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Fianza millonaria y libertad para los dueños de un corralón de Esperanza acusados de golpear a dos empleados

Así lo determinó la jueza penal Susana Luna para el tridente familiar en una audiencia de prisión preventiva que se llevó adelante este lunes por la mañana en Tribunales.

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Se ordenó la libertad inmediata para los tres imputados que habían sido acusados formalmente de golpear a dos empleados en un corralón de la Ciudad de Esperanza. La medida fue resuelta por la jueza penal Susana Luna en una audiencia que se llevó a cabo este lunes por la mañana en la sala N.º 6 de Tribunales.


El fiscal a cargo de la investigación por parte del Ministerio Público de la Acusación (MPA) es Francisco Cecchini, quién mencionó que se había llegado con la defensa de los acusados a un acuerdo de procedimiento abreviado y se prevé una condena de cumplimiento en suspenso para Jorge Luis F. (38), Rubén Reinaldo F. (64) y Eduardo Nicolás F. (34).
Francisco Cecchini, fiscal de San Javier.
Acuerdo
Al inicio de la audiencia, se presentó a declarar uno de los trabajadores del corralón “La Foca” identificado como A.J.G (23) que manifestó estar conforme con el acuerdo y exigió no tener ningún tipo de contacto con los detenidos. Asimismo, también estuvo presente el abogado querellante de la otra víctima, H.R., Federico Kiener, para dar cuenta del conocimiento y el consentimiento del pacto. El funcionario Cecchini, destacó que el acuerdo se basa bajo ciertos requisitos que el tridente familiar deberá cumplimentar para que no se resquebraje lo acordado. Entre ellas, los imputados tendrán que fijar domicilios y en caso de mudarse deberán dar aviso inmediato a los abogados a cargo de la defensa, Hernán Nessier y José María Silvela. Por otro lado, se les prohíbe absolutamente portar y tener armas de fuego. Además, los tres acusados no podrán tener contacto de ningún tipo y por ninguna vía de comunicación con las dos víctimas, y se les estableció una restricción perimetral que alcanza unos 500 metros. Por otra parte, tendrán que asistir a firmar al MPA de la ciudad de Esperanza y se les fijó una fianza real de 2 millones de pesos, que es el precio en el que está tasada una camioneta que es propiedad de la familia.
El hecho habría ocurrido el pasado lunes 13 de diciembre alrededor de las 18 horas en un local de venta y distribución de materiales de la construcción.
El hecho habría ocurrido el pasado lunes 13 de diciembre alrededor de las 18 horas en un local de venta y distribución de materiales de la construcción.

Golpiza
El hecho había ocurrido el pasado lunes 13 de diciembre alrededor de las 18 horas, cuando los tres empleadores citaron por vía telefónica a las víctimas para que se acerquen al negocio que está situado en Amado Aufranc al 1100 de la ciudad de Esperanza y así llevar adelante un acuerdo laboral indemnizatorio. En la audiencia imputativa, que se realizó el pasado miércoles 15 de diciembre, calificaron a los detenidos de ser “coautores del delito de privación ilegítima de la libertad calificada por ser cometida con amenazas de violencia en concurso real con lesiones graves dolosas”. Por otro lado, en esa primera audiencia, se ventilaron los relatos del hecho y se mencionó que los empleadores de las víctimas aguardaron que lleguen hasta el local y una vez dentro, cerraron la puerta con llave y los llevaron hasta una oficina administrativa que se encuentra en el entrepiso. En ese momento, propietarios de la empresa acusaron a sus empleados por la faltante de una suma de dinero y los amenazaron con dichos intimidatorios: “Te vamos a dejar inválido”, comentó Cecchini sobre lo que revelaron las entrevistas. El fiscal dijo que las víctimas intentaron escapar, pero no pudieron lograrlo por lo que fueron agredidos con puños y patadas hasta que en un momento, el identificado como J.A.G., logró salir del lugar y se arrojó por las escaleras. Luego, H.R., quiso interponerse para frenar los golpes que le proporcionaron a su compañero, pero los acusados lo frenaron y le dijeron “para vos también hay”. Cecchini, subrayó además que uno de los tres implicados, luego de lo ocurrido, llamó al 911 diciendo que había dos personas que intentaron robar en su comercio. Como consecuencia de lo ocurrido J.A.G., sufrió contusiones, edemas, hemorragias y fracturas en todo su cuerpo. El caso se resolverá el próximo año cuando se lleve adelante una audiencia de procedimiento abreviado donde se determinarán los años de la condena del cumplimiento condicional para los tres acusados.

Fuente: Aire Digital.

