pocos días después cometió un nuevo hecho delictivo.
Se recordó en la audiencia que E.C. había sido imputado en enero pasado por ocho delitos y tras ello el Juez Mognaschi había ordenado la libertad con medidas alternativas, entre las que figuraba el pago de una fianza que había sido fijado en $30.000. Esta decisión fue apelada por la defensa y más tarde, la Cámara de Apelaciones dispuso bajar ese monto y establecerlo en $10.000, con lo que finalmente el sujeto fue liberado tras el pago el 15 de abril, volviendo a delinquir el 24 de ese mismo mes.
Los hechos
Ya comenzada la audiencia cautelar, la Dra. Segré recordó que uno de los sucesos ocurrió el pasado 24 de abril de este año alrededor de las 23.45 cuando el imputado, junto a otro individuo, ingresaron en un domicilio ubicado en calle Dentesano de Sunchales luego de trepar un tapial de alrededor de dos metros de altura y, tras romper el vidrio de una puerta, accedieron a la vivienda desde la que sustrajeron una billetera que contenía documentación personal del dueño de casa y alrededor de $4.000. Luego, el autor y otro sujeto, a unas veinte cuadras de allí, comenzaron una discusión por lo que debieron intervenir efectivos policiales de la Comisaría N° 3. En ese momento el encartado golpeó a uno de los uniformados para intentar escapar, provocándole lesiones leves. La fiscal caratuló el hecho como Robo calificado por escalamiento y resistencia y atentado contra la autoridad.
El segundo suceso ocurrió el 21 de junio de este año, cerca de las 10 de la mañana, cuando E.C. se hizo presente en un domicilio de calle Tucumán al 1200 amenazando a otro individuo siendo el mismo caratulado como Amenazas simples.
Más tarde Segré le endilgó a E. C. un hecho ocurrido el 10 de julio de 2019 cerca de las 13.30, cuando se llevó una bicicleta desde una vivienda de calle Alvear pero el padre del dueño del rodado lo persiguió y logró recuperar el mismo. Este hecho fue caratulado como Robo en grado de tentativa.
Finalmente el último de los hechos imputados ocurrió el 2 de septiembre, entre las 19.30 y las 20, cuando E.C., que se movilizaba en una bicicleta, en la intersección de calles Tucumán e Italia de Sunchales sorprendió a un hombre. En la ocasión, portando un arma de fuego amenazó a la víctima quien se resistió comenzando un forcejeo entre ambos. Ante ello el acusado le aplicó varios golpes en la cabeza con el arma ocasionándole diversas heridas tales como cortes en la frente y en el cuero cabelludo; y la fractura del dedo meñique de la mano derecha. Tras ese episodio violento Edgardo C. logró sustraerle una mochila que contenía un teléfono celular; una billetera con dinero en efectivo; y documentación personal de la víctima y de la motocicleta en la que se movilizaba. El hecho fue caratulado como Robo doblemente calificado por el uso de arma cuya aptitud para el disparo no pudo ser corroborada y por las lesiones graves ocasionadas.
La defensa
A su turno la Dra. Mónica Ronchi cuestionó cada una de las carátulas escogidas por la fiscal; agregando en cuanto al riesgo procesal que tras estar tres meses en libertad, no se acercó a víctimas ni testigos para mejorar su situación.
Tras ello solicitó medidas alternativas para E. C., entre las que se incluyen fijar domicilio, poder presentarse a firmar cualquier día de la semana en el Juzgado Comunal de Sunchales; no tomar contacto con las víctimas o testigos e incluso pagar una fianza.
Decisión
Finalmente y tras escuchar a las partes, el juez Alejandro Mognaschi ordenó que se revocaran las medidas alternativas dispuestas oportunamente, decretando la prisión preventiva sin plazos para encartado.
Fuente: Meridiano Digital
Judicial
Causa Vialidad: qué bienes de Cristina Kirchner y su familia podrá ejecutar la Justicia
La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos presentados por Cristina Kirchner, Máximo y Florencia Kirchner y dejó firme el avance del decomiso millonario en la causa Vialidad.
La Justicia podrá avanzar con tasaciones y posibles remates de propiedades vinculadas a la familia.
La Justicia quedó habilitada para avanzar con la ejecución de bienes de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner y de sus hijos, Máximo Kirchner y Florencia Kirchner, en el marco de la causa Vialidad.
La medida se conoció luego de que la Cámara Federal de Casación Penal rechazara los recursos extraordinarios presentados por las defensas, ratificando así el avance del decomiso patrimonial dispuesto por el Tribunal Oral Federal N° 2.
El decomiso supera los $684 mil millones
Según trascendió, el monto actualizado del decomiso asciende a más de $684.990 millones, cifra que surge tras nuevas pericias contables realizadas por organismos oficiales y el Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema.
Originalmente, la sentencia había fijado un decomiso superior a los $84.835 millones, pero posteriormente el monto fue recalculado y actualizado.
Al no cumplirse con el pago exigido por la Justicia, quedó habilitado el proceso de ejecución sobre distintos activos y propiedades vinculadas a los condenados.
Qué bienes podrían ser ejecutados
Entre los inmuebles alcanzados por la medida judicial figuran propiedades ubicadas en El Calafate y Río Gallegos.
El listado incluye:
- Un inmueble sobre Avenida 17 de Octubre al 800, en El Calafate
- Diez unidades inmobiliarias ubicadas sobre calle Mitre al 500, en Río Gallegos
- Una propiedad en 25 de Mayo al 200
- Un inmueble sobre avenida Presidente Néstor Kirchner al 400
- Terrenos adquiridos en El Calafate entre 2007 y 2008
- El predio donde funciona el complejo hotelero Los Sauces Casa Patagónica
- Parcelas anexadas posteriormente al emprendimiento
- Dos propiedades de gran superficie en el departamento Lago Argentino
La resolución también alcanza bienes que habían sido cedidos a Máximo y Florencia Kirchner.
Qué puede pasar ahora
Con la decisión judicial, el Estado podrá avanzar con:
- Tasaciones oficiales
- Administración de activos
- Embargos
- Posibles remates públicos
La única instancia que le queda a la defensa es recurrir mediante una queja directa ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Sin embargo, esa presentación no frena automáticamente el avance del proceso de ejecución patrimonial.
Qué dijo la Justicia sobre los bienes cedidos
Los jueces también rechazaron el argumento de la defensa respecto a que parte de las propiedades pertenecían legalmente a Máximo y Florencia Kirchner por herencia o cesiones previas.
Según la resolución, existe una “coincidencia temporal y vinculación económica” entre los hechos investigados y el crecimiento del patrimonio familiar, por lo que los traspasos gratuitos no impiden el decomiso dispuesto en la sentencia.
La decisión consolida así la etapa de recupero patrimonial en la causa Vialidad y habilita nuevas medidas judiciales para intentar cubrir el monto millonario fijado por la condena.
Con información de Cadena 3
Judicial
Piden 15 años de prisión para el acusado de matar de un escopetazo a un mecánico en Rafaela
La Fiscalía de Rafaela solicitó una pena de 15 años de cárcel para un hombre de 75 años acusado de asesinar de un disparo a un mecánico en octubre de 2024.
El caso avanzó formalmente hacia juicio oral tras la audiencia preliminar realizada en los tribunales rafaelinos.
El fiscal de Homicidios de la Fiscalía Regional 5, Martín Castellano, confirmó que la acusación apunta contra un hombre identificado con las iniciales FRR, señalado como autor del homicidio de Oscar Helvio Feulién.
Cómo ocurrió el crimen en Rafaela
Según la investigación judicial, el hecho ocurrió el 2 de octubre de 2024 por la tarde en un predio ubicado sobre calle Ángela de la Casa al 400, en la ciudad de Rafaela.
De acuerdo con la Fiscalía, en el lugar funcionaba un negocio de compra y venta de autos usados administrado por el acusado, quien además residía allí.
El fiscal sostuvo que la víctima trabajaba como mecánico y había mantenido un vínculo laboral previo con el imputado. Ese día, Feulién habría concurrido al lugar junto a otras personas para retirar autopartes y elementos personales que permanecían en el predio.