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Condenaron a 21 años de prisión a un hombre que abusó de cinco mujeres en Rafaela, Susana y San Vicente

Un hombre de 44 años fue condenado a 21 años de prisión por haber abusado sexualmente de cinco integrantes de su entorno familiar en Rafaela, Susana y San Vicente (las tres localidades pertenecen al departamento Castellanos). Quienes resultaron víctimas son una mujer que fue pareja del agresor y la hija de ella, así como dos hijas de otra mujer con la que él mantuvo una relación y su propia hija.

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Foto: Archivo

La sentencia fue ordenada por un tribunal integrado por los jueces Juan Gabriel Peralta y José Luis Estévez, y por el abogado del foro Carlos Farías Demaldé, como conjuez, en el marco de un juicio oral que se desarrolló en los tribunales de Rafaela.

La fiscal es Favia Burella, de la Sección Violencia de Género, Familiar y Sexual de la Fiscalía Regional 5. Tras conocer el veredicto, la funcionaria indicó que “valoramos positivamente que el hombre al que se juzgó haya sido condenado tal como lo solicitamos desde la Fiscalía en la acusación”.

Por su parte, en representación de tres de las víctimas actuó como querellante la doctora Paola Pradolini, del Centro de Asistencia Judicial (CAJ).

Violencia de género

Burella sostuvo que “el condenado cometió los ilícitos en diferentes inmuebles en los que convivió con las víctimas, en claros contextos de violencia de género”.

La fiscal manifestó que “en Rafaela, el hombre de 44 años obligó a una de sus parejas a realizar prácticas sexuales, más allá de la expresa negativa de ella”. Además, planteó que “mientras residían en Susana, abusó de una hija de esa mujer, quien en ese momento era una niña que transitaba los primeros años de la escolaridad primaria”.

Asimismo, la Fiscal relató que “el condenado también vulneró la integridad sexual de dos adolescentes que son hijas de otra de sus parejas”. Según precisó, “se trató de hechos reiterados que tuvieron lugar en viviendas ubicadas en San Vicente y en Rafaela”.

Finalmente, Burella señaló que “en una ocasión, el condenado llevó adelante su accionar delictivo en perjuicio de su propia hija adolescente, con quien compartía una vivienda rafaelina”. En tanto, puntualizó que “cuando trató de abusar nuevamente de ella, la víctima opuso resistencia y logró que cesara la agresión”, y añadió que “su padre le exigió entonces que no hablara con nadie sobre lo sucedido”.

Identidad

Las iniciales del condenado son NLC. Su nombre completo no se brinda para evitar la revictimización de quienes sufrieron los ilícitos.

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Caso Mattioli: confirmaron que la causa por el accidente fatal en Santo Tomé irá a juicio oral y público

La medida fue dispuesta por la Cámara de Apelaciones de Santa Fe. La defensa de Nicolás Mattioli había solicitado que la causa por el homicidio culposo de Claudia Decurges se resuelva con la suspensión del juicio a prueba.

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Foto: El accidente fatal ocurrido en Santo Tomé el sábado 21 de septiembre de 2024 con Mattioli como involucrado.

Este lunes, la Cámara de Apelaciones de Santa Fe confirmó que Nicolás Mattioli deberá ir a juicio oral y público en la causa donde está imputado como autor del homicidio culposo de Claudia Laura Decurgez, cometido en el marco de un siniestro vial en Santo Tomé el pasado 21 de septiembre de 2024.

En mayo de este año, la Justicia santafesina había rechazado el pedido de suspensión del juicio a prueba para Mattioli. La defensa apeló la resolución, pero finalmente la solicitud fue desestimada este lunes por la magistrada Martha María Feijoó, quien confirmó la resolución dictada en primera instancia, por lo que el acusado deberá afrontar un juicio oral y público.

Pedido de suspensión de juicio

En diálogo con Sol Play, el abogado de la familia de la víctima, Dr. Bruno Rugna, afirmó que la defensa de Mattioli pretendía la suspensión del juicio a prueba mediante la entrega de una suma de dinero. Según el fallo de Apelaciones, el monto ofrecido era de $10 millones. “Tanto nosotros como la fiscalía lo rechazamos. Creemos que para este tipo de delitos no es pertinente. No nos olvidemos que hace casi un año falleció una persona y se arruinó una familia, con todo lo que eso significa”, expresó.

La defensa solicitó una pena de cuatro años de prisión efectiva y de diez años de inhabilitación para conducir vehículos. Además, el jurista explicó que Mattioli transitará el proceso en libertad y que actualmente no puede manejar porque entregó de forma voluntaria su licencia, con posterioridad al hecho. Según Rugna, el imputado manifestó su arrepentimiento por lo ocurrido durante las audiencias y aseguró que “se mostraba muy dolido”.

Cómo fue el accidente fatal en Santo Tomé

El accidente fatal ocurrió cerca de las 8 del sábado 21 de septiembre de 2024 cuando Mattioli se trasladaba en una camioneta Toyota Hilux y atropelló a Claudia Laura Decurgez, que se encontraba en la calle Richieri, justo antes de llegar a Libertad.