El disparo con una escopeta
La acusación indica que una familiar de la víctima permitió el ingreso al terreno y, mientras Feulién y sus acompañantes entraban, el acusado salió de su vivienda portando una escopeta calibre 16.
Siempre según la reconstrucción del Ministerio Público de la Acusación, el hombre comenzó a increpar al mecánico y a quienes lo acompañaban, acusándolos de haber robado herramientas.
Instantes después, habría efectuado un disparo a corta distancia contra Feulién, impactándolo en el tórax.
La víctima fue trasladada de urgencia al Hospital Jaime Ferré, donde falleció horas más tarde como consecuencia de las heridas sufridas.
La causa irá a juicio oral
Tras la audiencia preliminar, el juez Nicolás Stegmayer admitió la acusación presentada por la Fiscalía y ahora deberá dictar el auto de apertura a juicio.
Posteriormente, la Oficina de Gestión Judicial definirá el tribunal encargado del debate oral y establecerá la fecha de inicio del juicio.
Con información de Rafaela Informa
Judicial
Reforma laboral: la Justicia rechazó una demanda millonaria de un médico monotributista
Un fallo de la Justicia laboral de Mendoza aplicó por primera vez aspectos centrales de la reforma laboral impulsada por la Ley de Bases y rechazó una demanda por más de $150 millones presentada por un médico que reclamaba el reconocimiento de una relación de dependencia.
La sentencia fue dictada por la Primera Cámara del Trabajo de San Rafael en la causa iniciada por un profesional contra un hospital privado, donde el demandante sostenía haber trabajado bajo relación laboral exclusiva realizando guardias y tareas de coordinación médica.
Sin embargo, el tribunal concluyó que existía una locación de servicios de carácter civil y no un vínculo laboral formal.
La reforma laboral y los monotributistas
El fallo se convirtió en uno de los primeros antecedentes judiciales que aplican la nueva redacción de la legislación laboral respecto a profesionales que facturan como monotributistas.
La normativa establece que la presunción automática de relación laboral no se aplica cuando:
- Se trata de servicios profesionales
- Existen facturas o recibos emitidos regularmente
- El prestador conserva autonomía organizativa y económica
Por qué la Justicia rechazó la relación de dependencia
Durante el juicio, el hospital logró acreditar distintos elementos que, según los jueces, demostraron la independencia profesional del médico.
Entre los principales puntos destacados en la sentencia figuran:
- No existía subordinación técnica ni organizativa
- Los médicos organizaban sus propias guardias
- Podían acordar reemplazos sin autorización del hospital
- No había control horario ni fichado
- El profesional emitía facturas por montos variables
- También trabajaba en otros consultorios y clínicas
Además, el tribunal señaló que el hospital no ejercía poder disciplinario sobre el profesional, un aspecto considerado clave para descartar una relación laboral.
Debate por los intereses y la nueva ley
Aunque la demanda fue rechazada, los magistrados también analizaron cómo debían calcularse los intereses según la nueva Ley de Modernización Laboral.
La discusión se centró en si correspondía aplicar retroactivamente el nuevo sistema de actualización previsto por la normativa nacional.
La mayoría del tribunal resolvió utilizar la fórmula establecida por la nueva ley desde la fecha de mora, mientras que uno de los jueces sostuvo que debía aplicarse por tramos y solo desde la entrada en vigencia de la reforma.
Finalmente, prevaleció el criterio de aplicación integral.
Qué impacto puede tener el fallo
Especialistas en derecho laboral consideran que la sentencia podría convertirse en un antecedente relevante para empresas y profesionales independientes.
El fallo refuerza la necesidad de:
- Mantener facturación regular
- Evitar controles típicos de empleados
- No aplicar sanciones disciplinarias
- Garantizar autonomía en horarios y organización
La resolución aparece en un contexto donde la reforma laboral busca redefinir los límites entre trabajo autónomo y relación de dependencia, especialmente en actividades profesionales.
Con información de iProfesional
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