Por el golpe, la mujer perdió el equilibrio, cayó al suelo y murió. Las imágenes de las cámaras de seguridad de la cuadra muestran el momento del choque y se ve que ella circulaba correctamente, bien pegada a la derecha en la calle Richieri, a pocos metros del cruce con Libertad.

La camioneta, que iba en la misma dirección que la víctima, la chocó y le causó la muerte. A pesar de que el personal médico realizó maniobras de reanimación en el lugar, no lograron salvarla.

Si bien desde la querella estiman que el juicio podría iniciar a mediados del 2026, no descartan que ocurra en otro momento del año que viene. “No quiero atreverme a confirmar una fecha porque no manejo la agenda. Puede ser bastante aleatorio“, sentenció el abogado de la familia de la víctima.

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Rafaela: Condenaron a prisión perpetua a «Yiyo» Ramallo

Evelio «Yiyo» Ramallo, de 39 años, fue condenado a prisión perpetua por ser el jefe de una organización criminal que cometía hechos ilícitos relacionados a violencias altamente lesivas en la ciudad de Rafaela y alrededores. Además, fue declarado reincidente.

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Foto: Condenaron a prisión perpetua a "Yiyo" Ramallo en Rafaela

La sentencia fue resuelta por un tribunal integrado por los jueces Gustavo Bumaguin, Juan Gabriel Peralta y José Luis Estévez en un juicio en el que se abreviaron los procedimientos cuya resolución fue notificada desde los tribunales de Rafaela.

Además de imponer la prisión perpetua, los magistrados rechazaron un planteo de inconstitucionalidad presentado por la Defensa de Ramallo en relación con los institutos de la Ley de Ejecución Penal.

El MPA fue representado por la Fiscalía Regional 5 –a cargo del Fiscal Regional, Carlos Vottero–, en la cual tramitó la investigación de los ilícitos.

Ramallo admitió su responsabilidad penal en todos los hechos ilícitos atribuidos por la Fiscalía, entre ellos, homicidios calificados consumados y en grado de tentativa, amenazas coactivas agravadas y amenazas en carácter de instigador. Junto con su Defensa aceptaron las calificaciones legales y la pena de prisión perpetua.

Por su parte, las víctimas y los familiares de las personas fallecidas fueron notificadas de lo resuelto y manifestaron su conformidad

Multiplicidad de hechos

En la audiencia, el MPA enumeró los 10 hechos ilícitos por los que fue condenado Ramallo y las calificaciones legales correspondientes.

“El primero de ellos fue por su rol de jefe de una asociación ilícita en calidad de coautor”, precisó la Fiscalía en la audiencia y agregó que “se logró probar que esa organización criminal que él lideraba cometió ilícitos en Rafaela y alrededores entre agosto de 2021 y el 27 de febrero de 2022”.

La Fiscalía detalló que “mientras el condenado estuvo alojado en distintas unidades carcelarias de la provincia, dispuso –con plena autoridad de decisión y acción– mediante promesa remuneratoria a los miembros de la asociación ilícita y a otras personas aún no identificadas, para que ejecuten los ilícitos que se le atribuyeron”.

De acuerdo con lo informado en la audiencia “Ramallo fue instigador de los homicidios de Rudy Leonel González ocurrido el 3 de agosto de 2021, y de Miguel Ángel Mendoza y Marcelo Ariel Sánchez, cometidos el 21 de diciembre del mismo año”.

“También se probó su participación en carácter de instigador de seis tentativas de homicidio”, subrayó la Fiscalía y enumeró que “cinco de ellas fueron perpetradas en Rafaela (el 1 de agosto y el 23 de octubre de 2021, y el 6, 20 y 23 de febrero de 2022) y otra en Bella Italia (el 9 de febrero de 2022).

El MPA también precisó que “a Ramallo se lo condenó por ser instigador de amenazas coactivas agravadas cometidas del 14 de febrero de 2022, y por la autoría de coacciones y amenazas en febrero del mismo año, ambos ilícitos en Rafaela”.

Abreviado

Ramallo fue condenado por ser coautor del delito de asociación ilícita en calidad de jefe; instigador de homicidio doloso calificado (por precio o promesa remuneratoria) y agravado (por el uso de arma de fuego); instigador de homicidio doloso calificado (por precio o promesa remuneratoria y por el concurso premeditado de dos o más personas) y agravado (por el uso de arma de fuego); instigador de cuatro tentativas de homicidio calificado (por precio o promesa remuneratoria) y agravado (por el empleo de un arma de fuego); instigador de dos tentativas de homicidio doloso calificado (por precio o promesa remuneratoria) y agravado (por el uso de arma de fuego y por la participación de menores de 18 años de edad); instigador de amenazas coactivas agravadas; y autor de coacciones y amenazas.

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